CORTE DEL DISTRITO DE LOS ESTADOS UNIDOS DISTRITO CENTRAL DE CALIFORNIA
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XXXXXXX XXXXXXXXX, en nombre de sí misma y de todos los demás situados de manera similar, Demandante, vs. THE UNIVERSITY OF LA XXXXX, Xxxxxxxxx | Xxxx No. 2:20-cv-07665-MCS-RAO AVISO DEL ACUERDO DE LA DEMANDA COLECTIVA |
PARA: Todos los estudiantes universitarios tradicionales (“traditional undergraduate students”) de la Universidad de La Xxxxx, excluyendo a los estudiantes del Programa Acelerado de Campus para Adultos, que pagaron la matrícula y/o las Tasas Obligatorias en el campus principal/central de La Xxxxx durante el trimestre/semestre xx Xxxxxxxxx del 2020.
FECHA: 18 de enero del 2023
POR FAVOR XXX ESTE AVISO CUIDADOSAMENTE
Este Aviso se relaciona a un acuerdo propuesto de este litigio de demanda colectiva. Ha sido autorizado por la Corte del Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Centra de California. Contiene información importante en cuanto a su derecho a participar en el acuerdo o elegir no ser incluido en la clase. Las siguientes páginas explican sus opciones, sus derechos, y las preguntas o asunto comunes que los Miembros de la Clase preguntan sobre los acuerdos de demanda colectiva.
INTRODUCCIÓN
Xxxxxxx Xxxxxxxxx (“Demandante”), una estudiante del campus principal/central de la Universidad de La Xxxxx (“La Xxxxx” o “Demandado”) durante el semestre xx Xxxxxxxxx 2020, inició esta demanda alegando incumplimiento de contrato y reclamos de cuasi contrato derivados de la transición de La Xxxxx a aprendizaje y servicios remotos durante el semestre xx Xxxxxxxxx 2020 como resultado de la Pandemia de Covid-19. La Corte encargada de este caso es la Corte de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Central de California. La demanda se conoce como Xxxxxxxxx v. University of La Xxxxx (la “Demanda”). Xxxxxxx Xxxxxxxxx es la Demandante Nombrada, y La Xxxxx es el Demandado (en conjunto, las “Partes”). La Demandante alega en la Demanda que, entre otras cosas, La Xxxxx no cumplió con los términos del contrato acordado con la Demandante y las personas en una situación similar cuando La Xxxxx dejó de proporcionar servicios educativos en persona y en el campus, así como el acceso a ciertos servicios e instalaciones del campus el 00 xx xxxxx xxx 0000 x xxxxxxxxx de esa fecha, al comienzo de la Pandemia Covid-19. La Demandante solicitó el reembolso proporcional de la matrícula y las cuotas para ella y los miembros de la Clase por el tiempo respectivo en que La Xxxxx cambió el aprendizaje y los servicios a distancia durante el semestre xx Xxxxxxxxx 2020.
La Xxxxx ha defendido y ha rechazado enérgicamente los reclamos de la Demanda. La Xxxxx ha afirmado numerosas defensas y niega toda responsabilidad y mala conducta. Las Partes han decidido llegar a un acuerdo en la Demanda para evitar los gastos, inconveniencias y distracciones del litigio y el juicio. La Corte no ha decidido quién tiene la razón o quién está equivocado.
Las Partes han acordado llegar a un acuerdo sobre la Demanda, sujeto a la aprobación de la Corte, mediante la firma de una Resolución del Acuerdo y la Liberación (referido en este documento como el “Acuerdo”). El valor total del Acuerdo, incluyendo todos los beneficios monetarios y no monetarios, es de aproximadamente Ocho Millones Ochocientos Noventa y Cinco Mil Setecientos Cincuenta y Nueve Dólares ($8,895,759.00). Como parte del Acuerdo, La Xxxxx ha acordado pagar Dos Millones de Dólares ($2,000,000.00) para crear un fondo del acuerdo que proporcionará compensación a los Miembros de la Clase del Acuerdo, pagará los costos de aviso y administración, proporcionará cualquier adjudicación de servicio aprobada a la Demandante, y compensará a los abogados por cualquiera de los honorarios, costos y gastos aprobados (“Nuevo Fondo del Acuerdo en Efectivo”), y también proporcionará a los Miembros de la Clase del Acuerdo los Beneficios No Monetarios descritos a continuación. Además, como resultado de esta demanda, La Xxxxx distribuyó previamente el Beneficio de Ayuda Financiera Incrementada (descrito más detalladamente a continuación) de aproximadamente Seis Millones Trescientos Cuarenta y Ocho Mil Ochocientos Cuarenta y Siete Dólares ($6,348,847.00) que se concedió a Estudiantes Universitarios Tradicionales a partir del
otoño del año académico 2020-2021, incluyendo a los Miembros de la Clase del Acuerdo. Las Partes han llegado a este Acuerdo a través de negociaciones y sesiones de mediación y luego lo han presentado a la Corte. Como se determinó a través de ese proceso, usted tiene derecho a participar, y sus derechos legales pueden ser afectados. Estos derechos y opciones se resumen a continuación y se explican detalladamente a lo largo de este Aviso.
