LEY PENAL TRIBUTARIALey Penal Tributaria • February 11th, 2018
Contract Type FiledFebruary 11th, 2018Artículo 1.- El que, en provecho propio o de un tercero, valiéndose de cualquier artificio, engaño, astucia, ardid u otra forma fraudulenta, deja de pagar en todo o en parte los tributos que establecen las leyes, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cinco ni mayor de ocho años.(*)