BONIFICACIONES/REDUCCIONES A LA CONTRATACIÓN DE CÁRACTER GENERAL PARA JÓVENES LEY 11/2013
Empleo
Bonificaciones/Reducciones a la contratación laboral
Cuadro resumen de normativa vigente
Octubre 2015
BONIFICACIONES/REDUCCIONES A LA CONTRATACIÓN DE CÁRACTER GENERAL PARA JÓVENES LEY 11/2013
TIPO DE CONTRATO | COLECTIVO | CUANTÍA | DURACIÓN | VIGENCIA DE LA MEDIDA | NORMATIVA |
Contratación a tiempo parcial con vinculación formativa. INDFINIDO/DURACIÓN DETERMINADA | Menores de 30 años, inscritos en la Oficina de Empleo. .(1) | Reducción del 100% de la cuota empresarial por contingencias comunes en empresas de plantilla inferior a 250 trabajadores. 75% en empresas de igual o superior plantilla. | ➢ Máximo 12 meses, prorrogables por 12 meses más. | ➢ Hasta que la tasa de desempleo se situe por debajo del 15%. | ➢ Ley 11//2013. ( Art.9 ) |
Contratación de un joven por microempresas y empresarios autónomos INDEFINIDO | Menores de 30 años, inscritos en la Oficina de Empleo. . | Reducción del 100% de la cuota empresarial por contingencias comunes | ➢ 12 meses | ➢ Hasta que la tasa de desempleo se situe por debajo del 15%. | ➢ Ley 11//2013. ( Art 10) |
Contratación en nuevos proyectos de emprendimiento INDEFINIDO | Mayor de 45 años. .(2) | Reducción del 100% de la cuota empresarial a la Seguridad Social. | ➢ 12 meses | ➢ Hasta que la tasa de desempleo se situe por debajo del 15%. | ➢ Ley 11/2013. ( Art 11 ) |
Conversión en primer empleo joven | Menores de 30 años, inscritos en la Oficina de Empleo. . | A su transformación, finalizada su duración mínima de 3 meses : Hombres : 500 euros/año. Mujeres : 700 euros/año | ➢ 3 años | ➢ Hasta que la tasa de desempleo se situe por debajo del 15%. | ➢ Ley 11/2013. ( Art.12 ) |
indefinido del contrato
joven.
1 Ademas debe cumplir alguno de los requisitos establecidos en el art. 9. de la Ley 11/2013.
2 Ademas debe cumplir alguno de los requisitos establecidos en el art. 11. de la Ley 11/2013.
BONIFICACIONES/REDUCCIONES A LA CONTRATACIÓN DE CÁRACTER GENERAL PARA JÓVENES LEY 11/2013
TIPO DE CONTRATO | COLECTIVO | CUANTÍA | DURACIÓN | VIGENCIA DE LA MEDIDA | NORMATIVA |
Contrato en prácticas | Menores de 30 años o menores de 35 discapacitados, independientemente del periodo transcurrido desde la finalización de sus estudios .Inscritos en la Oficina de Empleo. | Reducción del 50% de la cuota empresarial por contingencias comunes.Bonificación adicional del 50% de la cuota empresarial por contingencias comunes para personas beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. | Durante toda la vigencia del contrato | Hasta que la tasa de desempleo se situe por debajo del 15%.Hasta el 30 xx xxxxx de 2016 en el caso de personas beneficiarias del Sistema Español de Garantía Juvenil. | Ley 11/2013. ( Art.13 ) |
Contrato en prácticas | Menores de 30 años o menores de 35 discapacitados, que realicen prácticas no laborales, acogidos al R.D.1543/2012. .Inscritos en la Oficina de Empleo. | Reducción del 75% de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes. Bonificación adicional del 25% de la cuota empresarial por contingencias comunes para personas beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. | Durante toda la vigencia del contrato | Hasta que la tasa de desempleo se situe por debajo del 15%.%.Hasta el 30 xx xxxxx de 2016 en el caso de personas beneficiarias del Sistema Español de Garantía Juvenil.. | Ley 11/2013. ( Art 13 ) |
Empresas de inserción TEMPORAL/ INDEFINIDO | Menores de 30 años o menores de 35 discapacitados, en situación de exclusión social | 1650 euros/ año . | Durante toda la vigencia del contrato o durante 3 años en contratación indefinida. | Indefinida . | Ley 11/2013. ( Art 14) |
Cooperativas .(3) O sociedades laborales | Menores de 30 años o menores de 35 discapacitados, inscritos en la Oficina de Empleo, que se incorporen como socios trabajadores o de trabajo. (3) . | 800 euros/ año | 3 años | Indefinida . | Ley 11/2013. ( Art.14 ) |
3 En el caso de cooperativas, estas han tenido que optar por un Régimen de Seguridad Social propio de trabajadores por cuenta ajena. Art. 14 de la Ley 11/2013.
