DISPOSICIONES PRELIMINARESMediación • May 5th, 2020
Contract Type FiledMay 5th, 2020ARTICULO 1º: Establécese el régimen de Mediación como método alternativo de resolución de conflictos judiciales en el ámbito de la Provincia, declarándoselo de interés público. La Mediación se caracteriza por los principios de neutralidad, imparcialidad, confidencialidad y consentimiento informado. El Estado proveerá la capacitación, utilización, promoción, difusión y desarrollo de la misma como método de resolución de conflictos, cuyo objeto sea materia disponible por los particulares. La Mediación podrá ser Obligatoria o Voluntaria, de acuerdo con lo establecido por la presente Ley.
LEY 13951 – PROVINCIA DE BUENOS AIRES.- ESTABLECE EL RÉGIMEN DE MEDIACIÓN COMO MÉTODO ALTERNATIVO DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS JUDICIALES EN EL ÁMBITO DE LA PROVINCIA.- B.O. 10-02-2009 (con las INCORPORACIONES DEL DECRETO REGLAMENTARIO 2.530/10 del...Mediación • May 5th, 2020
Contract Type FiledMay 5th, 2020ARTICULO 1º: Establécese el régimen de Mediación como método alternativo de resolución de conflictos judiciales en el ámbito de la Provincia, declarándoselo de interés público. La Mediación se caracteriza por los principios de neutralidad, imparcialidad, confidencialidad y consentimiento informado. El Estado proveerá la capacitación, utilización, promoción, difusión y desarrollo de la misma como método de resolución de conflictos, cuyo objeto sea materia disponible por los particulares. La Mediación podrá ser Obligatoria o Voluntaria, de acuerdo con lo establecido por la presente Ley.