Definición de Aguas Servidas

Aguas Servidas. Combinación de agua con residuos provenientes de residencias, edificios comerciales, industriales o institucionales.
Aguas Servidas. Aguas residuales domésticas y que son el resultado de las actividades cotidianas de las personas. Requieren de sistemas de canalización y del tratamiento debido al cumplimiento con las normativas vigentes. También se les denomina aguas negras o aguas cloacales.
Aguas Servidas aguas de desecho provenientes de lavamanos, tinas de baño, dichas, lavaplatos, y otros artefactos que no descargan materias fecales. Área o predio urbanizable no urbanizado: son las áreas o predios que no han sido desarrollados y en los cuales se permiten las actuaciones de urbanización, o que aun cuando contaron con licencia urbanística no ejecutaron las obras de urbanización aprobadas en la misma. Área o predio urbanizado: se consideran urbanizados las áreas o predios en los que se culminaron las obras de infraestructura de redes, vías locales, parques y equipamientos definidas en las licencias urbanísticas y se hizo entrega de ellas a las autoridades competentes.

Examples of Aguas Servidas in a sentence

  • El tratamiento de Aguas Servidas deberá contar con la autorización de la entidad competente a través de la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental respectivo y adicionalmente cumplir con la Normas Legales Aplicables y las Normas Regulatorias.

  • Sistema de tuberías y elementos complementarios instalados dentro del Ámbito de la Concesión destinados al suministro de agua potable o evacuación de Aguas Servidas.

  • Sistema de tuberías y elementos complementarios instalados dentro del área de concesión destinados al suministro de agua potable o evacuación de Aguas Servidas.

  • NOMBRE CONTRATO: Contrato de emergencia redes Agua Potable y Aguas Servidas Essbio.

  • Sistema de tuberías y elementos complementarios instalados dentro del Ámbito de la concesión destinados al suministro de agua potable o evacuación de Aguas Servidas.

  • El CONTRATISTA se compromete y obliga en toda forma de derecho, a ejecutar la Obra “Cerco Perimétrico de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas Totora ”, de acuerdo a las Normas, al Proyecto, a los Planos, a las Especificaciones Técnicas y Condiciones del Contrato, y los Documentos del Concurso para Adjudicación Directa Selectiva Nº 021-2005-EPSASA/CA y a los Términos de su Oferta presentada.

  • NOMBRE CONTRATO: Reparaciones varias Redes Agua Potable y Aguas Servidas Aguas San NOMBRE CONTRATO: Confección ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, Puente ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇.

  • Planos Estudio de Factibilidad de Agua Potable, Alcantarillado de Aguas Servidas y de Aguas Lluvias Estudio de Equipamiento Comunal, y demás Usos de Suelo, y su demanda futura.

  • NOMBRE CONTRATO: Modificación Red Agua Potable y Aguas Servidas, By-Pass Pucón.

  • Aguas Servidas ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ suministro instal.planchas ▇▇ ▇▇▇▇▇ Cs Las Delicias SUMINISTRO E INSTALACION DE PLANCHAS ▇▇ ▇▇▇▇▇ INOXIDABLE CAMARA LAS DELICIAS PLUS INDUSTRIAS MAAC SAC 148 2015000153 12/02/2015 11:25 457.37 Req.493 Div.Mant.Electromec.


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Aguas Servidas. Aguas de desecho provenientes de lavamanos, tinas de baño, duchas, lavaplatos, y otros artefactos que no descargan materias fecales.

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  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Servicios Conexos significan los servicios incidentales relativos a la provisión de los bienes, tales como seguro, instalación, capacitación y mantenimiento inicial y otras obligaciones similares del Proveedor en virtud del Contrato.

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Dieciséis de junio de dos mil dieciséis (16/06/2016).

  • Objetivos OBJETIVO GENERAL

  • LA ASEGURADORA conviene con “EL ASEGURADO” que la cobertura que ampara el contrato surtirá efectos a partir del momento en que las Obras de Arte y/o Artículos de Difícil o Imposible Reposición, se desmonten y/o salgan de las instalaciones de los remitentes hacia las instalaciones de “EL ASEGURADO”, y finalmente sean trasladadas al lugar de origen o el que señalen sus remitentes o propietarios, se incluyen aquellas que salgan del domicilio de “EL ASEGURADO” al domicilio del prestador de servicios en caso de restauración, y quedan aseguradas en tanto se restauran en dicho domicilio y en su traslado al lugar de origen o al domicilio que señale “EL ASEGURADO”. Esta cobertura se extiende mientras las obras de arte y/o artículos de difícil o imposible reposición se encuentren en tránsito, en almacenaje previo o posterior a su exposición, y en exposición o no, dentro de la República Mexicana. Bajo esta cobertura quedan amparados los hechos u omisiones que en términos de la legislación civil federal vigente causen la muerte o el menoscabo de la salud de los huéspedes o usuarios, el deterioro, la pérdida y/o la destrucción de los bienes propiedad de los mismos, derivados de las actividades propias del prestador de servicios turísticos: “EL ASEGURADO”, incluyendo su responsabilidad como propietario, arrendatario o usufructuario de terrenos, edificios o locales que sean utilizados para su actividad, así como las instalaciones comprendidas dentro de los mismos, o por la prestación de servicios básicos y complementarios que suministre a Terceros y por la responsabilidad civil legal personal de sus empleados y trabajadores derivada del desempeño de sus funciones, en los Centros Vacacionales y según se establezca en los siguientes riesgos cubiertos, en el entendido de que lo que no está expresamente excluido queda incluido. Queda excluido cualquier tipo de daños y/o pérdidas a consecuencia de terrorismo y/o sabotaje. “LA ASEGURADORA” se obliga para con “EL ASEGURADO” a pagar a Terceros por la muerte o menoscabo de la salud de estos últimos, así como los perjuicios y daño moral, que “EL ASEGURADO” cause y por los que éste deba responder, derivada de las actividades propias de los Centros Vacacionales amparados en este contrato. Asimismo, “LA ASEGURADORA” se obliga a cubrir la responsabilidad civil objetiva de “EL ASEGURADO” por daños que causen la muerte o el menoscabo de la salud de Terceros, derivada de la posesión legal y uso de las instalaciones y/o aparatos utilizados para la prestación del servicio en los Centros Vacacionales, por hechos u omisiones no dolosos ocurridos durante la vigencia de este contrato.