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BONIFICACIONES/REDUCCIONES A LA CONTRATACIÓN DE CÁRACTER GENERAL PARA JÓVENES LEY 11/2013
TIPO DE CONTRATO | COLECTIVO | CUANTÍA | DURACIÓN | VIGENCIA DE LA MEDIDA | NORMATIVA |
Indefinido de trabajadores procedentes de una ETT con contrato de primer empleo jóven | Trabajadores que hubieran estado contratados por una ETT con contrato eventual, ”primer empleo joven” y puestos a disposición de una empresa usuaria que procede a su contratación como indefinido. | Bonificación de las cuotas empresariales a la Seguridad Social: Hombres 500 euros/año Mujeres 700 euros/ año | ➢ Durante 3 años. | ➢ Hasta que la tasa de desempleo se situe por debajo del 15%. | ➢ Ley 11/2013.(Art 12.4) |
Indefinido para trabajadores procedentes de una ETT con contrato para la formación y el aprendizaje | Trabajadores que hubieran estado contratados por una ETT para la formación y el aprendizaje y puestos a disposición de una empresa usuaria que procede a su contratación como indefinido. | Reducción de la cuota empresarial a la Seguridad Social: Hombres : 1500 euros/año Mujeres : 1800 euros/año | ➢ Durante 3 años. | ➢ Indefinida. | ➢ Disposición Final 4ª de la Ley 11/2013 |
Indefinido para trabajadores procedentes de una ETT con contrato en prácticas | Trabajadores que hubieran estado contratados por una ETT con con- trato en prácticas y puestos a disposición de una empresa usuaria que procede a su contratación como indefinido | Bonificación de la cuota empresarial a la Seguridad Social. Hombres : 500 euros/año Mujeres : 700 euros/año | ➢ Durante 3 años. | ➢ Indefinida. | ➢ Ley 14/1994 R.D.-Ley 16/2013 |
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BONIFICACIONES/REDUCCIONES A LA CONTRATACIÓN DE CARÁCTER GENERAL
TIPO CONTRATO | COLECTIVOS | CUANTÍA ANUAL (EUROS) | DURACIÓN | VIGENCIA DE LA MEDIDA | NORMATIVA | |||
Indefinido | Para empresas menos de 50 trabajadores | Mayores de 45 años desempleados inscritos en la oficina de empleo | Desempleados/as | 1.300 | 3 años | Hasta que la tasa de desempleo se situe por debajo del 15% | Ley 3/2012 | |
Mujeres subrepresentadas(4) | 1.500 | |||||||
Jóvenes de 16 y 30 años, ambos inclusive,desempleados inscritos en la Oficina de Empleo | Desemopleados/as | 0.xx año, 1.000; 2.º, 1.100 y 3.º, 1.200 | ||||||
Mujeres subrepresentadas | Las anteriores cuantías se incrementarán en 100 euros | |||||||
Indefinido | Persona beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. | 1800. ( 300 euros /mes ) | 6 meses | Hasta el 30 xx xxxxx de 2016. | R.D.Ley 8/2014 | |||
Víctimas de violencia de género | 1500 | 4 años | Indefinida | Ley 43/2006 | ||||
Víctimas de trata de seres humanos | 1500 | 2 años | ||||||
Víctimas del terrorismo ( Art 34. Ley 29/2011) | 1.500 | 4 años | ||||||
Víctimas de violencia doméstica | 850 | 4 años | ||||||
Trabajadores en situación de exclusión social | 600 | 4 años | ||||||
Personas con discapacidad | Menores de 45 años | En general | 4.500 | Vigencia del contrato | Indefinida | |||
Discapacidad severa(5) | 5.100 | |||||||
Mujeres | En general | 5.350 | ||||||
Discapacidad severa | 5.950 | |||||||
Mayores de 45 años | En general | 5700 | ||||||
Discapacidad severa | 6300 |
4 Mujeres en ocupaciones en los que este colectivo esté menos representado.
5 Discapacidad severa: Personas con parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual igual o superior al 33 % y discapacidad física o sensorial igual o superior al 65 %.
