COMPROMISO PREVIO DE FUSIÓN
COMPROMISO PREVIO DE FUSIÓN
CELEBRADO ENTRE TELECOM ARGENTINA S.A. (COMO SOCIEDAD ABSORBENTE) Y CABLEVISIÓN S.A. (COMO SOCIEDAD ABSORBIDA)
EL 30 XX XXXXX de 2017
El presente COMPROMISO PREVIO DE FUSIÓN se celebra el 30 xx xxxxx de 2017 entre:
(1) Telecom Argentina S.A. (“Telecom Argentina” o, la “Sociedad Absorbente”), con domicilio en la Avda. Xxxxxx Xxxxxx xx Xxxxx 00, xxxx 00, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx;
(2) Cablevisión S.A. (“Cablevisión” o, la “Sociedad Absorbida”), con domicilio en la Xxxx. Xxxxxxx Xxxxxx 000 xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx y, junto con Telecom Argentina, las “Partes” y cada una de ellas individualmente, una “Parte”.
CONSIDERANDO:
(a) Que la actividad principal de Telecom Argentina es la prestación, por cuenta propia o de terceros o asociada con terceros, de Servicios TIC (tal como se los define más abajo), sean servicios de telecomunicaciones fijos, móviles, alámbricos, inalámbricos, nacionales o internacionales, con o sin infraestructura propia, servicios de valor agregado (incluyendo acceso a internet) y servicios de transmisión de datos en el marco de las respectivas licencias, y su objeto social incluye la prestación de Servicios de Comunicación Audiovisual (tal como se define más abajo). Asimismo, Telecom Argentina también desarrolla actividad como sociedad inversora.
(b) Que la actividad principal de Cablevisión consiste también en la prestación de los Servicios TIC que se encuentran registrados en la Licencia única Argentina Digital de la que resulta titular conforme Resolución N° 1359/2016 , entre otros y principalmente, la explotación del Servicio de Televisión por Suscripción por vínculo físico y por vínculo radioeléctrico y el Servicio de Transmisión de Datos, como así también otros servicios de telecomunicaciones fijos, móviles, alámbricos e inalámbricos, nacionales e internacionales, dentro de los cuales se destacan también los Servicios de Valor Agregado (incluyendo acceso a internet), Telefonía y Trunking (este último se presta a través de su subsidiaria Nextel, en proceso de fusión por absorción con Cablevisión) y el Servicio de Comunicaciones Móviles Avanzadas a través de una red a desplegar por parte de ésta, incluyendo su objeto social la posibilidad de explotar Servicios de Comunicación Audiovisual. Asimismo, Cablevisión también desarrolla actividad como sociedad inversora.
(c) Que hoy en día se constata, tanto en el plano nacional como en el internacional, una tendencia a la convergencia tecnológica entre medios y telecomunicaciones de las distintas modalidades separadas o independientes de prestación de servicios de transmisión de voz, datos, sonido e imagen, tanto fijos como inalámbricos, en un único producto o series de productos a proveer a los usuarios como un todo (los “Productos de Convergencia”) para beneficio de los usuarios y consumidores de dichos múltiples servicios individuales.
(d) Que con fecha 1° de enero de 2018 se habrá cumplido el plazo dispuesto por los Decretos N° 267/15 y 1340/16 para el levantamiento de la restricción que aplica exclusivamente sobre los prestadores del Servicio Básico Telefónico cuya licencia ha sido concedida en los términos del Decreto Nº 62/90 y de los puntos 1 y 2 del artículo 5 del Decreto N° 264/98, así como los del Servicio de Telefonía Móvil con licencia otorgada conforme el pliego de bases y condiciones aprobado por Resolución del entonces Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos Nº 575/93 y ratificado por Decreto Nº 1.461/93, entre éstos Telecom Argentina y Telecom Personal, para integrar en su oferta de servicios de telecomunicaciones, el Servicio de Televisión por Suscripción mediante vinculo físico y/o vínculo radioeléctrico.
(e) Que a fines de ofrecer Productos de Convergencia a sus respectivos clientes, las Partes han considerado que sus respectivas estructuras operativas y técnicas son altamente complementarias y podrían ser optimizadas mediante una consolidación estructural, logrando sinergias y eficiencias en el desarrollo de los Productos de Convergencia que demandará el mercado a medida que se levanten las restricciones regulatorias.
(f) Que las Partes consideran que dicha consolidación estructural podrá lograrse mediante la realización de un proceso de fusión en los términos de lo prescripto por la Ley General de Sociedades (la “LGS”).
(g) Que tanto Telecom Argentina como Cablevisión son sociedades admitidas al régimen de oferta pública en Argentina sujetas a un régimen exhaustivo de información con niveles de información anual, trimestral y urgente e inmediata en caso de producirse hechos relevantes que puedan afectar la cotización de sus títulos valores, de conformidad con las normas de la Comisión Nacional de Valores razón por la cual, cada una de las Partes dispone de información pública respecto de la otra que permite llevar adelante la preparación y confección de la documentación de la Fusión (tal como se define más adelante) en los mismos términos de transparencia que los existentes para los inversores en las sociedades involucradas; y
(h) Que luego de haber analizado los términos en que podría llevarse adelante dicha fusión, las Partes desean emprender el proceso societario y regulatorio correspondiente.
POR LO TANTO, las Partes acuerdan suscribir el presente COMPROMISO PREVIO DE FUSIÓN, ad referéndum de las respectivas aprobaciones asamblearias de Telecom Argentina y Cablevisión conforme a lo dispuesto por el art. 83 y siguientes de la LGS, las Normas de la Comisión Nacional de Valores y los demás términos y condiciones previstas en el presente.
