Definición de Cantidad Controvertida

Cantidad Controvertida. Cualquier monto, o parte del mismo, facturado por EL TRANSPORTADOR, que sea controvertido por EL REMITENTE PRIMARIO. Cantidad de Energía Autorizada o CEA: En adición a lo definido en la regulación de la CREG, es la cantidad de Energía que el Centro Principal de Control (CPC) acepta que se transporte durante el Día de Gas por el Sistema de Transporte. Esta es la cantidad a la que se compromete EL TRANSPORTADOR a entregar a EL REMITENTE PRIMARIO en el/los Punto(s) de Salida. Cantidad de Energía Tomada: Cantidad de Energía, determinada a partir del Poder Calorífico Representativo y el Volumen Tomado, que EL REMITENTE PRIMARIO o sus Remitentes o Clientes toma(n) en el Punto de Salida del Sistema de Transporte durante el Día de Gas. Capacidad Contratada en Firme o Capacidad Contratada o CC Firme o CC: Capacidad diaria de Transporte de Gas Natural, contratada mediante un Contrato de Transporte en Firme de Capacidades Trimestrales, expresada en miles de pies cúbicos, que EL TRANSPORTADOR le garantiza a EL REMITENTE PRIMARIO durante el plazo de Duración del Servicio de que trata el numeral 3.2. del Contrato de Transporte, excepto por la ocurrencia de un Evento de Fuerza Mayor, Caso Fortuito o Eventos Eximentes, y de la cual EL REMITENTE PRIMARIO puede hacer uso, de acuerdo con las especificaciones del presente Contrato de Transporte, para el/los Tramo(s). El valor de la CC está definido en la Certificación.
Cantidad Controvertida. Cualquier monto, o parte del mismo, facturado por EL TRANSPORTADOR, que sea controvertido por EL REMITENTE PRIMARIO.

Examples of Cantidad Controvertida in a sentence

  • El Pago Mínimo procederá aún en los casos de presentarse cualquiera de los eventos enunciados en los numerales (i), (ii) o (iii), en razón a que las Partes acuerdan que respecto del estimado y del pago anticipado o Pago Mínimo no se activará el mecanismo de Cantidad Controvertida, en razón de que dicho procedimiento de estimado y pago anticipado o Pago Mínimo actúa como garantía de pago otorgada por EL REMITENTE PRIMARIO.

  • En caso de discrepancia respecto de una cantidad facturada, EL REMITENTE PRIMARIO deberá notificar mediante comunicación escrita tal circunstancia al TRANSPORTADOR dentro de los diez (10) Días Hábiles después de recibida la factura correspondiente, indicando el motivo de su desacuerdo y el monto de la Cantidad Controvertida.

  • De no hacerlo, se entenderá que EL REMITENTE PRIMARIO ha dejado de estar en desacuerdo con la Cantidad Controvertida y que el pago de la misma es exigible dentro de los diez (10) Días siguientes al vencimiento de dicho plazo con los intereses xx xxxx causados desde la fecha en que originalmente ha debido hacerse el pago, sin necesidad de nuevas facturas, requerimientos para constituir en xxxx ni ninguna acción adicional por parte del TRANSPORTADOR.

  • Queda entendido que durante todo el plazo que transcurra hasta la resolución definitiva del reclamo presentado por EL REMITENTE PRIMARIO respecto de cualquier Cantidad Controvertida, EL REMITENTE PRIMARIO podrá abstenerse de pagar la Cantidad Controvertida, pero en caso de resolverse la disputa en contra de EL REMITENTE PRIMARIO éste deberá pagar al TRANSPORTADOR la suma correspondiente, aplicando los intereses xx xxxx desde la fecha en que originalmente debió hacerse el pago.

  • Cada Parte deberá poner a disposición de la otra Parte todos los documentos y registros utilizados que estuvieran vinculados a la Cantidad Controvertida.

  • De aceptar EL TRANSPORTADOR el reclamo formulado por EL REMITENTE PRIMARIO, respecto de cualquier Cantidad Controvertida dentro del plazo de respuesta, se entenderá que EL TRANSPORTADOR no exigirá el pago de la Cantidad Controvertida.

  • EL TRANSPORTADOR deberá responder expresamente al reclamo formulado por EL REMITENTE PRIMARIO sobre la Cantidad Controvertida pertinente, dentro de un término xxxxxx xx xxxx (10) Días Hábiles contados a partir del Día en que se reciba la notificación escrita donde se indica el motivo del desacuerdo.

  • Si EL TRANSPORTADOR manifiesta su discrepancia dentro del plazo de respuesta, explicando detalladamente las razones de su desacuerdo, EL REMITENTE PRIMARIO tendrá un plazo de veinte (20) Días Hábiles, contados a partir del recibo de la notificación de EL TRANSPORTADOR acerca de la discrepancia, para acudir al procedimiento de resolución de disputas de que trata la Cláusula 16, a fin de someter la diferencia entre las Partes respecto de la Cantidad Controvertida.

Related to Cantidad Controvertida

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Autoridad Competente Es la instancia Administrativa, de Tránsito o Judicial, legitimada para realizar, resolver o referirse a una gestión o asunto concreto.

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Aprovechamiento Actividad complementaria del servicio público de aseo que comprende la recolección de residuos aprovechables, el transporte selectivo hasta la estación de clasificación y aprovechamiento o hasta la planta de aprovechamiento, así como su clasificación y pesaje por parte de la persona prestadora.

  • Comité de Compras y Contrataciones Órgano Administrativo de carácter permanente responsable de la designación de los peritos que elaborarán las especificaciones técnicas del bien a adquirir y del servicio u obra a contratar, la aprobación de los Pliegos de Condiciones Específicas, del Procedimiento de Selección y el dictamen emitido por los peritos designados para evaluar ofertas.

  • Respuesta Es necesario adjuntar el anexo requerido en la invitación, a efectos de dar certeza al Ministerio del Interior respecto a los dineros a administrar. Ante la cantidad de observaciones y la expectativa a las preguntas, solicitamos comedidamente prorrogar la fecha de presentación de las propuestas en por lo menos cinco días hábiles. RESPUESTA: No es de recibo la presente observación, dado que la DAIRM del Ministerio del Interior requiere cumplir compromisos de orden misional y legal que no permiten prorrogar el plazo establecido. Adicional a esto las observaciones presentadas se encuentran claramente definidas en la invitación y aquellas que han sido objeto de modificación han sido adendadas. Entendemos que las garantías a solicitar al contratista, las define el MIJ y se plasmarán en el manual operativo del fideicomiso para que la fiduciaria sean quien las solicite y apruebe, debe quedar en la minuta del contrato xx xxxxxxx Anexo No. 5. RESPUESTA: Xxxxxse a lo establecido en la respuesta dada a la observación No. 11 presentada por su Firma. Obligación 31 a cargo de la Fiduciaria, solicitamos eliminar tal obligación como quiera que las sociedades fiduciarias no se encuentran facultadas para dictar actos administrativos, tal facultad le compete a al entidad pública. RESPUESTA: Remitirse a la adenda No. 2 del 6 de febrero de 2012. Respetuosamente solicitamos disminuir el plazo de liquidación del contrato xx Xxxxxxx establecido en ocho (8) meses, resulta un periodo demasiado alto, casi equivalente a la duración del fideicomiso y representa costos representativos tanto para la sociedad fiduciaria y el MIJ. RESPUESTA: Xxxxxxx xx xxxxxx Xx. 00 xxx 0 xx xxxxxxx xx 0000. Entendemos que la fiduciaria suscribirá los contratos derivados y en ejecución del fideicomiso, en calidad de mandataria con representación del MIJ, lo mismo sugerimos para la minuta del contrato Anexo No. 5. Entendemos y por favor incluir como obligación a cargo del MIJ en al minuta del contrato Anexo No. 5, que el seguimiento al cumplimiento de obligaciones contractuales, de los contratos derivados, los realiza el MIJ. Agradecemos aclarar obligación 13 de la minuta del contrato xx Xxxxxxx frente al alcance del término: “adelantar las gestiones que sean necesarias”… Aclarar obligación 17 a cargo de la fiduciaria en la minuta del contrato Anexo No. 5, los costos del RTICA, es con cargo a los recursos administrados. Favor aclarar en la obligación 18 a cargo de la fiduciaria en la minuta del contrato Anexo No. 5, que no se incluye el costo del Banco Agrario, ni giros a través de entidades no financieras. Sí contempla transferencias electrónicas a todas las entidades financieras adscritas al sistema ACH.

  • Financiamiento significa los fondos que el Banco conviene en poner a disposición del Prestatario para contribuir a la realización del Proyecto.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos.

  • Suplente Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx (Asesora Jurídica de MCP) • Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx (Economista) Suplente: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx (Economista) • Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx (Xxxx xx Xxxxxxx) Suplente: Xxxxxxx Xxxx Xxxxx (Técnico de Compras) El responsable del contrato será el Jefe de Recogida de Residuos, al que le corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.

  • Observaciones este espacio se podrá utilizar para indicar cualquier observación que se considere pertinente. Asimismo, en la cabecera o pie de página del Anexo, se indicará:

  • Estipulaciones Especiales significa el conjunto de cláusulas que componen la primera parte de este Contrato.

  • Impuestos Significa cualquier forma o tipo de impuesto, carga, gravamen, tasa o arancel impuesto por cualquier autoridad gubernamental, nacional o extranjera, así como cualquier interés, recargos x xxxxx que se generen en relación con los mismos.

  • Bienes Productos elaborados a partir de materias primas, consumibles para el funcionamiento de los Entes Estatales.

  • Convocante Es la institución de derecho público que requiere la provisión de servicios generales mediante convocatoria pública.

  • Acuerdo Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del sistema electrónico de información pública gubernamental denominado CompraNet (publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx de 2011).

  • Salvamento Es el valor que técnicamente se establece a la parte no destruida y aprovechable de un bien después de la ocurrencia de un evento.

  • Fideicomitente Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), representada por el Consejo de la SUTEL.

  • Reglamento Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

  • Cuenta hace referencia a cualquier cuenta de depósito o crédito en el Banco e incluye las cuentas a la vista, a plazo fijo, de ahorros o similares, distintas de las cuentas que constan en un Certificado de Depósito. Si bien se excluyen de la definición de "cuenta", los Certificados de Depósito, ya sean evidenciados por un certificado o asiento en los libros contables, están sujetos a los términos y condiciones de este Contrato.

  • Lugar La oficina de la Subdirección de Adquisiciones de Consumo Interno, ubicada en el la Planta Baja de Xxxxxxx Xxxxxx Xx. 0, Xxxxx. Xxxxx xx Xxxxxx, Naucalpan, Estado de México, C.P. 53390.

  • Cumplimiento significa que el Proveedor ha completado la prestación de los Servicios Conexos de acuerdo con los términos y condiciones establecidas en el Contrato.

  • Tarjetahabiente El titular y codeudores de una Cuenta de Tarjeta.

  • Comprador significa la entidad que compra los Bienes y Servicios Conexos, según se indica en las CEC.

  • Estado Estado Dominicano.