QUINTERO DECRETO ALCALDICIO NQ
I. MUNICIPALIDAD XX
XXXXXXXX DECRETO ALCALDICIO NQ
0 P 2 1 0 1
QUINTERO, 0 8 JUN. 2016
VISTOS:
1- Reconocimiento de deuda convenio de pago y transacción, de fecha 24 xx xxxxx de 2016, suscrito entre la
1. Municipalidad xx Xxxxxxxx y la empresa Chilquinta Energía S.A..
2. ' Memorándum NT46 de fecha 29 xx xxxxx de 2016, emitido por el Administrador Municipal, dirigido al Asesor Jurídico, en el cual solicita se confeccione el decreto alcaldicio que aprueba el reconocimiento de deuda convenio de pago y transacción suscrito entre la I. Municipalidad xx Xxxxxxxx y la empresa Chilquinta Energía S.A.
3.- Certificado de Factibilidad N°96 de fecha 00 xx xxxx xx 0000, xx xx xxxx xxxxxx que existe factibilidad presupuestaria en cuenta del subtitulo 22 ítem 05 asignación 001 sub asignación 003, denominado “Electricidad convenio alumbrado público”.
4. - Las atribuciones que me confiere el DFL NQ1, de 2006, del Ministerio del Interior, que aprobó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades; y
CONSIDERANDO:
a) Que, es necesario pagar la deuda que la I. MunicipaÜdad xx Xxxxxxxx mantiene con la empresa Chilquinta Energía S.A., por el servicio de instalación, reinstalación y reemplazo masivo de las luminarias, y de esta manera poner término al juicio ejecutivo tramitado en la causa rol C-2154- 2013, del Segundo Juzgado Civil de Valparaíso.
b) Que, para efectos de dar cumplimiento a la obligación que se mantiene con la empresa Chilquinta Energía S.A., la Municipalidad suscribió con dicha empresa un acuerdo de reconocimiento de deuda, convenio de pago y trasacción, con fecha 24 xx xxxxx de 2016, ante Notaría de Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, de Valparaíso, Repertorio N°307/ 2016, dicto el siguiente:
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0.' SE APRUEBA en todas sus partes el Reconocimiento de deuda Convenio de Pago y Transacción, de fecha 24 xx xxxxx de 2016, suscrito entre la Ilustre Municipalidad xx Xxxxxxxx y la Empresa Chilquinta Energía S.A., representada por xxx XXXXXXX XXXXXX XXXX, RUT N° 0.000.000-0, ante Notaría Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, de Valparaíso, Repertorio N°307/ 2016, con el objeto de pagar la deuda que la I. Municipalidad x Xxxxxxxx mantiene con la empresa Chilquinta Energía S.A., y de esta forma poner término al juicio ejecutivo tramitado en la causa Rol C-2154- 2013, del Segundo Juzgado Civil de Valparaíso.
2.-DESÍGNASE al Dpto. de Administración Municipal como unidad técnica, que estará encargada de fiscalizar el efectivo cumplimiento de lo establecido en el convenio.
3.- IMPÚTESE el gasto en cuenta del subtitulo 22 ítem 05 asignación 001 sub asignación 003, denominado yClccLiiÜdad uo¥io alumbrado público”.
ótese, comuniqúese y archívese.
DISTRIBUCION:
1.' Alcaldía
2. ' Secretaría Municipal
3. - Administración y Finanzas.
4. ' Asesor Jurídico.
5. - Administración Municipal.
6. ' Interesado.
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ÍS ALCALDE
XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX
ALCALDE
REPERTORIO Nro. 307/2016
RECONOCIMIENTO DE DEUDA CONVENIO DE PAGO Y TRANSACCION
ENTRE
ILUSTRE MUNICIPALIDAD XX XXXXXXXX
-Y- CHILQUINTA ENERGIA S.A.
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En Valparaíso, República de Chile, a veinticuatro xx Xxxxx de dos mil dieciséis, ante mí, XXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXXXXX, Abo gado, Notario Público de Valparaíso, con oficio en esta ciudad, xxxxx Xxxxxxxxx número novecientos setenta y tres, Local ciento uno, comparecen por una parte, la ILUSTRE MUNICIPALIDAD XX XXXXXXXX, persona jurídica de derecho publico, rol único tributario número sesenta y nueve millones sesenta mil setecientos guión k, representada legalmente por su Alcalde xxx XXXXX X X X X IC IO XXXXXXXX -PAR D O, chileno, casado, cédula nacional de identidad número nueve millones cuatrocientos sesenta y seis mil cuatrocientos cuarenta y seis guión dos, ambos domiciliados en calle Normadie número mil novecientos diez y seis, comuna xx Xxxxxxxx, de paso en ésta, en adelante "La Municipalidad"; y por la otra parte, CHILOUINTA ENERGIA S.A.. sociedad anónima distribuidora de energía eléctrica, rol único tributario número noventa y seis millones ochocientos trece mil quinientos veinte guión uno, representada por xxx XXXXXXX XXXXXX XXXX, chileno, casado, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número siete millones cuatrocientos veinticinco mil quinientos ochenta y nueve guión dos, ambos domiciliados en Avenida
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Argentina número uno, piso noveno, Edificio Plaza Barón de Valparaíso, en adelante también denominada "la empresa" o "CHILQUINTA"; los comparecientes mayores de edad, quienes acreditaron su identidad con su respectiva cédula, y exponen: PRIMERO: Mediante escritura pública de fecha diez de enero de dos mil siete, otorgada en la Notaría Publica de Valparaíso de xxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxx, Repertorio numero trescientos cinco/dos mil siete, la Municipalidad y Chilquinta suscribieron un convenio de pago en relación a una deuda por servicio de Instalación, reinstalación y reemplazo masivo de luminarias, en virtud del cual la Municipalidad se obligó a pagar a Chilquinta una suma de dinero equivalente a dos mil doscientas Unidades de Fomento, suma que según dicho convenio se dividiría en ciento cuotas iguales y sucesivas de ciento ochenta y cinco Unidades de Fomento cada una. Atendido que el convenio antes indicada no fue oportunamente cumplido por parte de la Municipalidad, con fecha treinta y uno de julio del año dos mil trece, Chilquinta inicio un juicio ejecutivo tramitado en la causa Rol dos mil ciento cincuenta y cuatro guión dos mil trece, del Segundo Juzgado Civil de Valparaíso, caratulado "CHILQUINTA CON ILUSTRE MUNICIPALIDAD XX XXXXXXXX", con
