Sevilla, 5 de diciembre 2011 BOJA núm. 238 Página núm. 103
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demostrativa de que la deuda esté extinguida, de acuerdo con la doctrina sobre carga de la prueba contenida en el artículo 217 de la LEC, procede la estimación de la misma.
Tercero. Los intereses serán los pactados en los contratos de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1108 del Código Civil y se devengarán desde la fecha de liquidación que consta en las certificaciones de saldo deudor acompañadas con la demanda, para cada uno de los contratos.
Cuarto. Conforme a lo dispuesto en el artículo 394 de la LEC las costas se imponen a la parte demandada.
PARTE DISPOSITIVA
Que estimando integramente la demanda interpuesta por la representación procesal de Unicaja, contra xxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx, condeno al demandado a abonar a la actora la cantidad de ocho mil seiscientos diecisiete euros con venti- cinco céntimos (8.617,25 euros) más los intereses pactados de la anterior cantidad desde el 30 xx xxxx de 2008, respecto del contrato de tarjeta y desde el 10 xx xxxxx de 2008 respecto del contrato de apertura de cuenta corriente, imponiéndose al demandado el pago de las costas del procedimiento.
Notifíquese esta resolución a las partes interesadas, y ad- viértaseles que contra la misma cabe recurso de apelación, que se preparará ante este mismo Juzgado en el plazo de 5 días há- biles, contados desde el siguiente a la notificación de esta resolu- ción, del que conocerá la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga.
Para la admisión a trámite del recurso previamente de- berá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto núm. 3003-0000-04-0216-2010, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformi- dad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o benefi- ciarios de asistencia jurídica gratuita.
Así por esta sentencia, lo acuerdo, mando y firmo.
Publicación.- Leída y publicada fue la anterior sentencia por la Sra. Juez que la suscribe en el mismo día de su fecha, y estando celebrando audiencia pública. Doy fe.
La anterior sentencia, concuerda bien y fielmente con su original a la que me remito y para que así conste y surta sus efectos, expido y firmo el presente en Ronda a veintisiete de octubre de 2011. El Secretario Judicial.
Y encontrándose dicho demandado, xxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx, en paradero desconocido, se expide el pre- sente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.
En Ronda, a veintisiete de octubre de dos mil once.- El Secretario Judicial.
EDICTO de 9 de septiembre de 2011, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno xx Xxxx, dimanante de procedimiento ordinario núm. 265/2005. (PP. 3861/2011).
NIG: 0410042C20050001103.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 265/2005. Nego- ciado: FM.
Sobre: Reclamación de cantidad.
De: Doña Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx y xxx Xxxxx Xxxxx Xxxxx.
Procurador: Xx. Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx.
Contra: Xxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxx, S.L., xxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxx, Excavaciones Xxxxx Xxxxxx, xxxx Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxx, xxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxx y Xxxxxx Xxxxx xx Xxxxxxx y Xxxxxxxxxx.
Procuradora: Xxx. Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxx, Xx. Xxxx Mar- xxxxx Xxxx y Xxx. Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx.
EDI C T O CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Procedimiento Ordinario 265/2005, seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nú- mero Uno xx Xxxx a instancia de doña Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx y xxx Xxxxx Xxxxx Xxxxx, contra don Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxx, S.L., xxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxx, Exca- vaciones Xxxxx Xxxxxx, xxxx Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxx, xxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxx y Asemas Mutua de Seguros y Reaseguros sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en estracto, es como sigue:
«F A L L O
Que estimando la demanda interpuesta por xxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, en representación de xxx Xxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxx y doña Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx, debo condenar y condeno, solidariamente a los codemandados don Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx y doña Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxx, a xxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxx, a la mercantil Soltimar, S.L. y a la empresa Excavaciones Xxxxx Xxxxxx, así como subsidiariamente a la aseguradora Asemas, Mutua de Xxxxxxx y Xxxxxxxxxx a Prima Fija, a abonar a los actores la cuantía de 48.776,35 euros.
Asimismo se condena a los Sres. Xxxxxxx y Xxxxxxxxx Xxxxx, a que devuelvan a los actores la posesión del suelo invadido como consecuencia de las obras efectuadas por es- tos, debiendo los Sres. Xxxxx demoler las obras edificadas por estos en los terrenos propiedad de los actores, reponiendo las cosas a su estado primitivo, que se corresponden con los 41 m2 de suelo invadido conforme consta expuesto en el in- forme pericial xxx Xxxxxx xxx Xxxxxx Xxxx, siendo el valor total de dicha restitución a su situación primitiva, la de 48.776,35 euros, absolviendo a xxx Xxxxx Xxxxxxx y a xxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx de las pretensiones que contra ellos se deducían, y ello con expresa condena en las costas causadas a los code- mandados condenados, mencionados anteriormente.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Almería, que, en su caso, deberá pre- pararse ante este mismo Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde su notificación.
Así, por esta mi sentencia, de la que se llevará certifica- ción a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación: La anterior sentencia ha sido dada, leída y publicada por el Sr. Juez que la suscribe, hallándose cele- xxxxxx audiencia pública en el día de su fecha. Doy fe.»
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la de- mandada Soltimar, S.L., extiendo y firmo la presente en Vera, a nueve de septiembre de dos mil once.- El/La Secretario.
JUZGADOS DE LO SOCIAL
EDICTO de 17 de noviembre de 2011, del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, dimanante de autos núm. 884/2011.
NIG: 2906744S20110013294.
Procedimiento: Movilidad geográfica 884/2011. Negociado: A1. De: Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx.
Contra: Socibérica Desarrollo Ind. SXXI, S.L.