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SÁBADO 23 DE MARZO DE 2019
Convenio Colectivo Del Sector De Limpieza De Edificios Y Locales De La Comunidad De Madrid • May 5th, 2020

Cuando se produzca la subrogación, los delegados de personal o los miembros del comité de empresa, elegidos por el conjunto de los trabajadores de la empresa concesionaria saliente, perderán su condición de tales, salvo las garantías del artículo 24 del presente convenio. Por el contrario, los delegados de personal o los miembros del comité de empresa que hubieran sido elegidos en proceso electoral referido al centro objeto de subrogación, mantendrán su condición de representantes de los trabajadores a todos los efectos en la nueva empresa concesionaria.

LUNES 10 DE MARZO DE 2014
Convenio Colectivo Del Sector De Limpieza De Edificios Y Locales De La Comunidad De Madrid • May 5th, 2020

Cuando se produzca la subrogación, los delegados de personal o los miembros del co- mité de empresa, elegidos por el conjunto de los trabajadores de la empresa concesionaria saliente, perderán su condición de tales, salvo las garantías del artículo 24 del presente con- venio. Por el contrario, los delegados de personal o los miembros del comité de empresa que hubieran sido elegidos en proceso electoral referido al centro objeto de subrogación, mantendrán su condición de representantes de los trabajadores a todos los efectos en la nue- va empresa concesionaria.

ÍNDICE
Convenio Colectivo Del Sector De Limpieza De Edificios Y Locales De La Comunidad De Madrid • May 5th, 2020

comité de empresa, elegidos por el conjunto de los trabajadores de la empresa concesionaria saliente, perderán su condición de tales, salvo las garantías del artículo 24 del presente convenio. Por el contrario, los delegados de personal o los miembros del comité de empresa que hubieran sido elegidos en proceso electoral referido al centro objeto de subrogación, mantendrán su condición de representantes de los trabajadores a todos los efectos en la nueva empresa concesionaria.

CAPÍTULO I
Convenio Colectivo Del Sector De Limpieza De Edificios Y Locales De La Comunidad De Madrid • November 27th, 2013

Cuando se produzca la subrogación, los delegados de personal o los miembros del comité de empresa, elegidos por el conjunto de los trabajadores de la empresa concesionaria saliente, perderán su condición de tales, salvo las garantías del artículo 24 del presente convenio. Por el contrario, los delegados de personal o los miembros del comité de empresa que hubieran sido elegidos en proceso electoral referido al centro objeto de subrogación, mantendrán su condición de representantes de los trabajadores a todos los efectos en la nueva empresa concesionaria.