SUS DERECHOS Y OPCIONES LEGALES EN ESTE ACUERDO:
PARTICIPAR | Como se describe con más detalle a continuación, para participar en el acuerdo no es necesario que haga nada. Usted recibirá un cheque después de la aprobación del Acuerdo por la Corte en su última dirección postal conocida. Sin embargo, si desea recibir su pago de forma electrónica, o si desea proporcionar información de contacto actualizada, usted debe llenar por completo, firmar y devolver la Forma de Elección al Administrador de Reclamos del Acuerdo antes del 17 de febrero del 2023 - o utilizar el sitio web que se ha establecido para este caso xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx. |
EXCLUIRSE | Si usted desea excluirse (“opta por no participar”) de la Demanda, usted debe seguir las instrucciones descritas en respuesta a la Pregunta 7 a continuación. |
OBJETAR | Usted puede escribir a la Corte sobre por qué cree que el acuerdo no es justo o razonable. Si la Corte rechaza su objeción, usted seguirá estando obligado por los términos del Acuerdo a menos de que se excluya de manera válida y oportuna. Usted no estará obligado por el Acuerdo si opta por excluirse de esta demanda como se describe en este documento. Si se opone, usted puede solicitar hablar a la Corte sobre la equidad del acuerdo y la Corte puede establecer un calendario para dicha audiencia. |
HACER NADA | Cualquier Miembro de la Clase que no presente de manera oportuna una Declaración de Exclusión conforme a este Acuerdo se considerará que ha aceptado el Acuerdo y los términos de este Acuerdo, estará obligado por la Orden de Aprobación, y habrá liberado y exonerado cualquier Reclamo Liberado con prejuicio. Además, no se le permitirá presentar reclamos (como se describe en este documento) en contra de ULV, por separado o como parte de esta Demanda. |
PREGUNTAS MÁS FRECUENTES
Pregunta 1. ¿Por qué recibí este aviso?
Usted recibió este Aviso porque los registros de La Xxxxx muestran que estuvo inscrito como estudiante universitario tradicional en el Campus Principal/Central de La Xxxxx durante el semestre xx Xxxxxxxxx 2020 afectado por la Pandemia de Covid-19 y, por lo tanto, puede ser un Miembro de la Clase elegible.
Pregunta 2. ¿Qué es una demanda colectiva?
Una demanda colectiva es una demanda en la que una o más personas demandan no sólo en su nombre, sino también en nombre de otras personas que tienen reclamos similares. Estas personas en una situación similar se conocen como Miembros de la Clase. En una demanda colectiva, una corte resuelve los asuntos para todos los Miembros de la Clase, excepto para aquellos que se excluyan de la Clase. El Honorable Xxxx X. Xxxxxx, Xxxx xx Xxxxxxxx xx xxx Xxxxxxx Xxxxxx, preside esta demanda colectiva.
Pregunta 3. ¿Por qué hay un acuerdo?
La Demandante y los Abogados de la Clase analizaron y evaluaron los méritos de los reclamos presentados en contra del Demandado en el litigio. Basándose en la diligencia debida de los Abogados de la Clase, y en los riesgos sustanciales de un litigio continuado, incluyendo la posibilidad de que la demanda, si no se resuelve ahora, podría no resultar en alguna recuperación, o podría resultar en una recuperación que sea menos favorable y que no ocurriría durante varios años, la Demandante y el Demandado acordaron este Acuerdo propuesto. Los Abogados de la Clase están satisfechos de que los términos y condiciones de este Acuerdo son justos, razonables y adecuados, y que este Acuerdo es en el mejor interés de la Demandante y de los Miembros de la Clase.
Pregunta 4. ¿Qué obtengo si participo en el Acuerdo?
