INFORME FINAL DE AUDITORÍA
DIRECCION TECNICA DE CONTROL FISCAL Y MEDIO AMBIENTE PROCESO: CONTROL FISCAL-CF | |||
ESTRUCTURA INFORME DE AUDITORÍA | CODIGO: F93-PM-CF-03 | FECHA DE APROBACION: 06-03-2023 |
INFORME FINAL DE AUDITORÍA
AUDITORIA DE CUMPLIMIENTO
A LA CONTRATACIÓN DE OBRA PÚBLICA VIGENCIA 2023 ALCALDIA MUNICIPAL DE El GUAMO
GUAMO TOLIMA
JUNIO DE 2024
INFORME AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO
A LA CONTRATACIÓN DE OBRA POBLICA VIGENCIA 2023
ALCALDIA MUNICIPAL DE El GUAMO
Contralora Departamental: | XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX |
Contralora Auxiliar: | XXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX |
Directora Técnica de Control Fiscal y Medio Ambiente: | XXXXX XXXX XXXXXXXX XXXX |
Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx: | XXXX XXXXXX XXXXXX XXXX |
TABLA DE CONTENIDO
1. | HECHOS RELEVANTES AUDITORIA DE CUMPLIMIENTO |
2. | CARTA DE CONCLUSIONES |
2.1 | OBJETIVO DE LA AUDITORIA |
2.2 | FUENTES DE CRITERIO |
2.3 | ALCANCE DE LA AUDITORIA |
2.4 | RESULTADOS EVALUACIÓN DE CONTROL INTERNO |
2.5 | CONCLUSIONES GENERALES Y CONCEPTO DE LA EVALUACIÓN REALIZADA |
2.6 | TAMAÑO DE LA MUESTRA |
2.7 | CONCLUSIÓN SOBRE LOS HALLAZGOS |
3. | RESULTADOS DE LA AUDITORIA |
3.1 | ANÁLISIS GENERAL DE LA CONTRATACIÓN |
3.2 | RELACIÓN DE XXXXXXXXX |
4. | PLAN DE MEJORAMIENTO |
1. HECHOS RELEVANTES AUDITORIA DE CUMPLIMIENTO
El artículo 2.2.1.2.5.3 del Decreto 1082 de 2015 establece que las Entidades Estatales deben contar con un manual de contratación, el cual debe cumplir con los lineamientos que para el efecto señale Colombia Compra Eficiente.
Una vez analizada la gestión contractual de la Administración Municipal de El guamo, se evidencia una clara deficiencia en el desarrollo del proceso contractual y una clara necesidad de la administración de establecer medidas de autorregulación, requisitos habilitantes, reglas de participación en los pliegos de condiciones y un mayor número de controles y procedimientos para salvaguardar la transparencia y la libre competencia en el desarrollo de las compras públicas, evitando pliegos de condiciones direccionados, renegociaciones especulativas de los contratos, subcontrataciones fraudulentas, cesión de contratos, y uso de anticipos sin el lleno de los requisitos legales.
Por otra parte no es claro el procedimiento de supervisión e interventoría de acuerdo a los aspectos definidos en la Ley 1474 de 2011, este hecho se encuentra relevante en la medida en que las deficiencias y debilidades en el seguimiento y control, es la principal causa para que el objeto de los contratos no se cumpla conforme las especificaciones o condiciones estipuladas en el contrato.
En lo que respecta a obras inconclusas (elefantes blancos), se puede evidenciar que la administración municipal de El guamo suscribió en la vigencia 2022, contrato de obra No. 483 con el objeto de realizar la adecuación y mantenimiento de la infraestructura del Hotel Lemaya propiedad del municipio, el cual ha presentado una serie de prórroga, adicionales y situaciones técnicas y administrativas que no han permitido llevar a feliz término la ejecución de dicho contrato, lo que ha generado inconformismo en la comunidad considerando la importancia de esta edificación como patrimonio del municipio de El Guamo.
2. CARTA DE CONCLUSIONES
DCD-40-2024-100
Ibagué, 04 xx xxxxx de 2024
Doctor
XXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXX
Alcalde Municipal
Carrera 11 # 10-50 Xxxxxxx Municipal Municipio de El Guamo xxxxxxxxxxx@xxxxxxx-xxxxxx.xxx.xx
Respetado señor Alcalde:
Con fundamento en las facultades otorgadas por los artículos 267 y 272 de la Constitución Política, en cumplimiento de la Resolución 731 de 2023, que establece el Plan de Vigilancia y Control Fiscal vigencia, modificado mediante Resolución No. 154 del 12 xx Xxxxx de 2024, la Contraloría Departamental del Tolima realizó auditoría de cumplimiento a la contratación de obra pública, celebrada por la ALCALDÍA MUNICIPAL DE El GUAMO en la vigencia 2023.
Es responsabilidad de la Entidad el contenido en calidad y cantidad de la información suministrada, así como con el cumplimiento de las normas que le son aplicables a su actividad institucional en relación con el asunto auditado.
Es obligación de la Contraloría Departamental expresar con independencia una conclusión sobre el cumplimiento de las disposiciones aplicables a la contratación, conclusión que debe estar fundamentada en los resultados obtenidos en la auditoría realizada.
Este trabajo se ajustó a lo dispuesto en los principios fundamentales de auditoría y en la metodología para las auditorias de cumplimiento contenida en la Guía de Auditoría Territorial versión 3.0 adoptada mediante Resolución 760 de 2022, metodología que se ajusta en sus aspectos importantes a las Normas Internacionales de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (ISSAI1), desarrolladas por la Organización Internacional de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI2).
1 ISSAI: The International Standards of Supreme Audit Institutions.
2 INTOSAI: International Organisation of Supreme Audit Institutions.
La copia o impresión de este documento, le da el carácter de “No Controlado” y el SGC no se hace responsable por su consulta o uso.
La auditoría incluyó el examen de las evidencias y documentos que soportan el proceso auditado, así como la evaluación del cumplimiento de las disposiciones legales que le son aplicables. Los análisis y conclusiones se encuentran debidamente documentados y soportados en papeles de trabajo.
El proceso auditor contempla el desarrollo sistemático de las fases de Planeación, Ejecución, Informe y Seguimiento. Las observaciones inicialmente formuladas se dieron a conocer oportunamente en el informe preliminar con el objeto de garantizar el derecho de contradicción. La respuesta presentada por el sujeto evaluado se analizó en el marco de la evidencia aportada, determinando las conclusiones finales que se traducen en los hallazgos relacionados en el presente informe.
2.1 OBJETIVO DE LA AUDITORÍA
Evaluar la gestión fiscal adelantada por la administración municipal de El Guamo –Tolima, en cuanto a la contratación de obra pública.
Los objetivos específicos de la auditoría son:
• Evaluar la ejecución contractual del proceso No. 403 del 04 de septiembre de 2023, el cual tiene por objeto “mantenimiento y adecuación de algunas instituciones y sedes educativas de la zona urbana y rural del Municipio de El Guamo- Tolima” Suscrito por valor de $448.227.073, ejecutado con recursos propios.
• Establecer si la etapa de ejecución contractual se ejecutó conforme a las normas que la rigen de acuerdo con la normatividad aplicable y el manual respectivo, pudiendo retraerse a la etapa precontractual, en caso de ser necesario.
• Establecer si la entidad identificó los riesgos asociados al proceso, diseño y aplico mecanismos de control para asegurar la ejecución idónea del objeto contratado, en términos de cantidad, oportunidad y calidad de los bienes, servicios u obras entregadas.
• Señalar si las actuaciones de quienes intervinieron en el proceso contractual se desarrollaron con arreglo a los principios de transparencia, economía, eficacia, eficiencia, y efectividad, de conformidad con los postulados que rigen la función administrativa.
• Verificar si en el municipio de Guamo se presentan obras inconclusas (elefantes blancos) identificando los contratos respectivos y el estado de las mismas.
2.2 FUENTES DE CRITERIO
NORMAS:
• Constitución Política de Colombia
• Ley 80 de 1993
• Ley 42 de 1993
• Ley 1150 de 2007
• Ley 1474 de 2011
• Decreto 1082 de 2015
• Manual de Contratación propio del sujeto
• Acto Legislativo 04 de 2019
• Demás normatividad vigente y aplicable al tema y a la entidad a evaluar
2.3 ALCANCE DE LA AUDITORÍA
El alcance de la auditoria se define en dos aspectos:
2.3.1 Asunto o materia objeto de evaluación
• Contrato de obra pública No. 403 del 04 de septiembre de 2023, por valor de
$448.227.073.
2.3.2 Periodo sujeto a evaluación
La auditoría se aplicará sobre el componente contractual de la obra pública de la vigencia 2021 a 2023, y si es necesario se podrá extender a vigencias anteriores o futuras y se cuenta con la competencia para realizarlo.
2.4 RESULTADOS EVALUACIÓN DE CONTROL INTERNO
Considerando el alcance de la presente auditoria no se realizó la evaluación de control interno, sin embargo en resolución número 154 del 12 xx xxxxx de 2024, por medio de la cual se modifica el plan de vigilancia y control fiscal de la Contraloría Departamental del Tolima para la vigencia fiscal 2024, se programó auditoría financiera y de gestión al Municipio de El Guamo para el mes de septiembre, donde se realizará la evaluación de este componente.
2.5 CONCLUSIONES GENERALES Y CONCEPTO DE LA EVALUACIÓN REALIZADA
Evaluada la gestión contractual, del contrato de obra pública 403 del 04 de septiembre de 2023, suscrito por la administración municipal de El Guamo Tolima y la UNIÓN TEMPORAL ESCUELAS GUAMO, bajo los principios de eficiencia, eficacia y economía, se evidenciaron debilidades en los procedimientos de publicación de la contratación en el Sistema Electrónico de Contratación - SECOP y en la plataforma SIAOBSERVA, situación que obedece a fallas en el control y seguimiento a las formalidades de los procesos contractuales en lo relacionado con el cumplimiento de la normatividad contractual vigente y una abierta contradicción del principio constitucional de publicidad(Constitución Política, artículo 209), lo que dificulta el conocimiento y avance por parte de los interesados y de la comunidad en general, de los contratos suscritos.
De igual forma, se pudo evidenciar inconsistencias frente a la forma de pago establecida en el contrato, el manejo de anticipos y/o pagos anticipados vulnerando lo establecido en el Estatuto Anticorrupción el cual incluyó la obligación de constituir una fiducia o un patrimonio autónomo irrevocable para el manejo de los recursos que reciba a título de anticipo, en los contratos de obra, concesión, salud, o los que se realicen por licitación pública.
En relación con la ejecución del Contrato de Obra pública No. 403 del 04 de septiembre de 2023 se observó que durante su ejecución se encontraron irregularidades de carácter Técnico relacionadas con debilidades relativas al seguimiento en el desarrollo del contrato de obra por parte de la administración municipal, de la interventoría y de la supervisión del mismo.
2.6 TAMAÑO DE LA MUESTRA
Con base en la información registrada por la entidad en la plataforma SIA OBSERVA, la auditoria encuentra que en la vigencia 2023, el municipio de El Guamo celebró un total de ocho (8) contratos, cuyo valor asciende a la suma de $1.066.286.729,00, financiados con recursos propios, y contratos de interventoría por valor de $153.376.638,00, como se muestra a continuación:
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CÓDIGOCONTRATO | OBJETOCONTRATO | FECHASUSCRIPCION | FECHAACTA DE INICIO | FECHATERMINACION | XXXX INICIALCONTRAT | NOMBRE | |
2 | CONTRATO-204-2023-SPI | CONSTRUCCION DE OBRA DE PAVIMENTACION EN CONCRETO RIGIDO DE VIA CALLE 15 ENTRE CARRERAS 13 Y 15 BARRIO SANTA XXX DEL MUNICIPIO DEL GUAMO TOLIMA. | 2023/05/04 | 2023/05/09 | 2023/07/08 | 241.296.138,00 $ | UNION TEMPORAL SANTA XXX |
3 | CONTRATO-223-2023-SPI | CONTRUCCION DE PLACA HUELLA EN LA VEREDA LOS PASOS DEL MUNICIPIO DEL GUAMO TOLIMA. | 2023/05/31 | 2023/06/14 | 2023/08/00 | 000.000.000,00 $ | CONSORCIO LOS PASOS |
4 | CONTRATO-191-2023-SPI | CONSTRUCCION DE OBRAS DE CONTROL DE EROSION MUROS DE CONTENCION EN GAVIONES, UBICADOS EN LA MVIA DE LA VEREDA XXXX XXXXX DEL MUNICIPIO DEL GUAMO TOLIMA. | 2023/04/04 | 2023/04/25 | 2023/06/24 | 99.914.318,00 $ | CONSORCIO PRADA ARENAS |
5 | CONTRATO-222-2023-SPI | REALIZAR OBRAS DE RESTAURACION Y ADECUACION DE LAS INSTALACIONES DE LA ALCALDIA DEL MUNICIPIO DEL GUAMO TOLIMA | 2023/05/26 | 2023/05/29 | 2023/06/28 | 32.396.000,00 $ | XXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX |
6 | CONTRATO-403-2023-SPI | MANTENIMIENTO Y ADECUACION DE ALGUNAS INSTITUCIONES Y SEDES EDUCATIVAS DE LA ZONA URBANA Y RURAL DEL MUNICIPIO DE GUAMO TOLIMA | 2023/09/04 | 2023/09/25 | 2023/12/23 | 448.227.073,00 $ | XXXX XXXXXXX XXXX XXXXXXX |
7 | CONTRATO-388-2023-SPI | MANTENIMIENTO Y ADECUACION DE LOS SALONES COMUNALES DE LAS VEREDAS XXXXXXXX XXXXXXX Y XXXXXX XXXXX DEL MUNICIPIO DE EL GUAMO TOLIMA | 2023/08/02 | 2023/08/14 | 2023/09/28 | 26.998.030,00 $ | XXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX |
VALOR TOTAL | 1.002.910.056,00 $ | ||||||
9 | ONTRATO-220-2023-SPI | ESTUDIOS Y DISEÑOS PARA LA CONSTRUCCION DEL COSO MUNICIPAL DEL GUAMO TOLIMA | 5/07/2023 | 4/09/2023 | 89.999.965,00 $ | XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXX | |
CONTRATO-090-2023-SPI | INTERVENTORIA TECNICA, ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA AL CONTRATO DE OBRA N 4832022SPI, QUE TIENE COMO OBJETO ADECUACION ,MENTENIMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA DEL HOTEL LEMAYA PROPIEDAD DEL MUNICIPIO DEL GUAMO DEPARTAMENTO DEL TOLIMA | 2023/01/18 | 2023/01/23 | 2023/04/23 | 31.999.998,00 $ | SERVI INTEGRA DE COLOMBIA SAS | |
8 | CONTRATO-401-2023-SPI | INTERVENTORIA TECNICA, ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA AL CONTRATO DE OBRA QUE TIENE POR OBJETO MANTENIMIENTO Y ADECUACION DE ALGUNAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE LA ZONA URBANA Y RURAL DEL MUNICIPIO DE EL GUAMO TOLIMA | 25/08/2023 | 25/09/2023 | 2023/12/25 | 31.376.675,00 $ | LEKAS CONSTRUCCIONES S.A.S |
VALOR TOTAL | $153.376.638,00 |
Para efectos de la determinación de la muestra, la Contraloría estableció a partir de los criterios de valor, objeto y su impacto en los grupos poblacionales beneficiarios, el contrato de obra pública No. 403, suscrito el 04 de septiembre de 2023, cuyo objeto se denomina “mantenimiento y adecuación de algunas instituciones y sedes educativas de la zona urbana y rural del municipio de Guamo-Tolima” Los resultados de la evaluación de dicha muestra se exponen en el presente informe luego de realizar las pruebas y procedimientos de auditoria, los cuales permitieron establecer que la gestión contractual no cumple con los criterios de evaluación predefinidos debido a la ineficiencia administrativa en las operaciones que trae como consecuencia la baja calidad en los bienes y servicios prestados.
2.7 CONCLUSIÓN SOBRE LOS HALLAZGOS
Como resultado de la auditoría la Contraloría Departamental del Tolima constituyó cuatro (4) hallazgos de auditoría administrativos con presunta incidencia disciplinaria y un (1) beneficio de auditoria.
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3. RESULTADOS DE LA AUDITORÌA
3.1 INFORMACIÓN GENERAL CONTRATO DE OBRA NO. 403 DE 2023
DOCUMENTO | DETALLE |
CONTRATO NUMERO | No.403 del 04 de septiembre de 2023 |
OBJETO | Mantenimiento y adecuación de algunas instituciones educativas de la zona urbana y rural del Municipio de El Guamo – Tolima |
CONTRATISTA | XXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX |
No. IDENTIFICACIÓN | 80.059.035 de Ibagué |
VALOR TOTAL DEL CONTRATO | Cuatrocientos cuarenta y ocho millones doscientos veintisiete mil setenta y tres pesos con cero centavos ($448.227.073.00) MCTE |
ANTICIPO | Correspondiente al 40% del valor básico del contrato |
PLAZO INICIAL | Noventa (90) días calendario, contados desde el cumplimiento de los requisitos de legalización y ejecución, previo perfeccionamiento. |
INTERVENTOR | LEKAS CONSTRUCCIONES S.A.S – 901.720.236-8, RL- Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx |
SUPERVISIÓN DE OBRA | Xxxxx xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx – Directora de Infraestructura, vivienda y Servicios Públicos |
SUPERVISIÓN INTERVENTORIA | Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx – Profesional Universitario SPI |
RESOLUCIÓN DE CESIÓN | Resol. 1205 del13 de septiembre de 2023 |
ACTA DE INICIO | 26 de febrero de 2021 |
CESIONARIO | UNION TEMPORAL ESCUELAS GUAMO- RL- XXXX XXXXXXX XXXX XXXXXXX. C.C. 1.105.680.546 |
ACTA DE INICIO | 25 de septiembre de 2023 |
ACTA DE APROBACIÓN DEL PLAN DE INVERSIÓN | 25 de septiembre de 2023 |
ACTA DE RECIBO FINAL | 22 de diciembre de 2023 |
ACTA DE LIQUIDACIÓN | 29 de diciembre de 2023 |
3.2 RELACIÓN DE XXXXXXXXX
HALLAZGO DE AUDITORÍA ADMINISTRATIVA CON INCIDENCIA DISCIPLINARIA No.1
Inconsistencias en la información registrada en el contrato con relación a lo previsto en los estudios previos y pliego de condiciones
CRITERIO:
- Ley 1474 de 2011, artículo 91
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- Decreto 1082 de 2015, articulo 2.2.1.1.2.4.1 patrimonio autónomo para el manejo de anticipos.
- Estudio previo licitación pública LP-005-2023. Numeral 2.8 FORMA DE PAGO y numeral 8.3 ANTICIPO Y/O PAGO ANTICIPADO
- Pliego de condiciones licitación pública LP-005-2023. Numeral 8.3 ANTICIPO Y PAGO ANTICIPADO.
CONDICION:
La Alcaldía Municipal de El Guamo- Tolima realizó proceso de licitación pública LP-005-2023, con el objeto de contratar el mantenimiento y adecuación de algunas instituciones educativas de la zona urbana y rural del Municipio de El Guamo, Una vez analizados el expediente del contrato se evidencia que la entidad contratante, en el estudio previo, numeral 2.8 y numeral 8.3, así como en el pliego de condiciones numeral 8.3 del proceso contractual, establece que la entidad entregara a título de anticipo un valor equivalente al 40% del valor básico del contrato, no obstante al revisar la información contenida en la minuta del contrato 403 del 04 de septiembre de 2023, se observa que el contrato en la cláusula 6 indica la entrega al contratista a título de “pago anticipado” un valor equivalente al 40% del valor básico del contrato, mientras que en la cláusula 8 donde se relaciona la forma de pago, en el numeral 1. Determina que “el pago al contratista se hará mediante un anticipo del 40% del valor del contrato y el saldo del 50% mediante actas parciales y el saldo del 10% en el acta final de obra y acta de liquidación debidamente firmada por el contratista y el interventor”.
Xx realiza el examen de los documentos que respaldan el pago por concepto de anticipo y/o pago anticipado se evidencia que se constituyó póliza de Garantía única de cumplimiento No. 480-47- 994000049024 con la aseguradora solidaria que respalda la devolución del pago anticipado.
Mediante acta suscrita el 25 de septiembre del 2023 se da aprobación del plan de inversión al pago anticipado por valor de CIENTO SETENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA MIL OCHOCIENTOS VEINTINUEVE PESOS CON VEINTE CENTAVOS M/CTE ($179.290.829,20).
Considerando la naturaleza jurídica del anticipo y del pago anticipado según sentencia del consejo de estado en el cual se indica:
(…) La diferencia que la doctrina encuentra entre anticipo y pago anticipado, consiste en que el primero corresponde al primer pago de los contratos de ejecución sucesiva que habrá de destinarse al cubrimiento de los costos iniciales, mientras que el segundo es la retribución parcial que el contratista recibe en los contratos de ejecución instantánea. Lo más importante es que los valores que el contratista recibe como anticipo los va amortizando en la proporción que vaya ejecutando el contrato de ahí que se diga que los recibió en calidad xx xxxxxxxx; en cambio en el pago anticipado no hay reintegro del mismo por que el contratista es dueño de la suma que le ha sido entregada.
En estas condiciones, si el anticipo se entrega al contratista antes o simultáneamente con la iniciación del contrato, esto es, cuando aún el contratista no ha prestado el servicio, ejecutado la obra o entregado los bienes y precisamente espera dicha suma para iniciarlo y la fecha de ese pago marca la pauta para el
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computo del termino del contrato, el pago de la suma de dinero que las partes convengan a ese título se hace en calidad xx xxxxxxxx.
Esto significa que las sumas entregadas como anticipo son de la entidad pública y esa es la razón por la cual se solicita al contratista que garantice su inversión y manejo y se amortice con los pagos posteriores que se facturen durante la ejecución del contrato.
En consecuencia de lo anterior se evidencia incumplimiento en los mecanismo de administración de los recursos del anticipo, contemplado en la ley 1474 de 2011,el cual establece en el artículo 91, que los contratos de obra, concesión, salud o los que se realicen por licitación pública, el contratista deberá constituir una fiducia o un patrimonio autónomo irrevocable para el manejo de los recursos que reciba a título de anticipo, con el fin de garantizar que dichos recursos se apliquen exclusivamente a la ejecución del contrato correspondiente.
CAUSA
En la actualidad el Municipio de El Guamo cuenta con un manual interno de contratación desactualizado a las normas y leyes en materia de contratación, siendo este uno de los elementos fundamentales en el ámbito operativo o de ejecución de la Actividad Contractual.
Falta de revisión exhaustiva de los documentos presentados por los proponentes y de comparación con las condiciones fijadas por el municipio en los estudios previos y demás documentos de la etapa de planeación del contrato.
EFECTO
Incumplimiento de las obligaciones contractuales o la entrega extemporánea de las obras.
RESPUESTA DEL SUJETO AUDITADO
La entidad no dio respuesta a las observaciones presentadas con oficio CDT-RS-2024-00001897 del 19 xx xxxxx de 2024.
COMENTARIO A LA RESPUESTA DEL AUDITADO
Debido a que el ente territorial no contestó la observación comunicada, el equipo auditor valida lo observado.
Por lo anterior, se mantiene la observación y se configura un hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria.
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HALLAZGO DE AUDITORÍA ADMINISTRATIVA No.2 CON INCIDENCIA
DISCIPLINARIA. Incumplimiento a los estudios previos, pliego de condiciones y obligaciones contractuales
CRITERIO
- Decreto 1082 de 2015, Artículo 2.2.1.1.2.1.1. Estudios y documentos previos. (Modificado por el artículo 1 del Decreto 399 del 23 xx xxxxx de 2021)
- Estudio previo licitación pública LP-005-2023
- Pliego de condiciones licitación pública LP-005-2023
- Contrato No.403 del 04 de septiembre de 2023
CONDICIÓN
En los estudios previos y pliego de condiciones definitivo que preceden el proceso de contratación, los cuales hace parte del contrato 403 del 04 de septiembre de 2023, en el numeral 4.1.1.1 AIU. Establece el deber de calcular por parte del contratista un AIU que contenga todos los costos en los que incurre el proponente, futuro contratista para ejecutar y cumplir el contrato, de igual forma, plantea el deber de presentar los componentes internos de la administración (A) dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la orden de iniciación del contrato de interventoría para su revisión y aprobación.
Así mismo en el numeral 8.2, establece el deber de diligenciar por cada uno de los ítems enunciado en el formulario 1, el análisis de precios unitarios incluyendo todo lo necesario y suficiente para desarrollar el ítem de acuerdo con las normas y especificaciones técnicas contractuales en relación con: El equipo (rendimientos), materiales (cantidades y rendimientos), transportes, mano de obra con sus rendimientos, AIU, los cuales serán presentados a la interventoría dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la orden de iniciación del contrato, so pena de incurrir en causal de incumplimiento del contrato.
Analizada la información contenida en el expediente contractual no se evidencia la existencia de los documentos que acrediten la presentación de los componentes de la administración (A), como tampoco los análisis de precios unitarios calculados para establecer el valor de la propuesta económica presentada por el contratista como lo establece el pliego de peticiones.
Adicional a lo anterior y pese a que en el contrato en la Clausula 9, se establece la obligación al contratista de presentar el plan de calidad conforme a la norma NTC ISO 9001:2015 Y NTC ISO 10005:2018, la provisión de bienes y servicios durante toda la vigencia del contrato por parte de alguno o algunos delos sujetos de especial protección constitucional identificados por
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la ley, no se evidencia la documentación respectiva que acredite la condición de los sujetos mencionados y la forma en que participaron durante la ejecución.
El incumplimiento a las anteriores obligaciones especialmente en lo relacionado al personal, numeral 35 de la cláusula novena del contrato, causaría multa equivalente al 0,1 SMMLV por cada día de incumplimiento. No cumplir con el porcentaje mínimo de vinculación de mujeres durante la ejecución del contrato causaría multas equivalentes al 1% del valor total del contrato, así mismo incumplir la obligación de destinar mínimamente del cinco (5%) de la provisión de bienes y servicios por parte de alguno o algunos de los sujetos de especial protección, causaría multa equivalente a 0,1 SMMLV, por cada día de incumplimiento.
Por la falta de entrega de información que se relacione con el objeto del contrato, dentro de los plazos y en los términos de cada requerimiento se causaría una multa equivalente al 0,2% del valor del contrato.
En este sentido la interventoría obvio la cláusula 15 del contrato relacionada con las multas
CAUSA:
No se ejercen con rigurosidad las actividades de seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico en la ejecución del contrato.
EFECTO:
Al apoyarse exclusivamente en la información reportada por el contratista, sin desarrollar las actividades propias de la supervisión para comprobar la ejecución del objeto del contrato, se corre el riesgo de no identificar posibles desviaciones o incumplimiento de las obligaciones y especificaciones de los bienes o servicios contratados, afectando los intereses de la entidad.
RESPUESTA DEL SUJETO AUDITADO
El ente municipal dio respuesta a esta observación mediante oficio, radicado CDT-RE-2024 00001675 xx xxxx 01 de 2024, en los siguientes términos:
ARGUMENTOS: Conforme a la observación me permito manifestar que en cumplimiento de la ejecución del contrato, el contratista remitió la documentación a la firma interventoría adjudicataria, y esta certifico el cumplimiento y aprobación del PLAN DE CALIDAD el veintiocho
(28) de septiembre del 2023 y de los ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS Y ANALISIS DE
A.I.U el veintinueve de septiembre de 2023.
Con el fin de dar soporte de lo anteriormente descrito se remite la documentación pertinente:
1. Plan de calidad
2. Certificación de interventoría al plan de calidad
3. Análisis de precios unitarios
4. Análisis de AIU
5. Certificación de interventoría a A.P.U y A.I.U
COMENTARIO A LA RESPUESTA DEL AUDITADO
Si bien es cierto, la Administración Municipal de El Guamo presenta los anexos de los documentos relacionados en la controversia, se hace necesario aclarar que estos no reposan en el expediente contractual ni fueron publicados en el SECOP, vulnerando la obligación de publicidad de los documentos expedidos en desarrollo del contrato y los términos para su publicación.
Respecto al incumplimiento a las obligaciones relacionadas con el personal, no desvirtúa, ni soportó lo observado por este órgano de control, ni se expresa las razones por la cuales la interventoría obvió la cláusula 15 del contrato relacionada con las multas.
Por lo anterior, la Contraloría Departamental de Tolima mantiene la observación y configura un hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria.
HALLAZGO DE AUDITORÍA ADMINISTRATIVA CON PRESUNTA INCIDENCIA
DISCIPLINARIA No. 03- Diferencias en la contratación reportada entre SIA OBSERVA y SECOP
CRITERIO
· Constitución Política, artículo 209
· Ley 1474 de 2011, artículos 83 y s.s.
· Ley 1952 de 2019, artículo 26
· Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.1.7.1 y 2.2.1.1.1.3.1
CONDICIÓN
Se señala en el artículo 2.2.1.1.1.7.1 Del Decreto 1082 de 2015, la obligación estatal de publicación en el SECOP los documentos del proceso y los actos administrativos del proceso de contratación dentro de los tres (3) días siguientes a su expedición. El artículo del mismo Decreto ha definido que los documentos del proceso son: los estudios y documentos previos, el aviso de convocatoria, los pliegos de condiciones o la invitación, las adendas, la oferta, el informe de evaluación, el contrato y cualquier otro documento expedido por la Entidad Estatal durante el Proceso de Contratación.
Ahora, cuando se dice que cualquier otro documento expedido por la Entidad Estatal durante el Proceso de Contratación, se hace referencia a todo documento diferente a los mencionados, siempre que sea expedido dentro del Proceso de Contratación.
Consultada la información en el portal web del sistema electrónico de contratación pública (SECOP), de los contratos celebrados por la administración municipal de El Guamo en la vigencia 2023, se evidencia que la entidad omitió la publicación de la información referente a la ejecución de contrato de Obra No. 403 del 04 de septiembre de 2023, suscrito con la UNION TEMPORAL ESCUELAS GUAMO, representada legalmente por XXXX XXXXXXX XXXX XXXXXXX, eludiendo la normatividad aplicable para el caso en particular, incumpliéndose además, deberes funcionales de los servidores públicos que tenían a su cargo dicha responsabilidad, por lo tanto, se estaría ante una posible conducta del artículo 26 de la Ley 1952 de 2019.
Así mismo, al verificar por parte de la auditoria la información existente en la plataforma SIAOBSERVA no se evidencia la información correspondiente a la etapa de ejecución del contrato, so pena que a la fecha de inicio de la auditoria, este se encontraba terminado y liquidado, incumpliendo lo establecido en el capítulo XII de la Resolución 040 de 2024 que establece la forma de rendir la contratación de la entidad.
CAUSA:
Deficiencias en los procesos de supervisión e interventoría y falta de controles en la rendición de la información en el aplicativo SECOP y SIA OBSERVA.
EFECTO:
Desinformación y desgaste administrativo en el seguimiento a los recursos públicos por parte de los entes de control, afectando los principios de publicidad y transparencia, de las entidades estatales.
RESPUESTA DEL SUJETO AUDITADO
La entidad no dio respuesta a las observaciones presentadas con oficio CDT-RS-2024-00001897 del 19 xx xxxxx de 2024.
COMENTARIO A LA RESPUESTA DEL AUDITADO
Debido a que el ente territorial no contestó la observación comunicada, el equipo auditor valida lo observado.
Por lo anterior, se mantiene la observación y se configura un hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria.
HALLAZGO DE AUDITORÍA ADMINISTRATIVA CON PRESUNTA INCIDENCIA
DISCIPLINARIA Y FISCAL No.4 Por diferencias en las cantidades de obra encontradas CRITERIO:
• La ley 1474 de 2011, en su Artículo 83
• Clausula 9. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA, contrato 403 del 04 de septiembre de 2023
CONDICIÓN:
La administración municipal de El Guamo-Tolima, celebró contrato de obra No. 403 de 2023 con la UNION TEMPORAL ESCUELAS GUAMO, R. L. XXXX XXXXXXX XXXX XXXXXXX por valor de
$448.227.073.00 para el Mantenimiento y adecuación de algunas instituciones educativas de la zona urbana y rural del municipio de Guamo –Tolima. Contrato terminado, mediante acta de entrega firmada el 22 de diciembre de 2023 y liquidado el 29 de diciembre del mismo año.
Con el objeto de vigilar permanentemente la correcta ejecución del objeto contratado, la Administración Municipal, suscribió con la firma LEKAS CONSTRUCCIONES S.A.S, representada legalmente por XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX, contrato No. 401 DE 2023, que tiene por objeto “Interventoría técnica administrativa, financiera al contrato de Mantenimiento y adecuación de algunas instituciones educativas de la zona urbana y rural del Municipio de El Guamo”, por valor de $31.376.675.00M/CTE.
En desarrollo de la auditoria se realizó procedimiento de campo por parte de la Contraloría y representantes del Municipio de El Guamo-Tolima, Arquitecto XXXX XXXX XXXXXX XXXXXX, Secretrio de planeación e infraestructura, la arquitecta XXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, Directora de infraestructura, vivienda y servicios públicos y el representante de la interventoría, Ingeniero XXXXX XXXXX XXXXXXXXX, , con el objeto de constatar la ejecución en términos de cantidades y calidad de las obras objeto del contrato 403 de 2023.
La visita a sitio de las obras se realizó a las siguientes instituciones donde se desarrolló el objeto del contrato:
INSTITUCIONES BENEFICIADAS | |
1 | Institución educativa técnica comercial Caldas - Sede EL Samán |
La copia o impresión de este documento, le da el carácter de “No Controlado” y el SGC no se hace responsable por su consulta o uso.
2 | Institución educativa San Xxxxxx xxx Xxxxxxxx - Sede San Xxxxxx |
3 | Institución educativa técnica comercial Caldas - Sede Serrezuela primavera |
4 | Institución educativa Sor Xxxxxx xxx Xxxxxxxx - Sede Pringamosal Diamante |
5 | Institución educativa técnica La Chamba |
6 | Institución educativa técnica Cañada Rodeo -Sede Cañada Baja |
7 | Institución educativa técnica industrial "xxxxx Xxxxxxx"- Sede Guamal |
8 | Institución educativa Las Xxxxxxxx Xxxxxxx - Sede Cerro Gordo |
9 | Institución educativa Sor Xxxxxx xxx Xxxxxxxx - Sede Principal |
10 | Institución educativa técnica industrial "xxxxx Xxxxxxx"- Sede centro. |
El estado de las obras al momento de la visita realizada, se muestra en el registro fotográfico que se presenta a continuación:
Imagen 1. Verificación de ejecución
1. Instalación motobomba “la chamba” | 2. Mala calidad en la aplicación de pintura |
La copia o impresión de este documento, le da el carácter de “No Controlado” y el SGC no se hace responsable por su consulta o uso.
3. red de suministro de agua, inc. Accesorios | 4. Reparación de techo para cubierta de baño |
Luego de realizado el análisis de la información contenida en el expediente contractual de cada uno de los ítems y actividades relacionadas en el acta de recibo final, y una vez obtenidos los resultados de la visita, se procede a calcular la diferencia entre las cantidades reconocidas en acta de recibo final y las encontradas por la comisión de auditoría.
Los resultados del análisis realizado se presentan a continuación:
Tabla 2. Cálculo de cantidades
CONTRATO DE OBRA No. | 403 del 04 de septiembre de 2023 | |||||||
OBJETO DEL CONTRATO | Mantenimiento y adecuación de algunas instituciones educativas de la zona urbana y rural del municipio de El Guamo -Tolima | |||||||
ACTA DE RECIBO FINAL | VERIFICACIÓN AUDITORIA | DIFERENCIA | ||||||
ITEM | DESCRIPCION | UNID | CANT | V/UNIT | V/TOTAL | CANT | V/TOTAL | |
1 | INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA COMERCIAL XXXXXX - SEDE EL SAMAN | |||||||
1 | PRELIMINARES | |||||||
1,2 | cargue, retiro y transporte de materiales provenientes de excavaciones y demoliciones hasta 10 km en botadero autorizado | m3 | 18,18 | $ 28.552,00 | $ 519.075,36 | 12,66 | $361.468,32 | $157.607,04 |
4,1 | Pintura Vinilo Tipo I (3 Manos) inc. Escarificacion y resane | m2 | 618,7 | $ 23.529,00 | $ 14.556.215,85 | 542,44 | $12.763.070,76 | $1.793.145,09 |
6,5 | suministro e instalacion de llave terminal para lavamanos | und | 2 | $ 20.163,00 | $ 40.326,00 | 1 | $20.163,00 | $20.163,00 |
SUB TOTAL INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA COMERCIAL XXXXXX - SEDE EL SAMAN | $ 70.969.538,05 | $68.998.622,92 | $1.970.915,13 | |||||
2 | INSTITUCION EDUCATICA SORJOSEFA XXX XXXXXXXX - SEDE SAN XXXXXX | |||||||
1 | PRELIMINARES | |||||||
2,1 | Demolicion xx xxxx existente H=3 m | m2 | 44,72 | $ 63.659,00 | $ 2.846.830,48 | 40 | $2.546.360,00 | $300.470,48 |
2,3 | Construccion xx xxxx perimetral en bloque H5 | m2 | 31,88 | $ 51.178,00 | $ 1.631.554,64 | 29,42 | $1.505.656,76 | $125.897,88 |
2,6 | Concreto Ciclopeo 60/40 3000 PSI | m3 | 2,1 | $ 368.458,00 | $ 773.761,80 | 0 | $0,00 | $773.761,80 |
2,9 | Pintura xx Xxxx (3 manos) | m2 | 31,8 | $ 14.644,00 | $ 465.679,20 | 17 | $248.948,00 | $216.731,20 |
3 | OBRAS DE DRENAJE | |||||||
SUB TOTAL INSTITUCION EDUCATICA SORJOSEFA XXX XXXXXXXX - SEDE SAN XXXXXX | $ 29.613.798,86 | $28.197.456,25 | $1.416.861,36 |
4 | INSTITUCION EDUCATIVA SORJOSEFA XXX XXXXXXXX - SEDE PRINGAMOSAL DIAMANTE | |||||||
1 | PRELIMINARES | |||||||
1,2 | regata para instalacion de acometida electrica | ml | 10 | $ 20.089,00 | $ 200.890,00 | 1,5 | $30.133,50 | $170.756,50 |
2,2 | tubo pvc presion de 1" para red de suministro de agua, inc. Accesorios | ml | 6 | $ 14.867,00 | $ 89.202,00 | 0 | $0,00 | $89.202,00 |
NP | ITEM NO PREVISTOS | |||||||
NP-02 | Suministro e instalacion de porton en tubo galvanizado de 2" y malla eslabonada con altura de 2 m | m2 | 6,6 | $ 265.730,00 | $ 1.753.818,00 | 6,38 | $1.695.357,40 | $58.460,60 |
SUB TOTAL INSTITUCION EDUCATIVA SORJOSEFA XXX XXXXXXXX - SEDE PRINGAMOSAL DIAMANTE | $ 44.745.494,11 | $44.427.075,01 | $318.419,10 | |||||
5 | INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA LA CHAMBA | |||||||
1 | PRELIMINARES | |||||||
2 | HIDRAULICA | |||||||
2,1 | Tubo PVC de 1" de Presion Para acometida de succion y descarga inc. Accesorios | ml | 12 | $ 28.645,00 | $ 343.740,00 | 8,72 | $249.784,40 | $93.955,60 |
3 | ELECTRICA | |||||||
3,1 | suministro e instalacion arrancador directo de control para la bomba | und | 1 | $ 834.872,00 | $ 834.872,00 | 0 | $0,00 | $834.872,00 |
3,2 | suministro e instalacion de motobomba centrifuga de 1 hp a 220 v por 1" pulgada de succion, 1" descarga, de presion | und | 1 | $ 2.233.511,00 | $ 2.233.511,00 | 0 | $0,00 | $2.233.511,00 |
SUB TOTAL INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA LA CHAMBA | $ 3.831.336,50 | $668.997,90 | $3.162.338,60 | |||||
6 | INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA CAÑADA RODEO - SEDE CAÑADA BAJA | |||||||
3 | ELECTRICA | |||||||
3,1 | Salida eléctrica para interruptor doble. Incluye tubería EMT de 3/4”, cable de cobre 3#12 AWG LSZH, interruptor doble, xxxxxx, xxxxxxxxx y accesorios de instalación. | und | 5 | $ 112.192,00 | $ 560.960,00 | 1 | $112.192,00 | $448.768,00 |
3,2 | Salida Electrica Normal 2P+T 120V 20A, Cable de Cobre 3#12 AWG LSZH, Toma Blanca 2P+T 20A, Marquilla y Accesorios de Instalación. | und | 9 | $ 97.171,00 | $ 874.539,00 | 8 | $777.368,00 | $97.171,00 |
OBRAS COMPLEMENTARIAS | ||||||||
4,1 | Construccion de dado 0.20x0.20x0,50 en concreto de 3000 de psi, para perfil metalico de cubierta | m3 | 0,2 | $ 586.904,00 | $ 117.380,80 | 0,04 | $23.476,16 | $93.904,64 |
4,2 | Suministro e instalacion de Tubo Estructural Cuadrado 100 x 100 x 2.5mm C12 x 6m | ml | 14,3 | $ 159.529,00 | $ 2.281.264,70 | 6,8 | $1.084.797,20 | $1.196.467,50 |
3 | ELECTRICA | |||||||
3,2 | Salida Electrica Normal 2P+T 120V 20A, Cable de Cobre 3#12 AWG LSZH, Toma Blanca 2P+T 20A, Marquilla y Accesorios de Instalación. | und | 3 | $ 97.171,00 | $ 291.513,00 | 1 | $97.171,00 | $194.342,00 |
UNIDADES SANITARIAS | ||||||||
2,1 | Salida eléctrica para interruptor doble. Incluye tubería EMT de 3/4”, cable de cobre 3#12 AWG LSZH, interruptor doble, xxxxxx, xxxxxxxxx y accesorios de instalación. | und | 1 | $ 112.192,00 | $ 112.192,00 | 0 | $0,00 | $112.192,00 |
SUB TOTAL INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA CAÑADA RODEO - SEDE CAÑADA BAJA | $ 27.389.853,02 | $25.246.840,32 | $2.142.845,14 | |||||
7 | INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA INDUSTRIAL "XXXXX XXXXXXX" - SEDE GUAMAL | |||||||
Baños | ||||||||
4 | Pintura y Acabados | |||||||
4,1 | Pintura Vinilo Tipo I (3 Manos) inc. Escarificacion y resane | m2 | 138,8 | $ 23.529,00 | $ 3.265.288,74 | 83,5 | $1.964.671,50 | $1.300.617,24 |
5 | Electricos | |||||||
5,1 | Salida eléctrica para interruptor doble. Incluye tubería EMT de 3/4”, cable de cobre 3#12 AWG LSZH, interruptor doble, xxxxxx, xxxxxxxxx y accesorios de instalación y bombillo ahorrador de energia | UND | 10 | $ 112.192,00 | $ 1.121.920,00 | 2 | $224.384,00 | $897.536,00 |
7,5 | Salones de Clases y Salon de Tecnologia | |||||||
8 | Pintura y Acabados | |||||||
8,1 | Pintura Vinilo Tipo I (3 Manos) inc. Escarificacion y resane | m2 | 872,7 | $ 23.529,00 | $ 20.534.464,17 | 174,5 | $4.105.810,50 | $16.428.653,67 |
NP | ITEM NO PREVISTOS | |||||||
NP-01 | Pintura en aceite para socalo | m2 | 153,6 | $ 32.013,00 | $ 4.916.684,59 | 0 | $0,00 | $4.916.684,59 |
SUB TOTAL INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA INDUSTRIAL "XXXXX XXXXXXX" - SEDE GUAMAL | $ 46.403.463,76 | $22.858.847,61 | $23.543.491,50 |
9 | INSTITUCION EDUCATIVA SOR XXXXXX XXX XXXXXXXX (SEDE PRINCIPAL) | |||||||
5 | Red Hidro-Sanitaria | |||||||
5,1 | Red sanitaria Tuberia 3'' PVC | ML | 27,6 | $ 59.626,00 | $ 1.645.677,60 | 25 | $1.490.650,00 | $155.027,60 |
5,2 | Red sanitaria Tuberia 2'' PVC | ML | 6 | $ 46.824,00 | $ 280.944,00 | 2 | $93.648,00 | $187.296,00 |
5,4 | Suministro e Instalación de Sanitario Incluye Vávula de Descargue | UND | 1 | $ 359.058,00 | $ 359.058,00 | 0 | $0,00 | $359.058,00 |
NP | ITEM NO PREVISTOS | |||||||
NP-01 | Mantenimiento y reparacion puertas existentes de los baños | M2 | 14,09 | $ 248.500,00 | $ 3.501.365,00 | 12,86 | $3.195.710,00 | $305.655,00 |
NP-04 | Suministro e instalacion de llave para ducha, incluye resane | und | 4 | $ 47.600,00 | $ 190.400,00 | 3 | $142.800,00 | $47.600,00 |
NP-05 | Reparacion de techo para cubierta de baño | global | 1 | $ 145.000,00 | $ 145.000,00 | 0 | $0,00 | $145.000,00 |
SUB TOTAL INSTITUCION EDUCATIVA SOR XXXXXX XXX XXXXXXXX (SEDE PRINCIPAL) | $ 20.914.071,39 | $19.714.434,80 | $1.199.636,59 | |||||
10 | INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA INSDUSTRIAL "XXXXX XXXXXXX" - SEDE CENTRO | |||||||
SALON 1, COCINA, CUARTO DE ADECUACION | ||||||||
1 | Pintura y Acabados | |||||||
1,2 | Pintura de Esmalte para Puertas Incluye Marco | m2 | 30,59 | $ 32.013,00 | $ 979.277,67 | 27,1 | $867.552,30 | $111.725,37 |
2 | Electricos | |||||||
2,1 | Salida eléctrica para interruptor doble. Incluye tubería EMT de 3/4”, cable de cobre 3#12 AWG LSZH, interruptor doble, xxxxxx, xxxxxxxxx y accesorios de instalación y bombillo ahorrador de energia | UND | 3 | $ 112.192,00 | $ 336.576,00 | 0 | $0,00 | $336.576,00 |
2,2 | Salida Electrica Normal 2P+T 120V 20A, Cable de Cobre 3#12 AWG LSZH, Toma Blanca 2P+T 20A, Marquilla y Accesorios de Instalación. | UND | 5 | $ 97.171,00 | $ 485.855,00 | 0 | $0,00 | $485.855,00 |
SALON 2, 3, 4, 5, 6, 7 | ||||||||
4 | Pintura y Acabados | |||||||
4,2 | Pintura de Esmalte para Puertas Incluye Marco | m2 | 252,1 | $ 32.013,00 | $ 8.071.117,56 | 239,18 | $7.656.869,34 | $414.248,22 |
5 | Electricos | |||||||
5,1 | Salida eléctrica para interruptor doble. Incluye tubería EMT de 3/4”, cable de cobre 3#12 AWG LSZH, interruptor doble, xxxxxx, xxxxxxxxx y accesorios de instalación y bombillo ahorrador de energia | UND | 6 | $ 112.192,00 | $ 673.152,00 | 3 | $336.576,00 | $336.576,00 |
5,2 | Salida Electrica Normal 2P+T 120V 20A, Cable de Cobre 3#12 AWG LSZH, Toma Blanca 2P+T 20A, Marquilla y Accesorios de Instalación. | UND | 10 | $ 97.171,00 | $ 971.710,00 | 4 | $388.684,00 | $583.026,00 |
2 | Pintura y Acabados | |||||||
2,2 | Pintura de Esmalte para Puertas Incluye Marco | m2 | 17,8 | $ 32.013,00 | $ 569.831,40 | 15,84 | $507.085,92 | $62.745,48 |
NP | ITEM NO PREVISTOS | |||||||
NP-01 | Socalo en pintura de aceite | M2 | 545,1 | $ 32.013,00 | $ 17.450.606,43 | 401,6 | $12.856.420,80 | $4.594.185,63 |
SUBTOTAL INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA INSDUSTRIAL "XXXXX XXXXXXX" - SEDE CENTRO | $ 86.805.028,81 | $79.880.091,11 | $6.924.937,70 | |||||
SUBTOTALCOSTO DIRECTO | $ 344.790.056,55 | $304.109.837,97 | $40.679.445,12 | |||||
ADMINISTRACION | 24% | $ 82.749.613,57 | $72.986.361,11 | $9.763.066,83 | ||||
IMPREVISTO | 1% | $ 3.447.900,57 | $3.041.098,38 | $406.794,45 | ||||
UTILIDAD | 5% | $ 17.239.502,83 | $15.205.491,90 | $2.033.972,26 | ||||
TOTAL COSTOS INDIRECTOS | $ 103.437.016,97 | $91.232.951,39 | $12.203.833,54 | |||||
VALOR TOTAL OBRA | $ 448.227.073,00 | $395.342.789,36 | $52.883.278,66 |
Lo anterior genera un detrimento patrimonial en cuantía de CINCUENTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO PESOS CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS ($52.883.278,66 M/CTE)
CAUSA:
Lo anterior debido a la falta de seguimiento, evaluación y control por parte de la interventoría y la administración municipal de El Guamo a través de la supervisión, toda vez que avala el pago de la correspondiente acta del contrato, sin verificar y evaluar correctamente las condiciones de las actividades ejecutadas y necesarias.
EFECTO:
La Administración municipal de El Guamo, presuntamente faltó al principio de responsabilidad en la ejecución del contrato de obra No. 403 del 04 de septiembre de 2023, como elemento básico de las actuaciones contractuales de las entidades estatales según lo establece la ley 80 de 1993 y la ley 1150 de 2007.
RESPUESTA DEL SUJETO AUDITADO
El ente municipal dio respuesta a esta observación mediante oficio, radicado CDT-RE-2024 00001675 xx xxxx 01 de 2024, en los siguientes términos:
ARGUMENTOS:
“Conforme a la observación me permito manifestar que con el fin de verificar las observaciones se realizaron visita a cada una de las instituciones educativas y se logró identificar cada una de las cantidades ejecutadas en las siguientes instituciones educativas.
• INSTITUCIÓN EDUCATIVA TECNICA COMERCIAL CALDAS – SEDE EL XXX
CANTIDADES RECTIFICADAS | |||||
ITEM | DESCRIPCION | UNIDAD | CANT. | V/R UNIT | V/R TOTAL |
4.1 | pintura vinilo tipo I (3 manos) unc. Escarificación y resane | m2 | 618,7 | $ 23.529,00 | $ 14.557.392,30 |
6.5 | suministro e instalación de llave terminal para lavamanos | Und | 2 | $ 20.163,00 | $ 40.326,00 |
En visita de verificación se logra identificar la ejecución de los siguientes Ítems: Cabe resaltar que en los ítems:
1. Pintura Vinilo tipo I (3 manos) inc. Escarificación y resane: Se evidenciaron zonas en mal estado, por lo tanto el contratista realizo la subsanación y corrección correspondiente. (Se anexa memoria de cantidades).
2. Suministro e instalación de llave terminal para lavamanos: se identifican en la zona baño detrás de la iglesia ( se anexa memoria de cantidades)
• INSTITUCIÓN EDUCATIVA SORJOSEFA DEL XXXXXXXX XXXXXX – SEDE SAN XXXXXX
En visita de verificación se logra identificar la ejecución de los siguientes ítems:
CANTIDADES RECTIFICADAS | |||||
ITEM | DESCRIPCION | UNIDAD | CANT. | V/R UNIT | V/R TOTAL |
2.1 | Demolición muro existente H=3m | m2 | 44,72 | $ 63.659,00 | $ 2.846.830,48 |
2.9 | pintura xx xxxx (3manos ) | m2 | 31,8 | $ 14.644,00 | $ 465.679,20 |
Cabe resaltar que en los ítems:
1. Demolición xx xxxx existente h=3m: se evidencio: se evidencio la zona en la cual se demolió el muro existente (zona entrando a mano derecha (muro colindante con el vecino)), adicional se cuenta con fotografías de la ejecución de esta actividad. (se anexa memoria de cantidades).
2. Pintura Vinilo tipo I (3 manos) inc. Escarificación y resane: Se evidenciaron zonas en mal estado, por lo tanto el contratista realizo la subsanación y corrección correspondiente. (se anexa memoria de cantidades).
• INSTITUCIÓN EDUCATIVA SORJOSEFA XXX XXXXXXXX –SEDE PRINGAMOSAL DIAMANTE:
En visita de verificación se logra identificar la ejecución de los siguientes ítems:
CANTIDADES RECTIFICADAS | |||||
ITEM | DESCRIPCION | UNIDAD | CANT. | V/R UNIT | V/R TOTAL |
2.2 | Tubo PVC presión de 1" para red de suministro de agua inc. Accesorios | ml | 6 | $ 14.867,00 | $ 89.202,00 |
Cabe resaltar que en el ítem:
1. Tubo PVC presión de 1” para red de suministro de agua, inc. Accesorios: Se evidencio la ejecución completa de la actividad y se cuenta con fotografías de la ejecución de esta actividad. (se anexa memorias de cantidades).
• INSTITUCIÓN EDUCATIVA TECNICA LA CHAMBA
La copia o impresión de este documento, le da el carácter de “No Controlado” y el SGC no se hace responsable por su consulta o uso.
En visita de verificación se logra identificar la ejecución de los siguientes ítems:
CANTIDADES RECTIFICADAS | |||||
ITEM | DESCRIPCION | UNIDAD | CANT. | V/R UNIT | V/R TOTAL |
2.1 | Tubo PVC de 1" de presión para acometida de succión y descarga inc. Accesorios | ml | 12 | $ 28.645,00 | $ 343.740,00 |
3.1 | Suministro e instalación arrancador directo de control para la bomba | und | 1 | $ 834.872,00 | $ 834.872,00 |
3.2 | Suministro e instalación de motobomba centrifuga de 1hp a 220 V por 1" de succión, 1" descarga de presión | und | 1 | $ 2.233.511,00 | $ 2.233.511,00 |
Cabe resaltar que en los ítems:
1. Tubo de 1” de presión para acometida de succión y descarga inc. Accesorios, suministro e instalación arrancador directo de control para la bomba y suministro e instalación de motobomba centrifuga de 1hp a220v por 1” de succión, 1” descarga de presión: los ítems fueron objeto de denuncia de carácter penal el pasado 04 de enero de 2024 por parte de la rectora de esta institución educativa, se anexa documento, toda vez que fueron hurto; con esto, se determina que, SI fueron suministrados e instalados por el contratista, sin embargo, con el fin de garantizar la operatividad y bienestar de los estudiantes.
• INSTITUCIÓN EDUCATIVA TECNICA CAÑADA RODEO – SEDE CAÑADA BAJA
En visita de verificación se logra identificar la ejecución de los siguientes ítems:
CANTIDADES RECTIFICADAS | |||||
ITEM | DESCRIPCION | UNIDAD | CANT. | V/R UNIT | V/R TOTAL |
SALON PRINCIPAL | |||||
3.1 | Salida electrica para interruptor doble. Incluye tuberia EMT DE 3/4" , CABLE DE COBRE 3#12 AWG LSZH, interruptor xxxxx, xxxxxx marquilla y accesorios de instalación | und | 5 | $ 112.192,00 | $ 560.960,00 |
3.2 | Salida electrica normal 2P+T 120V 20A cable de cobre 3#12 AWG LSZH, toma blanca 2P+T 20A marquilla y accesorios de instalación | und | 9 | $ 97.171,00 | $ 874.539,00 |
SALON 2 | |||||
3.1 | Salida electrica para interruptor doble. Incluye tuberia EMT DE 3/4" , CABLE DE COBRE 3#12 AWG LSZH, interruptor xxxxx, xxxxxx marquilla y accesorios de instalación | und | 3 | $ 97.171,00 | $ 291.513,00 |
UNIDADES SANITARIAS | |||||
2,1 | Salida electrica para interruptor doble. Incluye tuberia EMT DE 3/4" , CABLE DE COBRE 3#12 AWG LSZH, interruptor xxxxx, xxxxxx marquilla y accesorios de instalación | und | 1 | $ 112.192,00 | $ 112.192,00 |
Cabe resaltar que cada uno de los ítems que se identificaron se anexa al respectivo registro fotográfico y memoria.
• INSTITUCIÓN EDUCATIVA TECNICA INSDUSTRIAL “XXXXX XXXXXXX”- SEDE GUAMAL
En visita de verificación se logra identificar la ejecución de los siguientes ítems:
CANTIDADES RECTIFICADAS | |||||
ITEM | DESCRIPCION | UNIDAD | CANT. | V/R UNIT | V/R TOTAL |
4 | pintura y acabados | ||||
4.1 | Pintura Vinilo Tipo I (3 Manos) inc. Escarificacion y resane | m2 | 138,8 | $ 23.529,00 | $ 3.265.825,20 |
5 | electricos | ||||
5.1 | Salida eléctrica para interruptor doble. Incluye tubería EMT de 3/4”, cable de cobre 3#12 AWG LSZH, interruptor doble, xxxxxx, xxxxxxxxx y accesorios de instalación y bombillo ahorrador de energia | und | 10 | $ 112.192,00 | $ 1.121.920,00 |
7.5 | Salones de clase y salon de tecnologia | ||||
8 | pintura y acbados | ||||
8.1 | Pintura Vinilo Tipo I (3 Manos) inc. Escarificacion y resane | m2 | 872,7 | $ 23.529,00 | $ 20.533.758,30 |
NP | ITEM NO PREVISTO | ||||
NP-01 | Pintura en aceite para socalo | m2 | 153,6 | $ 32.013,00 | $ 4.917.196,80 |
Cabe resaltar que en los ítems:
1. Pintura vinilo tipo I (3 manos) inc. Escarificación y resane (baños): se evidenciaron zonas en mal estado, por lo tanto el contratista realizo la subsanación y corrección correspondiente. (se anexa memoria de cantidades).
2. Salida eléctrica para interruptor doble. Incluye tubería EMT de 3/4”, cable de cobre 3#12 AWG LSZH, interruptor doble, xxxxxx, xxxxxxxxx y accesorios de instalación y bombillo ahorrador de energía: se evidencio puntos en los que se realizó la intervención, adicional se cuenta con fotografías de la ejecución de esta actividad. (se anexa memoria de cantidades).
3. Pintura vinilo tipo I (3 manos) inc. Escarificación y resane (salones de clase y salón de tecnología): se evidenciaron zonas en mal estado, por lo tanto el contratista realizo a subsanación y corrección correspondiente. (se anexa memoria de cantidades).
4. Pintura en aceite para sócalo: Se evidenciaron zonas en mal estado por lo tanto el contratista realizo la subsanación y corrección correspondiente. ( se anexa memoria de cantidades)
• INSTITUCIÓN EDUCATIVA SOR XXXXXX XXX XXXXXXXX (SEDE PRINCIPAL)
En visita de verificación se logra identificar la ejecución de los siguientes ítems:
CANTIDADES RECTIFICADAS | |||||
ITEM | DESCRIPCION | UNIDAD | CANT. | V/R UNIT | V/R TOTAL |
5 | Red Hidro-Sanitaria | ||||
5,1 | Red sanitaria Tuberia 3'' PVC | ML | 27,6 | $ 59.626,00 | $ 1.645.677,60 |
5,2 | Red sanitaria Tuberia 2'' PVC | ML | 6 | $ 46.842,00 | $ 281.052,00 |
5,4 | Suministro e Instalación de Sanitario Incluye Vávula de Descargue | UND | 1 | $ 359.058,00 | $ 359.058,00 |
NP | ITEM NO PREVISTOS | ||||
NP-01 | Mantenimiento y reparacion puertas existentes de los baños | M2 | 14,09 | $ 248.500,00 | $ 3.501.365,00 |
NP-04 | Suministro e instalacion de llave para ducha, incluye resane | UND | 4 | $ 47.600,00 | $ 190.400,00 |
NP-05 | Reparacion de techo para cubierta de baño | Global | 1 | $ 145.000,00 | $ 145.000,00 |
Cabe resaltar que en los ítems:
1. Red hidro-sanitaria, red sanitaria tubería 3” PVC y red sanitaria tubería 2” PVC: si bien son actividades que a simple vista no se evidencia debido a que son conexiones internas, cada una de estas fueron ejecutadas y se soportan con su respectiva memoria y registro fotográfico.
2. Suministro e instalación de sanitario incluye válvula de descargue: se evidencio el sanitario instalado (baños profesores), el cual se soporta bajo registro fotográfico y su correspondiente memoria.
3. Mantenimiento y reparación puertas existentes de los baños, suministro e instalación de llave para ducha, incluye resane y reparación de techo para cubierta de baño: Se evidencio la intervención realizada conforme a las actividades por lo tanto se soporta bajo registro fotográfico y su correspondiente memoria.
• INSTITUCIÓN EDUCATIVA TECNICA INDUSTRIAL “XXXXX XXXXXXX” – SEDE CENTRO.
En visita de verificación se logra identificar la ejecución de los siguientes ítems:
CANTIDADES RECTIFICADAS | |||||
ITEM | DESCRIPCION | UNIDAD | CANT. | V/R UNIT | V/R TOTAL |
SALON 1, COCINA, CUARTO DE ADECUACION | |||||
1 | Pintura y Acabados | ||||
1.2 | Pintura de Esmalte para Puertas Incluye Marco | m2 | 30,59 | $ 32.013,00 | $ 979.277,67 |
2 | Electricos | ||||
2.1 | Salida eléctrica para interruptor doble. Incluye tubería EMT de 3/4”, cable de cobre 3#12 AWG LSZH, interruptor doble, xxxxxx, xxxxxxxxx y accesorios de instalación y bombillo ahorrador de energia | UND | 3 | $ 112.192,00 | $ 336.576,00 |
2.2 | Salida Electrica Normal 2P+T 120V 20A, Cable de Cobre 3#12 AWG LSZH, Toma Blanca 2P+T 20A, Marquilla y Accesorios de Instalación. | UND | 5 | $ 97.171,00 | $ 485.855,00 |
SALON 2, 3, 4, 5, 6, 7 | |||||
4 | Pintura y Acabados | ||||
4,2 | Pintura de Esmalte para Puertas Incluye Marco | M2 | 252,1 | $ 32.013,00 | $ 8.070.477,30 |
5 | Electricos | ||||
5.1 | Salida eléctrica para interruptor doble. Incluye tubería EMT de 3/4”, cable de cobre 3#12 AWG LSZH, interruptor doble, xxxxxx, xxxxxxxxx y accesorios de instalación y bombillo ahorrador de energia | UND | 6 | $ 112.192,00 | $ 673.152,00 |
5.2 | Salida Electrica Normal 2P+T 120V 20A, Cable de Cobre 3#12 AWG LSZH, Toma Blanca 2P+T 20A, Marquilla y Accesorios de Instalación. | UND | 10 | $ 97.171,00 | $ 971.710,00 |
BAÑOS | |||||
2 | Pintura y acabados | ||||
2,2 | Pintura de Esmalte para Puertas Incluye Marco | M2 | 17,8 | $ 32.013,00 | $ 569.831,40 |
NP | ITEM NO PREVISTOS | ||||
NP-02 | Socalo en pintura de aceite | M2 | 545,1 | $ 32.013,00 | $ 17.450.286,30 |
Cabe resaltar que en los ítems:
1. Pintura de esmalte para puertas incluye marco (salón 1, cocina, cuarto de adecuación, salón 2,3,4,5,6,7 y baños): Se evidenciaron zonas en mal estado, por lo tanto el contratista realizo la subsanación y corrección correspondiente.(se anexa memoria de cantidades).
2. Salida eléctrica para interruptor doble. Incluye tubería EMT de ¾”, cable de cobre 3#12 AWG LSZH, interruptor xxxxx, xxxxxx marquilla y accesorios de instalación y bombillo ahorrador de energía y salida eléctrica normal 2P+T 120V 20 A, marquilla y accesorios de instalación: se evidencio cada uno de los puntos ejecutados en las actividades, el cual se soporta bajo registro fotografico y su correspondiente memoria.
3. Sócalo en pintura de aceite: se evidenciaron zonas en mal estado, por lo tanto el contratista realizo la subsanación y corrección correspondiente ( se anexa memoria de cantidades).
CANTIDADES NO CORROBORADAS Y SIN SOPORTE
De los siguientes ítems no se logra identificar la totalidad de las cantidades relacionadas por lo anterior y conforme a la verificación efectuada la contratista la señora XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXX, representante legal de la UNION TEMPORAL ESCUESLAS GUAMO, como contratista de obra realizara la devolución a la administración municipal de la suma total de las diferencias identificadas de los siguientes ítems:
• INSTITUCIÓN EDUCATIVA TECNICA COMERCIAL CALDAS – SEDE EL SAMAN
Cargue, retiro y transporte de materiales provenientes de excavaciones y demoliciones hasta 10 Km en botadero autorizado.
• INSTITUCIÓN EDUCATIVA TECNICA SORJOSEFA XXX XXXXXXXX – SEDE SAN XXXXXX
Construcción muro perimetral en bloque perimetral H=5 Concreto ciclópeo 60/40 3000 psi
• INSTITUCIÓN EDUCATIVA SORJOSEFA XXX XXXXXXXX – SEDE PRONGAMOSAL DIAMANTE
Regata para instalación de acometida eléctrica
Suministro e instalación de portón en tubo galvanizado de 2” y malla eslabonada con altura de 2m
La copia o impresión de este documento, le da el carácter de “No Controlado” y el SGC no se hace responsable por su consulta o uso.
• INSTITUCIÓN EDUCATIVA TECNICA CAÑADA RODEO –SEDE CAÑADA BAJA
Construcción de dado 0,20*0,20*0,50 en concreto de 3000 psi, para perfil metálico de cubierta
Suministro e instalación de tubo estructural cuadrado 100*100 *2.5mm c 12 *6 m
COMENTARIO A LA RESPUESTA DEL AUDITADO
La entidad auditada con su respuesta aceptó la observación presentada, manifestando que ofició a los responsables para que subsanaran la situación planteada.
La Contraloría Departamental del Tolima, mediante resolución 348 del 15 xx xxxx de 2024 comisionó a la ingeniera XXXX XXXXXX XXXXXX XXXX, durante los días 16 y 17 xx xxxx, con el objeto de verificar las actividades realizadas tendientes a subsanar las diferencias en cantidades y deficiencias encontradas en las obras objeto del contrato 403 del 04 de septiembre de 2023, las cuales se dieron a conocer en el informe preliminar.
Con respecto a las actividades que presentan diferencias en cantidad y que no fueron soportadas en el procedimiento de campo realizado los días 16 y 17 xx xxxx de 2024, la Directora de Infraestructura Vivienda y Servicios Públicos mediante oficio No. 20244010041221, remite soporte de la devolución realizada por la suma de $3.273.913.00.
Por lo anterior, la Contraloría Departamental de Tolima mantiene la observación y configura un hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria, con beneficio de auditoría por valor de CINCUENTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO PESOS CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS ($52.883.278,66 M/CTE)
4. PLAN DE MEJORAMIENTO
Como resultado del proceso auditor y con el fin de programar la fase de seguimiento, el sujeto de control deberá elaborar un Plan de Mejoramiento, que consigne las acciones preventivas o correctivas que a juicio de la administración, permiten subsanar las deficiencias identificadas y que dieron origen a los hallazgos que se comunican en el presente informe. De conformidad con lo previsto en la Resolución 762 de 2022, la entidad cuenta con tres (03) días hábiles improrrogables, contados a partir del día siguiente al recibo de este informe, para remitir el plan de mejoramiento en el formato que para tal efecto se envía adjunto, al correo institucional: xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
La copia o impresión de este documento, le da el carácter de “No Controlado” y el SGC no se hace responsable por su consulta o uso.
De conformidad con lo previsto en la Resolución 040 de enero de 2024 y 339 xx xxxx de 2024, el plan de mejoramiento deberá incluir acciones para todos los hallazgos formulados sin perjuicio de la incidencia que se les haya otorgado.
Así mismo una vez registrado, la entidad deberá presentar los informes de avance de su ejecución, el último día hábil de los meses de febrero y julio de cada año, hasta la total terminación de las acciones programadas.
Cordialmente,
XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX
Contralora Departamental del Tolima
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Directora Técnica de Control Fiscal y Medio Ambiente
La copia o impresión de este documento, le da el carácter de “No Controlado” y el SGC no se hace responsable por su consulta o uso.