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TIPO CONTRATO | COLECTIVOS | CUANTÍA ANUAL (EUROS) | DURACIÓN | VIGENCIA DE LA MEDIDA | NORMATIVA | ||
Indefinido | • Contratación de un trabajador con discapacidad por un C.E.E.(6) (Relación de carácter especial) | • 100 % cuotas empresariales por todos los conceptos | Vigencia del contrato | Indefinida | |||
Trabajadores desempleados mayores de 52 años beneficiarios de los subsidios del art. 215 LGSS, a tiempo completo y de forma indefinida (7) | Bonificación que corresponda según el vigente PFE (8) | Según la normativa aplicable del PFE | Según la norma aplicable del PFE | LGSS (Art. 228.4) y Ley 45/2002 (D.T. 5) Ley 43/2006 | |||
TRABAJADORES-EXENCIÓN MÍNIMA ( Exención de cotizaciones empresariales por contingencias comunes de los primeros 500 euros de la base de cotización.) | Indefinido/ T. Completo Exención de cotización de los primeros 500 euros de la base de cotización. T Parcial : Jornada equivalente a un 50% ; los 500 euros se reducirán en proporción a la jornada.. | 24 meses ; Contratos celebrados entre el 00 xx xxxxxxx x xx 00 xx xxxxxx xx 0000. | Hasta el 31 xx Xxxxxx de 2016 *. | -Ley 25 / 2015 ( Art. 8 ) | |||
Conversiones en indefinido | Conversión de contratos en prácticas a la finalización de su duración inicial o prorrogada, de relevo y sustitución por jubilación (9)en empresas de menos de 50 trabajadores | Hombres Mujeres | 500 euros 700 euros | 3 años | Indefinida | Ley 3/2012 |
6 Centro Especial de Empleo.
7 Estos trabajadores, que se acogen voluntariamente a este programa, pueden compatibilizar los subsidios por desempleo con el trabajo por cuenta ajena en aplicación de lo previsto en el párrafo primero del apartado 4 del artículo 228 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
8 PFE = Programa de Fomento de Empleo (dependiendo del colectivo, Ley 43/2006 x Xxx 3/2012).
9 Medida de fomento de empleo derogada desde el 1-1-2013, excepto para las situaciones contempladas en la Disposición Final 12.2 de la Ley 27/2012, de 1 xx Xxxxxx.
(* Finalizados los 24 meses, durante los 12 siguientes las empresas con plantillas menores de 10 trabajadores, tendrán derecho a una reducción/bonificación del 50%.Durante este nuevo periodo estarán exentos de la aplicación del tipo de cotizacion los primeros 250 euros de la base de cotización o la cuantía proporcionalmente reducida en los supuestos de contratación a tiempo parcial.)