el objeto de cobrar la deuda que a esa fecha ascendía a la suma equivalente a catorce mil doscientos cuarenta y cinco Unidades de Fomento. SEGUNDO: Con el objeto de pagar la deuda y de esta forma poner término al juicio indicado en la cláusula anterior, mediante el presente acto e instrumento, las partes vienen en celebrar un convenio de pago y contrato de Transacción, conforme a las cláusulas siguientes. TERCERO: En consideración a lo señalado en las cláusulas anteriores, la ILUSTRE MUNICIPALIDAD XX XXXXXXXX, debidamente representada por su alcalde, reconoce adeudar a CHILQUINTA ENERGIA S.A. la suma equivalente a
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NOTARIO PUBLICO Tres 3
catorce mil sesenta Unidades de Fomento y se obliga a pagarla en treinta y seis cuotas mensuales iguales y sucesivas de trescientos noventa coma cincuenta y seis Unidades de Fomento cada una, que se pagarán en pesos chilenos de acuerdo al valor que tenga la Unidad de Fomento el último día del mes anterior al pago de la cuota respectiva. Cada cuota deberá ser pagada a más tardar el día cinco de cada mes, venciendo la primera cuota el día cinco del mes xx xxxxx del año dos mil dieciséis. CUARTO: Las partes convienen que el simple retardo o atraso en el pago íntegro y cabal de una cualquiera de las cuotas estipuladas en la cláusula precedente, facultará a CHILQUINTA para exigir y demandar el pago inmediato del total de la deuda reconocida en el presente convenio o del saldo a que se encuentre reducida, como si fuera de plazo vencido, sin más trámite, sin perjuicio de que el atraso en el pago de cualquier cuota devengará el respectivo interés corriente, que se calculará entre la fecha en que debió pagarse la cuota y su efectivo pago. QUINTO: Las partes convienen en que el pago de las cuotas indicadas en la cláusula tercera, abonos o pagos parciales que efectúe la Municipalidad se imputarán conforme a la regla general del artículo mil quinientos noventa y cinco del Código Civil, esto es, se imputaran primero a los intereses, y después al capital. SEXTO: En virtud del reconocimiento de deuda y convenio de pago indicado en el presente Instrumento, CHILQUINTA viene en desistirse de la demanda ejecutiva que dio Inicio a la causa singularizada en la cláusula primera, obligándose a presentar, dentro de los tres días hábiles siguientes a la suscripción del presente instrumento, un escrito de desistimiento a la demanda ejecutiva y, una solicitud de alzamiento de cualquier embargo que haya trabado sobre inmuebles de propiedad de la Municipalidad en dicha causa. El
expresamente por la MUNICIPALIDAD. En consecuencia las partes se dan el más amplío y completo finiquito en relación a la deuda indicada en la cláusula primera. SEPTIMO: El Xxxxxxx, xxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, declara que está facultado para suscribir el presente reconocimiento de deuda, convenio de pago y transacción por la Ilustre Municipalidad xx XXXXXXXX y que las obligaciones de la Municipalidad reconocidas en este instrumento se encuentran consideradas en el presupuesto municipal del año dos mil dieciséis y se incorporarán a los presupuestos de ios años siguientes hasta su total pago, para asegurar el oportuno y cabal cumplimiento de las obligaciones adquiridas por el presente instrumento y para el efecto establecido en la oración final del inciso segundo del artículo treinta y dos de la ley número dieciocho mil seiscientos noventa y cinco, Orgánica Constitucional de Municipalidades. Así consta también del acuerdo adoptado por el Concejo Municipal de la Municipalidad xx Xxxxxxxx en su Sesión del día dos xx xxxxx de dos mil dieciséis, el que no se inserta a petición de las partes. OCTAVO: Todos los gastos, impuestos y derechos que genere el presente contrato, celebrado ante Notado, serán de cargo exclusivo de la municipalidad. NOVENO: Para todos los efectos derivados del presente contrato, las partes fijan su domicilio en la comuna de Valparaíso, y se someten a la competencia de sus Tribunales. DÉCIMO: La personería de don Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx para representar a la I. MUNICIPALIDAD XX XXXXXXXX consta en sentencia de fecha treinta de noviembre de dos mil doce del Tribunal Electoral, Reglón de Valparaíso. Asimismo la personería de xxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxx para representar a CHILQUINTA ENERGÍA S.A. consta en escritura pública de fecha veintiséis de enero de dos mil doce, otorgada en la
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Notaría de Valparaíso de xxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxx. Las personerías no se insertan por ser conocidas de las partes y xxx Xxxxxxx que autoriza. La presente escritura se confecciona conforme minuta presentada por Chiiquinta Energía S.A.. En comprobante y previa lectura se ratifican y firman los comparecientes conjuntamente con la Notario que autoriza. Se da copia. DOY FE.
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