Artículo Primero. DEFINICIONES.
Los siguientes términos utilizados con su primera letra en mayúscula tendrán el significado que se les asigna a continuación, salvo que su utilización en mayúscula obedezca exclusivamente a la regla gramatical que indica su uso en mayúscula al iniciar una oración o se trate de un nombre propio:
“Acción Clase A de CV”: significa cada una de las 96.006 acciones escriturales, ordinarias, Clase “A” de un voto por acción y diez mil Pesos de valor nominal cada una emitidas por Cablevisión representativas del 80,005% de su capital social, que no se encuentran listadas ni en ByMA ni en ninguna otra bolsa o mercado del país o del exterior.
“Acción Clase B de CV”: significa cada una de las 23.994 acciones escriturales, ordinarias, Clase “B” de un voto por acción y diez mil Pesos de valor nominal cada una emitidas por Cablevisión representativas del 19,995% de su capital social, que no se encuentran listadas ni en ByMA ni en ninguna otra bolsa o mercado del país o del exterior.
“Acción Clase A de Telecom Argentina”: significa cada una de las 502.034.299 acciones escriturales, ordinarias, Clase “A” de un voto por acción y un Peso de valor nominal cada una emitidas a la fecha por Telecom Argentina, con cotización originalmente autorizada en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, pero sin negociación efectiva en el mercado de valores hasta la fecha.
“Acción Clase B de Telecom Argentina”: significa cada una de las 482.111.931 acciones escriturales, ordinarias, Clase “B” de un voto por acción y un Peso de valor nominal cada una, emitidas a la fecha por Telecom Argentina que se encuentran listadas en ByMA y de las cuales 15.221.373 son acciones propias en cartera.
“Acción Clase D de Telecom Argentina”: significa cada una de las acciones escriturales, ordinarias, Clase “D”, de un voto por acción y un Peso de valor nominal, convertibles en Acciones Clase B, a ser emitidas por Telecom Argentina por efecto de la Fusión.
“Acuerdo de Asistencia Técnica”: significa el acuerdo de asistencia técnica suscripto entre Cablevisión y CVH con fecha mayo de 2017.
“Acuerdo Definitivo de Fusión”: significa el acuerdo definitivo de fusión a ser suscripto por Telecom Argentina y Cablevisión a efectos de implementar la presente Fusión, de
conformidad con los términos de los artículos 82, 83 y subsiguientes de la LGS y las disposiciones del presente Compromiso.
“Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de Telecom Argentina”: significa una asamblea ordinaria y extraordinaria a ser convocada por Telecom Argentina para la aprobación del presente Compromiso Previo de Fusión.
“Asamblea Extraordinaria de Cablevisión”: significa una asamblea extraordinaria a ser convocada por Cablevisión para la aprobación de los términos del presente Compromiso Previo de Fusión a celebrarse en los términos del artículo 244 de la LGS.
“Autorización ENACOM”: significa una resolución dictada por el ENACOM autorizando:
i) la Fusión y ii) la registración bajo la Licencia Única Argentina Digital de titularidad de Telecom Argentina de los registros, recursos, asignaciones, habilitaciones, frecuencias y autorizaciones de titularidad de Cablevisión y/o de las sociedades absorbidas por esta última.
“Aviso”: significa el aviso a ser publicado por Telecom Argentina y Cablevisión de conformidad con el artículo 83 de la LGS a efectos del ejercicio de los Derechos de Oposición de los respectivos acreedores de las mismas.
“ByMA”: significa Bolsas y Mercados Argentinos, el mercado de valores continuador, desde abril de 2017, de las operaciones xx Xxxxxxx de Valores de Buenos Aires S.A.
“Compromiso” o “Compromiso Previo de Fusión”: significa el presente compromiso previo de fusión.
“CVH”: significa Cablevisión Holding S.A., la sociedad titular de 34.425 Acciones Clase A de CV y 6.782 Acciones Clase B de CV.
“Decreto 267/15”: significa el Decreto de Necesidad y Xxxxxxxx Xxx. 000 dictado el 29 de diciembre de 2015.
“Decreto 1340/16”: significa el Xxxxxxx Xxx. 0000 dictado el 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xxxxxxxxxxxxx xxx Xxxxxxx 267/15.
“Derechos de Oposición”: significa los derechos previstos en el artículo 83 de la LGS para que dentro de los 15 días siguientes contados a partir del día siguiente a la última publicación del Aviso realizado por las sociedades intervinientes en la Fusión los acreedores de causa o título anterior de las sociedades puedan oponerse a la misma.
“EBITDA”: significa respecto de una persona y para el período en el que se realice la determinación, sus ventas menos costo de ventas, gastos de comercialización y administración, (excluyendo amortizaciones y depreciaciones), o lo que es lo mismo: la utilidad de la explotación antes de depreciaciones y amortizaciones, todo determinado de conformidad con Normas Internacionales de Información Financiera (“NIIF”) y tal como se refleje en los respectivos estados financieros para el período en cuestión, según sean de Cablevisión o Telecom Argentina, respectivamente.
“ENACOM”: significa el Ente Nacional de Comunicaciones en su carácter de autoridad de aplicación de la Ley Nro. 27.078 de Argentina Digital y Servicios de la Información y las Comunicaciones.
“Estados Financieros Consolidados Especiales de Fusión”: significa los estados financieros consolidados especiales de fusión de Telecom Argentina y Cablevisión al 31 xx xxxxx de 2017 que se adjuntan como Anexo II y que fueran preparados sobre la base de los Estados Financieros Individuales Especiales de Fusión de cada una de dichas compañías.
“Estados Financieros Individuales Especiales de Fusión”: significa los estados financieros individuales especiales de fusión preparados para Telecom Argentina y Cablevisión al 31 xx xxxxx de 2017 que se adjuntan como Anexos I-A y I-B del presente Compromiso.
“Fintech Media”: Significa Fintech Media LLC, la sociedad titular de 17.212 Acciones Clase B de CV.
“Nuevas Acciones”: significa la cantidad de 1.184.528.406 nuevas acciones ordinarias, escriturales, de un peso valor nominal y un voto por acción, que corresponde emitir por parte de Telecom Argentina por efecto de la Fusión para ser entregadas a los accionistas de Cablevisión, bajo la forma de Acciones Clase A de Telecom Argentina o Acciones Clase D de Telecom Argentina, según corresponda, de conformidad con la Relación de Cambio que se establece en el presente y los restantes términos del presente Compromiso Previo de Fusión.
“Obligaciones Negociables de Cablevisión”: significa las obligaciones negociables Clase A emitidas por Cablevisión por un valor nominal inicial de US$500.000.000 actualmente en circulación y con vencimiento el 15 xx xxxxx de 2021.
“Reorganización Societaria de Telecom”: significa la fusión por absorción de Nortel Inversora S.A., Sofora Telecomunicaciones S.A. y Telecom Personal S.A. por Telecom Argentina en su carácter de sociedad absorbente conforme se describe en el correspondiente prospecto de fusión de Telecom Argentina de fecha 11 xx xxxx de 2017 publicado en la Autopista de Información Financiera de la Comisión Nacional de Valores.
“Servicios de Comunicación Audiovisual”: significa los servicios de comunicación audiovisual regulados bajo la Ley Nro. 26.522, sus modificatorias y normas reglamentarias.
“Servicios TIC”: significa los servicios de tecnologías de la información y las comunicaciones regulados bajo la Ley Nro. 27.078, sus modificatorias y normas reglamentarias.
“VLG”: significa VLG Argentina LLC, la sociedad titular de 61.581 Acciones Clase A de CV.
Artículo Segundo. Fusión.
Por el presente, las Partes acuerdan la fusión por absorción de Cablevisión, como Sociedad Absorbida, por parte de Telecom Argentina como Sociedad Absorbente, de conformidad y con sujeción a los términos de los arts. 82 y 83 de la LGS, y con el encuadramiento fiscal previsto en los artículos 77 y ss. de la ley 20.628 del Impuesto a las Ganancias y art. 105 del Decreto Nº1344/1998 reglamentario de la Ley de Impuesto a las Ganancias, y los términos del presente Compromiso Previo de Fusión, todo esto ad referéndum de la aprobación de sus respectivas asambleas de accionistas y sujeto a las aprobaciones regulatorias y demás condiciones que se detallan en el artículo Séptimo del presente y con efecto a la Fecha Efectiva de Fusión (tal como se define en dicho artículo Séptimo) (en adelante, la “Fusión”).
Artículo Tercero. Efectos Generales de la Fusión.
Como consecuencia de la Fusión acordada en el artículo Segundo y con efecto a la Fecha Efectiva de Fusión: (i) el patrimonio de la Sociedad Absorbida se transferirá íntegramente a la Sociedad Absorbente adquiriendo en consecuencia Telecom Argentina, la titularidad de todos los bienes, derechos, obligaciones y responsabilidades de cualquier naturaleza de titularidad de Cablevisión incluyendo (a) aquellos derechos y obligaciones que, por cualquier razón, no se hayan incorporado en el Estado Financiero Individual Especial de Fusión, entre los que deben computarse aquellos derechos, bienes u obligaciones surgidos o conocidos con posterioridad a la fecha de cierre de dicho Estado Financiero Individual Especial de Fusión como consecuencia de hechos o actividades anteriores a la fecha de cierre de los mismos; (b) aquellos derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida derivados de las relaciones con su respectivo personal, los cuales pasarán a depender directamente de Telecom Argentina, respetándose su antigüedad, beneficios y demás derechos adquiridos; y (c) las licencias, registros, recursos, asignaciones, habilitaciones y autorizaciones de titularidad de Cablevisión y/o de las sociedades absorbidas por esta última y/o permisos de cualquier tipo; (ii) Telecom Argentina será la sociedad continuadora de todas las actividades, operaciones, activos, pasivos, derechos y obligaciones de Cablevisión a la Fecha Efectiva de Fusión así como las que pudieren
sobrevenir por actuaciones anteriores o posteriores a la misma; (iii) Cablevisión se disolverá anticipadamente sin liquidarse; (iv) Telecom Argentina aumentará su capital social y modificará sus estatutos de conformidad con los términos previstos en el Anexo IV del presente; y (v) los tenedores de acciones de Cablevisión serán considerados accionistas de Telecom Argentina a partir de la Fecha Efectiva de la Fusión, incluyendo el ejercicio de sus derechos económicos y políticos en la medida de la Relación de Cambio previstas en el presente Compromiso.
Artículo Cuarto. Reforma de Estatutos de Telecom Argentina. Nueva Estructura Accionaria.
De conformidad con los términos de la Fusión, Telecom Argentina modificará sus Estatutos en los términos previstos en el Anexo IV del presente. Asimismo, como consecuencia de la Fusión y tomando en cuenta la Relación de Cambio propuesta, Telecom Argentina deberá aumentar su capital social en la suma de Pesos 1.184.528.406. Consecuentemente, Telecom Argentina deberá emitir 1.184.528.406 acciones ordinarias, escriturales, de un peso valor nominal y un voto por acción (menos las que puedan corresponder por liquidación de fracciones en efectivo), de las cuales, y tomando en consideración las tenencias a la fecha del presente directas e indirectas de Fintech Media y CVH en Cablevisión: (i) 473.836.040 serán Acciones Clase A de Telecom Argentina y (ii) 710.692.366 serán Acciones Clase D de Telecom Argentina; las que serán entregadas a los accionistas de Cablevisión de conformidad con la Relación de Cambio y demás términos del presente. Tanto las Acciones Clase A de Telecom Argentina como las Acciones Clase D de Telecom Argentina que se entreguen a los accionistas de Cablevisión serán libremente convertibles en acciones Clase B de Telecom Argentina y tendrán ciertos derechos de mayorías especiales para la aprobación de los temas que se detallan en el proyecto de Reforma de Estatutos de Telecom Argentina que se adjunta como Anexo IV. Estas modificaciones que se introduzcan a los Estatutos de Telecom Argentina tendrán efectividad a la Fecha Efectiva de Fusión.
Artículo Quinto. Relación de Cambio de Acciones.
1. Relación de Cambio. Las Partes han acordado proponer a sus respectivas asambleas de accionistas la siguiente relación de cambio de acciones ordinarias de Cablevisión por acciones ordinarias de Telecom Argentina: 1 acción ordinaria de Cablevisión (ya sea una Acción Clase A de Cablevisión o una Acción Clase B de Cablevisión) por cada 9.871,07005 Nuevas Acciones de Telecom Argentina, según corresponda de conformidad con los términos del presente (la “Relación de Cambio”). A tal fin se ha tomado en cuenta para Telecom Argentina una cantidad de acciones en circulación de 969.159.605 acciones (excluyendo las 15.221.373 Acciones Clase B de Telecom Argentina recompradas y mantenidas en cartera por Telecom Argentina) y para Cablevisión la cantidad de 120.000 acciones en circulación. Las fracciones o decimales de acciones resultantes del canje a cada accionista serán abonadas en efectivo en la sede social de Telecom Argentina en el
día y hora que oportunamente se indiquen para el canje de acciones. La liquidación de las fracciones se efectuará siguiendo el procedimiento establecido por la normativa aplicable.
2. Mecanismo de Determinación de la Relación de Cambio. Valuaciones.
La Relación de Cambio propuesta ha sido determinada por las Partes sujeta a la aprobación de sus respectivas asambleas de accionistas, tomando en consideración, entre otros aspectos, los rangos de valor resultantes de la aplicación de los siguientes métodos de valuación a ambas sociedades: a) el valor actual neto de los flujos de fondos descontados de cada sociedad; b) los múltiplos de valuación de empresas comparables; y c) el valor xx xxxxxxx de negociación de las Acciones Clase B de Telecom Argentina y de las acciones de Cablevisión, tomando para las acciones de Cablevisión su valor implícito de negociación incorporado en los valores de negociación en el mercado de las Acciones Clase B de Grupo Clarín S.A. (la antecesora de CVH) como sociedad controlante de Cablevisión. En el Anexo III del presente se expone el mecanismo de cálculo de la Relación de Cambio.
La Relación de Cambio fue considerada razonable (fair), desde el punto de vista financiero, a la fecha de la respectiva opinión y de acuerdo con sus términos, por dos valuadores profesionales no relacionados con ninguna de las sociedades involucradas. A esos efectos, Telecom Argentina contrató a JP Xxxxxx Securities LLC y Cablevisión contrató a LionTree Advisors LLC, dos firmas de primer nivel internacional con experiencia comprobada en operaciones de fusión y también con alta especialización en la industria de Servicios TIC (los “Valuadores Independientes”), cada uno de los cuales emitió su respectivo Informe de Razonabilidad de la Relación de Cambio (“Fairness Opinion”) para su consideración por el Directorio de Telecom Argentina, en el caso de JP Xxxxxx Securities LLC y por el Directorio de Cablevisión en el caso de LionTree Advisors LLC.
A efectos de emitir sus Informes de Razonabilidad de la Relación de Cambio, los Valuadores Independientes aplicaron respectivamente los métodos de valuación que cada uno de ellos generalmente aplica en procedimientos similares al presente, incluyendo, entre otros, los métodos mencionados en los puntos a) a c) del primer párrafo de este apartado.
3. Atribución de Acciones por Relación de Cambio. De conformidad con la Relación de Cambio, las Partes han acordado proponer a sus accionistas que las Nuevas Acciones a emitir por Telecom Argentina sean atribuidas a los titulares de acciones ordinarias de Cablevisión conforme al siguiente detalle:
a. Fintech Media: conforme la Relación de Cambio a Fintech Media le corresponderían 169.900.857,70 acciones, por lo cual las Partes han propuesto que se le entreguen, 169.900.858 Nuevas Acciones Clase A de Telecom Argentina a cambio de 17.212 acciones Clase B emitidas por Cablevisión de su titularidad;
b. CVH: conforme la Relación de Cambio a CVH le corresponderían 406.757.183,55 acciones por lo cual las Partes han propuesto que se le entreguen, 406.757.183 Nuevas Acciones Clase D a cambio de 41.207 acciones ( 34.425 Acciones Clase A de CV y 6.782 Acciones Clase B de CV) emitidas por Cablevisión de su titularidad;
c. VLG: conforme la Relación de Cambio a VLG le corresponderían 607.870.364,75 acciones, por lo cual las Partes han propuesto que se le entreguen en total 607.870.365 Nuevas Acciones a cambio de
61.581 Acciones Clase A emitidas por Cablevisión de su titularidad. Dichas nuevas acciones ordinarias emitidas por Telecom Argentina serán entregadas a VLG en una proporción de Nuevas Acciones Clase A y de Nuevas Acciones Clase D equivalente a la proporción de las tenencias que Fintech Media y CVH mantengan en VLG a la Fecha Efectiva de Fusión.
4. Ajustes de la Relación de Cambio. (a) Las Partes han acordado permitir que tanto Telecom Argentina como Cablevisión puedan distribuir dividendos en efectivo a sus respectivos accionistas con anterioridad a la Fecha Efectiva de Fusión, previéndose el ajuste de la Relación de Cambio en función de cualquier distribución o distribuciones de dividendos en efectivo realizadas a partir de la fecha del presente Compromiso Previo de Fusión y con anterioridad a la Fecha Efectiva de Fusión de conformidad con los siguientes términos: i) a los efectos del cálculo de los ajustes a la Relación de Cambio se tomarán como referencia los siguientes valores por acción proporcionales a la Relación de Cambio: US$ 5,1591 por cada acción en circulación para Telecom Argentina y US$ 50.925,93 por cada acción en circulación para Cablevisión; (ii) el antes mencionado valor de referencia por acción en dólares estadounidenses a ser tomado en cuenta para calcular los ajustes a la Relación de Cambio de la sociedad que haga efectivo el pago de dividendos será reducido en un monto igual al monto en dólares estadounidenses por acción correspondiente al dividendo que se haya pagado y se volverá a calcular la Relación de Cambio tomando en cuenta dicho menor valor de referencia por acción de la sociedad que haya pagado el dividendo. En caso que los dividendos sean pagados en Pesos, el valor en dólares de dicho dividendo será calculado tomando en cuenta el tipo de cambio mayorista de conformidad con la Comunicación X-0000 xxx Xxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx que haya sido publicado para el cierre de operaciones de la fecha inmediatamente anterior a la
fecha en la cual el dividendo correspondiente haya sido puesto a disposición en Argentina; (b) en caso que ocurriera cualquier hecho extraordinario que altere sustancialmente el curso de los negocios de una o ambas sociedades antes de la Fecha Efectiva de Fusión, las Partes tomarán nota de dicho hecho y sus efectos y acordarán los ajustes que puedan corresponder a la Relación de Cambio, (c) no se tomará como causal de ajuste de la Relación de Cambio cualquier distribución de dividendos anticipada o definitiva que puedan realizar Nortel Inversora S.A. o Sofora Telecomunicaciones S.A. antes de su fusión por absorción en Telecom Argentina ni aún en el caso que dichas distribuciones efectuadas por Nortel Inversora S.A. o Sofora Telecomunicaciones S.A. sean luego conformadas por Telecom Argentina, (d) no se tomará como causal de ajuste de la Relación de Cambio (i) el pago de la segunda cuota por un monto de hasta US$ 50.000.000 (dólares estadounidenses cincuenta millones) de los dividendos declarados por la asamblea anual ordinaria y extraordinaria de accionistas de Cablevisión de fecha 30 xx xxxxx de 2017 los que serán pagados con posterioridad a la fecha del presente; y (ii) un monto de hasta US$ 50.000.000 de dividendos que Telecom Argentina podrá declarar y pagar en cualquier momento antes de la Fecha Efectiva de la Fusión.
Artículo Sexto. Aumento de Capital de Telecom Argentina.
Por efecto de la Fusión y de conformidad con la Relación de Cambio propuesta, Telecom Argentina realizará un aumento de capital de Pesos un mil ciento ochenta y cuatro millones quinientos veintiocho mil cuatrocientos seis ($ 1.184.528.406) y emitirá en la Fecha Efectiva de Fusión un total de 1.184.528.406 Nuevas Acciones. Consecuentemente, el capital social de Telecom Argentina, luego de la Fecha Efectiva de Fusión, ascenderá a la suma de $2.168.909.384 o la que resulte de los ajustes a la Relación de Cambio que pudieran corresponder.
Artículo Séptimo. Fecha Efectiva de Fusión y condiciones precedentes.
La presente Fusión se acuerda con efecto a partir de la 0:00 horas del día en que los Presidentes de los Directorios de las Partes (en adelante, la “Fecha Efectiva de Fusión”), suscriban un acta de traspaso de las operaciones en la que se deje constancia de que: (i) Telecom Argentina ha acondicionado sus sistemas técnico-operativos para asumir las operaciones y actividades de Cablevisión; y (ii) que en esa Fecha Efectiva de Fusión se concreta el traspaso de las operaciones y actividades de la Sociedad Absorbida a Telecom Argentina por haberse cumplido todas las siguientes condiciones a las que está sujeta la Fusión:
1) Que se haya suscripto el Acuerdo Definitivo de Fusión; y
2) Que se haya obtenido la Autorización ENACOM.
A partir de la Fecha Efectiva de Fusión, Telecom Argentina continuará con las operaciones de la Sociedad Absorbida, generando los correspondientes efectos operativos, contables e impositivos. A esa fecha se considerarán incorporados al patrimonio de Telecom Argentina, en su calidad de Sociedad Absorbente y continuadora, todos los activos y pasivos incluidos bienes registrables, derechos y obligaciones pertenecientes a Cablevisión como Sociedad Absorbida.
Artículo Octavo. Motivos y Finalidades de la Fusión.
De conformidad con lo dispuesto en el inciso 1, punto a), del artículo 83 de la LGS, las Partes manifiestan que la Fusión acordada en el presente Compromiso se realiza a fin de posibilitar que las mismas puedan ofrecer en forma eficiente, y con la mayor celeridad que sea posible, Productos de Convergencia de conformidad con las normas aplicables.
Artículo Noveno. Documentación Contable. Estados Financieros Individuales Especiales de Fusión y Estados Financieros Consolidados Especiales de Fusión. Declaraciones de las Partes.
(a) Los siguientes documentos forman parte del presente Compromiso: (i) los Estados Financieros Individuales Especiales de Fusión de Telecom Argentina y Cablevisión al 31 xx xxxxx de 2017, que se adjuntan como Anexos I (A) y I (B) al presente Compromiso, respectivamente; (ii) los Estados Financieros Consolidados Especiales de Fusión al 31 xx xxxxx de 2017, que se adjuntan como Anexo II al presente; (iii) el mecanismo de cálculo de las Relaciones de Cambio adjunto como Anexo III; (iv) Proyecto de Reforma de Estatutos de Telecom Argentina adjunto como Anexo IV; y (v) Listado de Transacciones con Partes Relacionadas de Cablevisión (Anexo V). La documentación contable mencionada en los Anexos I
(A) y I (B) y II fue confeccionada por los administradores de las Partes sobre bases y criterios de valuación homogéneos, firmados por sus respectivos representantes legales, con informe de las respectivas Comisiones Fiscalizadoras y certificados por contador público matriculado. En particular los Estados Financieros Individuales Especiales de Fusión de Telecom Argentina y Cablevisión al 31 xx xxxxx de 2017 cuentan con dictámenes de los Auditores Externos Independientes, conforme las normas de auditoría vigentes. Los Estados Financieros Consolidados Especiales de Fusión al 31 xx xxxxx de 2017 cuentan con informe de los Auditores Externos Independientes, en cumplimiento de lo requerido por la Comisión Nacional de Valores. Todos los Anexos serán puestos a disposición de los accionistas y, oportunamente, los estados financieros se transcribirán en los libros sociales respectivos.
(b) Cablevisión realiza las siguientes declaraciones a Telecom Argentina a la fecha de firma del presente Compromiso Previo de Fusión:
a. El capital social de Cablevisión es de Pesos 1.200.000.000 y está representado en 96.006 acciones Clase A de valor nominal diez mil pesos y un voto por acción y 23.994 acciones Clase B de valor nominal diez mil pesos y un voto por acción. Todas las acciones que representan su capital se encuentran totalmente suscriptas e integradas y no están sujetas a ningún derecho real de garantía; no existen aportes irrevocables a cuenta de futuras suscripciones de acciones pendientes de capitalización ni tampoco existen opciones, warrants, títulos convertibles o canjeables por acciones ni ningún derecho de terceros a reclamar la emisión de nuevas acciones de ninguna clase de Cablevisión;
b. Cablevisión es una sociedad anónima regularmente constituida e inscripta ante la Inspección General de Justicia y tiene capacidad para suscribir el presente Compromiso Previo de Fusión y llevar adelante la Fusión en los términos previstos en el presente Compromiso Previo de Fusión; la suscripción del presente Compromiso Previo de Fusión ha sido aprobada por el Directorio de Cablevisión en su reunión de fecha 30 xx xxxxx de 2017;
c. los Estados Financieros Individuales Especiales de Fusión de Cablevisión al 31 xx xxxxx de 2017 reflejan razonablemente la situación económica financiera de Cablevisión y han sido auditados por Price Xxxxxxxxxx & Co. Desde la fecha de esos estados financieros, no han ocurrido hechos que pudieran causar un cambio adverso significativo en la situación económico financiera de Cablevisión o en el resultado de sus operaciones; no existen pasivos significativos que debieran haber sido reflejados en dichos estados financieros y que no hayan sido así reflejados o que no estén debidamente previsionados de conformidad con las normas contables aplicables;
d. la información de carácter público presentada por Cablevisión ante la Comisión Nacional de Valores y disponible en el sitio de internet de esa Comisión no presenta ninguna manifestación falsa respecto de cualquier hecho significativo ni omite informar cualquier hecho significativo necesario para que dicha información, a la luz de las circunstancias en las cuales fue presentada, no sea engañosa;
e. excepto por las transacciones que se describen en los estados financieros trimestrales de Cablevisión al 31 xx xxxxx de 2017 y en el Anexo V del presente, no existen otros contratos con partes relacionadas que puedan ser transferidos a Telecom Argentina por efecto de la Fusión.
f. ha recibido una Fairness Opinion de parte de LionTree Advisors LLC que considera que la Relación de Cambio es razonable (fair).
(c) Telecom Argentina realiza las siguientes declaraciones a Cablevisión a la fecha de firma del presente Compromiso Previo de Fusión:
a. El capital social de Telecom Argentina es de $ 984.380.978 y está representado por 502.034.299 Acciones Clase A de valor nominal un peso y un voto por acción; 482.111.931 Acciones Clase B de valor nominal un peso y un voto por acción; y 234.748 Acciones Clase C de valor nominal un peso y un voto por acción. Del total de acciones representativas del capital social, 15.221.373 Acciones Clase B han sido recompradas por Telecom Argentina y se mantienen en cartera, con lo cual las acciones en circulación sobre la base de las cuales se ha realizado el cálculo de la Relación de Cambio ascienden a 969.159.605. Todas las acciones que representan su capital se encuentran totalmente suscriptas e integradas y no están sujetas a ningún derecho real de garantía; no existen aportes irrevocables a cuenta de futuras suscripciones de acciones pendientes de capitalización ni tampoco existen opciones, warrants, títulos convertibles o canjeables por acciones ni ningún derecho de terceros a reclamar la emisión de nuevas acciones de ninguna clase de Telecom Argentina;
b. Telecom Argentina es una sociedad anónima regularmente constituida e inscripta ante la Inspección General de Justicia y tiene capacidad para suscribir el presente Compromiso Previo de Fusión y llevar adelante la Fusión en los términos previstos en el presente Compromiso Previo de Fusión; la suscripción del presente Compromiso Previo de Fusión ha sido aprobada por el Directorio de Telecom Argentina en su reunión de fecha 30 xx xxxxx de 2017;
c. los Estados Financieros Individuales Especiales de Fusión de Telecom Argentina al 31 xx xxxxx de 2017 reflejan razonablemente la situación económica financiera de Telecom Argentina y han sido auditados por Price Xxxxxxxxxx & Co. Desde la fecha de esos estados financieros, no han ocurrido hechos que pudieran causar un cambio adverso significativo en la situación económico financiera de Telecom Argentina o en el resultado de sus operaciones; no existen pasivos significativos que debieran haber sido reflejados en dichos estados financieros y que no hayan sido así reflejados o que no estén debidamente previsionados de conformidad con las normas contables aplicables;
d. la información de carácter público presentada por Telecom Argentina ante la Comisión Nacional de Valores y disponible en el sitio de internet de esa Comisión no presenta ninguna manifestación falsa respecto de cualquier hecho significativo ni omite informar cualquier hecho significativo necesario para que dicha información, a la luz de las circunstancias en las cuales fue presentada, no sea engañosa;
e. excepto por las transacciones que se describen en los estados financieros trimestrales cerrados al 31 xx xxxxx de 2017 no existen otros contratos con partes relacionadas de Telecom Argentina.
f. ha recibido una Fairness Opinion de parte de JP Xxxxxx Securities LLC que considera que la Relación de Cambio es razonable (fair).
Artículo Décimo. Reforma de Estatuto.
Con motivo de la Fusión, Telecom Argentina adecuará y modificará sus estatutos de conformidad con el proyecto que se adjunta al presente como Anexo IV. Dicha modificación será considerada por los accionistas de Telecom Argentina como un punto especial del orden del día de la Asamblea Extraordinaria a ser convocada para la consideración del presente Compromiso y será efectiva solo a partir de la Fecha Efectiva de Fusión.
Artículo Undécimo. Derechos de Oposición. Acuerdo Definitivo de Fusión.
Una vez aprobado el presente Compromiso y demás documentación de la Fusión por las respectivas asambleas de accionistas de ambas Partes, publicado el Aviso y vencidos los plazos correspondientes a los Derechos de Oposición de los acreedores, se instrumentará por escritura pública el correspondiente Acuerdo Definitivo de Fusión. De conformidad con el Decreto 267/15, el Acuerdo Definitivo de Fusión podrá suscribirse ad referéndum de las autorizaciones del ENACOM que puedan corresponder. Asimismo, en esa escritura pública se consignarán los datos identificatorios de los inmuebles, rodados y demás bienes registrables que sea necesario identificar, como consecuencia de la Fusión, se incorporarán a la Sociedad Absorbente por efecto de la Fusión.
Artículo Decimosegundo. Autorizaciones Societarias. Rescisión.
Las Partes declaran que los términos del presente Compromiso, así como la totalidad de la documentación anexa al presente han sido aprobados por una resolución del Directorio de cada una de ellas.
Cablevisión acuerda convocar a su respectiva Asamblea Extraordinaria de Accionistas y Telecom Argentina acuerda convocar a su respectiva Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas dentro de los términos legales aplicables, a ser celebradas el mismo día, a fin de considerar la Fusión y toda la documentación relacionada de conformidad con las normas aplicables.
Las Partes podrán ofrecer y aceptar modificaciones a los términos del Compromiso Previo de Fusión hasta que se obtenga la correspondiente autorización asamblearia. En caso que, a pesar de las modificaciones propuestas no se obtuviera la aprobación de alguna de las asambleas dentro de los 6 (seis) meses siguientes a la fecha del presente, cualquiera de las Partes podrá dejar sin efecto el presente Compromiso Previo de Fusión. También podrá demandarse la rescisión del acuerdo de conformidad con el artículo 87 de la LGS.
Artículo Decimotercero. Administración de los Negocios y Garantías para el Cumplimiento de una Gestión Normal.
1. Limitaciones en los Negocios. Las Partes acuerdan continuar con el giro ordinario de sus negocios y el curso regular de sus operaciones y no involucrarse en operaciones o actividades extraordinarias que pudieran afectar la valuación de las sociedades o la Relación de Cambio preestablecida, previéndose que las sociedades podrán: (i) distribuir dividendos en efectivo, ya sea en carácter de dividendos definitivos o anticipados con anterioridad a la Fecha Efectiva de Fusión,
(ii) emitir obligaciones negociables con o sin oferta pública y tomar endeudamiento bancario en los mercados financieros locales o internacionales siempre que el nivel total de endeudamiento financiero neto de la sociedad que se endeude no supere tres (3) veces el nivel de EBITDA de la sociedad del período xx xxxxx meses más reciente a la fecha de la determinación.
2. A partir de la Fecha Efectiva de Fusión la administración y representación de Cablevisión quedará a cargo de los administradores y representantes de Telecom Argentina en los términos del artículo 84 de la LGS y del estatuto social de Telecom Argentina. Las Partes acordarán qué funcionarios llevarán a cabo todos los actos y firmarán los documentos que eventualmente resulte necesario que realicen o suscriban en nombre de la Sociedad Absorbida.
3. Garantías. Las Partes acuerdan las siguientes garantías para el cumplimiento de una actividad normal en su gestión hasta la Fecha Efectiva de Fusión:
a. Comité de Supervisión. Las Partes acuerdan conformar un Comité de Supervisión integrado por ocho (8) miembros, cuatro (4) designados por Telecom Argentina y cuatro (4) designados por Cablevisión, que tendrán a su cargo la supervisión de las actividades de las sociedades a fin de garantizar el cumplimiento del giro ordinario de los negocios y el curso regular de las operaciones de cada sociedad, así como el cumplimiento de las condiciones de contratación con sus respectivas partes relacionadas. Los miembros de dicho comité deberán guardar confidencialidad de cualquier información a la que tengan acceso de cualquiera de las sociedades y solo deberán comunicar a los respectivos directorios de las sociedades aquellas situaciones que detecten que pudieran afectar el giro ordinario de los negocios y el curso regular de las operaciones o la Relación de Cambio. Asimismo, los miembros de dicho Comité podrán recabar la información que sea necesaria para confeccionar el formulario F- 1 a presentar ante la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia de conformidad con las normas aplicables.
Transacciones con Partes Relacionadas. Las Partes se comprometen a que cualquier transacción que realicen o contraten realizar con sus respectivas partes relacionadas será realizada en función de dos parámetros: (i) la conveniencia de dicha transacción para la respectiva sociedad y, (ii) que sus términos sean “xx xxxxxxx”. A fines de determinar si una transacción es o no “xx xxxxxxx”, se deberá considerar: (1) si los términos son al menos igual de favorables para la sociedad que para el resto de las contrapartes no relacionadas de la Parte relacionada en la misma materia; (2) si los términos son al menos igual de favorables para la sociedad que los términos ofrecidos por cualquier otro prestador equivalente o razonablemente comparable con la Parte relacionada en cuestión; (3) los parámetros “xx xxxxxxx” existentes, si los hubiera, publicados por cámaras empresariales o publicaciones especializadas; y
(4) la determinación que realice un experto independiente designado por los representantes de la sociedad, en caso que lo crean necesario.
Artículo Decimocuarto. Autorizaciones Regulatorias. Conformidades Administrativas y de Bolsas y Mercados de Valores.
Las Partes acuerdan realizar tan pronto como sea posible y siempre dentro de los términos legales, todas las presentaciones que sean necesarias ante entidades regulatorias, administrativas y bolsas y mercados de valores del país y del exterior a fin de llevar adelante y perfeccionar la Fusión, incluyendo la Comisión Nacional de Valores, la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, el BYMA, el ENACOM, la Securities and Exchange Commission de los Estados Unidos de América, la New York Stock Exchange, Comisión Nacional de Defensa de la Competencia y cualquier otra entidad gubernamental o de otro tipo que sea necesaria.
Artículo Decimoquinto. Compromisos Adicionales.
a. Acuerdo de Asistencia Técnica. Cablevisión se compromete a rescindir el Acuerdo de Asistencia Técnica antes de la Fecha Efectiva de Fusión en términos tales que a la Fecha Efectiva de Fusión no existan obligaciones pendientes de pago ni responsabilidades o consecuencias adversas para Cablevisión que puedan trasladarse a Telecom Argentina por efecto de la Fusión.
b. Restricciones a la Distribución de Dividendos. (a) Cablevisión se compromete a convocar, tan pronto como sea posible después de celebradas las Asambleas Extraordinarias de Telecom Argentina y de Cablevisión, a una asamblea de tenedores de Obligaciones Negociables de Cablevisión para someter a consideración de los mismos la modificación de las restricciones contractuales previstas en los términos y condiciones de emisión de sus obligaciones negociables a efectos que, de ser aprobada la modificación, dichas restricciones:
(i) no se trasladen a Telecom Argentina respecto de la distribución de la totalidad
de las ganancias realizadas y líquidas de Telecom Argentina generadas o existentes antes de la Fecha de la Fusión, y (ii) luego de la Fecha Efectiva de la Fusión, solo se apliquen a Telecom Argentina en los mismos términos existentes en las obligaciones financieras de Telecom Argentina; (b) Cablevisión se compromete a no incurrir en ninguna restricción contractual adicional a las existentes a la distribución de dividendos que pudiera transferirse a Telecom Argentina por efecto de la Fusión.
c. Aspectos Regulatorios. Teniendo en cuenta la restricción temporal dispuesta para Telecom Argentina para prestar el Servicio de Televisión por Suscripción por Vínculo Físico y/o Radioeléctrico, la Fecha Efectiva de Fusión se supedita entre otras condiciones a la obtención de la Autorización de ENACOM que es la Autoridad de Aplicación que debe velar por el cumplimiento de lo dispuesto por el Decreto N° 267/2015 y 1340/2016 y las Partes se obligan a realizar sus mejores esfuerzos para obtener dicha autorización.
Artículo Decimosexto. Ley Aplicable y Jurisdicción.
El presente Compromiso Previo de Fusión se rige por la legislación argentina. Las disputas que pudieran suscitarse como consecuencia de la aplicación o cumplimiento del presente será sometido a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios en lo Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx con renuncia expresa a todo otro fuero o jurisdicción.
En prueba de conformidad se firman seis (6) ejemplares de un mismo y único tenor, uno para cada una de las Partes y los cuatro (4) restantes para su presentación ante la Comisión Nacional de Valores, la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia y el ENACOM, respectivamente.
Por Telecom Argentina S.A.
Xxxxxxx X. Xxxxxx - Presidente
Por Cablevisión S.A.
Xxxxxxxxx X. Xxxxxxxxxx - Presidente