Asociación La Vega Real de Ahorros y Préstamos Para La Vivienda Contrato de Préstamo ( Línea de Crédito) con Garantía HipotecariaLoan Agreement • January 28th, 2020
Contract Type FiledJanuary 28th, 2020Artículo Vigésimo Primero: Impuestos, Gastos Judiciales y Extrajudiciales. EL DEUDOR se compromete pagar y mantener sin retrasos los impuestos que recaen sobre el (los) inmueble(s) otorgado(s) en garantía para el préstamo recibido, como lo son el Impuesto sobre la propiedad inmobiliaria (IPI), el impuesto a la vivienda Suntuaria y Solares urbanos no edificados establecido por la Ley 288-04 del año 2004; y cualquier otro impuesto actualmente aplicable o por aplicarse en el futuro o que fuere creado en lo sucesivo y que tenga que ver o afecte con el (los) inmueble(s) que garantiza(n) el préstamo. En igual sentido, quedará a cargo del EL DEUDOR todos los pagos por concepto de gastos relativos a primas de seguros, tasaciones, deslinde o levantamiento parcelario y honorarios, en relación al presente contrato. EL DEUDOR se obliga a pagar a EL ACREEDOR, cualquier suma de dinero que este tenga que pagar por los conceptos indicados en el presente artículo, cuando sean asumidos por EL ACREEDOR p
Asociación La Vega Real de Ahorros y Préstamos Para La Vivienda Contrato de Préstamo ( Línea de Crédito) a Sola FirmaLoan Agreement • January 28th, 2020
Contract Type FiledJanuary 28th, 2020Artículo Primero: Monto del préstamo. EL ACREEDOR concede a EL DEUDOR, según las condiciones expresadas en este contrato, un crédito reconductivo bajo modalidad de Línea de Crédito, por la suma
Contrato de Préstamo ( Línea de Crédito) Con Garantía Solidaria e IndivisibleLoan Agreement • January 28th, 2020
Contract Type FiledJanuary 28th, 2020Artículo Décimo Octavo: Impuestos, Gastos Judiciales y Extrajudiciales. EL DEUDOR se compromete pagar y mantener sin retrasos los impuestos que recaen sobre el (los) inmueble(s) otorgado(s) en garantía para el préstamo recibido, como lo son el Impuesto sobre la propiedad inmobiliaria (IPI), el impuesto a la vivienda Suntuaria y Solares urbanos no edificados establecido por la Ley 288-04 del año 2004; y cualquier otro impuesto actualmente aplicable o por aplicarse en el futuro o que fuere creado en lo sucesivo y que tenga que ver o afecte con el (los) inmueble(s) que garantiza(n) el préstamo. En igual sentido, quedará a cargo del EL DEUDOR todos los pagos por concepto de gastos relativos a primas de seguros, tasaciones, deslinde o levantamiento parcelario y honorarios, en relación al presente contrato. EL DEUDOR se obliga a pagar a EL ACREEDOR, cualquier suma de dinero que este tenga que pagar por los conceptos indicados en el presente artículo, cuando sean asumidos por EL ACREEDOR por