Cada Miembro de la Clase que no opte por no participar en el Acuerdo recibirá una parte proporcional del Nuevo Fondo del Acuerdo en Efectivo y ciertos Beneficios No Monetarios, como se indica a continuación:
Nuevos Beneficios en Efectivo: El Administrador de Reclamos del Acuerdo preparará cálculos que serán aprobados por las Partes, y el Fondo Neto del Acuerdo será distribuido proporcionalmente a todos los Miembros de la Clase según los siguientes términos y criterios:
I. Los estudiantes que se inscribieron en clases sólo en línea al comienzo del semestre xx Xxxxxxxxx de 2020, que no pagaron matrícula o cuotas, o que dejaron ir a La Xxxxx antes del 16 xx xxxxx del 2020, no son elegibles para cobrar ningún beneficio.
II. El resto del Fondo Neto del Acuerdo (estimado en $872,000.00) se asignará a los Miembros de la Clase inscritos como Estudiantes Universitarios Tradicionales en el Campus Principal de La Xxxxx de manera proporcional sobre la base de un porcentaje de la matrícula y las cuotas pagadas a La Xxxxx durante el Semestre xx Xxxxxxxxx de 2020. Específicamente, los estudiantes universitarios recibirán una distribución proporcional y proporcional de los beneficios basada en la cantidad de matrícula y cuotas que pagaron durante el semestre xx Xxxxxxxxx de 2020, teniendo en cuenta las becas y subvenciones financiadas por La Xxxxx y por el gobierno, la remisión de matrícula y los pagos patrocinados por terceros por parte de empresas, organizaciones y/o entidades gubernamentales que hayan pagado la totalidad o una parte de la matrícula de un estudiante, y que no requirieron reembolso.
Beneficio de Ayuda Financiera Incrementada: Como resultado de esta demanda, La Xxxxx previamente distribuyó el aumento de Ayuda Financiera para el año académico 2020-2021 en la cantidad de Seis Millones Trescientos Cuarenta y Ocho Mil Ochocientos Cuarenta y Siete Dólares ($6,348,847.00) a aproximadamente el 97% de los Estudiantes Universitarios Tradicionales comenzando en el Otoño del año académico 2020-2021, de los cuales Dos Millones Doscientos Mil Dólares ($2,200,000.00) fueron específicamente distribuidos a todos los Estudiantes Universitarios Tradicionales sin importar el mérito o necesidad financiera. El resto del Beneficio de Ayuda Financiera Incrementada se concedió a los Estudiantes Universitarios Tradicionales sobre la base del mérito y/o la necesidad financiera.
Beneficios No Monetarios: All Class Members will be entitled to: (i) access to La Verne’s Career Center and its services, so long as such facilities and services are operational and available to La Xxxxx students; (ii) access to La Verne’s Academic Success Center and its services, so long as such facilities and services are operational and available to La Xxxxx students, and (iii) a 10% tuition discount for Class Members who enroll in a La Xxxxx graduate program, so long as such program is operational and available to La Verne’s students.
Pregunta 5. ¿Quién presentó esta demanda y está siendo compensada?
Esta demanda fue presentada por la demandante Xxxxxxx Xxxxxxxxx. La Demandante Xxxxxxxxx asumió una posición de liderazgo en este litigio y colaboró en su resolución. Además de su parte asignada según se describe en la Pregunta 4, ella presentará una solicitud a la Corte para recibir $5,000.00 por sus esfuerzos para reflejar el tiempo y la energía expuestos en su nombre y en nombre de los Miembros de la Clase para lograr este Acuerdo.
Pregunta 6. ¿Qué tengo que hacer para ser incluido en el Acuerdo?
Usted no necesita hacer nada para participar en el acuerdo. Si no responde, le enviaremos por correo un cheque a su última dirección postal conocida una vez que la Corte apruebe el Acuerdo. Sin embargo, para recibir el pago de forma electrónica, llene por completo y devuelva la Forma de Elección antes del 17 de febrero del 2023.
La Forma de Elección debe ser llenada personalmente por el Miembro de la Clase que busca participar en el Acuerdo o por alguien con el derecho legal de actuar en su nombre. La Forma de Elección debe estar llenada adecuadamente, firmada y enviada por correo, correo electrónico o fax al Administrador de Reclamos del Acuerdo antes del 00 xx xxxxxxx xxx 0000 (xx “Fecha Límite de Respuesta al Aviso”) - o presentada en xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.
University of La Xxxxx Settlement c/o CPT Group, Inc.