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TIPO CONTRATO | COLECTIVOS | CUANTÍA ANUAL (EUROS) | DURACIÓN | VIGENCIA DE LA MEDIDA | NORMATIVA | ||
Personas con discapacidad | • Conversión de contratos temporales de fomento del empleo, así como de contratos en prácticas y para la formación y el aprendizaje en las empresas ordinarias • Conversión de todos los contratos temporales en CEE | • Mismo régimen que las contrataciones indefinidas iniciales (empresas ordinarias) • 100 % de las cuotas empresariales a la S. S. por todos los conceptos y cuotas de recaudación en conjunto (CEE) | ➢ Ley 43/2006 | ||||
Conversión de contratos para la formación y el aprendizaje y de formación celebrados con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 10/2011, que se transformen en indefinidos a partir del 1/12012 | Hombres | Reducción 1.500 | 3 años | Indefinidos | ➢ Ley 3/2012 | ||
Mujeres | Reducción 1.800 | ||||||
Conversiones de contratos temporales en indefinidos, celebrados con víctimas del terrorismo, violencia de género, doméstica y personas en situación de exclusión social | 1.500, Víctimas de violencia de género y terrorismo 850, Víctimas violencia doméstica. 600, Situación de exclusión social | 4 años | Indefinidos | ➢ Disposición Final 14 Ley 3/2012 |
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TIPO CONTRATO | COLECTIVOS | CUANTÍA | DURACIÓN | VIGENCIA DE LA MEDIDA | NORMATIVA | ||||
Contratación temporal | Personas con discapacidad | Contratos formativos | En prácticas y para el contrato para la Formación y el Aprendizaje (si no se ha optado por la reducción de la (Ley 3/2012) (10) | 50% cuota empresarial por contingencias comunes | Toda la vigencia del contrato | Indefinida | ET (DA 2ª) | ||
Para la Formación y el Aprendizaje (11) | Reducción del 75 % o del 100 % de las cuotas del empresario (12) | Toda la vigencia del contrato | Indefinida | Ley 3/2012 | |||||
Contratos de interinidad con desempleados con discapacidad para sustituir a trabajadores con discapacidad en situación de incapacidad temporal | 100 % todas las aportaciones | Toda la vigencia del contrato | Indefinida | Ley 45/2002 (DA 9ª) | |||||
Contratación de un trabajador con discapacidad por un C.E.E. ( relación de carácter especial) | 100% todas las aportaciones | Toda la vigencia del contrato | Indefinida | Ley 43/2006 | |||||
Contrato temporal fomento del empleo | En general | Varones | Menores 45 años | 3.500 | Toda la vigencia del contrato | Indefinida | Ley 43/2006 D. Adicional 1ª | ||
Mayores 45 años | 4.100 | ||||||||
Mujeres | Menores 45 | 4.100 | |||||||
Mayores 45 | 4.700 | ||||||||
Discapacidad severa | Varones | Menores 45 | 4.100 | ||||||
Mayores 45 | 4.700 | ||||||||
Mujeres | Menores 45 | 4.700 | |||||||
Mayores 45 | 5.300 | ||||||||
Víctima violencia de género o doméstica | 600 | ||||||||
Trabajadores en situación de exclusión social | 500 | ||||||||
Contratación víctimas del terrorismo según artículo 34 Ley 29/2011 | 600 | Indefinida | Ley 43/2006 D. Final Ley 3/2012 | ||||||
Victimas de trata de seres humanos | 600 | Indefinida | Ley 43/2006 | ||||||
Contrato temporal para la Formación y el Aprendizaje | Jóvenes desempleados inscritos en la O. E., contratados para la formación y el aprendizaje | Reducción del 75 % o del 100 % de las cuotas del empresario | Toda la vigencia del contrato | Indefinida | Ley 3/2012 |
10 Supuesto de no cumplir los requisitos de la Ley 3/2012, en el caso del contrato para la formación y el aprendizaje.
11 En el supuesto de trabajadores discapacitados, no se aplica el límite de edad.
12 Dependiendo que la plantilla sea inferior a 250 personas (100 %) o igual o superior (75 %).
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BONIFICACIONES/REDUCIONES A LA CONTRATACIÓN DIRIGIDAS A ÁMBITOS ESPECÍFICOS
ÁMBITO MEDIDA | TIPO CONTRATO | COLECTIVOS | CUANTÍA | DURACIÓN | NORMATIVA |
Áreas geográficas | Indefinido/ temporal | Trabajadores en Ceuta y Melilla en los sectores que recoge la modificación del apartado 2 de la D. A. trigésima del R. D. Legislativo 1/1994 y la D. A. primera de la Ley 3/2011, de 4 de Octubre | 50 % de la Base de cotización por contingencias comunes (Primer año de vigencia de la norma 43 %, segundo año 46% y tercero y sucesivos el 50% | Indefinida | D. A. trigésima del R. D. legislativo 1/1994 |
Indefinido/ temporal | Tripulantes de buques inscritos en el Registro Especial de Buques y Empresas Navieras de Canarias y tripulantes de buques adscritos a los servicios regulares entre las Islas Canarias y entre éstas y el resto del territorio nacional | Reducción del 90% en la cuota empresarial a la Seguridad Social por todos los conceptos incluidos en la cotización | Toda la vigencia del contrato | Ley 19/1994 | |
Otros colectivos | Indefinido/ temporal | Penados en instituciones penitenciarias y menores en centros de internamiento | Contingencias profesionales y conceptos de recaudación conjunta :65 % cuotas Contingencias comunes: cuantía que proceda para personas en situación de exclusión social | Vigencia del contrato | D.A. trigésima del R.D.legislativo 1/1994 |
Indefinido/ temporal | Personas que presten servicios en el hogar familiar, y queden incorporadas al sistema especial de seguridad social a partir de 1/1/2012(13.) En el caso de familias numerosas de categoría general, los dos ascendientes –o el ascendiente en el caso de familias monoparentales– deben trabajar fuera de casa) | Reducción del 20% cuota del empleador | Durante los años 2012- 2013, 2014 y 2015 | D. T. Única de la Ley 27/2011 R.D. 1.620/2011, Ley 40/2003 D.A. octogésimo sexta de la Ley 36/2014 | |
45 % cuota del empleador | |||||
Empresas inserción | Temporal/ Indefinido | Personas en situación de exclusión social desempleadas incluidas en determinados colectivos contratadas en empresas de inserción. | 850 euros/año | Temp.: vigencia contrato Indefinida: 3 años | Artículo16.3.x Xxx 44/2007 |
En supuesto de manera de 30 años | 1650/euros/año | Temp.: vigencia contrato Indefinida: 3 años | Ley 11/2013 |
