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ResoluCión de 27 de junio de 2013, de la Consejería de economía y empleo, por la que se ordena la inscripción del Convenio Colectivo de la empresa Corporación Alimentaria Peñasanta (centro de Granda), en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos...
May 5th, 2020
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    May 5th, 2020

Vista la solicitud de inscripción de convenio colectivo presentada por la Comisión negociadora del convenio colectivo de la empresa Corporación alimentaria peñasanta (centro de Granda) (expediente C-024/2013, código 33003411011983), a través de medios electrónicos ante el registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo del principado de astu- rias, suscrito por la representación legal de la empresa y de los trabajadores el 25 de abril de 2013, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90, números 2 y 3 del real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprue- ba el texto refundido de la ley del estatuto de los Trabajadores y en el real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, en uso de las facultades conferidas por resolución de 3 de julio de 2012, por la que se delegan competencias del titular de la Consejería de economía y empleo en el titular de la dirección General de Trabajo, por la presente

ResoluCión de 26 de marzo de 2019, de la Consejería de empleo, industria y Turismo, por la que se ordena la inscripción del Convenio Colectivo de la empresa Corporación Alimentaria Peñasanta, s.A. (Centro de Granda), en el Registro de convenios y...
May 5th, 2020
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    May 5th, 2020

vista la solicitud de inscripción de convenio colectivo presentada por la Comisión negociadora del convenio co- lectivo de la empresa Corporación alimentaria peñasanta, s.a. (Centro de Granda) (expediente C-011/2019, código 33003411011983), a través de medios electrónicos ante el registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo del principado de asturias, suscrito por la representación legal de la empresa y de los trabajadores el 28 de febrero de 2019, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90, números 2 y 3 del real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley del estatuto de los trabajadores y en el real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, en uso de las facultades conferidas por resolución de 11 de abril de 2018, por la que se delegan competencias del titular de la Consejería de empleo, industria y turismo en el titular de la dirección General de traba