00 Xxxxxxxxx Xxxx
Xxxxxx, XX 00000
Fax: 000-000-0000
Correo Electrónico: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx
Si no llena por completo correctamente y presenta a tiempo la Forma de Elección, es posible que se retrase la recepción de sus beneficios.
Si devuelve a tiempo la Forma de Elección adjunta al Administrador de Reclamos del Acuerdo de manera que se reciba por correo electrónico, fax o con el sello postal antes del 17 de febrero del 2023, el Administrador de Reclamos del Acuerdo realizará su pago de la manera que usted prefiera después de que el acuerdo haya sido aprobado definitivamente por la Corte.
Además, la Demanda será desestimada con prejuicio y los Miembros de la Clase que no opten por la exclusión liberarán y exonerarán totalmente a La Xxxxx. Esto significa que usted no puede demandar, continuar demandando, o ser parte de cualquier otra demanda en contra de La Xxxxx con respecto a los reclamos presentados en este caso. También significa que todas las órdenes de la Corte se aplicarán a usted y lo obligarán legalmente. Los reclamos específicos a los que está renunciando en contra de La Xxxxx se describen en las Secciones 1.29, 1.30 y 1.31 de la Resolución del Acuerdo y en el lenguaje específico a continuación.
Reclamos Liberados significa todos y cada uno de los reclamos reales, potenciales, archivados, conocidos o desconocidos, fijos o contingentes, reclamados o no reclamados, sospechados o no sospechados, reclamos, demandas, responsabilidades, derechos, causas de acción, contratos o acuerdos, reclamos extra contractuales, daños y perjuicios, daños punitivos, ejemplares o multiplicados, gastos, costos, honorarios de abogados y u obligaciones (incluidos los “Reclamos Desconocidos,” según se definen en la Resolución del Acuerdo), ya sea en derecho o en equidad, acumulado o no acumulado, directo, individual o representativo, de cualquier naturaleza y descripción, ya sea basado en el derecho estatal, federal, local, estatutario o común o cualquier otra xxx, xxxxx o reglamento, en contra de las Partes Liberadas, o cualquiera de ellas, que surja de cualquier hecho, transacción, evento, asunto, suceso, acto, revelación, declaración, representación, omisión o falta de acción con respecto a las acciones y/o decisiones de la Universidad de La Xxxxx y/o las decisiones con respecto a las políticas y procedimientos de COVID-19 para el Semestre xx Xxxxxxxxx de 2020, incluyendo la transición de la instrucción en persona y otros servicios educativos en persona a un formato a distancia durante el Semestre xx Xxxxxxxxx de 2020, incluyendo pero no limitado a todos los reclamos que fueron presentados o podrían haber sido presentados en la Demanda por las Partes Liberadas en relación con todas y cada una de las Partes Liberadas.
Partes Liberadas significa Universidad de La Xxxxx, así como cualquiera y todos sus respectivos presentes o pasados herederos, albaceas, sucesores, administradores, predecesores, sucesores, cesionarios, empresas matrices, filiales, licenciantes, licenciatarios, asociados, afiliados, empleados, agentes, consultores, contratistas independientes, aseguradores, incluyendo sin limitación a los empleados de los anteriores, directores, fideicomisarios, miembros del consejo, directores gerentes, funcionarios, socios, directores, miembros, abogados, contadores, asesores financieros y de otro tipo, suscriptores, accionistas, prestamistas, auditores, asesores de inversión, representantes legales, sucesores en interés, cesionarios y compañías, firmas, fideicomisos, corporaciones y todos los proveedores de servicios de terceros o entidades identificadas como agentes y/o contratistas independientes de la Universidad de La Xxxxx en esta Demanda.
Pregunta 7. ¿Cómo me excluyo del Acuerdo?
Los Miembros de la Clase que opten por excluirse del Acuerdo según lo establecido en el presente Acuerdo deben enviar a través de xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx o por correo (a través del Correo de Primera Clase de los Estados Unidos, con el franqueo pagado) una declaración escrita y firmada al Administrador de Reclamos del Acuerdo a la siguiente dirección que indique que opta por excluirse del acuerdo (“Declaración de Exclusión”):
University of La Xxxxx Settlement c/o CPT Group, Inc.
00 Xxxxxxxxx Xxxx
Xxxxxx, XX 00000
Fax: 000-000-0000
La Declaración de Exclusión debe indicar:
“DESEO EXCLUIRME DEL ACUERDO DE LA CLASE EN LA DEMANDA XX XXXXXXXXX V. ULV. ENTIENDO QUE SI SOLICITO LA EXCLUSIÓN DE LA CLASE DEL ACUERDO, NO RECIBIRÉ NINGÚN DINERO DEL ACUERDO DE ESTA DEMANDA.”
Para que sea válida, la Declaración de Exclusión debe incluir el nombre, la dirección, el número de teléfono, la fecha de nacimiento y la firma del Miembro de la Clase. Para que sea efectiva, la Declaración de Exclusión debe tener el sello postal del Servicio Postal de los Estados Unidos o ser verificada a través del sitio web del acuerdo en o antes del 17 de febrero del 2023.
Si se excluye de la demanda y del Acuerdo, NO se le permitirá objetar al Acuerdo como se describe en la Pregunta 12.
Pregunta 8. Si no me excluyo del Acuerdo, ¿puedo demandar al Demandado por lo mismo más adelante?
No. A menos que usted se excluya, renuncia a cualquier derecho a demandar al Demandado por los reclamos presentados en este caso o que podrían haberse presentado en este caso. Si tiene una demanda pendiente, hable con su abogado en ese caso inmediatamente para ver si el Acuerdo afectará a su otro caso. Recuerde, la fecha límite para optar por la exclusión es el 17 de febrero del 2023.
Pregunta 9. Si me excluyo, ¿puedo recibir dinero del Acuerdo?
No. Si se excluye, no recibirá ningún pago del Fondo del Acuerdo.
Pregunta 10. ¿Tengo un abogado en este caso?
El despacho de abogados de Leeds Brown Law, P.C., Xxx Xxx Xxxxxxx Xxxx, Xxxxx 000, Xxxxx Xxxxx, Xxx Xxxx 00000, (000) 000-0000, The Xxxxxxx Law Group, P.C., 00 Xxxxx Xxxxxx Xxxxx, Xxxxx 000, Xxxxxxxxxxxx, Xxx Xxxx 00000 (845) 483-7100, Xxxxx Law APLC, 0000 Xxxxxxxx Xxxx., Xxxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxxx 00000 y Charon Law, 000 Xxxx Xxxxxxx Xx. Xxxxx 000, Xxxxxxx Xxxx, Xxxxxxxxxx 00000 han sido designados como los abogados legales para representarlo a usted y a los demás Miembros de la Clase. Estos abogados se conocen como los Abogados de la Clase. No se le cobrará por separado por estos abogados. No se le cobrará por llamar, enviar un correo electrónico o hablar confidencialmente con los Abogados de la Clase. Usted puede llamar a los Abogados de la Clase con cualquier pregunta y dichas comunicaciones serán confidenciales y estarán protegidas. Los honorarios de los Abogados de la Clase se pagarán con el fondo total del acuerdo como parte del Acuerdo y están sujetos a la aprobación de la Corte. Si desea ser representado por su propio abogado, usted puede contratar uno por su propia cuenta.
Pregunta 11. ¿Cómo serán pagados los abogados?
Los Abogados de la Clase le pedirán a la Corte que apruebe el pago de no más de Un Millón Cien Mil Dólares ($1,100,000.00), que representa una pequeña porción del Fondo Bruto del Acuerdo, para los honorarios, costos y desembolsos incurridos en relación con esta demanda. Los honorarios pagarían a los Abogados de la Clase por todo el trabajo que han realizado en esta demanda, incluyendo la presentación de escritos, la investigación de los hechos, la asistencia a conferencias judiciales, tomar declaraciones, prepararse para el juicio, participar en discusiones sobre el acuerdo y mediaciones, y negociar y supervisar el acuerdo.
Pregunta 12. ¿Cómo le digo a la Corte que no me gusta el Acuerdo?
Si desea presentar su objeción a la Corte, usted debe declarar su intención de hacerlo en una declaración escrita. Su declaración debe ser lo más detallada posible, de lo contrario la Corte no podrá permitirle presentar razones para su objeción que usted no haya descrito en su objeción escrita. La declaración debe incluir: (1) el nombre, la dirección y el número de teléfono del objetor;
(2) una explicación de los motivos por los que el objetor alega ser un Miembro de la Clase del Acuerdo; (3) todos los motivos de la objeción, incluyendo todas las referencias a la autoridad legal y las pruebas que apoyan la objeción; (4) el nombre y la información de contacto de todos y cada uno de los abogados que representan, asesoran o ayudan de algún modo al objetor en relación con la preparación o presentación de la objeción o que puedan beneficiarse de la presentación de la objeción; y (5) una declaración en la que se indique si el objetor tiene la intención de comparecer en la Audiencia de Aprobación Final (ya sea personalmente o a través de un abogado que presente una comparecencia ante la Corte de conformidad con las Normas Locales);
(6) copias de todos los documentos, escritos, declaraciones, declaraciones juradas u otros documentos en los que se base la objeción; (7) una lista detallada de cualquier otra objeción presentada por el miembro de la Clase del Acuerdo, o su abogado, a cualquier demanda colectiva presentada ante cualquier corte estatal o federal de los Estados Unidos en los cinco años anteriores (o una declaración afirmativa de que no se ha presentado ninguna objeción anterior); y (8) la firma del objetor, además de la firma del abogado del objetor (si lo hubiera) - la firma de un abogado por sí misma no se considerará suficiente para satisfacer este requisito. Su objeción no podrá ser atendida a menos de que se presente a tiempo o tenga el sello postal del 17 de febrero del 2023, Fecha Límite de Respuesta al Aviso, y se envíe por correo al Administrador de Reclamaos del Acuerdo a:
University of La Xxxxx Settlement c/o CPT Group, Inc.
00 Xxxxxxxxx Xxxx
Xxxxxx, XX 00000
El Administrador de Reclamos del Acuerdo compartirá su objeción con los Abogados de la Clase y los abogados del Demandado y presentará su declaración de objeción ante la Corte, y puede solicitar una oportunidad de hablar con usted antes de cualquier conferencia o audiencia con la Corte. Usted no podrá objetar al Acuerdo si presenta una carta solicitando excluirse u optar por no participar en el Acuerdo.
Pregunta 13. ¿Cuál es la diferencia entre objetar y excluirse?
Objetar es simplemente decirle a la Corte que a usted no le gusta algo del acuerdo. Sólo puede objetar si permanece en la Clase. Excluirse del acuerdo (“optar por no participar”) es decirle a la Corte que usted no quiere ser parte de la Clase. Si se excluye, no tiene derecho a objetar porque el caso ya no le afecta.
Si usted envía una objeción, no es necesario que venga a la Corte para hablar de ella, pero puede hacerlo por su cuenta o pagar a su propio abogado para que asista. Siempre que envíe su objeción por escrito a tiempo, la Corte la considerará. Si asiste a la audiencia, es posible que no se le permita hablar a menos de que presente a tiempo su objeción por escrito según lo descrito anteriormente y notifique a la Corte su intención de comparecer en la audiencia de equidad.
Pregunta 14. ¿Ha aprobado la Corte el Acuerdo?
La Corte ha concedido la aprobación preliminar del Acuerdo y anticipa tomar una decisión final después de que se envíen los Avisos. La Corte considerará en última instancia si los términos del Acuerdo son justos, razonables y adecuados - después de revisar las presentaciones de las Partes que están disponibles públicamente a través de Xxxxx.xxx y se publicarán en el sitio web del Acuerdo.
Sin embargo, si desea presentar una preocupación válida, debe alertar a los abogados y pueden comparecer en una conferencia ante la Corte si su problema no se resuelve a su satisfacción con los abogados. La fecha para la audiencia de aprobación final es el 10 xx xxxxx del 2023. Si hay objeciones, la Corte las considerará. El Juez decidirá si escucha las cuestiones que se presenten de manera adecuada.
Esta fecha de audiencia puede cambiar sin previo aviso. Consulte el sitio web del acuerdo en xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx o el expediente de la Corte en este caso disponible a través de PACER (xxx.xxxxx.xxx), para obtener información actualizada sobre la fecha y hora de la audiencia.
Pregunta 15. ¿Hay más detalles sobre el Acuerdo?
Este aviso resume el acuerdo propuesto. Encontrará más detalles en la Resolución del Acuerdo. Usted puede consultar la Resolución del Acuerdo en el Sitio Web del Acuerdo en xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx o solicitando una copia de la Resolución del Acuerdo por escrito o llamando a Xxxxxxx X. Xxxxxxxx, Lic. en (000) 000-0000 o xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx, Xxxxx Xxxxx Xxx, X.X., Xxx Xxx Xxxxxxx Xxxx, Xxxxx Xxxxx, Xxx Xxxx 00000; Xxxxx Xxxxxxx, Lic. en (000) 000-0000 o xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx, The Xxxxxxx Law Group, P.C., 00 Xxxxx Xxxxxx Xxxxx, Xxxxx 000, Xxxxxxxxxxxx, Xxx Xxxx 00000.