Definición de ACTIVIDAD COMERCIAL

ACTIVIDAD COMERCIAL la propia del negocio que quede identificada en las Condiciones Particulares del contrato.
ACTIVIDAD COMERCIAL. FACTURACIÓN ANUAL EMPRESA COD. C.N.A.E. Nº EMPLEADOS Nº VEHÍCULOS CONSUMO ESTIMADO CON TODAS SUS TARJETAS GASÓLEO BONIFICADO
ACTIVIDAD COMERCIAL. Las destinadas al expendio, compraventa o distribución de bienes o mercancías, tanto al por mayor como al por menor, las demás definidas como tales por el Código de Comercio, siempre y cuando no estén consideradas por el mismo o por las leyes vigentes como actividades industriales o de servicios; las demás descritas como actividades comerciales en el Código de Identificación Internacional Unificado (CIIU).

Examples of ACTIVIDAD COMERCIAL in a sentence

  • R) EN CASO DE SER EL ASEGURADO UNA PERSONA MORAL O PERSONA FÍSICA CON ACTIVIDAD COMERCIAL, RESPONSABILIDADES DERIVADAS DE DAÑOS QUE SUFRAN: - CONSEJEROS, DIRECTORES, SOCIOS, ADMINISTRADORES, GERENTES DEL ASEGURADO U OTROS EMPLEADOS CON FUNCIÓN DIRECTIVA.

  • Las normas del presente Convenio Colectivo de Trabajo serán de aplicación en todo el territorio de la Provincia de Las Palmas y sus preceptos obligan a todas las Empresas y trabajadores y trabajadoras del Comercio y que estén encuadrados en los siguientes grupos de actividades: FERRETERÍA, EFECTOS NAVALES, MATERIALES ELÉCTRICOS, ELECTRODOMÉSTICOS, JOYERÍA Y PLATERÍA, ARMERÍA, DEPORTES, JUGUETERÍA, MUEBLES METÁLICOS, INFORMÁTICA MINORISTA Y OTROS DE LA ACTIVIDAD COMERCIAL DEL METAL.

  • Fecha: Firmado: Nombre en letra de imprenta: FORMULARIO DE SOLICITUD DEL PROGRAMA DE DESARROLLO DE PELEADOR DE UFC AUTORIZACIÓN Y LIBERACIÓN CONCERNIENTE A LA OBTENCIÓN DE UN INFORME DE CONSUMIDOR, INFORME INVESTIGATIVO DE CONSUMIDOR O DE ACTIVIDAD COMERCIAL Yo, el consumidor infrascrito, por el presente autorizo ▇ ▇▇▇▇▇ International, LLC.

  • MUTACION DE LA ACTIVIDAD COMERCIAL ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇.MAT: 00011300 DOCUMENTO PRIVADO No 0000001 DEL ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ , ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ INSCRITO EL 20 DE NOVIEMBRE DE 2008 , BAJO EL No. 00017557 DEL LIBRO XV .

  • MUTACION DE LA ACTIVIDAD COMERCIAL ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ No.MAT: 00011486 DOCUMENTO PRIVADO No 0000001 DEL ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ , ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ INSCRITO EL 18 DE NOVIEMBRE DE 2008 , BAJO EL No. 00017544 DEL LIBRO XV .

  • MUTACION DE LA ACTIVIDAD COMERCIAL DISTRIBUCIONES VIHUEL No.MAT: 00009701 ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇ ▇▇▇ ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ , ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ INSCRITO EL 19 DE NOVIEMBRE DE 2008 , BAJO EL No. 00017549 DEL LIBRO XV .

  • SE INSCRIBIO EL CAMBIO DE ACTIVIDAD COMERCIAL ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ No.MAT: 00012165 FORMULARIO DEL ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ , ▇▇▇▇▇▇▇▇ EL 07 DE NOVIEMBRE DE 2008 , BAJO EL No. 00017507 DEL LIBRO XV .

  • MUTACION DE LA ACTIVIDAD COMERCIAL ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ No.MAT: 00012183 FORMULARIO DEL ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ , ▇▇▇▇▇▇▇▇ EL 26 DE NOVIEMBRE DE 2008 , BAJO EL No. 00017571 DEL LIBRO XV .

  • SE INSCRIBIO EL CAMBIO DE LA ACTIVIDAD COMERCIAL RECREATIVAS GALAXIA No.MAT: 00011618 OFICIO No 0000001 DEL ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ , ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ INSCRITO EL 07 DE NOVIEMBRE DE 2008 , BAJO EL No. 00017506 DEL LIBRO XV .

  • MUTACION DE LA ACTIVIDAD COMERCIAL FISIOMED IPS No.MAT: 00012174 FORMULARIO DEL ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ , ▇▇▇▇▇▇▇▇ EL 13 DE NOVIEMBRE DE 2008 , BAJO EL No. 00017536 DEL LIBRO XV .


More Definitions of ACTIVIDAD COMERCIAL

ACTIVIDAD COMERCIAL. Es el uso establecido en privado placer y negocios y uso para el transporte de pasajeros por el Asegurado, equipaje que acompaña a los pasajeros y carga para alquiler o ganancia.
ACTIVIDAD COMERCIAL. Aquella actividad u operación realizada por el ASEGURADO, indicado en el numeral 14.3.1 del Seguro de Responsabilidad Civil Medioambiental, en el Local, siempre que esté 3.1.1. efectivamente declarada en la Solicitud de ▇▇▇▇▇▇ o en la comunicación escrita presentada por el CONTRATANTE y/o ASEGURADO y/o por su ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇; y 3.1.2. que esté expresamente indicada y descrita en las Condiciones Particulares de la Póliza.
ACTIVIDAD COMERCIAL. Se entiende por actividad comercial la dedicada al expendio, compraventa, o distribución de bienes o mercancías al por mayor como al por menor y los demás definidos como tales en el código del comercio, siempre y cuando no esté considerado por éste estatuto como actividad industrial o de servicio. ▇.▇.▇▇▇. 34 Ley 14 de 1.983.

