CELEBRADO ENTRE PROMOTORA FERROCARRIL DE ANTIOQUIA S.A.S. NIT 900.988.911-1 Y XXXXXXXXXXXX XXXXXX.Consulting Agreement • May 5th, 2020
Contract Type FiledMay 5th, 2020representada legalmente por su Gerente, doctor OMAR HOYOS AGUDELO identificado con la cédula de ciudadanía No. 8.405.418, legalmente facultado para contratar de conformidad con la normativa vigente, el documento privado de constitución de la Sociedad, el Manual de Contratación de la Empresa y la autorización de Junta Directiva contenida en el Acta No. 18 correspondiente a la sesión extraordinaria presencial de febrero 6 de 2019, quien adelante se denominará LA PROMOTORA, de una parte; y de la otra, el XXXXXX XXXXXX, representado por XXXXXXXX XXXXX XXXX identificado con cédula de extranjería XX.XXX.XXX de Xxxxxxxxxx y conformado por las firmas: XXXXXX XXXXXX, XXXXXXX y XXXXXXXXXX, quien en adelante se denominará EL CONSULTOR O EL CONTRATISTA, advirtiendo, que declara bajo la gravedad de juramento, no encontrarse incurso en alguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad señaladas en ordenamiento jurídico colombiano, acordamos suscribir el presente CONTRATO DE CONSULTORÍA, previ
CELEBRADO ENTRE PROMOTORA FERROCARRIL DE ANTIOQUIA S.A.S. NIT 900.988.911-1 Y XXXXXXXXXXXX XXXXXX.Consulting Agreement • December 9th, 2019
Contract Type FiledDecember 9th, 2019representada legalmente por su Gerente, doctor OMAR HOYOS AGUDELO identificado con la cédula de ciudadanía No. 8.405.418, legalmente facultado para contratar de conformidad con la normativa vigente, el documento privado de constitución de la Sociedad, el Manual de Contratación de la Empresa y la autorización de Junta Directiva contenida en el Acta No. 18 correspondiente a la sesión extraordinaria presencial de febrero 6 de 2019, quien adelante se denominará LA PROMOTORA, de una parte; y de la otra, el XXXXXX XXXXXX, representado por XXXXXXXX XXXXX XXXX identificado con cédula de extranjería XX.XXX.XXX de Xxxxxxxxxx y conformado por las firmas: XXXXXX XXXXXX, XXXXXXX y XXXXXXXXXX, quien en adelante se denominará EL CONSULTOR O EL CONTRATISTA, advirtiendo, que declara bajo la gravedad de juramento, no encontrarse incurso en alguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad señaladas en ordenamiento jurídico colombiano, acordamos suscribir el presente CONTRATO DE CONSULTORÍA, previ