GOBIERNO DE ESPAÑA MINISTERIO DE EMPLEO
Servicio Público de Empleo Estatal
Bonificaciones / reducciones a la contratación laboral
2FWXEUH 2017
GOBIERNO DE ESPAÑA
MINISTERIO DE EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL
SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL
BONIFICACIONESlREDUCCIONES A LA CONTRATACIÓN DE CÁRACTER GENERAL PARA JÓVENES LEY 11l2013
TIPO DE CONTRATO | COLECTIVO | CUANTÍA | DURACIÓN | VIGENCIA DE LA MEDIDA | NORMATIVA |
Contratación a tiempo parcial con vinculación formativa. INDFINIDOlDURACIÓN DETERMINADA | Menores de 30 años, inscritos en la Oficina de Empleo. .(1) | Reducción del 100% de la cuota empresarial por contingencias comunes en empresas de plantilla inferior a 250 trabajadores. 75% en empresas de igual o superior plantilla. | ➢ Máximo 12 meses, prorrogables por 12 meses más. | ➢ Hasta que la tasa de desempleo se situe por debajo del 15%. | ➢ Ley 11//2013. ( Art.9 ) |
Contratación de un joven por microempresas y empresarios autónomos INDEFINIDO | Menores de 30 años, inscritos en la Oficina de Empleo. . | Reducción del 100% de la cuota empresarial por contingencias comunes | ➢ 12 meses | ➢ Hasta que la tasa de desempleo se situe por debajo del 15%. | ➢ Ley 11//2013. ( Art 10) |
Contratación en nuevos proyectos de emprendimiento INDEFINIDO | Mayor de 45 años. .(2) | Reducción del 100% de la cuota empresarial a la Seguridad Social. | ➢ 12 meses | ➢ Hasta que la tasa de desempleo se situe por debajo del 15%. | ➢ Ley 11/2013. ( Art 11 ) |
Conversión en primer empleo joven | Menores de 30 años, inscritos en la Oficina de Empleo. . | A su transformación, finalizada su duración mínima de 3 meses : Hombres : 500 euros/año. Mujeres : 700 euros/año | ➢ 3 años | ➢ Hasta que la tasa de desempleo se situe por debajo del 15%. | ➢ Ley 11/2013. ( Art.12 ) |
indefinido del contrato
joven.
1 Ademas debe cumplir alguno de los requisitos establecidos en el art. 9. de la Ley 11/2013.
2 Ademas debe cumplir alguno de los requisitos establecidos en el art. 11. de la Ley 11/2013.
BONIFICACIONES/REDUCCIONES A LA CONTRATACIÓN DE CÁRACTER GENERAL PARA JÓVENES LEY 11/2013
TIPO DE CONTRATO | COLECTIVO | CUANTÍA | DURACIÓN | VIGENCIA DE LA MEDIDA | NORMATIVA |
Contrato en prácticas | Menores de 30 años o menores de 35 años discapacitados, independientemente del periodo transcurrido desde la finalización de sus estudios, inscritos en la Oficina de Empleo. | Reducción del 50% de la cuota empresarial por contingencias comunes. | Durante toda la vigencia del contrato | Hasta que la tasa de desempleo se situe por debajo del 15%.. | Ley 11/2013. ( Art.13 ) |
Contrato en prácticas | Menores de 30 años o menores de 35 años discapacitados, que r ealicen prácticas no laborales, acogidos al R.D.1543/2011.Inscritos en la Oficina de Empleo | Reducción del 75 % de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes | Durante toda la vigencia del contrato | Hasta que la tasa de desempleo se situe por debajo del 15%. | Ley 11/2013. ( Art.13) |
Empresas de inserción TEMPORAL/ INDEFINIDO | Menores de 30 años o menores de 35 años discapacitados en situación de exclusión social.. . - Mayores de 30 años | 850 euros/ año. | Durante toda la vigencia del contrato o durante 3 años en contratación indefinida | Indefinida | Ley 5/2011. ( Art 9 ) |
Cooperativas (3) laborales | -Menores de 30 años o m enores de 35 años discapacitados, inscritos e n la Oficina de Empleo, que se incorporen c omo s ocios t rabajadores o de trabajo.(3) . -- -Mayores de 30 años | 1ºaño :1650 euros/año , 2º y 3 año: 800 euros/año 800 euros/año | 3 años | Indefinida . | Ley 5/2011. ( Art.9 ) |
o Sociedades
3 En el caso de cooperativas, estas han tenido que optar por un Régimen de Seguridad Social propio de trabajadores por cuenta ajena. Art. 9 de la Ley 5/2011
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BONIFICACIONESlREDUCCIONES A LA CONTRATACIÓN DE CÁRACTER GENERAL PARA JÓVENES LEY 11l2013
TIPO DE CONTRATO | COLECTIVO | CUANTÍA | DURACIÓN | VIGENCIA DE LA MEDIDA | NORMATIVA |
Indefinido de trabajadores procedentes de una ETT con contrato de primer empleo jóven | Trabajadores que hubieran estado contratados por una ETT con contrato eventual, ”primer empleo joven” y puestos a disposición de una empresa usuaria que procede a su contratación como indefinido. | Bonificación de las cuotas empresariales a la Seguridad Social: Hombres 500 euros/año Mujeres 700 euros/ año | ➢ Durante 3 años. | ➢ Hasta que la tasa de desempleo se situe por debajo del 15%. | ➢ Ley 11/2013.(Art 12.4) |
Indefinido para trabajadores procedentes de una ETT con contrato para la formación y el aprendizaje | Trabajadores que hubieran estado contratados por una ETT para la formación y el aprendizaje y puestos a disposición de una empresa usuaria que procede a su contratación como indefinido. | Reducción de la cuota empresarial a la Seguridad Social: Hombres : 1500 euros/año Mujeres : 1800 euros/año | ➢ Durante 3 años. | ➢ Indefinida. | ➢ Disposición Final 4ª de la Ley 11/2013 |
Indefinido para procedentes de una prácticas | Trabajadores que hubieran estado contratados por una ETT con con- trato en prácticas y puestos a disposición de una empresa usuaria que procede a su contratación como indefinido | Bonificación de la cuota empresarial a la Seguridad Social. Hombres : 500 euros/año Mujeres : 700 euros/año | ➢ Durante 3 años. | ➢ Indefinida. | ➢ Ley 3/2012. Aptdo 2. Art 7. . ( Modificado por R.D. Ley 16/2013 ) |
trabajadores
ETT con contrato en
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BONIFICACIONES/REDUCCIONES A LA CONTRATACIÓN DE CARÁCTER GENERAL
TIPO CONTRATO | COLECTIVOS | CUANTÍA ANUAL (EUROS) | DURACIÓN | VIGENCIA DE LA MEDIDA | NORMATIVA | |
Para empresas de menos de 50 trabajadores | Mayores de 45 años desempleados inscritos en la oficina de empleo | Desempleados/as | 1.300 | 3 años | Hasta que la tasa de desempleo se situe por debajo del 15% | Ley 3/2012 ( Art.4 ) |
Mujeres subrepresentadas(4) | 1.500 | |||||
Jóvenes de 16 y 30 años, ambos inclusive ,desempleados inscritos en la Oficina de Empleo | Desempleados/as | 0.xx año, 1.000; 2.º, 1.100 y 3.º, 1.200 | ||||
Mujeres subrepresentadas | Las anteriores cuantías se incrementarán en 100 euros | |||||
Para empresas menores de 50 trabajadoresen centros de trabajo ubicados en la C.A. de Canarias. | Mayores de 45 años desempleado Inscritos en la Oficina de Empleo. | Desempleados/as | Cuantía 90%. | 3 años | Hasta que la tasa de desempleo se situe por debajo del 15%. | Ley 3/2012. ( Art4.5 bis ) |
Mujeres subrepresentadas | Cuantía 100% | |||||
Jóvenes de 16 y 30 años ambos Inclusive desempleados inscritos En la Oficina de Empleo. | Desempleados/as | 1º año 90%, 2º años 70%, 3º año 0% | ||||
Mujeres subrepresentadas | 1º año 100%, 2º año 80%, 3º año 0%. | |||||
Indefinido | tVíctimas de violencia de género | 1500 | 4 años | Indefinida | Ley 43/2006 ( Art.2 ) | |
Víctimas de trata de seres humanos. | 1500 | 2 años |
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4 Mujeres en ocupaciones en los que este colectivo esté menos representado.
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TIPO CONTRATO | COLECTIVOS | CUANTÍA ANUAL (EUROS) | DURACIÓN | VIGENCIA DE LA MEDIDA | NORMATIVA | ||
Víctimas del terrorismo ( art 34 Ley 29/2011) | 1.500 | 4 años | Ley 43/2006 ( Art. 2 ) | ||||
Víctimas de violencia doméstica | 850 | 4 años | |||||
Trabajadores en situación de exclusión social | 600 | 4 años | |||||
Personas con discapacidad | Menores de 45 años | En general | 4.500 | Vigencia del contrato | Indefinida | ||
Discapacidad severa (5) | 5.100 | ||||||
Mujeres | En general | 5.350 | |||||
Discapacidad severa | 5.950 | ||||||
Mayores de 45 años | En general | 5.700 | |||||
Discapacidad severa | 6300 |
5 Discapacidad severa: Personas con parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual igual o superior al 33 % y discapacidad física o sensorial igual o superior al 65 %.
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TIPO CONTRATO | COLECTIVOS | CUANTÍA ANUAL (EUROS) | DURACIÓN | VIGENCIA DE LA MEDIDA | NORMATIVA | |
Indefinido | Contratación de un trabajador con discapacidad por un C.E.E. (6) (Relación de carácter especial ). | 100% cuotas empresariales por todos los conceptos. | Vigencia del contrato. | Indefinida | Ley 43/2006 | |
Trabajadores desempleados mayores de 52 años beneficiarios de lso subsidios del Art. 274 LGSS, a tiempo completo y de forma indefinida. (7) | Bonificación que corresponde según el vigente PFE (8) | Según la normativa aplicable del PFE. | Según la normativa aplicable del PFE | Ley 45/2002 ( D.T. 5ª ) Ley 43/2006 | ||
Conversiones en indefinido | Conversión de contratos en prácticas a la finalización de su duración inicial o prorrogada, de relevo y sustitución por jubilación (9) en empresas de menos de 50 trabajadores | Hombres | 500 | 3 años | Indefinida | Ley 3/2012 |
Mujeres | 700 |
6 Centro Especial de Empleo.
7.Estos trabajadores , que se acogen voluntariamente a este programa, pueden compatibilizar los subsidios por desempleo con el trabajo por cuenta ajena en aplicación de lo previsto en el párrafo primero del apartado 4 del Art 228. Del Texto Refundido de la ley de la Seguridad Social.
8 PFE. Programa de Fomento de Empleo ( dependiendo del colectivo, Ley 43/2006 x Xxx 3/2012.
9 Medida de fomento de empleo derogada desde el 1-1-2013, excepto para las situaciones contempladas en la disposición Final 12.2 de la Ley 27/2012, de 1 xx Xxxxxx.
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TIPO CONTRATO | COLECTIVOS | CUANTÍA ANUAL (EUROS) | DURACIÓN | VIGENCIA DE LA MEDIDA | NORMATIVA | ||
Personas con discapacidad | • Conversión de contratos temporales de fomento del empleo, así como de contratos en prácticas y para la formación y el aprendizaje en las empresas ordinarias • Conversión de todos los contratos temporales en CEE | • Mismo régimen que las contrataciones indefinidas iniciales (empresas ordinarias) • 100 % de las cuotas empresariales a la S. S. por todos los conceptos y cuotas de recaudación en conjunto (CEE) | Ley 43/2006 ( Art.2 ) | ||||
Conversión de contratos para la formación y el aprendizaje y cualquiera que sea la fecha de su celebración. | Hombres | Reducción 1.500* | 3 años | Indefinidos | Ley 3/2012 ( Art. 2) X.X.Xxx 6/2016 | ||
Mujeres | Reducción 1.800 * | ||||||
Conversiones de contratos temporales en indefinidos, celebrados con víctimas del terrorismo, violencia de género, doméstica y personas en situación de exclusión social | 1.500 , Víctimas de violencia de género y terrorismo 850, Víctimas violencia doméstica. 650, Situación de exclusión social | 4 años | Indefinidos | Disposición Final 14 Ley 3/2012 |
* Esta reducción cuando se trate de trabajadores inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil el incentivo será “ Bonificación” a partir del 1 de enero de 2017..
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TIPO CONTRATO | COLECTIVOS | CUANTÍA | DURACIÓN | VIGENCIA DE LA MEDIDA | NORMATIVA | ||||
Contratación temporal | Personas con discapacidad | Contratos formativos | En prácticas y para el contrato para la Formación y el Aprendizaje (si no se ha optado por la reducción de la (Ley 3/2012) (10) | Reducción 50% cuota empresarial por contingencias comunes | Toda la vigencia del contrato | Indefinido | ET (DA 20ª) R.D. Legislativo 2/2015 | ||
Para la Formación y el Aprendizaje (11) | Reducción del 75 % o del 100 % de las cuotas del empresario (12) | Toda la vigencia del contrato | Indefinida | ➢ Ley 3/2012 ( Art.3) | |||||
Contratos de interinidad con desempleados con discapacidad para sustituir a trabajadores con discapacidad en situación de incapacidad temporal | 100 % todas las aportaciones | Toda la vigencia del contrato | Indefinida | ➢ Ley 45/2002 (DA 9ª) | |||||
Contratación de un trabajador con discapacidad por un C.E.E. ( relación de carácter especial) | 100% todas las aportaciones | Toda la vigencia del contrato | Indefinida | ➢ Ley 43/2006 | |||||
Contrato temporal fomento del empleo | En general | Varones | Menores 45 años | 3.500 | Toda la vigencia del contrato | Indefinida | ➢ Ley 43/2006 D. Adicional 1ª | ||
Mayores 45 años | 4.100 | ||||||||
Mujeres | Menores 45 | 4.100 | |||||||
Mayores 45 | 4.700 | ||||||||
Discapacidad severa | Varones | Menores 45 | 4.100 | ||||||
Mayores 45 | 4.700 | ||||||||
Mujeres | Menores 45 | 4.700 | |||||||
Mayores 45 | 5.300 | ||||||||
Víctima violencia de género o doméstica | 600 | ||||||||
Trabajadores en situación de exclusión social | 500 | ||||||||
Contratación víctimas del terrorismo según artículo 34 Ley 29/2011 | 600 | Indefinida | ➢ Ley 43/2006 D. F. 14ª Ley 3/2012 | ||||||
Victimas de trata de seres humanos | 600 | Indefinida | ➢ Ley 43/2006 | ||||||
Contrato la Formación y el Aprendizaje | Jóvenes desempleados inscritos en la O. E., contratados para la formación y el aprendizaje | Reducción del 75 % o del 100 % de las cuotas del empresario | Toda la vigencia del contrato | Indefinida | ➢ Ley 3/2012 ( Art.3) |
temporal para
10 Supuesto de no cumplir los requisitos de la Ley 3/2012, en el caso del contrato para la formación y el aprendizaje.
11 En el supuesto de trabajadores discapacitados, no se aplica el límite de edad.
12 Dependiendo que la plantilla sea inferior a 250 personas (100 %) o igual o superior (75 %).
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BONIFICACIONES/REDUCIONES A LA CONTRATACIÓN DIRIGIDAS A ÁMBITOS ESPECÍFICOS
ÁMBITO MEDIDA | TIPO CONTRATO | COLECTIVOS | CUANTÍA | DURACIÓN | NORMATIVA |
Áreas geográficas | Indefinido/ temporal | Trabajadores en Ceuta y Melilla en los sectores que recoge la modificación del apartado 2 de la D. A. vigésimotercera del R. D. Legislativo 8/2015 . | 50 % de la Base de cotización por contingencias comunes. | Indefinida | D. A. vigésimotercera tercera del R. D. legislativo 8/2015 |
Indefinido/ temporal | Tripulantes de buques inscritos en el Registro Especial de Buques y Empresas Navieras de Canarias y tripulantes de buques adscritos a los servicios regulares entre las Islas Canarias y entre éstas y el resto del territorio nacional | Reducción del 90% en la cuota empresarial a la Seguridad Social por todos los conceptos incluidos en la cotización | Toda la vigencia del contrato | Ley 19/1994 | |
Otros colectivos | Indefinido/ temporal | Penados en instituciones penitenciarias y menores en centros de internamiento | Contingencias profesionales y conceptos de recaudación conjunta :65 % cuotas Contingencias comunes: cuantía que proceda para personas en situación de exclusión social | Vigencia del contrato | D.A. vigésimotercera del R.D.legislativo 8/2015 |
Indefinido/ temporal | Personas que presten servicios en el hogar familiar, y queden incorporadas al sistema especial de seguridad social a partir de 1/1/201213. En el caso de familias numerosas de categoría general, los dos ascendientes –o el ascendiente en el caso de familias monoparentales– deben trabajar fuera de casa) | Reducción del 20% cuota del empleador | Durante 2016 Vigencia del contrato | D. T. Única de la Ley 27/2011 R.D. 1.620/2011, Ley 40/2003 (art.9) Disposición Adicional 87. Ley 48/2015 | |
45 % cuota del empleador | |||||
Empresas inserción | Temporal/ Indefinido | Personas en situación de exclusión social desempleadas incluidas en determinados colectivos contratadas en empresas de inserción. | 850 euros/año | Temp.: vigencia contrato Indefinida: 3 años | Artículo16.3.x Xxx 44/2007 |
En supuesto de manera de 30 años | 1650/euros/año | Temp.: vigencia contrato Indefinida: 3 años | Ley 11/2013 |
13 Siempre que la obligación de xxxxxxx se haya iniciado el 1/1/2012.
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BONIFICACIONESlREDUCCIONES PARA EL MANTENIMIENTO DE EMPLEO
OBJETO | COLECTIVO | CUANTÍA | DURACIÓN Y OBSERVACIONES | NORMATIVA |
Mantenimiento –empleo trabajadores mayores | Mayor de 65 años con 38 años y 6 meses de cotización efectiva a la Seguridad Social y contrato indefinido (nuevo o vigente) o tener 67 años y 37 de cotización | Reducción 100 % cuota empresarial por contingencias comunes, salvo la incapacidad temporal | ➢ Duración de la exención: indefinida ➢ Si el trabajador no tiene la antigüedad necesaria al cumplir la edad, la exención se aplica desde el cumplimiento del requisito ➢ Se financia por la Seguridad Social | ➢ Ley General de la S. Social 8/2015 (art. 152) ➢ Ley 27/2011 |
Conciliación de la vida personal, | Contratos interinidad que se celebren con personas desempleadas para sustituir a trabajadores durante los períodos de descanso por maternidad, adopción, acogimiento, paternidad o riesgo durante el embarazo o la lactancia | 100 % cuota empresarial del interino (inc. contingencias prof. y recaudación conjunta) 100 % cuota trabajador en situación de maternidad (incl. contingencias prof. y recaudación conjunta) | ➢ Duración: Mientras dure la sustitución | ➢ RDL 11/1998 ➢ Ley 12/2001 (DA 2ª) |
laboral y familiar
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BONIFICACIONESlREDUCCIONES PARA EL MANTENIMIENTO DE EMPLEO
Conciliación de la vida (cont.) | Contratos de interinidad con beneficiarios de prestaciones por desempleo para sustituir a trabajadores en situación de excedencia por cuidado de familiares | Reducción del 95, 60 y 50 por ciento de la cuota por contingencias comunes durante el primer, segundo y tercer año respectivamente de excedencia | ➢ Duración: Mientras dure la excedencia | ➢ D.A. 21ª E.T |
Contratos de interinidad para sustituir a trabajadoras víctimas de violencia de género que hayan suspendido su contrato ejercitando su derecho a la movilidad geográfica o cambio de centro de trabajo | 100 % de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes | ➢ Duración: mientras dure la sustitución ➢ 6 meses en el caso de movilidad geográfica o cambio de centro de trabajo | ➢ Ley Orgánica 1/2004 | |
Empleo selectivo | Trabajadores que hubieran cesado en la empresa por habérseles reconocido una incapacidad permanente total o absoluta y después de haber recibido prestaciones de recuperación profesional hubieran recobrado su plena capacidad laboral o continúen afetados por una incapacidad parcial y se reincorporen a la empresa | Reducción 50 % de la cuota patronal de la Seguridad Social correspondiente a contingencias comunes | ➢ Duración: 2 años | ➢ RD 1451/1983 (art. 2) |
Prolongación período de | Trabajadores con contratos fijos discontinuos en actividades encuadradas en los sectores de turismo, asi como las de comercio y hostelería,siempre que se encuentren vinculados a dicho sector del turismo y que generen actividad productiva en los meses de febrero, marzo y noviembre de cada año. | Bonificación 50% contingencias comunes desempleo, Fogasa y formación profesional durante los meses de febrero, marzo y noviembre de cada año | ,➢ Meses de febrero, marzo y noviembre de cada año hasta el 31/ 12 / 2016 | ➢ D.A. 111ª Ley 3/2017 |
personal, laboral y familiar
actividad fijos discontinuos
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BONIFICACIONES/REDUCCIONES AL TRABAJO AUTÓNOMO
OBJETO | COLECTIVO | CUANTÍA | DURACIÓN Y OBSERVACIONES | NORMATIVA | |
Bonificaciones y reducciones al trabajo autónomo con carácter general | CON BASE MÍNIMA DE COTIZACIÓN | Trabajadores/as por cuenta propia que causen alta inicial o no hubieran estado en alta en los 5 años inmediatamente anteriores, que opten por cotizar la base mínima. Con posterioridad al periodo inicial de 6 meses previstos, podrán aplicarse sobre la cuota de contingencias comunes, incluida la incapacidad temporal.. | Reducción de 50 euros/mes de la cuota por contingencias comunes incluidas en la incapacidad temporal. a) Xxxxxxxxx equivalente al 50% durante 6 meses. b) Xxxxxxxxx equivalente al 30% durante 3 meses siguientes al periodo a). c) Bonificación equivalente al 30% durante tres meses siguientes al periodo b). | 6 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta. Máximo hasta 12 meses hasta completar un máximo de 18 meses tras la fecha de efectos del alta. | Ley 20/2007. ( Art. 31. )* R.D. Ley 6/2016. |
CON BASE SUPERIOR DE COTIZACIÓN | Trabajadores por cuenta propia que causen alta inicial o no hubieran estado de alta en los 5 años inmediatamente anteriores que opten por cotizar por una base de cotización superior a la base mínima. Con posterioridad al periodo inicial de los 6 meses previstos, podrán aplicarse sobre la cuota de contingencias comunes, incluida la incapacidad temporal. | Reducción equivalente al 80% sobre la cuota por contingencias comunes incluidas en la incapacidad temporal. a) Xxxxxxxxx equivalente al 50% durante 6 meses. b) Xxxxxxxxx equivalente al 30% durante 3 meses siguientes al periodo a) c) Bonificación equivalente al 30% durante tres meses siguientes al periodo b) | 6 meses inmediatamente siguientes a la fecha a efectos del alta. Máximo de hasta 12 meses hasta completar un máximo de 18 meses tras la fecha de efectos del alta. | Ley 20/2007. ( Art. 31) * R.D. Ley 6/2016. |
* Los incentivos establecidos en el Art. 31 de la Ley 20/2007, cuando se trate de trabajadores autónomos inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil el incentivo será “ Bonificación” a partir del 1 de enero de 2017..
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BONIFICACIONES/REDUCCIONES AL TRABAJO AUTONOMO | |||||
OBJETO | COLECTIVO | CUANTIA | DURACION Y OBSERVACIONES | NORMATIVA | |
Bonificaciones y reducciones al trabajo Autónomo | MENORES DE 30 AÑOS 0 MUJERES AÑOS | Trabajadores/as por cuenta propia menores de 30 años o menores de 35, en el caso de mujeres que causen alta inicial o no hubieran estado en alta en los 5 años inmediatamente anteriores. (14) | Bonificación adicional a la finalización de las previstas con carácter general del 30% sobre la cuota de contingencias comunes. | 12 meses siguientes a la finalización del periodo de bonificación previsto con carácter general . | ➢ Ley 20/2007 ( Art. 31) * ➢ R.D. Ley 6 / 2016 |
DISCAPACITADOS, VICTIMAS DE VIOLENCIA DE GENERO Y VICTIMAS DE | Trabajadores/as con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, víctimas de violencia de género y las victimas de terrorismo que causen alta inicial o no hubieran estado en alta en los últimos 5 años inmediatamente anteriores, que opten por cotizar sobre la base mínima (14) Con posterioridad a los 12 meses iniciales, podrán aplicarse sobre la cuota de contingencias comunes, incluida la incapacidad temporal.(14) Trabajadores/as con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, víctimas de violencia de género y las victimas de terrorismo que causen alta inicial o no hubieran estado en alta en los últimos 5 años inmediatamente anteriores que opten por una base de cotización superior a la mínima(14) Con posterioridad a los 12 meses previstos podrán aplicarse sobre la cuota de contingencias comunes, incluida la incapacidad temporal, una bonificación.(14) | Reducciones a 50 euros mensuales por contingencia comunes incluida la incapacidad temporal. Bonificación equivalente al 50% de la cuota por contingencias comunes incluida la incapacidad temporal. Reducción equivalente al 80% de la cuota por contingencias comunes incluida la incapacidad temporal. Bonificación equivalente al 50% de la cuota por contingencias comunes incluida la incapacidad temporal. | Durante los 12 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta 48 meses, hasta completar un periodo máximo de 5 años desde la fecha e alta. Durante los 12 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta 48 meses, hasta completar un periodo máximo de 5 años desde la fecha e alta. | ➢ Ley 20/2007 ( Art. 32) ➢ Ley 20/2007/( Art. 32) |
TERRORISMO
MENORES DE 35
.* Los incentivos establecidos en el Art. 31 de la Ley 20/2007, cuando se trate de trabajadores autónomos inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil el incentivo será “ Bonificación” a partir del 1 de enero de 2017..
14 También será de aplicación a los socios trabajadores de Cooperativas de trabajo Asociado que estén encuadradas en el Régimen Especial de la S. Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos
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BONIFICACIONES/REDUCCIONES AL TRABAJO AUTONOMO | |||||
OBJETO | COLECTIVO | CUANTIA | DURACION Y OBSERVACIONES | NORMATIVA | |
Bonificaciones y reducciones al trabajo Autónomo | INTERINIDAD | Trabajadores autónomos que cesen la actividad por encontrarse en período de descanso por maternidad, paternidad, adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo durante la lactancia natural y que sean sustituidos por desempleados con contrato de interinidad bonificado. | 100 % de la cuota que resulte de aplicar sobre la base mínima o fija que corresponda al tipo de cotización establecido como obligatorio durante la sustitución | Sustitución | ➢ D. A. 2.ª de la Ley12/2001, modificado por la D. A. 16.ª de la Ley Orgánica 3/2007 ➢ Ley 20/2007 ( Art 38) |
FAMILIARES | . Nuevas altas de familiares colaboradores de trabajadores autónomos. en el Régimen Especial de Trabajo por cuenta propia que corresponda.(15) | 50% de la cuota que resulte de aplicar sobre la base mínima del tipo correspondiente de cotización vigente en cada momento. 25% de la cuota que resulte de aplicar sobre la base mínima del tipo correspondiente de cotización vigente en cada momento | 18 meses 6 meses | ➢ Ley 20/2007 ( Art 35) | |
CEUTA Y MELILLA | Trabajadores autónomos en Ceuta y Melilla en los sectores que recoge la modificación del apartado 2 de la D.A. trigésima del R.D. Legislativo 1/1994 y la D.A. primera de la Ley 3/2011, de 4 de Octubre. | 50% de la Base de cotización por contingencias comunes | Indefinida | ➢ Ley 20 / 2007 ( Art 36) |
f5. Cónyuge, pareja de hecho y familiares de trabajadores autónomos por consanguineidad o afinidad hasta el 2.º grado inclusive y, en su caso, por adopción.
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BONIFICACIONESlREDUCCIONES AL TRABAJO AUTONOMO
OBJETO | COLECTIVO | CUANTÍA | DURACIÓN Y OBSERVACIONES NORMATIVA | |
Bonificaciones y reducciones al trabajo autónomo a la contratación. | Trabajadores/as autónomos que permanezcan de alta en el RETA, y contraten a un trabajador/a, a tiempo completo o parcial, en los supuestos de : a) Por cuidado de menores de 7 años. b) Por tener a su cargo un familiar, por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado, en situación de dependencia. c) Por tener a su cargo un familiar, por consan- guineidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, con paralisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual con un gra- do de discapacidad reconocido igual o superior al 33% o una discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%, cuando dicha discapacidad esté debidamente acreditada, siempre que dicho familiar no desempeñe una actividad retribuida. | 100% de la cuota (16) por contingencias comunes que resulte de aplicar a la base media que tuviera el trabajador/a, en los 12 meses anteriores a la fecha de acogerse a estas medidas, el tipo de cotización mínimo vigente. (17) | ➢ Hasta 12 meses.. ➢ Mínimo duración del contrato 3 meses. | . ➢ Ley 25/2015 de 28 de julio . Art. 9. |
Por conciliación de la vida personal y familiar vinculada
16. Si la contratación es a tiempo parcial, la bonificación prevista será del 50%.
17 . En el caso de que el trabajador/a lleve menos de 12 meses de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social 500euros de trabajador/a por cuenta propia.
.
15
Para más información:
Servicio Público de Empleo Estatal
xxx.xxxx.xx 901 11 99 99
NIPO: 274-17-001-3
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