NUEVA CONCILIACIÓN
NUEVA CONCILIACIÓN
SI RESIDIÓ EN CALIFORNIA, COLORADO, FLORIDA, ILLINOIS, INDIANA, NEBRASKA, NUEVA YORK, OHIO, OREGÓN, DAKOTA DEL SUR O TEXAS Y COMPRÓ PRODUCTOS DE ACEITES XXXXXX EN ESE ESTADO, PUEDE SER ELEGIBLE PARA RECIBIR UN PAGO DE
$3 MILLONES DE UNA CONCILIACIÓN DE DEMANDA COLECTIVA.
Un tribunal federal autorizó este Aviso. Este aviso no es una oferta de representación por parte de un abogado. Sus derechos legales pueden verse afectados independientemente de que actuase o no. Lea cuidadosamente este Aviso.
• Se ha alcanzado un Acuerdo de conciliación recientemente propuesto en una demanda colectiva (En re ConAgra Foods, Inc, C.D. Cal., Caso No. CV 11-05379-CJC (AGRx), MDL No. 2291). Este nuevo Acuerdo de Conciliación reemplaza al Acuerdo de Conciliación que fue apelado y revertido por el Noveno Circuito.
• La demanda alega que la demandada Conagra incumplió ciertas leyes al comercializar, publicitar y vender los aceites de cocina de la xxxxx Xxxxxx, como el aceite vegetal Xxxxxx, el aceite de canola Xxxxxx, el aceite de maíz Xxxxxx y la mezcla Xxxxxx Best (“productos de aceite Xxxxxx”), hechos a partir de ingredientes modificados genéticamente (“Genetically Modified Ingredients, OGM”) como “naturales”. Conagra niega toda actuación dolosa de cualquier tipo y ha alegado varias circunstancias eximentes que considera meritorias.
• Si usted residió en cualquiera de estos once estados y compró Productos de aceites Xxxxxx para su uso personal, no comercial, en ese estado durante el Periodo del Grupo correspondiente, puede ser elegible para participar en el Acuerdo de conciliación propuesto, si finalmente se aprueba:
Estado | Periodo del Grupo |
California | 28 xx xxxxx de 2007 al 1 de julio de 2017 |
Colorado | 12 de enero de 2009 al 0 xx xxxxx xx 0000 |
Xxxxxxx | 12 de enero de 2008 al 1 de julio de 2017 |
Illinois | 12 de enero de 2007 al 1 de julio de 2017 |
Indiana | 12 de enero de 2006 al 1 de julio de 0000 |
Xxxxxxxx | 12 de enero de 2008 al 1 de julio de 2017 |
Nueva York | 12 de enero de 2008 al 1 de julio de 0000 |
Xxxx | 00 de enero de 2010 al 1 de julio de 2017 |
Oregón | 12 de enero de 2006 al 1 de julio de 2017 |
South Dakota | 12 de enero de 2006 al 1 de julio de 0000 |
Xxxxx | 00 de enero de 2010 al 1 de julio de 2017 |
• Si usted no residía en ninguno de estos once Estados o no compró aceites de la xxxxx Xxxxxx en estos estados durante el Periodo de Grupo correspondiente, entonces no es un Miembro del grupo de demandantes y no se ve afectado por esta Acción o este Acuerdo de conciliación.
• El Acuerdo dispondrá pagos para las personas que reúnan los requisitos. Los Miembros del grupo de demandantes deben presentar un Formulario de reclamo válido y oportuno para ser elegibles para un pago de Acuerdo de conciliación.
