Alcance de las modificaciones introducidas en la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público por el Real Decreto-ley 14/2019, de 31 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes por razones de seguridad pública en materia de administración...Modificación De La Ley 9/2017 De Contratos Del Sector Público • May 5th, 2020
Contract Type FiledMay 5th, 2020NUEVA REDACCIÓN REDACCIÓN ANTERIOR Artículo 35. Contenido mínimo del contrato.1. Los documentos en los que se formalicen los contratos que celebren las entidades del sector público, salvo que ya se encuentren recogidas en los pliegos, deberán incluir, necesariamente, las siguientes menciones: d) Referencia a la legislación aplicable al contrato, con expresa mención al sometimiento a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos. d) Referencia a la legislación aplicable al contrato. MOTIVACIÓN DEL CAMBIO: Así, en primer lugar, el presente real decreto-ley modifica el artículo 35 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, para incluir, como contenido mínimo de los contratos, la referencia expresa al sometimiento a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos Artículo 39. Causas de nulidad de derecho administrativo.2. Serán igualmente nulos de pleno derecho los contratos celebrados por poderes adjudicadores en los que concur