13 Siempre que la obligación de xxxxxxx se haya iniciado el 1/1/2012.
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BONIFICACIONES/REDUCCIONES PARA EL MANTENIMIENTO DE EMPLEO
OBJETO | COLECTIVO | CUANTÍA | DURACIÓN Y OBSERVACIONES | NORMATIVA |
Mantenimiento –empleo trabajadores mayores | Mayor de 65 años con 38 años y 6 meses de cotización efectiva a la Seguridad Social y contrato indefinido (nuevo o vigente) o tener 67 años y 37 de cotización | Reducción 100 % cuota empresarial por contingencias comunes, salvo la incapacidad temporal | ➢ Duración de la exención: indefinida ➢ Si el trabajador no tiene la antigüedad necesaria al cumplir la edad, la exención se aplica desde el cumplimiento del requisito ➢ Se financia por la Seguridad Social | ➢ Ley General de la S. Social 1/1994 (art. 112 bis) ➢ Ley 27/2011 |
Conciliación de la vida personal, laboral y familiar | Contratos interinidad que se celebren con personas desempleadas para sustituir a trabajadores durante los períodos de descanso por maternidad, adopción, acogimiento, paternidad o riesgo durante el embarazo o la lactancia | 100 % cuota empresarial del interino (inc. contingencias prof. y recaudación conjunta) 100 % cuota trabajador en situación de maternidad (incl. contingencias prof. y recaudación conjunta) | ➢ Duración: Mientras dure la sustitución | ➢ RDL 11/1998 ➢ Ley 12/2001 (DA 2ª) |
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BONIFICACIONES/REDUCCIONES PARA EL MANTENIMIENTO DE EMPLEO
Conciliación de la vida personal, laboral y familiar (cont.) | Contratos de interinidad con beneficiarios de prestaciones por desempleo para sustituir a trabajadores en situación de excedencia por cuidado de familiares | Reducción del 95, 60 y 50 por ciento de la cuota por contingencias comunes durante el primer, segundo y tercer año respectivamente de excedencia | ➢ Duración: Mientras dure la excedencia | ➢ D.A. 14 ET |
Contratos de interinidad para sustituir a trabajadoras víctimas de violencia de género que hayan suspendido su contrato ejercitando su derecho a la movilidad geográfica o cambio de centro de trabajo | 100 % de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes | ➢ Duración: mientras dure la sustitución ➢ 6 meses en el caso de movilidad geográfica o cambio de centro de trabajo | ➢ Ley Orgánica 1/2004 | |
Empleo selectivo | Trabajadores que hubieran ce sado en la em presa por habérseles reconocido una incapacidad permanente total o absoluta y después de haber recibido prestaciones de recuperación profesional hubieran recobrado su plena capacidad laboral o continúen afectos por una incapacidad parcial y se reincorporen al la empresa | Reducción 50 % de la cuota patronal de la Seguridad Social correspondiente a contingencias comunes | ➢ Duración: 2 años | ➢ RD 1451/1983 (art. 2) |
Prolongación período de actividad fijos discontinuos | Trabajadores con contratos fijos discontinuos en actividades de sectores de turismo, comercio vinculad o al turismo y ho stelería que generen actividad pr oductiva en los meses xx xxxxx y noviembre de cada año. | 50% contingencias comunes, desempleo, Fogasa y formación profesional durante los meses xx xxxxx y noviembre de cada año | ➢ Meses xx xxxxx y noviembre de cada año hasta el 31/ 12 /2015 | ➢ D.A. 89ª Ley 36/2014 |
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BONIFICACIONES/REDUCCIONES AL TRABAJO AUTONOMO | |||||
OBJETO | COLECTIVO | CUANTIA | DURACION Y OBSERVACIONES | NORMATIVA | |
