Adición De Contrato Sample Contracts

OFICINA DE COMPRAS Y CONTRATACIÓN ACTA DE ADICIÓN Código: CYC-GEF-FR-52
Adición De Contrato • February 1st, 2016

Entre los suscritos a saber [NOMBRE DEL FUNCIONARIO DELEGADO PARA CONTRATAR] identificado con cédula de ciudadanía Nº [Número] expedida en [Ciudad] en calidad de [Cargo], con funciones de ordenación del gasto según Resolución Nº [Número] de [Fecha], actuando en nombre y en representación de LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO, Ente Universitario Autónomo de Carácter Oficial del orden Departamental, identificada con NIT Nº 800.118.954-1, con domicilio principal en la ciudad de Pasto (N), quien para efectos de esta acta se denominará LA UNIVERSIDAD, y por otra [NOMBRE DEL CONTRATISTA] identificado con cédula de ciudadanía Nº [Número] expedida en [Ciudad], quien para efectos de esta acta se denominará EL CONTRATISTA, hemos acordado celebrar la presente acta de adición al contrato de la referencia, de conformidad con las siguientes consideraciones: Que las partes estipularon en el contrato que para todos los efectos que el plazo de ejecución sería hasta [DD de MM de AAAA]. Que asimismo acordaron que

ADICIÓN DE CONTRATO – Concepto de adición – Distintos supuestos – Prohibición de adicionar en más del 50%
Adición De Contrato • August 13th, 2020

Durante la fase de ejecución de los contratos estatales, las partes podrían identificar alguna de las siguientes situaciones: i) la necesidad de acometer mayores cantidades de los ítems o actividades inicialmente previstos, a lo que en la práctica se le conoce como «mayores cantidades de obra», «obras adicionales» o adición de «ítems contractuales»; y ii) la necesidad de ampliar las prestaciones contractuales, mediante la ejecución de nuevos ítems o actividades, no incluidos en el contrato inicial, para lo que en la práctica las entidades ejecutan «obras extra» o «amplían el alcance» del contrato mediante la celebración de un «contrato adicional». No obstante, este último término, al igual que los señalados entre comillas ―algunos de ellos usualmente empleados en contratos de obra― son nociones doctrinarias y empleadas en la práctica por las entidades estatales, que actualmente no tienen un fundamento particular en el ordenamiento jurídico, el cual no le asigna efectos específicos a ca