Sus derechos legales y opciones en esta conciliación | ||
Acción | Explicación | Fecha límite |
Enviar un Formulario DE RECLAMO (Si presentó un reclamo en la conciliación anterior, no es necesario que presente otro) | • Recibe un pago del Acuerdo de conciliación • Renuncia a los derechos de demandar al Demandado por los reclamos legales de este caso | 22 xx xxxx de 2023 |
Excluirse (“Optar por no participar”) | • Retírese del Grupo • No puede recibir ningún pago del Acuerdo de conciliación • Conserva su derecho a formar parte de otra demanda contra el Demandado sobre los reclamos legales en este caso | 22 xx xxxxx de 2023 |
Objetar el Acuerdo DE CONCILIACIÓN | • Puede indicarle al Tribunal lo que no le agrada el Acuerdo de conciliación | 22 xx xxxxx de 2023 |
Asistir a una audiencia | • Pida la palabra en el Tribunal para explicar el motivo por el cual respalda o no la propuesta del Acuerdo de conciliación o cualquiera de sus disposiciones. La Audiencia de imparcialidad tendrá lugar el 24 xx xxxxx de 2023 a la 1:30 p. m., xxxx xxx Xxxxxxxx | Plazo para presentar aviso de comparecencia: 00 xx xxxxx xx 0000 |
Xx hacer nada | • No recibirá pago alguno • Renuncia a los derechos de demandar al Demandado por los reclamos legales de este caso |
• Estos derechos y opciones, y los plazos para ejercerlos, se explican en este Aviso. Los plazos se pueden mover, cancelar o modificar de alguna otra manera, por lo que le rogamos que consulte regularmente el sitio web del Acuerdo de conciliación, xxx.XxxxxxXxxXxxxxxxxxx.xxx, para obtener información actualizada y más detalles.
• El Tribunal a cargo de este caso todavía debe decidir si aprueba o no el Acuerdo de conciliación. El pago se hará solo si el Tribunal aprobase el Acuerdo de conciliación y después de que se hubiese resuelto cualquier apelación. Tenga paciencia.
QUÉ CONTIENE ESTE AVISO
INFORMACIÓN BÁSICA 4
1. ¿Por qué existe un aviso? 4
2. ¿De qué trata esta demanda? 4
3. ¿Por qué es esta una demanda colectiva? 4
4. ¿Por qué existe un Acuerdo? 4
¿A QUIÉN AFECTA LA CONCILIACIÓN? 4
5. ¿Cómo sé si formo parte del Acuerdo de conciliación? 4
6. ¿Qué Productos están incluidos en el Acuerdo de conciliación? 5
7. ¿Qué sucede si no estoy seguro de estar incluido en el Acuerdo? 5
BENEFICIOS DEL ACUERDO: QUÉ OBTIENEN LOS MIEMBROS 5
8. ¿Qué dispone el Acuerdo? 5
9. ¿Qué puedo obtener del Acuerdo? 6
CÓMO OBTENER UN PAGO 6
10. ¿Cómo puedo recibir un pago? 6
11. ¿Cuándo recibiré mi pago? 6
12. ¿A qué estoy renunciando para recibir un pago o para permanecer en el Acuerdo? 7
CÓMO EXCLUIRSE DEL ACUERDO 7
13. ¿Cómo me excluyo del Acuerdo de conciliación? 7
14. Si no me excluyo, ¿puedo demandar al Demandado por lo mismo más adelante? 7
15. Si me excluyo, ¿todavía puedo obtener un pago del Acuerdo? 8
LOS ABOGADOS QUE LO REPRESENTAN 8
16. ¿Tengo un abogado en este caso? 8
17. ¿Cómo se les pagará a los abogados? 8
CÓMO OBJETAR EL ACUERDO 8
18. ¿Cómo le indico al Tribunal que no me agrada el Acuerdo? 8
19. ¿Cuál es la diferencia entre impugnar y excluir? 9
AUDIENCIA DE IMPARCIALIDAD DEL TRIBUNAL 9
20. ¿Cuándo y dónde decidirá el Tribunal si aprueba el Acuerdo de conciliación? 9
21. ¿Tengo que asistir a la audiencia? 9
22. ¿Podré hablar en la audiencia? 9
SI NO HACE NADA 10
23. ¿Qué sucedería si no hiciera nada en absoluto? 10
CÓMO OBTENER MÁS INFORMACIÓN 10
24. ¿Cómo obtengo más información? 10
1. ¿Por qué existe un aviso?
INFORMACIÓN BÁSICA
Tiene derecho a saber acerca de una propuesta de Acuerdo de conciliación en una demanda colectiva y acerca de todas sus opciones antes de que el Tribunal decida si otorga la aprobación definitiva al Acuerdo de Conciliación. Este nuevo Acuerdo de Conciliación reemplaza al Acuerdo de Conciliación que fue apelado y revertido por el Noveno Circuito.
2. ¿De qué trata esta demanda?
El Tribunal a cargo de este caso es el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Central de California el “Tribunal”), y el caso se denomina In re ConAgra Foods, Inc, Caso No. CV 11-05379-CJC (AGRx), XXX Xx. 0000. Este caso está asignado al juez de Distrito de los Estados Unidos, Xxxxxx X. Xxxxxx. Las personas que entablaron la demanda se denominan Representantes del grupo de demandantes y la compañía a la que demandaron, Conagra Brands, Inc. (anteriormente ConAgra Foods, Inc.) (“Conagra”), se denomina el Demandado.
La demanda alega que Conagra incumplió ciertas leyes al comercializar, publicitar y vender los productos de aceites Xxxxxx hechos de Ingredientes Genéticamente Modificados (Genetically Modified Ingredients, “GMO”) como “Naturales”.
3. ¿Por qué es esta una demanda colectiva?
El Demandado niega toda actuación dolosa de cualquier tipo y ha alegado varias circunstancias eximentes que considera meritorias.
En una demanda colectiva, una o más personas denominadas representantes del grupo de demandantes (en este caso Xxxxxx Xxxxxxx y Xxxxxxx Xxxxxxx para el Grupo de demandantes de California; Xxxx Xxxxxx para el Grupo de demandantes de Colorado; Xxxxx Xxxxxx para el Grupo de demandantes de Florida; Xxxxxxx Xxxxxxx para el Grupo de demandantes de Illinois; Xxxxx Xxxxxxxxx para el Grupo de demandantes de Indiana; Xxx Xxxxxx-Xxxxxxxxx para el Grupo de demandantes de Nebraska; Xxxxx XxXxxxxx y Xxxxx Xxxxx para el Grupo de demandantes de Nueva York; Xxxxxxx Xxxxx para el Grupo de demandantes de Ohio; Xxxxx Xxxxx para el Grupo de demandantes de Oregón; Xxxx Xxxxxxxx para el Grupo de demandantes de Dakota del Sur y Xxxxx Xxxxxxx para el Grupo de demandantes de Texas), demandan en nombre de personas que tienen reclamos similares. Todas estas personas son un grupo o miembros del grupo de demandantes. Presentar un caso, como este, como demanda colectiva permite la adjudicación de muchas demandas similares de personas y entidades que podrían ser económicamente demasiado pequeñas para interponer acciones individuales. Un tribunal resuelve los asuntos para todos los miembros del Grupo de demandantes, excepto para aquellos que se excluyesen (o retirasen) del Grupo.
4. ¿Por qué existe un Acuerdo?
El Demandado niega haber hecho algo incorrecto. Ambas partes quieren evitar el costo que supone continuar con el litigio. El Tribunal no ha decidido a favor de los Representantes del grupo ni de la Demandada. Los Representantes del grupo y sus abogados creen que el Acuerdo es lo mejor para los Grupos.
5. ¿Cómo sé si formo parte del Acuerdo de conciliación?
¿A QUIÉN AFECTA LA CONCILIACIÓN?
Los Grupos de demandantes consisten de todas las personas físicas que residieron en uno de los siguientes once estados y compraron productos de aceites Xxxxxx en ese estado, para su propio uso personal, no comercial, durante los siguientes períodos:
Estado | Periodo del Grupo |
California | 28 xx xxxxx de 2007 al 1 de julio de 2017 |
Colorado | 12 de enero de 2009 al 0 xx xxxxx xx 0000 |
Xxxxxxx | 12 de enero de 2008 al 1 de julio de 2017 |
Illinois | 12 de enero de 2007 al 1 de julio de 2017 |
Indiana | 12 de enero de 2006 al 1 de julio de 0000 |
Xxxxxxxx | 12 de enero de 2008 al 1 de julio de 2017 |
Nueva York | 12 de enero de 2008 al 1 de julio de 0000 |
Xxxx | 00 de enero de 2010 al 1 de julio de 2017 |
Oregón | 12 de enero de 2006 al 1 de julio de 2017 |
South Dakota | 12 de enero de 2006 al 1 de julio de 0000 |
Xxxxx | 00 de enero de 2010 al 1 de julio de 2017 |
Quedan excluidos de las demandas colectivas:(a) entidades gubernamentales; (b) Conagra y sus filiales, subsidiarias, empleados, funcionarios, directores, agentes y representantes actuales y anteriores; (c) los miembros del Tribunal y su personal y (d) las personas que se excluyeron del Acuerdo de conciliación.
Si usted no residía en ninguno de estos once estados durante estos períodos o no compró aceites de la xxxxx Xxxxxx en estos estados durante el Periodo del Grupo correspondiente, entonces no es Miembro del Grupo de demandantes y no se ve afectado por esta Acción o este Acuerdo de conciliación.
6. ¿Qué Productos están incluidos en el Acuerdo de conciliación?
“Productos de aceites Xxxxxx” significa los aceites de cocina de la xxxxx Xxxxxx, incluyendo el Aceite Vegetal Xxxxxx, el Aceite de Canola Xxxxxx, el Aceite de Xxxx Xxxxxx y la Mejor Mezcla Xxxxxx, todos los cuales fueron comercializados, publicitados y vendidos como “Naturales” durante los Períodos de la demanda colectiva correspondientes.
7. ¿Qué sucede si no estoy seguro de estar incluido en el Acuerdo?
Si no está seguro de si es un Miembro del grupo de demandantes o si tiene alguna otra pregunta sobre el Acuerdo de conciliación, debe visitar el sitio web del Acuerdo de conciliación, xxx.XxxxxxXxxXxxxxxxxxx.xxx, o llamar al administrador del Acuerdo al número gratuito 0-000-000-0000.
BENEFICIOS DEL ACUERDO DE CONCILIACIÓN: QUÉ OBTIENEN LOS MIEMBROS DEL GRUPO DE DEMANDANTES
8. ¿Qué dispone el Acuerdo?
El Acuerdo de conciliación les otorga a todos los Miembros del grupo de demandantes. Específicamente, Conagra ha acordado pagar $3,000,000 a un Fondo del Acuerdo de conciliación para que se utilice para pagar a los Miembros del Grupo de demandantes pagos, gastos, costes administrativos, adjudicaciones de servicios a los Representantes del Grupo de Demandantes, y cualquier otro coste y gasto relacionado con el Acuerdo de conciliación. Los Abogados de la demanda colectiva no pretenden que se les paguen sus honorarios de abogados.
9. ¿Qué puedo obtener del Acuerdo?
TODOS LOS MIEMBROS DEL GRUPO DE DEMANDANTES
Los Miembros del grupo de demandantes que presenten oportunamente un Formulario de reclamo válido pueden recibir $0.15 por unidad de productos de aceites Xxxxxx adquiridos durante el Período del Grupo correspondiente. El recupero se limita a una Reclamo por Xxxxx, lo que se define como todas las personas que residen en la misma dirección física. Si el valor total de todos los Formularios de reclamos válidos y los montos identificados para su distribución directa exceden o no alcanzan los fondos disponibles para su distribución a los Miembros del Grupo de demandantes (después de deducir la parte de los Fondos del Acuerdo de conciliación designada para los Miembros del Grupo de demandantes de Nueva York y Oregón), los montos de los pagos en efectivo se reducirán o aumentarán por Reclamo presentado (o “prorrateado”), según sea necesario, para utilizar todos los fondos restantes disponibles para su distribución a los Miembros del Grupo de demandantes. Cualquier ajuste prorrateado se calculará antes de la distribución de los fondos (es decir, se realizará en una única distribución).
MIEMBROS DE LOS GRUPOS DE NUEVA YORK Y OREGÓN
Una parte del Fondo del Acuerdo de conciliación, específicamente $575,000, se asignará solo a los Miembros del grupo de demandantes de Nueva York y Oregón que presenten Formularios de reclamo válidos o se identifiquen para su distribución directa, en proporción al número de unidades compradas. La cantidad de recuperación adicional para los Miembros del grupo de demandantes de New York y Oregón se ajustará prorrateada de acuerdo con el número de Formularios de Reclamo válidos y distribuciones directas.
CÓMO OBTENER UN PAGO
10. ¿Cómo puedo recibir un pago?
Si presentó un reclamo previo al Acuerdo de conciliación, no es necesario que haga nada para recibir el pago. Si no ha presentado previamente un reclamo o desea actualizar su reclamo, visite xxx.XxxxxxXxxXxxxxxxxxx.xxx y presente o descargue un Formulario de reclamo. También puede comunicarse con el Administrador del Acuerdo de conciliación por correo postal o electrónico y solicitar que se le envíe un Formulario de reclamo:
• Por correo postal: Xxxxxx Oil Settlement, x/x XXX Xxxxx Xxxxxxxxxxxxxx, X.X. Xxx 00000, Xxxxxxx, XX 98111-9349.
• Por correo electrónico: xxxx@XxxxxxXxxXxxxxxxxxx.xxx
Lea atentamente las instrucciones, complete el Formulario de reclamo y envíelo en línea en xxx.XxxxxxXxxXxxxxxxxxx.xxx o envíelo por correo al Administrador del Acuerdo de conciliación x Xxxxxx Oil Settlement, x/x XXX Xxxxx Xxxxxxxxxxxxxx, X.X. Xxx 00000, Xxxxxxx, XX 98111-9349, con xxxxxxxxxx a más tardar el 22 xx xxxx de 2023.
Si no presentase un Formulario de reclamo válido antes del 22 xx xxxx de 2023, no recibirá un pago, pero quedará obligado por la sentencia que dictase el Tribunal en esta Acción.
11. ¿Cuándo recibiré mi pago?
Los pagos se harán a los Miembros del grupo que presenten Formularios de Reclamo en tiempo y forma después de que el Tribunal otorgue la “aprobación definitiva” al Acuerdo y se resuelvan todas las apelaciones. Aun cuando el Tribunal aprobase el Acuerdo de conciliación, puede haber apelaciones. Nunca hay certeza de que estas apelaciones puedan resolverse y resolverlas puede llevar tiempo. Tenga paciencia.
12. ¿A qué estoy renunciando para recibir un pago o para permanecer en el Acuerdo?
Si usted es un Miembro del grupo de demandantes, a menos que se excluya del Acuerdo de conciliación, no puede demandar al Demandado, continuar demandando o ser parte de cualquier otra demanda contra el Demandado respecto de los reclamos exonerados en este Acuerdo de conciliación. También significa que quedará obligado por todas las decisiones que tome el Tribunal. Los Reclamos exonerados y las Partes exoneradas se definen en el Acuerdo de conciliación y describen los reclamos legales a los que renuncia si permaneciera en el Acuerdo de conciliación. Los Reclamos exonerados no incluirán ningún reclamo contra las Partes exoneradas por lesiones corporales supuestamente sufridas en relación con la compra o el uso de los productos de aceites Xxxxxx. El Acuerdo de conciliación está disponible en xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.
CÓMO EXCLUIRSE DEL ACUERDO
Si no deseara recibir un pago del Acuerdo o deseara mantener el derecho a demandar o seguir demandando a la Demandada por su cuenta sobre los reclamos exonerados en este Acuerdo, en ese caso debe tomar medidas para salir del Acuerdo. Esto se denomina excluirse o a veces se lo llama “optar por no participar” del Acuerdo de conciliación.
13. ¿Cómo me excluyo del Acuerdo de conciliación?
Para excluirse del Acuerdo de conciliación, debe completar y enviar el formulario de exclusión en línea aquí: xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxxx antes del 22 xx xxxxx de 2023, o enviar por correo una solicitud por escrito con xxxxxxxxxx, a más tardar el 00 xx xxxxx xx 0000, xx Xxxxxxxxxxxxx xxx Xxxxxxx a la siguiente dirección:
Xxxxxx Oil Settlement Exclusions
x/x XXX Xxxxx Xxxxxxxxxxxxxx
X.X. Xxx 00000 Xxxxxxx, XX 98111-9350
La solicitud de exclusión por escrito debe incluir lo siguiente:
• su firma xx xxxx y letra;
• nombre legal completo, dirección postal válida y un número de teléfono que funcione;
• una declaración de que ha revisado y entendido el Aviso de Demanda colectiva y decide ser excluido del Acuerdo de conciliación; y
• el nombre y la información de contacto de su abogado, si xxxxxxx.
Si solicitase ser excluido, no recibirá ningún pago proveniente del Acuerdo de conciliación y no podrá objetarlo. Usted no estará legalmente obligado por nada de lo que suceda en esta demanda, y podrá demandar (o continuar demandando) al Demandado y a las otras Partes exoneradas sobre las reclamaciones en esta demanda.
Ninguna persona o entidad puede optar por no participar en nombre de otro Miembro del grupo de demandantes. No se permiten exclusiones voluntarias de todo el grupo de demandantes, exclusiones masivas ni exclusiones firmadas por abogados.
Si usted no incluye la información requerida o no presenta a tiempo su solicitud de exclusión, seguirá siendo un Miembro del grupo de demandantes y no podrá demandar al Demandado por los reclamos instituidos en esta demanda.
14. Si no me excluyese, ¿puedo demandar a la Demandada por la misma causa más adelante?
No, a menos que se excluyese, renuncia al derecho a demandar a la Demandada por los mismos reclamos que el Acuerdo resolviese. Si tuviese un juicio en trámite, comuníquese de inmediato con su abogado actuante. Debe excluirse de este Acuerdo de conciliación para continuar con su propia acción judicial. Si se excluyese de manera
apropiada del Acuerdo de conciliación, no quedará obligado por ninguna sentencia u orden dictada en la Acción relacionada con el Acuerdo de conciliación.
15. Si me excluyo, ¿todavía puedo obtener un pago del Acuerdo?
No, no recibirá ninguna suma de dinero proveniente del Acuerdo de conciliación si se excluyese. Si se excluyese del Acuerdo de conciliación, no envíe un Formulario de reclamo para solicitar beneficios.
LOS ABOGADOS QUE LO REPRESENTAN
16. ¿Tengo un abogado en este caso?
Sí. El Tribunal ha nombrado abogados de los bufetes de abogados XxXxxxx Xxxxxx LLC, Xxxxxx Law LLP y Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx LLP para representarle a usted y a los demás Miembros del Grupo de demandantes. Estos abogados se denominan los Abogados del Grupo. Tienen experiencia en el manejo de demandas colectivas similares. No se le cobrará por los servicios de estos abogados. Si deseara que lo representase su propio abogado, podrá contratar uno y asumir el cargo.
17. ¿Cómo se les pagará a los abogados?
Los abogados del grupo no solicitan los honorarios de sus abogados; sin embargo, presentarán una moción para que se les paguen los gastos derivados de litigar el caso desde 2011, y las asignaciones por servicios de (a) hasta
$3,000 para cada uno de los seis Representantes del grupo de demandantes cuyas declaraciones fueron tomadas por Conagra (Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxx Xxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxx Xxxxx y Xxxxxxx Xxxxx) y
(b) hasta $1,000 para cada una de las siete personas cuyas declaraciones no fueron tomadas (Xxxxx Xxxxxx, Xxxxx Xxxxxxxxx, Xxx Xxxxxx-Xxxxxxxxx, Xxxxx XxXxxxxx, Xxxxx Xxxxx, Xxxx Xxxxxxxx y Xxxxx Xxxxxxx). El Tribunal determinará los montos de los honorarios, los gastos y la compensación por servicios, que se pagarán del Fondo del Acuerdo de conciliación.
Después de que se presente la moción de gastos a más tardar el 8 xx xxxxx de 2023, se publicará en el sitio web del acuerdo en xxx.XxxxxxXxxXxxxxxxxxx.xxx. Usted tendrá la oportunidad de comentar sobre esta solicitud.
CÓMO OBJETAR EL ACUERDO
18. ¿Cómo le indico al Tribunal que no me agrada el Acuerdo?
Cualquier Miembro del grupo de demandantes que no se excluyese de manera voluntaria del Acuerdo de conciliación dentro del plazo establecido puede objetar la imparcialidad, razonabilidad o adecuación del Acuerdo de conciliación propuesto conforme a la Regla Federal de Procedimiento Civil 23. Cada Miembro del grupo de demandantes que desee oponerse a cualquier término del Acuerdo de conciliación debe hacerlo, por escrito, presentando una objeción por escrito al secretario del Tribunal antes del 22 xx xxxxx de 2023, o presentando una objeción por escrito, con matasellos a más tardar el 22 xx xxxxx de 2023, al Administrador del Acuerdo de conciliación.
Su objeción por escrito debe procurar lo siguiente:
• adjuntar copias de cualquier material que el objetante pretenda presentar ante el Tribunal o presentar en la Audiencia de equidad;
• ser firmada personalmente por el objetante y, si está representado por un abogado, por su abogado;
• incluir información o documentos suficientes para demostrar que el objetante es un Miembro del grupo de demandantes; y
• indicar claramente en detalle (i) los fundamentos jurídicos y fácticos de la objeción, (ii) el nombre, la dirección postal, la dirección de correo electrónico y el número de teléfono del Miembro del Grupo de demandantes que presenta la objeción, (iii) si se aplica solo al objetante, a un subconjunto específico de la demanda colectiva o a toda la demanda colectiva, (iv) si está representado por el abogado, el nombre, la dirección de correo electrónico, la dirección postal y el número de teléfono de dicho abogado, y (v) cualquier solicitud para presentar argumentos ante el Tribunal en la Audiencia de Justicia.
Su objeción, junto con cualquier material de apoyo que deseara presentar, debe presentarse ante el Tribunal, o con una copia entregada por correo postal al Administrador del Acuerdo de conciliación el 22 xx xxxxx de 2023 en las direcciones siguientes:
Secretario del Tribunal Office of the Clerk Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito central de California 000 Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx 0X Xxxxx Xxx, XX 00000 | Administrador del acuerdo de conciliación Xxxxxx Oil Settlement Objeciones x/x XXX Xxxxx Xxxxxxxxxxxxxx X.X. Xxx 00000 |
19. ¿Cuál es la diferencia entre impugnar y excluir?
Interponer una objeción consiste simplemente en decirle al Tribunal que no le agrada algo del Acuerdo de conciliación. Puede objetar el Acuerdo solo si no se excluyese del Acuerdo. Excluirse es decirle al Tribunal que no desea ser parte del Acuerdo. Si se excluyese, no tiene fundamento para impugnar el Acuerdo de conciliación, porque ya no le afecta.
AUDIENCIA DE IMPARCIALIDAD DEL TRIBUNAL
20. ¿Cuándo y dónde decidirá el Tribunal si aprueba el Acuerdo de conciliación?
El Tribunal llevará a cabo una Audiencia el 24 xx xxxxx de 2023, a las 1:30 p. m., en el edificio y sala judicial Xxxxxx Xxxxxx Federal Building, 000 Xxxx Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx 0X, Xxxxx Xxx, Xxxxxxxxxx 00000.
En la Audiencia de imparcialidad, el Tribunal considerará si el Acuerdo de conciliación es justo, razonable y adecuado. El Tribunal también considerará cuánto pagar a los Abogados del grupo de demandantes y a sus Representantes. En el caso de haber objeciones, el Tribunal las considerará en ese momento. Después de la audiencia, el Tribunal decidirá si aprueba o no el Acuerdo de conciliación. No sabemos cuánto tiempo tardará la decisión.
21. ¿Tengo que asistir a la audiencia?
No, los Abogados del grupo responderán las preguntas que tuviese el Tribunal, pero usted puede asistir a la audiencia por su cuenta y cargo. Si enviase una objeción, no tiene la obligación de asistir al Tribunal para explicarla. Siempre que hubiese enviado por correo su objeción por escrito dentro del plazo establecido, el Tribunal la considerará. También puede pagar a su propio abogado para que asista a la audiencia, pero no es necesario.
22. ¿Podré hablar en la audiencia?
Sí, puede pedir permiso al Tribunal para tomar la palabra en la Audiencia de imparcialidad. Para hacerlo, debe enviar una carta en la que indicase que es su “Aviso de intención de comparecer”. Su solicitud debe presentarse ante el secretario del Tribunal y las Partes a través del Administrador del Acuerdo de conciliación (consulte la Pregunta 18 para conocer las direcciones) con matasellos a más tardar el 22 xx xxxxx de 2023.
Toda solicitud de este tipo deberá incluir el nombre, domicilio y número de teléfono del Miembro del grupo de demandantes, así como el nombre, domicilio y número de teléfono de la persona que comparecerá en su nombre. Cualquier solicitud de comparecencia que no cumpliese con estos requisitos o que, de otra manera no se hubiese
presentado dentro del plazo establecido, se considerará ineficaz y una renuncia a los derechos de dicho Miembro del grupo de demandantes a comparecer y a comentar sobre el Acuerdo de conciliación en la Audiencia de imparcialidad. Solo las Partes, los Miembros del grupo de demandantes o sus abogados pueden solicitar comparecer y ser escuchados en la Audiencia de imparcialidad. Las personas o entidades que optasen por no participar no podrán solicitar comparecer y ser escuchadas en la Audiencia de imparcialidad.
SI NO HACE NADA
23. ¿Qué sucedería si no hiciera nada en absoluto?
Si no hace nada, pero presentó un reclamo en virtud del acuerdo anterior, recibirá un pago en virtud del nuevo Acuerdo de conciliación. Si no hace nada, pero no presentó un reclamo en virtud del Acuerdo de conciliación anterior, no recibirá un pago en virtud del nuevo Acuerdo de conciliación. A menos que se excluyese, nunca más podrá iniciar una demanda, continuar con una demanda ni formar parte de ninguna otra demanda en contra de la Demandada sobre los asuntos legales de esta causa.
CÓMO OBTENER MÁS INFORMACIÓN
24. ¿Cómo obtengo más información?
En este Aviso, se resume el Acuerdo de Conciliación propuesto. Hay más detalles en el Acuerdo de Conciliación, que se encuentran disponibles en el sitio web del Acuerdo en xxx.XxxxxxXxxXxxxxxxxxx.xxx. Si tiene preguntas adicionales o desea solicitar un Formulario de Reclamo, puede visitar xxx.XxxxxxXxxXxxxxxxxxx.xxx o comunicarse con el administrador del Acuerdo:
• Por correo postal: Xxxxxx Oil Settlement, x/x XXX Xxxxx Xxxxxxxxxxxxxx, X.X. Xxx 00000, Xxxxxxx, XX 98111-9349.
• Por correo electrónico: xxxx@XxxxxxXxxXxxxxxxxxx.xxx
• Por teléfono de línea gratuita: 0-000-000-0000.
Las actualizaciones se publicarán en el sitio web del Acuerdo en xxx.XxxxxxXxxXxxxxxxxxx.xxx, a medida que la información sobre el proceso del Acuerdo de conciliación esté disponible.
Puede revisar los diversos documentos del caso en xxx.XxxxxxXxxXxxxxxxxxx.xxx; visitando (durante el horario laboral) la oficina del secretario en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Central de California, 000 Xxxx 0xx Xxxxxx, Xxxxxxxx 0000, Xxxxx Xxx, Xxxxxxxxxx 00000, Archivo: In re ConAgra Foods, Inc, Case No. CV 11-05379-CJC (AGRx), o accediendo al expediente de este caso a través del sistema de Acceso Público a los Registros Electrónicos del Tribunal (Public Access to Court Electronic Records, PACER) en xxxxx://xxx.xxxx.xxxxxxxx.xxx.
NO SE COMUNIQUE CON EL TRIBUNAL NI CON LA OFICINA DEL SECRETARIO DEL TRIBUNAL PARA REALIZAR CONSULTAS SOBRE ESTE ACUERDO O EL PROCESO DE RECLAMO.
Fecha: 28 de noviembre de 2022 | Por Orden del Tribunal United States District Court distrito central de California |