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  • Actividad PROVISION Y COLOCADO DE VENTANA DE ALUMINIO LINEA 20 C/VIDRIO 4MM + ACCESORIOS UNIDAD: M2 MONEDA: BOLIVIANOS ITEM Nro 28 GRUPO NRO DESCRIPCION 1 MATERIALES EXTERNOS UNIDAD CANTIDAD PRECIO TOTAL VENTANA DE ALUMINIO LÍNEA 20 C/VIDRIO 4MM MAS ACCESORIOS M2 1 TOTAL MATERIALES EXTERNOS 2 MATERIAL APORTE PROPIO UNIDAD CANTIDAD PRECIO TOTAL MATERIAL APORTE PROPIO A TOTAL MATERIALES (1+2) 3 MANO DE OBRA CONTRATADA UNIDAD CANTIDAD PRECIO SUBTOTAL MANO DE OBRA CONTRATADA 4 MANO DE OBRA APORTE PROPIO UNIDAD CANTIDAD PRECIO AYUDANTE HR 1 SUBTOTAL MANO DE OBRA APORTE PROPIO 5 CARGA SOCIAL MANO DE OBRA CONTRATADA (INCIDENCIA% de 3) 55.00% 6 IVA (INCIDENCIA% de 3+5) 14.94% B TOTAL MANO DE OBRA (3+4+5+6) 7 EQUIPO MAQUINARIA UNIDAD CANTIDAD PRECIO SUBTOTAL EQUIPO MAQUINARIA 8 HERRAMIENTAS MENORES (% de B) 3.00% C EQUIPO Y HERRAMIENTAS (7+8) 9 GASTOS GENERALES (% de A+B+C-2-4) 6.00% D TOTAL GASTOS GENERALES 10 UTILIDAD (% de A+B+C+D-2-4) 6.00% E TOTAL UTILIDAD 11 IMPUESTOS IT (% de 1+3+5+6+C+D+E) 3.09% F TOTAL IMPUESTO IT TOTAL PRECIO UNITARIO (A+B+C+D+E+F)

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Vigencia La garantía de seriedad de la oferta debe estar vigente desde la fecha de presentación de la oferta y hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato. En caso de no requerirse la garantía de cumplimiento, hasta la firma del contrato. Lo anterior, sin perjuicio del deber de ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la adjudicación o la suscripción se prorrogue.

  • LA ASEGURADORA conviene con “EL ASEGURADO” que la cobertura que ampara el contrato surtirá efectos a partir del momento en que las Obras de Arte y/o Artículos de Difícil o Imposible Reposición, se desmonten y/o salgan de las instalaciones de los remitentes hacia las instalaciones de “EL ASEGURADO”, y finalmente sean trasladadas al lugar de origen o el que señalen sus remitentes o propietarios, se incluyen aquellas que salgan del domicilio de “EL ASEGURADO” al domicilio del prestador de servicios en caso de restauración, y quedan aseguradas en tanto se restauran en dicho domicilio y en su traslado al lugar de origen o al domicilio que señale “EL ASEGURADO”. Esta cobertura se extiende mientras las obras de arte y/o artículos de difícil o imposible reposición se encuentren en tránsito, en almacenaje previo o posterior a su exposición, y en exposición o no, dentro de la República Mexicana. Bajo esta cobertura quedan amparados los hechos u omisiones que en términos de la legislación civil federal vigente causen la muerte o el menoscabo de la salud de los huéspedes o usuarios, el deterioro, la pérdida y/o la destrucción de los bienes propiedad de los mismos, derivados de las actividades propias del prestador de servicios turísticos: “EL ASEGURADO”, incluyendo su responsabilidad como propietario, arrendatario o usufructuario de terrenos, edificios o locales que sean utilizados para su actividad, así como las instalaciones comprendidas dentro de los mismos, o por la prestación de servicios básicos y complementarios que suministre a Terceros y por la responsabilidad civil legal personal de sus empleados y trabajadores derivada del desempeño de sus funciones, en los Centros Vacacionales y según se establezca en los siguientes riesgos cubiertos, en el entendido de que lo que no está expresamente excluido queda incluido. Queda excluido cualquier tipo de daños y/o pérdidas a consecuencia de terrorismo y/o sabotaje. “LA ASEGURADORA” se obliga para con “EL ASEGURADO” a pagar a Terceros por la muerte o menoscabo de la salud de estos últimos, así como los perjuicios y daño moral, que “EL ASEGURADO” cause y por los que éste deba responder, derivada de las actividades propias de los Centros Vacacionales amparados en este contrato. Asimismo, “LA ASEGURADORA” se obliga a cubrir la responsabilidad civil objetiva de “EL ASEGURADO” por daños que causen la muerte o el menoscabo de la salud de Terceros, derivada de la posesión legal y uso de las instalaciones y/o aparatos utilizados para la prestación del servicio en los Centros Vacacionales, por hechos u omisiones no dolosos ocurridos durante la vigencia de este contrato.