Definición de DEL CONTRATO
DEL CONTRATO. Servicio de fisioterapia para el Centro Municipal de Atención Infantil Temprana. Nº de Expediente: SE-30/17 9 CB3DA2C0D7B617898614 Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇ (Validación de documentos) Propuesto por El Técnico de Gestión ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ el 10/11/2017 Conforme de El Secretario General ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ el 10/11/2017 Firmado por el Alcalde ▇. ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ el 10/11/2017 pie_firma_corto_dipu_01 Objeto
DEL CONTRATO. Servicio de fisioterapia para el Centro Municipal de Atención Infantil Temprana. Nº de Expediente: SE-30/17 10 CB3DA2C0D7B617898614 Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇ (Validación de documentos) Propuesto por El Técnico de Gestión ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ el 10/11/2017 Conforme de El Secretario General ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ el 10/11/2017 Firmado por el Alcalde ▇. ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ el 10/11/2017 pie_firma_corto_dipu_01 Objeto El adjudicatario podrá aplicar, en los casos en que se haya exigido, el importe de la garantía provisional a la definitiva o proceder a la constitución de esta última por su importe íntegro, en cuyo caso la provisional se cancelará simultáneamente a la constitución de la definitiva. Las Sociedades Cooperativas Andaluzas solo tendrán que aportar el veinticinco por ciento del importe de las garantías exigidas, conforme al artículo 116.6 de la Ley 14/2011, de 23 de diciembre, de Sociedades Cooperativas Andaluzas Además, cuando así se indique en el anexo I y de conformidad con el artículo 95.2 del TRLCSP, se podrá exigir una garantía complementaria de hasta un 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato, pudiendo alcanzar la garantía total un 10 por 100 del precio del contrato. Cuando, como consecuencia de una modificación del contrato, éste experimente variación en su precio, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio, en el plazo de quince días contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. Tfno: 957.500410 • Fax: 957.591119 La devolución o cancelación de la garantía definitiva se realizará una vez producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato, o si éste fuere resuelto sin culpa del contratista.
DEL CONTRATO. Antes de firmar el Contrato ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, EL PRESTATARIO debe verificar :
a) Que la descripción, peso y kilataje de las prendas que deja en garantía sea la correcta.
b) Que la fecha de emisión sea el día que se hace el empeño y la fecha de vencimiento conforme al plazo pactado. Una vez firmado el Contrato ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, no se aceptara reclamo alguno, sobre los términos de la operación, descripción de prendas, plazos, intereses, costos, etc. La CMAC ICA S.A. no reconocerá variación alguna de las cifras, fechas, montos o palabras condiciones del Contrato que presenten enmendaduras, correcciones, agregados o cualquier tipo de adulteración de su expresión original.
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DEL CONTRATO. Son partes de este contrato:
DEL CONTRATO. Servicios de interpretación artística de una banda de música. Nº de Expediente: SE-04/17 28 6322F5C8FE5EFF1493EE Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇ (Validación de documentos) Firmado por el Alcalde ▇. ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ el 17/3/2017 pie_firma_corto_dipu_01 Objeto
DEL CONTRATO. Servicio de fisioterapia para el Centro Municipal de Atención Infantil Temprana. Nº de Expediente: SE-30/17 15 CB3DA2C0D7B617898614 Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇ (Validación de documentos) Propuesto por El Técnico de Gestión ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ el 10/11/2017 Conforme de El Secretario General ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ el 10/11/2017 Firmado por el Alcalde ▇. ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ el 10/11/2017 pie_firma_corto_dipu_01 Objeto El contratista está obligado a guardar sigilo respecto de los datos y antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo. La información a la que tenga acceso la empresa como consecuencia del contrato tendrá un carácter confidencial. No podrá transferir información alguna sobre los trabajos a terceras personas o entidades sin el consentimiento expreso y por escrito del Ayuntamiento ▇▇ ▇▇▇▇▇▇. La persona contratista, en cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, únicamente tratará los datos de carácter personal a los que tenga acceso en el marco del presente contrato, y no los aplicará o utilizará con un fin distinto al estipulado, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas. Además, deberá cumplir las medidas técnicas y organizativas estipuladas en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. En el caso de que la empresa, o cualquiera de sus miembros, destine los datos a otra finalidad, los comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones del contrato, será responsable de las infracciones cometidas. Una vez finalizada la relación contractual, los datos de carácter personal tratados por la adjudicataria, así como el resultado del tratamiento obtenido, deberán ser destruidos o devueltos al Ayuntamiento ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ en el momento en que ésta lo solicite. Tfno: 957.500410 • Fax: 957.591119 En los contratos de servicios que deban prestarse en una instalación bajo la supervisión directa del órgano de contratación, la persona contratista deberá comunicar el nombre, los datos de contacto y los representantes legales de los subcontratistas que vayan a intervenir en la ejecución del contrato con una antelación mínima de 15 días ...
DEL CONTRATO son las fases en las que se divide la ejecución del contrato, teniendo en cuenta las actividades propias de cada una de ellas las cuales pueden ser utilizadas por la Entidad Estatal.
DEL CONTRATO. Antes de firmar el presente contrato, EL DEUDOR declara que ha verificado: que la descripción, peso, kilataje valoración de la tasación de LA(S) JOYA(S) que deja en garantía mobiliaria es la correcta; que la fecha del contrato corresponde al día en que se hace el empeño, y la fecha de vencimiento es conforme al plazo pactado que se indica en la Hoja Resumen. Consta además en la Hoja Resumen: el importe ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, la tasa de interés compensatorio, la tasa de interés moratorio, comisiones y gastos, y el plazo ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇. Este documento se extiende por duplicado quedando un ejemplar en poder de LA CAJA y otro en poder de EL DEUDOR. Se deja expresa constancia que EL DEUDOR no podrá ceder el presente contrato a terceros. En adelante se denominará contrato al conjunto conformado por los siguientes documentos: (i) las Condiciones Aplicables a los Contratos de Préstamos Pignoraticios, (ii) la Hoja Resumen, y (iii) el Anexo.
DEL CONTRATO. Servicio de fisioterapia para el Centro Municipal de Atención Infantil Temprana. Nº de Expediente: SE-30/17 21 CB3DA2C0D7B617898614 Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇ (Validación de documentos) Propuesto por El Técnico de Gestión ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ el 10/11/2017 Conforme de El Secretario General ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ el 10/11/2017 Firmado por el Alcalde ▇. ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ el 10/11/2017 pie_firma_corto_dipu_01 Objeto Tfno: 957.500410 • Fax: 957.591119 Presupuesto de Licitación (IVA excluido): 18,00 euros, por hora de servicio prestada. IVA: Exento Valor estimado del contrato: 118.368 euros. .Dicho valor estimado está calculado en virtud del precio/hora de licitación (18 €), de la previsión del número máximo de horas anuales de servicio (1.644 horas), del plazo de ejecución del contrato (2 años) y de su eventual prórroga (2 años) Componentes de la prestación Unidades de ejecución Unidades de tiempo Tanto alzado Honorarios por tarifas Sistema mixto División en lotes: NO. Justificación: No se considera viable la división del objeto del presente contrato en lotes, al tratarse de la prestación de un servicio indivisible. Periodo inicial del contrato. Para el periodo de prórroga, en su caso. Año 2018 29.592 euros / 29.592 euros Año 2020 29.592 euros / 29.592 euros Año 2019 29.592 euros / 29.592 euros Año 2021 29.592 euros / 29.592 euros Revisión del precio: NO Fórmula/Índice oficial: ----- Variación de precios en función del cumplimiento de objetivos de plazos o rendimiento/ Penalizaciones: NO (indicar los objetivos de plazo, rendimiento y las penalizaciones, en su caso): Expediente: SE-30/17 (Gex 2017/22667) Localidad: ▇▇▇▇▇▇ Titulo: Servicio de fisioterapia para el Centro Municipal de Atención Infantil Temprana, conforme al Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares elaborado por la Directora Técnica del Centro Municipal de Atención Temprana, ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇, con fecha 11 de octubre de 2017. Perfil de contratante: ▇▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇/▇▇▇▇▇▇_▇▇▇_▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ Plazo de ejecución: Total: Dos años. Dicho plazo podrá ser prorrogado por dos años más, por acuerdo expreso de las partes. El presente contrato se financia con cargo al convenio formalizado entre este Ayuntamiento y la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, para el funcionamiento del Centro Municipal de Atención Infantil Temprana. Por tanto, la duración del contrato queda s...
DEL CONTRATO. Servicio de fisioterapia para el Centro Municipal de Atención Infantil Temprana. Nº de Expediente: SE-30/17 16 CB3DA2C0D7B617898614 Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇ (Validación de documentos) Propuesto por El Técnico de Gestión ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ el 10/11/2017 Conforme de El Secretario General ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ el 10/11/2017 Firmado por el Alcalde ▇. ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ el 10/11/2017 pie_firma_corto_dipu_01 Objeto En cualquier caso, el contratista indemnizará a la Administración de toda cantidad que se viese obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones establecidas en este pliego, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa. Corresponderá y será a cargo del contratista: