PLIEGO DE CONDICIONES QUE RIGE LA “ENAJENACIÓN DEL REMOLCADOR «EVARISTO DE CHURRUCA», PARA SU POSTERIOR USO O DESGUACE,
PLIEGO DE CONDICIONES QUE RIGE LA “ENAJENACIÓN DEL REMOLCADOR «XXXXXXXX XX XXXXXXXX», PARA SU POSTERIOR USO O DESGUACE,
PROPIEDAD DE LA AUTORIDAD PORTUARIA XX XXXXXX”
Santurtzi, 10 de febrero de 2014
PLIEGO DE CONDICIONES QUE RIGE LA “ENAJENACIÓN DEL REMOLCADOR
«XXXXXXXX XX XXXXXXXX», PARA SU POSTERIOR USO O DESGUACE, PROPIEDAD DE LA AUTORIDAD PORTUARIA XX XXXXXX”
1ª.- ANTECEDENTES
El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx, en sesión celebrada el 18 de julio de 2013, ha autorizado la enajenación del remolcador «XXXXXXXX XX XXXXXXXX» para su posterior uso o, en su caso, para su desguace, dando cumplimiento a la previsión establecida a tal efecto en el artículo 44.2 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Xxx xx Xxxxxxx del Estado y de la Xxxxxx Xxxxxxxx.
Aprobada la enajenación de la citada embarcación para su posterior uso o, en su caso, para su desguace, es objeto del presente Pliego de Condiciones regular las normas de su procedimiento.
2ª.- NORMATIVA DE APLICACIÓN
La presente enajenación estará sujeta al ordenamiento privado que le sea de aplicación, excepto en lo que se refiere a los aspectos que, en su preparación y adjudicación, garanticen los principios de publicidad y concurrencia.
3ª.- OBJETO DE LA ENAJENACIÓN
El objeto de la enajenación es el remolcador «XXXXXXXX XX XXXXXXXX», siendo las características principales de dicha embarcación, de acuerdo con los datos que constan en los archivos de la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx, las siguientes:
• INSCRIPCIÓN REGISTRAL:
Distrito Marítimo xx Xxxxxx: Folio 11/1994, Lista 8ª. Distintivo: EAGV.
Clasificación SOLAS: III/T. Clase: Remolcador.
NIB: 7366.
Nº IMO: 5110111.
• CARACTERÍSTICAS GENERALES INDICATIVAS:
- Año de construcción: 1953.
- Eslora total: 31,20 m.
- Eslora entre perpendiculares: 25,00 m.
- Manga de trazado: 6,10 m.
- Puntal de construcción: 3,00 m.
- Calado de trazado: 2,50 m.
- Toneladas Registro Bruto: 122,00 TRB.
- Arqueo Bruto: - Material xxx xxxxx: - Motor propulsor: |
| 98,00 G.T. Acero. Marca Caterpillar, modelo D379, nº de serie |
76B318, con reductor inversor modelo 3192, nº de serie 74E999, relación 3.85:1 y 361.76 Kw. de potencia. | ||
- Motor auxiliar: | Para generación de corriente eléctrica, xxxxx Xxxxxxxxx modelo A60ME de 26.48 Kw de potencia a 1.500 r.p.m. mueve un alternador xxxxx Xxxxxx, modelo SCL 734 de 25 KW de potencia. |
- Equipado con el material de seguridad y salvamento necesario para su clase III/T.
- Dispone del equipo de radio reglamentario para su clase.
A efectos meramente informativos, se acompaña como ANEJO Nº 1 del presente Pliego de Condiciones, plano de disposición general de la embarcación.
Como cuestión de especial alcance y trascendencia para los licitadores, expresamente se indica que los referidos datos tienen carácter exclusivamente indicativo, no pudiendo en ningún caso los licitadores o el adjudicatario plantear reclamación de ningún tipo en atención a la posible carencia o inexactitud de dichos datos.
4ª.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y MODALIDADES DE ADQUISICIÓN
El anuncio de la correspondiente convocatoria relativa a la presente enajenación se publicará, por una sola vez, en el Boletín Oficial de Bizkaia y en un diario de la provincia.
La presente enajenación se adjudicará mediante el procedimiento de subasta al mejor postor, sin perjuicio de la facultad prevista en la cláusula 11ª del presente Pliego de Condiciones, pudiéndose presentar ofertas para la adquisición de la embarcación con destino a su posterior utilización o con destino a su desguace, en base a los siguientes requerimientos principales:
A) ADQUISICIÓN DE LA EMBARCACIÓN CON DESTINO A SU POSTERIOR UTILIZACIÓN:
El remolcador «XXXXXXXX XX XXXXXXXX» se presenta a licitación, y así será transmitido en el caso de adquisición de la embarcación con destino a su posterior utilización, como “CUERPO CIERTO”, libre de cargas, en su condición y en el estado y posición en que se encuentra actualmente, con todos los elementos que la integran.
Asimismo, expresamente se significa que la referida embarcación estuvo despachada hasta el día 31 de octubre de 2013, cuando caducaron los certificados de Capitanía Marítima, por lo que, consecuentemente, corresponderá al adjudicatario, a su xxxxx, la renovación de los certificados oficiales precisos para la puesta en servicio de la embarcación para la navegación.
B) ADQUISICIÓN DE LA EMBARCACIÓN CON DESTINO A SU DESGUACE:
En el caso de adquisición de la embarcación con destino a su desguace, conforma igualmente el objeto de la enajenación el remolcador «XXXXXXXX XX XXXXXXXX», como “CUERPO CIERTO”, libre de cargas, en su condición y en el estado y posición en que se encuentra actualmente, con todos los elementos que lo integran, a excepción de los siguientes elementos cuya titularidad expresamente la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx se reserva para sí, al objeto de su posterior aprovechamiento como elementos de repuesto de su flota o como elementos decorativos, elementos que serán desmontados y retirados por sus servicios técnicos con anterioridad a la entrega de la embarcación para su posterior desguace:
- Las balsas salvavidas.
- La radiobaliza.
- Equipos de radio.
- El radar.
- La magistral y el timón.
- Material náutico y de seguridad.
- Las anclas.
5ª.- EXÁMEN DE LA EMBARCACIÓN
Atendiendo a las condiciones anteriormente indicadas de enajenación como “CUERPO CIERTO”, será responsabilidad exclusiva de los licitadores, al objeto de poder formalizar correctamente sus proposiciones, realizar un examen personal, directo y detallado del remolcador «XXXXXXXX XX XXXXXXXX» en su lugar actual de atraque, no pudiendo reclamar los licitadores o el adjudicatario por posibles errores de los datos contenidos en las presentes normas, por vicios ocultos o por cualquier tipo de defecto en su funcionamiento o de desperfecto en las distintas partes que componen dicha embarcación.
Cualquier interesado en la adquisición de la embarcación, podrá examinarla en las instalaciones portuarias de Santurtzi, Muelle del Enlace, lugar donde actualmente se encuentra atracada, de 9’00 a 13’00 horas durante los días hábiles, desde el día siguiente a la fecha de publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de Bizkaia hasta el día inmediatamente anterior al plazo de finalización de presentación de
ofertas, previa comunicación a la División de Equipo de la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx, al objeto de concertar la correspondiente visita.
A los efectos de que los ofertantes dispongan de una mayor información para elaborar sus propuestas, los interesados podrán acceder al expediente de referencia durante el mismo plazo, sin perjuicio de poder realizar las oportunas consultas.
6ª.- PROPOSICIÓN ECONÓMICA
Los licitadores interesados en la presente adjudicación deberán presentar una única proposición, a tanto alzado, por la embarcación en su estado y condición actual, pudiendo presentar proposición para la posterior utilización de la embarcación o proposición para el desguace de la misma, con sujeción en todo caso al tipo mínimo establecido de SIETE MIL EUROS (7.000 €). El incumplimiento de cualesquiera de estas condiciones (presentación de más de una oferta, de modo distinto al requerido en las presentes normas o de una proposición inferior al tipo mínimo establecido), supondrá el automático rechazo de la proposición afectada.
En ningún caso un adjudicatario que hubiera presentado proposición para el desguace de la embarcación podrá solicitar, con posterioridad a la adjudicación, la adquisición con destino a su utilización.
7ª.- LICITADORES
Podrán tomar parte en la presente licitación todas aquellas personas físicas y jurídicas que tengan capacidad para contratar y obligarse, de conformidad con las normas contenidas en el Código Civil sobre capacidad general para toda clase de contratos y en particular para el contrato de compraventa, posean solvencia económica y no incurran en alguna de las prohibiciones y causas de incompatibilidad establecidas en el artículo 60.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
En todo caso, no podrán tomar parte en la presente licitación las personas físicas o jurídicas que tengan deudas vencidas con la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx, así como aquellas que se encuentren incursas en procedimiento de apremio administrativo, los declarados en concurso de acreedores, mientras lo estuvieren, y los quebrados y concursados no rehabilitados.
La concurrencia anterior o posterior a la formalización de la adjudicación de cualquiera de las circunstancias anteriores, constituye causa de su resolución, sin perjuicio del derecho de resarcimiento de daños y perjuicios que pudiera corresponder a la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx.
8ª.- GARANTÍA ECONÓMICA
Para poder tomar parte en la presente enajenación, los licitadores deberán constituir previamente una garantía económica por importe de SEIS MIL EUROS (6.000 €), en concepto de garantía para responder de las obligaciones derivadas de la licitación y, en su caso, adjudicación del objeto de la presente enajenación.
La citada garantía se consignará a disposición del Presidente de la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx y podrá constituirse en metálico en la Caja de la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx o mediante aval prestado por alguno de los Bancos, Cajas de Ahorros, Cooperativas de Crédito y Sociedades de Garantía Recíproca autorizados para operar en España, aval que, en todo caso, deberá sujetarse al modelo que se adjunta como ANEJO Nº 2 del presente Pliego.
Una vez constituida dicha garantía económica y admitida la proposición, ésta no podrá ser retirada bajo ningún concepto, con pérdida de la garantía en caso contrario.
9ª.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
La petición de ofertas por la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx, mediante la publicación de los correspondientes anuncios oficiales de la convocatoria de la presente enajenación, indicará el plazo y lugar de presentación de ofertas, así como todo aquello que se considere necesario. Las proposiciones serán entregadas necesariamente en mano en la oficina receptora del Registro General de la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx, sito en su Edificio de Oficinas Generales de Santurtzi, siendo el plazo concluyente para su presentación la fecha y hora indicadas en los citados anuncios. No se admitirán las enviadas por correo o cualquier otro procedimiento distinto al señalado.
La presentación de proposiciones implicará, por parte del licitador, la aceptación incondicional de las cláusulas del presente Pliego de Condiciones y la declaración
responsable de la exactitud de todos los datos presentados, así como que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx.
El licitador podrá presentar la documentación exigida en original o copia, en este último caso debidamente legitimada notarialmente o compulsada por los servicios jurídicos de la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx. Las empresas extranjeras presentarán sus documentos traducidos de forma oficial al castellano.
Las proposiciones económicas tendrán un plazo de validez de dos (2) meses, a contar desde la fecha límite del plazo de presentación de ofertas. La documentación presentada por los licitadores no adjudicatarios deberá ser retirada por los mismos, en el plazo de dos (2) meses a partir de la adjudicación.
Las proposiciones constarán de dos sobres cerrados, denominados respectivamente Sobres nº 1 y nº 2, con la documentación que a continuación se especifica, debiendo indicarse en el exterior de cada uno de los mismos el título de la licitación a que se concurre y el número y denominación del sobre respectivo, los cuales deberán estar necesariamente firmados por el licitador o persona que lo represente (nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace), todo ello de forma legible.
SOBRE Nº 1 DOCUMENTACIÓN GENERAL.
Dentro de este sobre, deberá incluirse la siguiente documentación:
A) Los documentos que acrediten la capacidad y personalidad jurídica del licitador:
- Las personas físicas presentarán el Documento Nacional de Identidad, y las jurídicas aportarán la escritura de constitución y modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil.
- Cuando se comparezca o firme la proposición como representante o apoderado, se aportará el poder notarial bastante y suficiente, debidamente inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil, así como el Documento Nacional de Identidad del representante o apoderado.
- Declaración expresa y responsable de no hallarse comprendido en ninguna de las circunstancias, situaciones y prohibiciones enumeradas en el artículo 60.1 del Real
Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
B) Resguardo acreditativo de haberse constituido la garantía económica establecida en la cláusula 8ª del presente Pliego de Condiciones.
SOBRE Nº 2 PROPOSICIÓN ECONÓMICA.
Este Sobre nº 2 contendrá exclusiva y necesariamente una única proposición, a tanto alzado, por un importe superior al tipo mínimo establecido de SIETE MIL EUROS (7.000
€), con expresa indicación de si la adquisición de la embarcación es para su posterior utilización o para su desguace, debidamente firmada por el licitador o persona que lo represente y formulada estrictamente con arreglo al modelo que figura en el ANEJO Nº 3 del presente Pliego de Condiciones.
Las proposiciones ofertadas por los licitadores deberán comprender el importe de todos los impuestos, tasas y tributos que se deriven de la adjudicación, excluyendo únicamente el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.), así como los gastos de cualquier otra naturaleza que pudieran incidir o derivarse de la adjudicación.
Esta proposición se presentará escrita a máquina o a mano, con letras mayúsculas claramente legibles, que no induzcan a error, y sin omisiones, errores o tachaduras que impidan distinguir claramente las ofertas o puedan alterar su contenido. Ante cualquier discrepancia entre términos escritos en letra y en número, se estará a lo consignado en letra.
10ª.- APERTURA DE PROPOSICIONES
La apertura de ofertas se realizará por la Mesa de Contratación de la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx, formada por el Director, el Jefe del Departamento de Dominio Público y Servicios Jurídicos y el Jefe de División de Equipo.
Una vez constituida la Mesa de Contratación, la misma realizará, por orden de presentación, el trámite de apertura y calificación de la documentación general contenida en los respectivos sobres, admitiendo o rechazando las propuestas presentadas a licitación, según los casos, siendo la competente para resolver todas aquellas cuestiones que afecten al contenido formal de las ofertas (errores materiales, omisiones de forma en las proposiciones, etc.) y que se originen durante la apertura, pudiendo dar plazos
perentorios a los licitadores, como mínimo, de tres días hábiles, para posibles subsanaciones cuando fuera posible. Seguidamente, procederá a la apertura de las propuestas económicas.
Realizada la apertura, la Mesa de Contratación formulará la consiguiente propuesta de adjudicación a la Presidencia de la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx.
En caso de empate entre dos o más ofertas susceptibles de ser adjudicatarias, la Mesa de Contratación realizará entre las mismas el trámite de mejora de proposición.
De la apertura se levantará la correspondiente Acta.
11ª.- ADJUDICACIÓN
Realizada la apertura de ofertas por la Mesa de Contratación y examinadas las proposiciones presentadas y admitidas, el Presidente de la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx procederá a formalizar la correspondiente adjudicación, comunicándose oportunamente a los ofertantes la aceptación o no de su propuesta.
En todo caso, la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx se reserva la facultad de declarar desierta la licitación en cualquier momento antes de la adjudicación, en el caso de que entendiese que las proposiciones presentadas no satisfacen los intereses económicos de la Entidad, y sin que, por tanto, se admitan reclamaciones por dicho motivo.
En el supuesto de que la embarcación se adjudique con destino a su posterior utilización, una vez efectuado el pago por el adjudicatario, se firmará en documento privado el correspondiente contrato de compraventa, salvo que el adjudicatario solicite o fuese necesario su otorgamiento en escritura pública, la cual, en su caso, se formalizará ante un Notario de la plaza xx Xxxxxx, siendo de cargo del adjudicatario la integridad de los gastos derivados de su otorgamiento, así como todos los demás derechos, impuestos, gastos y gravámenes que se ocasionen o se deriven, en particular los gastos notariales, fiscales y registrales. Asimismo, se procederá por el adjudicatario a tramitar seguidamente ante el Registro oficial de buques la oportuna solicitud de cambio de titularidad de la embarcación, así como el despacho ante la Capitanía Marítima para la obtención o renovación de los certificados oficiales precisos para la puesta en servicio para la navegación de la embarcación, todo ello igualmente a su xxxxx.
12ª.- PAGO DEL PRECIO DE ADJUDICACIÓN
El adjudicatario, en el término de VEINTE (20) DÍAS HÁBILES a partir de la notificación de la adjudicación, deberá realizar el pago del precio total de adjudicación. En caso de incumplimiento por parte del adjudicatario de esta obligación, decaerá su derecho y se dejará sin efecto la adjudicación, con pérdida automática de la garantía constituida y la exigencia de indemnización por los daños y perjuicios ocasionados, pudiendo la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx proceder a adjudicar el objeto de la presente enajenación al siguiente mejor licitador o a iniciar un nuevo trámite de licitación.
13ª.- GASTOS Y OBLIGACIONES A CARGO DEL ADJUDICATARIO
Además de la obligación de proceder al pago del precio de adjudicación en el plazo señalado en la cláusula anterior, serán de cuenta del adjudicatario los impuestos, derechos, tasas y demás gravámenes que resulten de la normativa de aplicación, en la forma y cuantía que éstas señalen, los gastos que se deriven de la licitación y de la adjudicación del bien objeto de enajenación, así como los gastos de cualquier tipo que la embarcación adjudicada genere desde el mismo momento de la adjudicación.
Asimismo, serán de cuenta del adjudicatario los gastos derivados de los anuncios de licitación, así como todos los gastos que, en su caso, ocasionen la entrega, carga, transporte, derechos o arbitrios de la embarcación adjudicada o cualesquiera otros con independencia de su naturaleza.
El adjudicatario quedará obligado al cumplimiento de todas las disposiciones tributarias y fiscales vigentes y, en su caso, a obtener o completar la documentación pertinente, tanto si pretende la futura utilización de la embarcación como si la destina a su desguace, con la obtención de todas las autorizaciones y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran según las disposiciones vigentes.
14ª.- RETIRADA DE LA EMBARCACIÓN ADJUDICADA
En el escrito de adjudicación, la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx fijará un plazo máximo de treinta (30) días hábiles para la retirada de la embarcación del lugar actual de fondeo, previo pago del importe total de enajenación, debiendo el adjudicatario solicitar, en su caso, pasado dicho plazo, un nuevo lugar de fondeo o amarre, con el
devengo de las correspondientes tasas portuarias a tal efecto establecidas en el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Xxx xx Xxxxxxx del Estado y de la Xxxxxx Xxxxxxxx.
La retirada de la embarcación será a cuenta y riesgo del adjudicatario. En ningún caso será responsable la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx de los daños y perjuicios que el adjudicatario o terceros puedan sufrir como consecuencia de dichas operaciones. A tales efectos, y en el mismo plazo señalado para el pago del precio de adjudicación, el adjudicatario deberá presentar ante la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx un programa de retirada de la embarcación, así como copia de póliza de responsabilidad civil en vigor suficiente, que cubra los daños y perjuicios de cualquier tipo que, con motivo de la referida retirada y durante el tiempo que dure la misma, puedan ocasionarse al personal y bienes de la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx o a terceros.
15ª.- OPERACIONES DE DESGUACE
En el caso de que la adjudicación recaiga en una propuesta en la que la embarcación se destine a su desguace, el adjudicatario quedará obligado, en la ejecución de la operativa del desguace, al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia medioambiental, laboral, de seguridad social y seguridad y salud, debiendo completar, en su caso, la documentación pertinente, con la obtención de todas las autorizaciones y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para el desguace de la embarcación según la normativa de aplicación, y particularmente las que en su caso determine la Administración Marítima (Ministerio de Fomento), debiendo proceder finalmente a solicitar la baja de la embarcación en el Registro oficial de buques y la tramitación del expediente de desguace.
Igualmente, las operaciones relativas al desguace y retirada de la embarcación serán por cuenta y riesgo del adjudicatario. En ningún caso será responsable la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx de los daños y perjuicios que el adjudicatario o terceros puedan sufrir como consecuencia de dichas operaciones. A tales efectos, y en el mismo plazo señalado para el pago del precio de adjudicación, el adjudicatario deberá presentar ante la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx un programa de desguace y retirada de la embarcación, así como copia de póliza de responsabilidad civil en vigor suficiente, que cubra los daños y perjuicios de cualquier tipo que, con motivo de los referidos trabajos de retirada y desguace puedan ocasionarse al personal y bienes de la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx o a terceros, durante el tiempo que duren dichas operaciones.
En el supuesto de que el adjudicatario para proceder al desguace de la embarcación necesitara su traslado, deberá obtener asimismo las correspondientes autorizaciones
de la Administración Marítima o cualesquiera otras exigidas por las Administraciones competentes, debiendo, en caso de que fuera preceptivo, proceder a la suscripción del oportuno seguro para dar cobertura a dicha actuación.
Asimismo, en el caso de que la operativa de desguace el adjudicatario necesitara la ocupación de dominio público portuario o la prestación de algún servicio competencia de la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx, deberá solicitarlo con la debida antelación y abonar las correspondientes tasas y tarifas establecidas en el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Xxx xx Xxxxxxx del Estado y de la Xxxxxx Xxxxxxxx.
En todo caso, las operaciones realizadas por el adjudicatario encaminadas a la realización del desguace, se llevarán a cabo de forma en que se cause la menor interferencia posible en el uso de las instalaciones portuarias, para lo cual se deberán acatar las instrucciones que en este orden pudieran dictarse por la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx.
16ª.- SANCIONES
En el supuesto de que el adjudicatario hubiese abonado el importe de adjudicación y la embarcación no se hubiese retirado en el plazo de tres (3) meses desde el día siguiente al de la notificación de la adjudicación, se entenderá que renuncia a la misma, perdiendo todos sus derechos, el importe de adjudicación y la garantía depositada, sin perjuicio de la exigencia de indemnización por los daños y perjuicios ocasionados.
17ª.- DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS
Las garantías correspondientes a las proposiciones que no fueran objeto de adjudicación, se devolverán a los interesados a partir del día siguiente al acuerdo de adjudicación. La constituida por el adjudicatario será devuelta al verificarse el pago y una vez extinguidas todas las contingencias y obligaciones amparadas por la misma y, en particular, las responsabilidades pendientes en contra del adjudicatario.
18ª.- JURISDICCIÓN
ANEJO Nº 1
PLANO DE DISPOSICIÓN GENERAL DE LA EMBARCACIÓN
ANEJO Nº 2
MODELO DE AVAL PARA LA GARANTÍA ECONÓMICA
MODELO DE AVAL PARA LA GARANTÍA ECONÓMICA
(Membrete y dirección de la Entidad Avalista)
El (Entidad financiera autorizada para operar en España: Banco, Caja de
Ahorros, Cooperativa de Crédito o Sociedad de Garantía Recíproca) , y en su
nombre y representación D. .............................. y D , con facultades
suficientes para obligarles en este acto, según resulta del poder notarial otorgado con fecha ........................... ante el Notario de ...................., D , nº de
protocolo .......... y bastanteado por (la Asesoría Jurídica de la Caja General de
Depósitos o por la Abogacía del Estado) ...... el día .............................., con nº ,
por el presente documento, que quiere tenga fuerza ejecutiva y carácter preferente, AVALA ante el Presidente del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx, con carácter solidario y renuncia expresa a los beneficios de orden, división y excusión, a ...................................................., con C.I.F. nº , por la
cantidad de SEIS MIL EUROS (6.000 €), en concepto de garantía para responder de las obligaciones derivadas de la licitación y adjudicación de la “ENAJENACIÓN DEL REMOLCADOR «XXXXXXXX XX XXXXXXXX», PARA SU POSTERIOR USO O, EN SU CASO, PARA SU DESGUACE, PROPIEDAD DE LA AUTORIDAD PORTUARIA XX XXXXXX”.
Este aval se establece con carácter indefinido, debiendo considerarse vigente en tanto no se cancele formalmente por la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx. Asimismo, podrá ser ejecutado por la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx a primera demanda o petición, bastando para ello el simple requerimiento a la Entidad avalista, dándole cuenta del incumplimiento contractual en que haya incurrido la Empresa avalada.
El presente aval se rige por los preceptos de la Ley Española y su interpretación y cumplimiento se somete, con renuncia a cualquier otro fuero, al de los Juzgados y Tribunales xx Xxxxxx y de la Comunidad Autónoma del País Xxxxx.
Este aval ha sido inscrito con fecha en el Registro Especial
de Garantías con el nº
Xxxxx, fecha de expedición y firmas
ANEJO Nº 3
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D. ..................................................., con domicilio en , provincia de
...................., calle ................................................... nº .......... y con D.N.I. nº
...................................., en nombre y representación de ,
con C.I.F. nº
X X X X X X X
0x.- Que he quedado enterado del anuncio publicado en el Boletín Oficial de Bizkaia nº
............ de fecha , que recoge la resolución de la Autoridad
Portuaria xx Xxxxxx por la que se anuncia la “ENAJENACIÓN DEL REMOLCADOR
«XXXXXXXX XX XXXXXXXX», PARA SU POSTERIOR USO O, EN SU CASO, PARA SU DESGUACE, PROPIEDAD DE LA AUTORIDAD PORTUARIA XX XXXXXX”.
2º.- Que igualmente conozco el Pliego de Condiciones que rige el objeto del anuncio referenciado, el cual expresamente asumo y acato en su totalidad, sin reserva alguna.
3º.- Que a tal efecto, habiendo constituido previamente la correspondiente garantía exigida, formulo la oportuna propuesta económica para la adquisición del remolcador
«XXXXXXXX XX XXXXXXXX», en su estado actual en las instalaciones portuarias de Santurtzi, con destino a ……….………. (indicar expresamente el destino de la embarcación: para uso posterior de la embarcación o para desguace de la embarcación) ……………..…, por el siguiente importe (en número y
letra) euros.
4º.- Que en el citado importe propuesto únicamente está excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.).
Lugar, fecha y firma
ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA AUTORIDAD PORTUARIA XX XXXXXX