Definición de Carencia

Carencia el período de tiempo durante el cual la cobertura del seguro o de alguna de sus garantías, no surte efecto.
Carencia. Es el periodo de tiempo desde el inicio de vigencia de la cobertura, durante el cual el asegurado no tiene derecho alguno a indemnización.
Carencia. Número de días que deben transcurrir desde la entrada en vigor del seguro, hasta el comienzo efectivo de la cobertura de los riesgos, no siendo indemnizables bajo esta póliza los siniestros que se produzcan en este período.

Examples of Carencia in a sentence

  • Se conceptuará como tal, la cantidad que para cada nivel y Grupo Profesional figura conjuntamente con el Complemento de Carencia de Incentivo en la tabla de los Anexos del presente Convenio.

  • Culminado este período a diferencia del Período de Carencia, la ASEGURADORA otorgará la cobertura a aquellas atenciones.

  • La compañía de seguros, bajo las condiciones y términos que más adelante se establecen, reembolsará los Gastos Médicos Razonables y Acostumbrados, efectivamente incurridos por el Asegurado durante su vigencia en este contrato de seguro y con posterioridad al período de Carencia señalado en las Condiciones Particulares de la póliza y en el Certificado de Cobertura, siempre que se hayan originado por una Incapacidad de Salud ocurrida durante su vigencia en este contrato de seguro.

  • En aquellos casos en que no se soliciten pruebas de asegurabilidad, dicha circunstancia no inhibe al Instituto de aplicar este Período de Carencia en todos sus términos y condiciones.

  • Banco Xxxxxxxxx Perú S.A Periodo de Carencia: No aplica Deducible: No aplica.


More Definitions of Carencia

Carencia. Es el periodo de tiempo establecido en estas Condiciones Generales y/o en las Condiciones Particulares, contado desde el inicio de la vigencia de esta póliza, o de su rehabilitación o de la incorporación de los asegurados a ella, durante el cual no están cubiertas las incapacidades y/o embarazos y sus complicaciones, en su caso, ocurridos al asegurado, quedando éstos excluidos de esta cobertura respecto del asegurado afectado. La aseguradora no indemnizará los gastos incurridos por el asegurado, originados con ocasión de una incapacidad ocurrida en ese período.
Carencia. Es el periodo de tiempo señalado en las Condiciones Particulares de la póliza y contado desde la fecha de incorporación al seguro o desde su aceptación por parte de la compañía, durante el cual el asegurado no tiene derecho a indemnización en caso de siniestro.
Carencia. Corresponde al período de tiempo en el cual el Contratante o el Asegurado, según corresponda, paga primas pero el Asegurado no recibe la cobertura prevista en esta póliza. Se extiende desde la fecha de inicio de la vigencia del asegurado en el contrato de seguro colectivo hasta una fecha posterior determinada y especificada en las Condiciones Particulares de la póliza y en el Certificado de Cobertura.
Carencia es el período en el que una cobertura no es efectiva. Su duración se indica en la descripción de la cobertura correspondiente a la que afecta. Existencias de inflamables: a efectos de la póliza, tienen la consideración de existencias inflamables todos los productos líquidos o gases licuados que tengan un punto de inflamación inferior a 100 grados centígrados (100 ºC). No se considerarán existencias de inflamables aquellas que estén contenidas en depósitos subterráneos de seguridad (según normativa), ubicados en el exterior de los edificios, indistintamente de su punto de inflamación.
Carencia número de días que deben transcurrir desde la entrada en vigor del seguro hasta el comienzo efectivo de la cobertura de los riesgos suscritos. XXXXXX BORNIZO: Xxxxxx xxxxxx y agrietado que constituye el revestimiento de origen del tronco y ramas del alcornoque. Es el corcho de la primera pela (el que se obtiene en el primer descorche de los alcornoques). CORCHO DE REPRODUCCIÓN: Corcho formado tras la extracción xxx xxxxxx bornizo. Es el corcho de segunda y sucesivas pelas.
Carencia. Corresponde al período durante el cual el asegurado paga prima, pero no tiene derecho a percibir las coberturas que otorga esta póliza. Durante el período de carencia, el Asegurado no tiene derecho a percibir reembolsos ni se pagará al prestador, por Gastos de hospitalización ni por Gastos Ambulatorios que otorga esta póliza, derivados de un Evento. La Carencia no se aplicará en cada renovación de esta póliza. La aplicación de la Carencia se detalla en el Artículo 5° de estas Condiciones Generales.
Carencia. Es un período de tiempo durante el cual se pagan primas pero el Asegurado no recibe la cobertura prevista en esta póliza. Se extiende desde el inicio de la vigencia de la póliza o desde la incorporación del asegurado a la misma, según corresponda, por un plazo determinado y especificado en las Condiciones Particulares. Se podrán establecer periodos diferenciados de carencia por cobertura o enfermedad que origine el gasto médico.