Bonificaciones y reducciones al trabajo Autónomo con carácter general | CON BASE MINIMA DE COTIZACION | Trabajadores/as por cuenta propia que causen alta inicial o no hubieran estado en alta en los 5 años inmediatamente anteriores, que opten por cotizar por la base mínima Con posterioridad al periodo inicial de 6 meses previstos, podrán aplicarse sobre la cuota de contingencias comunes , incluida la incapacidad temporal: | Reducción de 50 euros/mes de la cuota por contingencias comunes incluidas la incapacidad temporal. a) Xxxxxxxxx equivalente al 50% durante 6 meses. b) Xxxxxxxxx equivalente al 30% durante 3 meses siguientes al periodo a). c) Bonificación equivalente al 30% durante 3 meses siguientes al periodo b) | 6 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta. Máximo de hasta 12 meses hasta completar un máximo de 18 meses , tras la fecha de efectos del alta | Ley 20/2007( Art. 31) |
CON BASE SUPERIOR DE COTIZACION | Trabajadores/as por cuenta propia que causen alta inicial o no hubieran estado en alta en los 5 años inmediatamente anteriores, que opten por cotizar por una base de cotización superior a la base mínima. Con posterioridad al periodo inicial de los 6 meses previstos, podrán aplicarse sobre la cuota de contingencias comunes , incluida la incapacidad temporal: | Reducción equivalente al 80% sobre la cuota por contingencias comunes incluida la incapacidad temporal. l a) Reducción equivalente al 50% durante 6 meses. b) Xxxxxxxxx equivalente al 30% durante 3 meses siguientes al periodo a). c) Bonificación equivalente al 30% durante 3 meses siguientes al periodo b). | 6 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta Máximo de hasta 12 meses hasta completar un máximo de 18 meses , tras la fecha de efectos del alta | Ley 20/2007 ( Art.31) |
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BONIFICACIONES/REDUCCIONES AL TRABAJO AUTONOMO | |||||
OBJETO | COLECTIVO | CUANTIA | DURACION Y OBSERVACIONES | NORMATIVA | |
Bonificaciones y reducciones al trabajo Autónomo | E MENORES DE 30 AÑOS 0 MUJERES MENORES DE 35 AÑOS | Trabajadores/as por cuenta propia menores de 30 años o menores de 35, en el caso de mujeres que causen alta inicial o no hubieran estado en alta en los 5 años inmediatamente anteriores. (14) | Bonificación adicional a la finalización de las previstas con carácter general del 30% sobre la cuota de contingencias comunes. | 12 meses siguientes a la finalización del periodo de bonificación previsto con carácter general | Ley 20/2007 ( Art. 31) |
DISCAPACITADOS, VICTIMAS DE VIOLENCIA DE GENERO Y VICTIMAS D TERRORISMO | Trabajadores/as con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, víctimas de violencia de género y las victimas de terrorismo que causen alta inicial o no hubieran estado en alta en los últimos 5 años inmediatamente anteriores, que opten por cotizar sobre la base mínima (14) Con posterioridad a los 12 meses iniciales, podrán aplicarse sobre la cuota de contingencias comunes, incluida la incapacidad temporal.(14) Trabajadores/as con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, víctimas de violencia de género y las victimas de terrorismo que causen alta inicial o no hubieran estado en alta en los últimos 5 años inmediatamente anteriores que opten por una base de cotización superior a la mínima(14) Con posterioridad a los 12 meses previstos podrán aplicarse sobre la cuota de contingencias comunes, incluida la incapacidad temporal, una bonificación.(14) | Reducciones a 50 euros mensuales por contingencia comunes incluida la incapacidad temporal. Bonificación equivalente al 50% de la cuota por contingencias comunes incluida la incapacidad temporal. Reducción equivalente al 80% de la cuota por contingencias comunes incluida la incapacidad temporal. Bonificación equivalente al 50% de la cuota por contingencias comunes incluida la incapacidad temporal. | Durante los 12 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta 48 meses, hasta completar un periodo máximo de 5 años desde la fecha e alta. Durante los 12 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta 48 meses, hasta completar un periodo máximo de 5 años desde la fecha e alta. | Ley 20/2007 ( Art. 32) Ley 20/2007/( Art. 32) |
.
14 También será de aplicación a los socios trabajadores de Cooperativas de trabajo Asociado que estén encuadradas en el Régimen Especial de la S. Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos
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BONIFICACIONES/REDUCCIONES AL TRABAJO AUTONOMO | |||||
OBJETO | COLECTIVO | CUANTIA | DURACION Y OBSERVACIONES | NORMATIVA | |
Bonificaciones y reducciones al trabajo Autónomo | INTERINIDAD | Trabajadores autónomos que cesen la actividad por encontrarse en período de descanso por maternidad, paternidad, adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo durante la lactancia natural y que sean sustituidos por desempleados con contrato de interinidad bonificado. | 100 % de la cuota que resulte de aplicar sobre la base mínima o fija que corresponda al tipo de cotización establecido como obligatorio durante la sustitución | Sustitución | D. A. 2.ª de la Ley12/2001, modificado por la D. A. 16.ª de la Ley Orgánica 3/2007 Ley 20/2007 ( Art 38) |
FAMILIARES | . Nuevas altas de familiares colaboradores de trabajadores autónomos.(14) en el Régimen Especial de Trabajo por cuenta propia que corresponda.(15) | 50% de la cuota que resulte de aplicar sobre la base mínima del tipo correspondiente de cotización vigente en cada momento. 25% de la cuota que resulte de aplicar sobre la base mínima del tipo correspondiente de cotización vigente en cada momento | 18 meses 6 meses | Ley 20/2007 ( Art 35) | |
CEUTA Y MELILLA | Trabajadores autónomos en Ceuta y Melilla en los sectores que recoge la modificación del apartado 2 de la D.A. trigésima del R.D. Legislativo 1/1994 y la D.A. primera de la Ley 3/2011, de 4 de Octubre. | 50% de la Base de cotización por contingencias comunes | Indefinida | Ley 20 / 2007 ( Art 36) |
15. Cónyuge, pareja de hecho y familiares de trabajadores autónomos por consanguineidad o afinidad hasta el 2.º grado inclusive y, en su caso, por adopción.
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BONIFICACIONES/REDUCCIONES AL TRABAJO AUTONOMO
OBJETO | COLECTIVO | CUANTÍA | DURACIÓN Y OBSERVACIONES NORMATIVA | |
Bonificaciones y reducciones al trabajo autónomo Por conciliación de la vida personal y familiar vinculada a la contratación. | Trabajadores/as autónomos que permanezcan de alta en el RETA, y contraten a un trabajador/a, a tiempo completo o parcial, en los supuestos de : a) Por cuidado de menores de 7 años. b) Por tener a su cargo un familiar, por consanguineidad o afinidad hasta el segundo grado, en situación de dependencia. c) Por tener a su cargo un familiar, por consan- guineidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, con paralisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual con un gra- do de discapacidad reconocido igual o superior al 33% o una discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%, cuando dicha discapacidad esté debidamente acreditada, siempre que dicho familiar no desempeñe una actividad retribuida. | 100% de la cuota (16) por contingencias comunes que eresulte de aplicar a la base media que tuviera el trabajador/a, en los 12 meses anteriores a la fecha de acogerse a estas medidas, el tipo de cotización mínimo vigente. (17) | Hasta 12 meses.. Mínimo duración del contrato 3 meses. | . Ley 25/2015 de 28 de julio . Art. 9. |
16. Si la contratación es a tiempo parcial, la bonificación prevista será del 50%.
17 . En el caso de que el trabajador/a lleve menos de 12 meses de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social 500euros de trabajador/a por cuenta propia.
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Para más información:
Servicio Público de Empleo Estatal
xxx.xxxx.xx 901 11 99 99
NIPO: 274-15-003-5
Catálogo de publicaciones de la Administración General del Estado xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx