TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA ORDEN DE COMPRA
TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA ORDEN DE COMPRA
ACEPTACIÓN DEL CONTRATO
La presente Orden de compra, así como sus términos y condiciones constituyen una obligación legal para el Vendedor. Si el Vendedor no rechazase esta Orden de compra en un plazo de cinco (5) días posteriores a la recepción de esta Orden de compra, o en caso de que el Vendedor entregue cualquiera de los artículos pedidos o ejecute los servicios solicitados en la misma, se considerará que el Vendedor acepta expresamente esta Orden de compra. En ningún caso se aplicará ningún otro término a la provisión de productos y servicios por parte del Proveedor, a excepción de cuando se acuerde lo contrario por escrito entre las partes, en cuyo caso dicho acuerdo por escrito será el que rija dicha provisión de productos o servicios. El Comprador rechaza cualquier término preimpreso del Vendedor que aparezca en cualquier factura u otros documentos. Todas las especificaciones, planos y datos que se envíen al Vendedor mediante la presente Orden de compra figuran en el presente documento y constituyen una sola parte (denominadas en su conjunto como el “Contrato”). Todas las referencias establecidas que remitan al sitio web xx Xxxxxx sobre sus Reglas para realizar operaciones comerciales están disponibles en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxxx/xxxxxxxxxx-xxxxxxxx/ y se incluyen para referencia.
CÓDIGO DE CONDUCTA DEL PROVEEDOR
Al aceptar esta Orden de compra el Comprador manifiesta que acepta cumplir el Código de conducta del proveedor emitido por el Comprador que se puede encontrar en el sitio web xx Xxxxxx sobre Reglas para realizar operaciones comerciales.
CONFIDENCIALIDAD
El Vendedor tratará toda la información patentada y no pública, así como los materiales que el Comprador haya proporcionado, como información confidencial y no utilizará dicha información a excepción de los casos en los que sean razonablemente necesario para cumplir con sus obligaciones de conformidad con el Acuerdo y, asimismo, no revelará información confidencial a ningún Tercero a excepción de los casos en los que el Comprador estuviere de acuerdo con ello y así lo hubiese manifestado por escrito.
MODIFICACIONES
El Comprador se reserva el derecho de modificar en cualquier momento: (a) Las especificaciones, planos y datos que se recojan en el presente Contrato, en donde los artículos a proporcionar se deban fabricar específicamente para el Comprador; (b) Métodos de envío o empaquetado; (c) Lugar de entrega; y (d) Hora de entrega. Cualquier cambio que se realice a los términos del presente Contrato deberá estar reflejados en una orden de modificaciones que se emitirá a favor del Vendedor y para los que se aplicarán los términos que estén establecidos en la misma. Las modificaciones que haya iniciado el Vendedor, incluidos los cambios en los subcontratos, deberán utilizar el formulario de Solicitud de modificaciones para proveedores que se puede encontrar en el sitio web xx Xxxxxx sobre Reglas para realizar operaciones comerciales.
ENVÍO
A excepción de lo que figura en la parte frontal de la presente Orden de compra, el Vendedor deberá enviar los productos a las instalaciones del Comprador, en FCA (Incotemrs 2010). Los envíos deberán cumplir con las directrices de empaquetado del Comprador y todos los productos xx xxxxxx deberán estar de acuerdo con las normativas de la ISPM 15. Aquellos pedidos que se envíen en COD sin el consentimiento por escrito del Comprador no serán aceptados y todos los riesgos derivados serán responsabilidad del Vendedor. Los envíos deberán cumplir con las directrices de rutas de carga del Comprador cuando se utilicen las cuentas de fletes del Comprador. Si el Vendedor no cumple debidamente con la política de fletes, el Comprador se reserva el derecho de cobrar al Vendedor los gastos derivados de los fletes. En caso de que el Vendedor no pueda cumplir con la fecha de entrega establecida según las modalidades normales de transporte, el Vendedor deberá encargarse de todos los costes relacionados con los fletes de envío urgente.
TITULARIDAD Y RIESGO DE PÉRDIDA
A menos de que se estipule lo contrario en la primera página de la presente Orden, la titularidad, riesgo de pérdida y gastos de transporte se transferirán al Comprador una vez que se alcance la dársena del Comprador. El Vendedor se compromete a asegurar los productos hasta el destino en las instalaciones del Comprador.
ENTREGA
El tiempo es un valor esencial del presente Contrato y, en caso de que no se entreguen los artículos o se proporcionen los servicios según el plazo estipulado, el Comprador se reserva el derecho, sin
ningún tipo de responsabilidad, además de los demás derechos y soluciones que correspondan, de rescindir el presente el Contrato notificando debidamente al Vendedor. Cualquier estipulación aquí recogida con relación a la entrega de los productos o a la provisión de los servicios de manera fraccionada no significará que las obligaciones de Vendedor sean separables.
CALIDAD / PRODUCTOS NO CONFORMES
El Vendedor deberá cumplir con todos los requisitos de calidad del proveedor. A menos de que se haya especificado lo contrario, el Vendedor deberá obedecer las políticas establecidas en el Manual internacional de calidad para proveedores disponible en el sitio web xx Xxxxxx sobre Reglas para realizar operaciones comerciales. El Comprador no estará obligado a realizar inspecciones entrantes de ningún producto y el Vendedor renuncia a cualquier derecho de exigir al Comprador que realice dichas inspecciones. En caso de que el Comprador rechace cualquier producto no conforme, el Comprador podrá elegir entre: (a) reducir la cantidad de los productos pedidos deduciendo la cantidad de los productos no conformes, (b) solicitar al Vendedor que reemplace los productos no conformes o (c) ejercer cualquier otro derecho o solución aplicable. El Vendedor deberá proporcionar instrucciones por escrito en un plazo de cuarenta y ocho (48) horas a partir de la notificación del rechazo del Comprador de los productos no conformes con respecto a la forma en la cual el Comprador deberá desechar los productos rechazados. El Vendedor será responsable de todos los riesgos de pérdida relacionados con todos los productos no conformes y pagará sin demora o reembolsará todos los costes en los que haya incurrido el Comprador para devolver, almacenar o desechar cualquier producto no conforme. El pago del Comprador de cualquier producto no conforme no constituirá una aceptación expresa del Comprador, ni tampoco limitará o perjudicará el derecho del Comprador de ejercer cualquiera de sus derechos o soluciones o, igualmente, liberar al Vendedor de su responsabilidad con respecto a los productos no conformes.
GARANTÍA
Mediante la aceptación de la presente orden, el Vendedor garantiza que todos los productos y servicios proporcionados según el presente documento serán de plena conformidad con los requisitos del Comprador (incluida, entre otras, especificaciones, planos, datos, muestras o declaraciones de trabajo) e igualmente ostentarán una calidad comercializable y se adaptarán a los usos que está previsto pueda ejecutar el Comprador. El Vendedor garantiza además que los productos no presentarán defectos de diseño, material ni mano de obra. El Vendedor está de acuerdo con que la presente garantía se aplicará una vez se hayan aceptado los artículos. Dichas garantías se sumarán a cualquier otra garantía expresa que el Vendedor proporcione al Comprador.
COMPLIMIENTO DEL PRODUCTO
El Vendedor deberá asegurarse de que todos los productos cumplen con los requisitos de Cumplimiento del producto que figuran en la Política medioambiental de productos y listas de materiales restringidos que se puede consultar en el sitio web xx Xxxxxx sobre Reglas para realizar operaciones comerciales.
PRECIO
No se podrán facturar al Comprador precios más altos que los que figuran en la Orden de compra a menos de que así hubiese sido autorizado mediante una Notificación de modificación de la orden de compra emitida y firmada por el Comprador. El Vendedor manifiesta que el precio cobrado por los artículos o servicios detallados en la presente Orden es el precio más bajo que aplica el Vendedor a los Compradores de categoría similar a la del Comprador según unas condiciones similares a aquellas especificadas en la presente Orden y, por otra parte, que los precios cumplen con la legislación gubernamental en vigor aplicable en el momento de la emisión del presupuesto, venta o entrega.
PAGO
Los plazos de pago estándares están establecidos a 90 días naturales a partir de la siguiente fecha xx xxxxx ejecución de pago desde la recepción de la factura a menos de que se indique lo contrario en la parte frontal de la presente Orden de compra o cuando la ley exija un periodo más corto. Para poder tramitar el pago de las facturas, estas deberán contener el Código del proveedor del Comprador y el número de la Orden de compra. El Comprador no pagará los costes relacionados con el envío y transporte a menos de que así lo autorice expresamente la presente Orden. El Vendedor está de acuerdo en proporcionar al Comprador copias del conocimiento de embarque o recibo exprés en donde se puedan constatar los cargos relacionados con el envío. Se
sobreentiende que el periodo de descuento en efectivo correrá a partir de la fecha en la que se hayan recibido las mercancías o la factura, y en cualquier caso cualquiera que sea posterior. En ningún caso el Comprador estará obligado a emitir pagos con anterioridad a su ciclo normal de pago.
SOLUCIONES DEL COMPRADOR
En caso de que el Vendedor incumpla con el presente Contrato, el Comprador podrá: (a) obtener los productos que necesite y recuperar la diferencia ante el Vendedor del coste de los productos requeridos y el precio del contrato, (b) obtener una ejecución específica del Vendedor, (c) rechazar los productos y su obligación de cumplir con el presente contrato y posteriormente recuperar ante el Vendedor la diferencia entre el precio xx xxxxxxx y el precio del contrato, o (d) aceptar la mercancía y la compensación o recuperar ante el Vendedor la diferencia entre el valor de la mercancía y el precio del contrato. Independientemente de cualquier estipulación que determine lo contrario, las indicaciones anteriores no limitarán los demás derechos o soluciones que correspondan al Comprador (incluidos los derechos del Comprador a recuperar los daños y perjuicios directos e indirectos ante el Vendedor).
BIENES QUE PROPORCIONE EL COMPRADOR AL VENDEDOR
A menos de que se haya acordado lo contrario por escrito, todos los bienes que el Comprador proporcione al Vendedor o que el Comprador haya pagado con el fin de utilizarse para ejecutar el presente Contrato, serán y continuarán siendo de la propiedad del Comprador, se podrán retirar según las instrucciones del Comprador, podrán estar marcados o etiquetados con el fin de mostrar que son propiedad del Comprador y, por último, se podrán utilizar únicamente para tramitar los pedidos del Comprador. El Comprador no autorizará ningún uso, más allá de lo anteriormente mencionado, de las herramientas que sean propiedad del Comprador para la fabricación de artículos para terceros o el uso de terceros de productos que se hayan fabricado específicamente según las especificaciones del Comprador sin la autorización previa por escrito del Comprador. El Vendedor está de acuerdo en conservar (incluidas las reparaciones) todas las herramientas (a expensas del Vendedor) capaces de producir (Productos) durante todo el tiempo en el que el Comprador pida dichos productos.
COMPLIMIENTO LEGISLATIVO
Al aceptar la presente Orden de compra, el Vendedor manifiesta que cumple y que continuará cumpliendo (durante la ejecución de la presente Orden de compra) con todas las estipulaciones de las leyes nacionales e internacionales aplicables, incluidas pero no limitadas a las leyes medioambientales, ocupacionales, sanitarias y de seguridad, así como de importación y exportación, junto con todas las demás leyes y legislaciones en las que cualquier tipo de incumplimiento por parte del Comprador determine que este último es el responsable. El Vendedor establece además que cumplirá con todas las leyes aplicables para combatir los sobornos incluidas, entre otras, la Foreign Corrupt Practices Act de los EE. UU. y a la Bribery Law del Reino Unido. El Vendedor manifiesta que es un empleador que ofrece igualdad de oportunidades y que no discrimina a nadie basándose en cualquier estado de protección o en cualquier caso que así lo prohíba la ley y, más específicamente, según se detalla en el Código de conducta para proveedores del Comprador.
RESCISIÓN
El Comprador podrá rescindir este Pedido según lo estime oportuno, de forma total o parcial, por escrito o notificación telegráfica en cualquier momento. En caso de que el Comprador estime oportuno rescindir la presente Orden de compra, este pagará al Vendedor el precio prorrateado en función del porcentaje de trabajo que se haya finalizado antes de dicha cancelación.
FUERZA MAYOR
Aquellos retrasos que se originen debido a causas que estén más allá del control de cualquiera de las partes, incluidos entre otros actos de la naturaleza, actos o solicitudes del gobierno o entidades gubernamentales en cumplimiento de su capacidad no comercial, disturbios o escándalos civiles, sabotaje, accidentes, incendios, inundaciones, daños derivados de explosiones en una planta o en las instalaciones, epidemias, tifones, restricciones de cuarentenas o ausencia de medios normales de comunicación o de transporte, tendrán la capacidad de extender el tiempo de ejecución durante un periodo que no excederá los 30 días naturales seguidos (“Periodo de fuerza mayor”). Ninguna de las partes será responsable de ningún tipo de pérdida, daños y perjuicios, retenciones o retrasos que resulten de las causas anteriormente mencionadas. El Comprador podrá cancelar la presente Orden de compra en caso de
fuerza mayor que sobrepasen el Periodo de fuerza mayor.
CONTRATISTA INDEPENDIENTE
El Vendedor podrá realizar el trabajo necesario para ejecutar el presente Contrato con los empleados y agentes del Vendedor bajo el control del Vendedor. Las Cláusulas para contratistas en las instalaciones del Comprador, disponibles en el sitio web xx Xxxxxx sobre Prácticas para ejecutar operaciones comerciales, se aplicarán en todos los casos en los que se deban instalar mercancías o ejecutar servicios en la propiedad xx Xxxxxx.
RESPONSABILIDADES SOBRE PRODUCTOS Y SEGUROS
Mediante la presente el Vendedor confirma que se compromete a indemnizar y está de acuerdo con defender al Comprador y asegurarse de que el Comprador no se vea afectado frente a ningún tipo de reclamación: (a) que surja como fruto de la ejecución de los servicios o del uso por parte del Comprador u otras personas con respecto a los productos proporcionados en adelante (incluidos daños a los bienes o lesiones personales) y (b) cualquier infracción real o supuesta contra cualquier tipo de documento de patente de los Estados Unidos o en el extranjero que se produzca a partir del uso o venta de los productos adquiridos más en lo sucesivo. El Vendedor deberá asegurarse de obtener el seguro de responsabilidad general que corresponda. A menos de que se indique lo contrario en la parte frontal de esta Orden de compra, el Vendedor deberá asegurarse de contratar un seguro de responsabilidad general por un valor de al menos 1 millón de dólares estadounidenses.
IMPUESTOS
A menos de que la compra esté sujeta a impuestos de venta o uso según se indica en la primera página de esta Orden de compra, el precio no podrá incluir ningún tipo de impuesto o tasa sobre la venta, utilización, bienes específicos u otros impuestos nacionales o locales similares de aplicación a las mercancías o servicios proporcionados más abajo o sus materiales. En caso de que corresponda aplicar dichos impuestos o tasas, estos deberán figurar de forma separada en la factura del Vendedor
Otros impuestos nacionales: El certificado de excepción del Comprador (cuando así corresponda) deberá estar incluido en la Orden de compra o se deberá haber enviado previamente al Vendedor. En caso de que surja cualquier pregunta relacionada con los impuestos o tasas, estas se deberán dirigir al departamento de impuestos del Comprador.
LEY DE APLICACIÓN
La presente Orden de compra estará regulada para todos los fines por las leyes del país en donde el Comprador la haya emitido.
K-7908 (2019/09)