Contract
El acuerdo de mediación es el contrato por el que las partes solucionan, de manera total o parcial, la controversia someti- da a mediación, evitando así un litigio o poniendo fin al ya iniciado. Es fuente de obliga- ciones, imponiendo a las partes el deber de observar lo pactado y de no plantear la controversia en sede litigiosa.
CLASES DE CONFLICTOS
CARÁCTER
EXTRAJUDICIAL PREVENTIVO
INTRAJUDICIAL CONVIVENCIAL
DE INTERESES DE VALORES
DE IDENTIDADES NORMATIVO
如果
bla, bla
ÁMBITOS
4/2=2 !!!
PROGRAMA DE MEDIACIÓN COMUNITARIA Y CONVIVENCIA DE LA PROVINCIA XX XXXXXXX
MERCANTIL CIVIL COMUNITARIO FAMILIAR
SI DESEA SOLICITAR MEDIACIÓN EN UN CONFLICTO
Conocer con detalle el proyecto, proponer una actividad de convivencia o participar y formar parte de una comunidad virtual de profesionales en materia de mediación:
PROGRAMA DE MEDIACIÓN COMUNITARIA Y CONVIVENCIA DE LA PROVINCIA XX XXXXXXX
Área de Cohesión Social e Igualdad Centros Sociales de Miraflores
Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx x/x 00000 – Xxxxxxx Tfno.: 954553712 xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xx.
O bien diríjase a los Servicios Sociales Comunitarios de su Ayuntamiento menor de 20.000 habitantes.
SERVICIO MUNICIPAL DE MEDIACIÓN
Un modelo de servicio público de mediación y acciones comunitarias de convivencia
PROGRAMA DE MEDIACIÓN COMUNITARIA Y CONVIVENCIA DE LA PROVINCIA XX XXXXXXX
El Área de Cohesión Social e Igualdad de la Diputación xx Xxxxxxx, desde septiembre del año 2013, ha puesto en funcionamiento en la provincia xx Xxxxxxx con la colaboración y participación activa de los Ayuntamientos interesados, un Programa de Mediación Comunitaria y Convivencia que toma como eje de su actuación los Servicios Sociales Comunitarios de la provincia xx Xxxxxxx ya que ellos son los que trabajan más intensamente en programas incluyentes en materia de cohesión y su línea de trabajo contempla múltiples problemas y sus posibles soluciones.
ESTE PROGRAMA TIENE DOS PERSPECTIVAS:
Un Servicio Provincial con seis profesionales que coordinan el programa y trabajan a través de actividades para que se integre y asimile en la provin- cia la cultura de la mediación, del pacto, del acuerdo, en toda la población así como para potenciar el diálogo, aceptando la faceta positiva de los conflictos.
Un Servicio Municipal de Mediación público y gratuito en cada ayunta- miento menor de 20.000 habitantes de la provincia xx Xxxxxxx. Los Servicios Municipales son atendidos por profesionales de plantilla debidamente formados y cualificados. Cada Ayuntamientos entre 10.000 y 20.000 habitantes cuenta con dos profesionales y cada Ayuntamientos menor de 10.000 habitantes con un profesional. Los Servicios Municipa- les además cuentan con el apoyo de un equipo itinerante de profesionales de la propia Diputación xx Xxxxxxx..
La mediación es un proceso voluntario de solución de conflictos que, mediante la intervención de un “tercero” neutral e imparcial, ayuda a dos o más personas a comprender el origen de sus diferencias, a conocer las causas y consecuencias de lo ocurrido, a confrontar sus visiones y a encontrar soluciones para resolver aquéllas.
En el Programa se entienden la mediación y las actividades de conviven- cia y resolución pacífica de conflictos con un concepto amplio e inclusivo y como alternativa previa a otros procesos de carácter familiar, civil, mercantil, penal, o de servicios de inclusión social considerando y formando en su caso a la ciudadanía para que afronte con sus propios medios y recursos la solución a parte de su problemas.
El Programa de Mediación se rige por lo establecido por la ley 1/2009, de 27 de febrero, reguladora de la Mediación Familiar en la Comunidad Autónoma de Andalucía por la Ley 5/2012 de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles del Estado Español y sus posteriores desarrollos reglamentarios.
La mediación constituye una vía de resolución de conflictos. Es una fórmula válida y aceptada en nuestro Estado de Derecho. A diferencia de un Juez, o un árbitro cuyas decisiones obligan a las partes, e implican que
La Mediación es una forma flexible de resolución de conflictos, que permi- te a las partes en disputa una solución previa a lo que hubiera constituido un litigio. La Mediación ofrece a las partes una oportunidad de ganar una mayor comprensión de su conflicto, y limitar el coste (tanto en tiempo como en dinero) que implica un procedimiento legal.
El mediador asiste a los mediados para crear y evaluar opciones a fin de resolver el conflicto. Cuando las partes alcanzan un acuerdo, los extremos de éste son revisados, reflejados por escrito, y firmados por todas las partes. Como tal, un acuerdo es legalmente vinculante, y por ello, explica a las partes su grado de compromiso con el acuerdo alcanzado.
El acuerdo de mediación es el contrato por el que las partes solucionan, de manera total o parcial, la controversia sometida a mediación, evitando así un litigio o poniendo fin al ya iniciado. Es fuente de obligaciones, impo- niendo a las partes el deber de observar lo pactado y de no plantear la controversia en sede litigiosa.
una parte gana y la otra pierde, la mediación busca obtener una solución
válida y legal para ambas partes.
SERVICIO MUNICIPAL DE MEDIACIÓN