Comité de Coordinación de la OMPISeptember 13th, 2019
FiledSeptember 13th, 2019De conformidad con el artículo 13.1) del Convenio que establece la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), todo acuerdo general concertado con miras a establecer relaciones de trabajo y cooperación con otras organizaciones intergubernamentales será concluido por el director general, previa aprobación del Comité de Coordinación de la OMPI. A ese respecto:
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