MOTO A 2016 (Mas de 45cv)
MOTO A 2016 (Mas de 45cv)
Motocicletas denominadas Enduro - Cross - Trial, excluidas de garantía.
ATLANTICA GARANTIA S.A. Los datos personales que constan en ese contrato de garantía, serán incluidos en una base de datos titularidad de Atlántica Garantía S.A., con la finalidad de gestionar el servicio de la garantía mecánica. Atlántica Garantía S.A. puede utilizar sus datos personales para informarle sobre nuestros productos y servicios. Usted podrá ejercitar los derechos de acceso, cancelación, rectificación y oposición al tratamiento, mediante escrito dirigido a Atlántica Garantía S.A. Xxxxxxx 00 - 0x xxxxxx 00000 Xxxxxx, mencionando su nombre, apellidos y dirección. (Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre).
NORMAS Y DESCRIPCIÓN DE LA GARANTÍA De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 23/2003 de 10 de Julio referente a las garantías en la venta de bienes de consumo, y particularmente en lo expuesto en su artículo 11, xxxxxxx 0: "La garantía comercial que puede ofrecerse adicionalmente obligará a quién figure como garante en las condiciones establecidas en el documento de garantía y en la correspondiente publicidad". De igual manera, y con relación al apartado 3, letra c, del mismo artículo 11, los Planes de garantía Atlántica no afectan a los derechos de que dispone el consumidor conforme a las previsiones de la citada Ley. El beneficiario de esta garantía, entendiendo como tal a la persona física o jurídica que compra el vehículo objeto de este contrato de garantía, siendo el titular legal a todos los efectos del citado vehículo, con su firma en la solicitud de garantía declara estar conforme y aceptar específicamente las condiciones reguladoras suscritas en este contrato de garantía. La garantía consiste en la sustitución o reparación de órganos y/o piezas cubiertas por ésta garantía que se consideren oportunas para el buen funcionamiento del vehículo, incluyendo los gastos de mano de obra e impuestos, hasta los límites máximos de reparación establecidos para cada uno de los denominados Planes de Garantía Atlántica S.A. Todo exceso sobre el presupuesto aceptado por la Compañía, no será por cuenta de la misma. Se entiende por avería mecánica o eléctrica, la rotura o incapacidad de los componentes o piezas garantizadas descritos en el apartado de "piezas garantizadas", que por alguna razón ajena a la de uso y desgaste, deterioro normal o negligencia, cause una súbita interrupción en su funcionamiento. La pérdida gradual del rendimiento debido a la antigüedad y kilometraje del vehículo, no se considerará avería mecánica o eléctrica. A su vez el concesionario / vendedor, certifica haber realizado las revisiones pre-entrega, y que las piezas garantizadas por Atlántica Garantía S.A., se encuentran en buenas condiciones, cumpliendo los estándares de antigüedad y kilometraje. La cobertura de esta garantía es exclusivamente para el Territorio Nacional.
PERIODO GARANTIZADO El periodo garantizado del vehículo, comienza con la aceptación por parte de Atlántica Garantía S.A, de la solicitud enviada por el beneficiario de la garantía o por el comercial vendedor, en un plazo de 15 días hábiles, a contar desde el envío de dicha solicitud. Atlántica Garantía S.A., aceptará la solicitud de garantía, si en un plazo máximo de 21 días hábiles, a contar desde el envío de dicha solicitud, no se comunica por escrito al beneficiario de la garantía, que ésta no ha sido autorizada y termina según la duración expresada en la solicitud de garantía o si el vehículo objeto de esta garantía ha sido traspasado, cedido. No existirá derecho de garantía, hasta no haber efectuado el pago del precio de la garantía, en un plazo máximo de 3 días hábiles, a contar desde la fecha de inicio, indicada en la solicitud del contrato de garantía. El periodo garantizado será de: 12 meses o 15.000 kms. (lo que antes ocurra), 24 meses o 25.000 kms (lo que antes ocurra) El beneficiario de la garantía,
tiene derecho al reembolso del precio pagado, si no se autorizase la contratación de la garantía menos el importe de todos los gastos que se hayan podido producir. Esta garantía se anulará automáticamente, si es cedida o traspasada a terceros y el beneficiario de ésta, no tendrá derecho a ningún tipo de indemnización.
REVISIONES Y MANTENIMIENTOS Durante el periodo de garantía contratado, el vehículo garantizado deberá realizar los mantenimientos y revisiones, previstas por el fabricante para vehículos con una antigüedad inferior a 4 años en el momento de contratación de la garantía. Para vehículos con una antigüedad superior a 4 años en el momento de contratación de la garantía, los mantenimientos serán cada 4.000 Km. ó 12 meses. Estos mantenimientos han de realizarse en aquellos establecimientos autorizados por Atlántica Garantía S.A., o en su caso, en talleres con los medios técnicos suficientes para tal efecto, debiendo conservar el beneficiario todas y cada una de las facturas que se deriven, de cada una de las operaciones realizadas y que podrán ser requeridas por Atlántica Garantía S.A. en caso de avería. El incumplimiento de las indicaciones de inspección y mantenimiento dará como resultado la pérdida del derecho de garantía. CASOS Y EXCLUSIONES DE GARANTÍA Se considera caso de garantía, a la sustitución de alguna de las piezas garantizadas por ésta garantía, en el caso de haberse producido una avería y/o rotura mecánica, durante el periodo contratado en esta garantía. No se considera caso de garantía: Quedan excluidas todas las piezas, componentes electrónicos y cualquier otro elemento no expresamente enumerado en este Programa para motocicletas de Garantía Atlántica S.A. De igual manera, tampoco se considera caso de garantía la sustitución, reparación o reglajes de órganos ocasionados por el desgaste, debido al uso normal del vehículo, como por ejemplo; correas, catalizadores, escapes, silenciador, amortiguadores, ruedas, neumáticos, baterías, zapatas, tambores, pastillas y discos de freno, tirantes de suspensión, todo tipo de rodamientos, bujías, inyectores, depósitos, manguitos, selector de cambios, placas cuadro instrumentación, espejos y/o retrovisores, puños calefactables, interruptores, controles y reglajes, fisuras, fugas de cualquier tipo, extras y/o accesorios, carenado, carrocería en general, transmisiones si son por desgastes. De igual manera quedan excluidos de garantía los elementos considerados de confort, como por ejemplo los sistemas eléctricos en manillar, sistemas de calefacción en asientos, ordenador de a bordo, lámparas, xenón, (modulo y/o unidad), telefonía, multimedia, GPS, navegadores, alarmas y/o antirrobos, mandos a distancia, sistemas de aparcamiento, caballetes eléctricos, codificaciones de llaves. Fugas externas. Accidentes de cualquier tipo.
Cuando la pérdida de funcionalidad, sea debida a casos de fuerza mayor, como por ejemplo; condiciones climatológicas, catástrofes naturales, vandalismo, etc. Tampoco se considera caso de garantía las averías provocadas o que sean ocasionadas, por una pieza u órgano no mencionado como garantizado en ésta garantía. Las averías ocasionadas por cualquier tipo de negligencia, debido a manipulaciones incorrectas o al incumplimiento de las instrucciones del fabricante del vehículo. Atlántica Garantía S.A., no se hará cargo de las reparaciones por averías, producidas por segunda vez, en el mismo grupo constructivo de piezas cubiertas, durante el periodo de garantía contratado. Tampoco se considera caso de garantía si transcurridas más de 72 horas después de haberse manifestado la avería, ésta no ha sido comunicada a Atlántica Garantía S.A. De igual manera, no se considera caso de garantía un hecho intencional o una negligencia del beneficiario de esta garantía. Como por ejemplo: seguir circulando cuando los testigos de avería estén funcionando y avisando de algún fallo del vehículo. De igual manera, no se considera caso de garantía la utilización de carburantes y lubricantes inadecuados y sus consecuencias y cuando el vehículo ha sido transformado o modificado después de la compra. Así mismo, no se considera caso de garantía las
faltas de conformidad que el comprador conociera o no hubiera podido fundadamente ignorar en el momento de la celebración del presente contrato o que tuvieran su origen en materiales suministrados por el comprador.
Tampoco se considera caso de garantía las reparaciones realizadas en un servicio o taller no autorizado por Atlántica Garantía S.A. Remolques del vehículo por grúas o miembros no autorizados. Toda avería anterior a la fecha de venta del vehículo, objeto de ésta garantía y aquellos daños conocidos por el comprador en el momento de la compraventa y que dieron origen al precio de la misma, entre los que explícitamente se incluyen los relativos al aspecto interior y exterior, y en general cuantos han sido susceptibles de observación directa en la comprobación estática y dinámica del vehículo que se ha realizado en el momento de la entrega y no se hayan reflejado en el apartado de observaciones del contrato de compraventa. Cuando el cuentakilómetros, o cualquier otro dato identificador del vehículo haya sido manipulado antes o después de la suscripción de la garantía, lo cual será motivo de suspensión de la misma, en cuyo caso, el beneficiario de la garantía no tendrá derecho al reembolso del precio pagado por esta garantía. De igual manera, no se considera caso de garantía, cualquier inexactitud o reserva por parte de la compra venta o cualquier inexactitud o reserva por parte de la compraventa o concesionario vendedor del vehículo objeto de esta garantía, en la solicitud de garantía. Tampoco se consideran caso de garantía: las correas de distribución siempre que estas correas no hayan sido cambiadas, según las normas del fabricante. Quedan así mismo excluidos de garantía los vehículos que hayan sido o que sean destinados a servicio público o alquiler de vehículos con o sin conductor, los empleados para cualquier tipo de competición o para sus entrenamientos, los sometidos a modificaciones o alteraciones con posterioridad a su fabricación. Excluido los gastos de aparcamientos y garajes no autorizados. También se excluyen del derecho de esta garantía a los vehículos que no hayan sido sometidos a las inspecciones y revisiones previas del vendedor. Las averías que se puedan producir durante el periodo de garantía del fabricante. Cualquier avería surgida durante el periodo de carencia, que en todas las modalidades será de quince días y 300 kms., a contar bien desde la fecha de inicio de garantía, siempre y cuando la fecha de recepción de la solicitud de garantía en la Cia Atlántica Garantía S.A., sea anterior a la fecha de inicio de garantía, o bien desde la fecha de recepción de la solicitud de garantía en la Cía Atlántica Garantía S.A. siempre y cuando la fecha de inicio de garantía sea anterior a la fecha de recepción de la solicitud de garantía. Las piezas que tengan defectos de serie, imputables al fabricante del vehículo. Holguras, desajustes y alteraciones mecánicas que sean consecuencia del desgaste normal de piezas, por su antigüedad y uso. Cualquier avería producida por la rotura o disfuncionalidad de los elementos de la distribución. Los vicios y defectos existentes en el vehículo. Quedan excluidas juntas, retenes y pérdidas de aceite. MATERIALES: Se hace constar que quedan cubiertos los lubricantes, líquidos, anticongelantes, filtros de aceite, juntas, aros de retención, grasa, aceites y materiales menudos que puedan ser necesarios para reponer, con motivo de una avería garantizada.
Cobertura Moto A. Límite máximo por avería:
Entre 46 cv - 77 cv Motor 1000,00€, C. Cambios 450,00€, Diferencial 350,00, S. Eléctrico 350,00€, S. Refrigeración 350,00€, S. Alimentación 350,00€, Transmisión 350,00€, S. Frenos 350,00€
Entre 78 cv - 100 cv Motor 1300,00€, C. Cambios 550,00€, Diferencial 400,00, S. Eléctrico 400,00€, S. Refrigeración 400,00€, S. Alimentación 400,00€, Transmisión 400,00€, S. Frenos 400,00€
Más de 100 cv Motor 1500,00€, C. Cambios 700,00€, Diferencial 500,00, S. Eléctrico 500,00€, S. Refrigeración 500,00€, S. Alimentación 500,00€, Transmisión 500,00€.