DEPARTAMENTO DE ORDENACION TERRITORIAL, OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
BOA Número 52 8 xx xxxx de 1992 1045
111. Otras disposiciones y acuerdos
DEPARTAMENTO DE ORDENACION TERRITORIAL, OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
Provincial del Instiblto del Suelo y la Vivienda xx Xxxxxx acuerda:
1° La resolución del contrato de arrendamiento de fecha 20 de julio de 1987 a favor de xxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxx, y el consiguiente lanzamiento de la vivienda citada.
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RESOLUCION de 28 xx xxxxx de 1992, del Servicio
Provincial de Urbanismo, Arquitectura y Vivienda xx Xxxxxxxx, relativa al expediente administrativo de resolución del contrato número DES. V. P. P. 13/92.
2° Contra esta resolución puede interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero del Departamento de Ordenación Territorial, Obras Públicas y Transportes de la Diputación General de Arag6n en el plazo de 15 días a contar del siguiente a la publicación de la notificación.
Para la admisión de este recurso, será requisito previo la
Visto el expediente administrativo de resolución del contrato número DES. V.P.P.13/92seguidocontradonJesúsMartínez
Xxxx, adjudicatario de la vivienda sita en xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, xxxxxx 00, 0x X xx Xxxxxxxx, este Servicio Provincial del Instituto del Suelo y la Vivienda xx Xxxxxx acuerda:
1° La resolución del contrato de adjudicación de fecha 7 xx xxxxx de 1984 a favor de xxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxx y el consiguiente lanzamiento de la vivienda citada.
consignación de las cantidades adeudadas.
Zaragoza, 28 xx xxxxx de 1992.-El Jefe del Servicio Provin- cial de Urbanismo, Arquitecwra y Xxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx.
DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y XXXXXX
2° Contra esta resolución puede interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero del Departamento de Ordenación Territorial, Obras Públicas y Transportes, de la Diputación General xx Xxxxxx en el plazo de 15 días a contar del siguiente a la publicación de la notificación.
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ORDEN de 27 xx xxxxx de 1992, del Departamento de Agricultura, Ganaderfa y Xxxxxx, sobre pre- vención y extinción de incendios forestales para la campaña 1992-93.
Para la admisión de este recurso, será requisito previo la consignación de las cantidades adeudadas.
Zaragoza, 28 xx xxxxx de 1992.-El Jefe del Servicio Provin- cial de Urbanismo, Arquitectura y Vivienda, Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx.
Los incendios forestales constituyen un grave problema ecológico, social y económico, por la importancia de las pérdidas a que dan lugar, por su grave repercusión en la protección del suelo contra la erosión y en general, por su impacto negativo sobre el patrimonio natural.
Por ello de acuerdo con lo dispuesto por la Ley 81/1968 de 5 de diciembre, sobre incendios forestales, y en su Reglamento
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RESOLUCION de 28 xx xxxxx de 1992, del Servicio Provincial de Urbanismo, Arquitectura y Vivienda xx Xxxxxxxx, relativa al expediente administrativo de resolución del contrato número DES. V. P. P. 15/92.
de 23 de diciembre de 1972 y con objeto de tratar de evitar el inicio de incendios forestales y conseguir su más rápida extinción en caso de producirse, a propuesta de la Dirección General de Conservación del Medio Natural, dispongo:
l.-Epoca de peligro.
Visto el expediente adm inistrativode resolución del contrato número DES. V. P. P. 15/92 seguido contra xxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, adjudicatario de la vivienda sita en xxxxx Xxxxxx, xxxxxx 00, 3° izquierda de Ejea de los Caballeros
-Barrio La Llana (Zaragoza), este Servicio Provincial del Instituto del Suelo y la Vivienda xx Xxxxxx acuerda:
1° La resolución del contrato de adjudicación de fecha 30 xx xxxxx de 1983 a favor de xxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx y el consiguiente lanzamiento de la vivienda citada.
2° Contra esta resolución puede interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero del Departamento de Ordenación Territorial, Obras Públicas y Transportes, de la Diputación General xx Xxxxxx en el plazo de 15 días a contar del siguiente a la publicación de la notificación.
Para la admisión de este recurso, será requisito previo la consignación de las cantidades adeudadas.
Zaragoza, 28 xx xxxxx de 1992.-El Jefe del Servicio Provin- cial de Urbanismo, Arquitectura y Vivienda, Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx.
Se declara época de peligro de incendios forestales:
a) En zonas arboladas naturalmente o repobladas, todo el año.
b) En yermos, pastizales y matorrales, entre ell xx xxxxx y el l de noviembre. Estas fechas podrán modificarse si las circunstancias meteorológicas lo aconsejan.
2.-Ambito de aplicación.
Todas las zonas arboladas, yermas, con pastizales o mato- rrales, además de la franja de quinientos metros de ancho que las rodea y en otra faja de cien metros en las márgenes de las vías de comunicación.
3.-Medidas preventivas.
3.1. Prohibiciones:
a) En el ámbito de aplicación de la presente Orden y durante los meses de julio y agosto queda terminantemente prohibido el uso del fuego para cualquier finalidad.
b) Tirar puntas de cigarro o fósforos sin estar apagados.
e) Utilizar cartuchos xx xxxx con tacos de papel u otros materiales combustibles.
d) Xxxxxxx fuera de los basureros autorizados, basuras o
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RESOLUCION de 28 xx xxxxx de 1992, del Servicio Provincial de Urbanismo, Arquitectura y Vivienda xx Xxxxxxxx, relativa al expediente administrativo de resolución del contrato número V. P. P. 09/92.
residuos que con el tiempo u otras circunstancias, puedan provocar combustión o facilitar ésta, tales como vidrios, botellas, papeles, plásticos y elementos similares.
3.2. Limitaciones:
Durante la época de peligro será precisa autorización en el
Visto el expediente administrativo de resolución del contrato número DES. V. P. P. 09/92 seguido contra xxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxx, arrendatario de la vivienda sita en xxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxx 0, Xxxxxx 0,0x, xx Xxxxxxxx, este Servicio
ámbito de aplicación de esta Orden para:
a) El empleo de fuego para cualquier finalidad, fuera de los lugares sei'lalados para ello, y en los días no incluidos en el apartado 3.1. a) indicado anteriormente.