Definición de Fondo de Reserva

Fondo de Reserva significa el fondo que deberá establecerse en el Fideicomiso para el Crédito Garantizado, a fin de que sirva como reserva para el pago de cualquier concepto debido en términos del Contrato de Crédito, en el caso que los recursos de la Cuenta del Financiamiento en el Fideicomiso sean, por cualquier causa, insuficientes, el cual podrá constituirse con cargo a las disposiciones del Crédito y se reconstituirá con cargo al Porcentaje de Participaciones y, en su defecto, con recursos propios del Estado.
Fondo de Reserva. Significa, para cada Financiamiento, la cuenta contable o de inversión que el Fiduciario abra, opere y mantenga, a la cual deberá abonar y cargar los recursos necesarios a fin de mantener el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva, según sea notificado en las Solicitudes de Pago, por parte del Fideicomisario en Primer Lugar A que corresponda. Las cantidades registradas en el Fondo de Reserva se destinarán exclusiva e irrevocablemente a cubrir la insuficiencia de recursos en la Cuenta del Financiamiento para el Servicio del Financiamiento, en una determinada Fecha de Pago, en términos de la Cláusula Décima y, en su caso, al pago de la Amortización Anticipada Voluntaria Total o del Vencimiento Anticipado del Financiamiento. El Fondo de Reserva se constituirá en los términos señalados en el Sumario y, una vez constituido, deberá reconstituirse hasta alcanzar el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva con cargo a la Cantidad Límite, en términos de la sección 10.1 de la Cláusula Décima de este Contrato.
Fondo de Reserva tiene el significado que se atribuye a dicho término en la Cláusula Sexta del presente Contrato.

Examples of Fondo de Reserva in a sentence

  • Las cantidades abonadas en el Fondo de Reserva se aplicarán y el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva se reconstituirá conforme a lo previsto en el Fideicomiso.

  • En el supuesto que el Acreditante no actualice el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva para un determinado Periodo de Pago, el Fiduciario tomará como base el último Saldo Objetivo del Fondo de Reserva que hubiere sido notificado por el Acreditante.

  • Para mantener y reconstituir el Fondo de Reserva, el Acreditante deberá calcular y notificar mensualmente al Fiduciario, en cada Solicitud de Pago, el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva.

  • El Fondo de Reserva deberá quedar constituido en términos de la Cláusula Décima Quinta de este Contrato.

  • Lo anterior, salvo en el caso de las últimas amortizaciones del Crédito, para lo cual, los recursos existentes del Fondo de Reserva deberán ser utilizados para el pago de capital e intereses del Crédito.


More Definitions of Fondo de Reserva

Fondo de Reserva. Significa el fondo que el Fiduciario deberá mantener en el Fideicomiso, a fin de que sirva como reserva para el pago de capital e intereses del Crédito, en el caso que los recursos de la Cuenta Individual (según dicho término se define en el Fideicomiso) sean, por cualquier causa, insuficientes, el cual se constituirá con recursos propios del Estado y se reconstituirá con cargo al Porcentaje de Participaciones y, en su defecto, con recursos propios del Estado.
Fondo de Reserva significará la cuenta del Fideicomiso que será constituida con recursos del Gobierno Regional, con un importe inicial de US$ 8’000,000.00, incluido IGV, a ser depositado, a más tardar, hasta la fecha de la suscripción del Acta de Terminación. Dicho Fondo de Reserva tendrá carácter acumulativo y será incrementado por el Gobierno Regional, mediante depósitos anuales equivalentes a la suma de US$ 8’000,000.00, incluido IGV, a lo largo de los primeros quince (15) años del Periodo de Operación. Dicho fondo, a lo largo del Periodo de Operación, tendrá por objeto respaldar, en primer término, el pago del RPMO y luego otros compromisos de pago del Concedente, conforme a lo establecido en la Cláusula 4.23.
Fondo de Reserva tiene el significado que se atribuye a dicho término en cada Fideicomiso de Pago.
Fondo de Reserva. Significa el monto, hasta por el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva, constituido inicialmente con recursos de la Disposición del Crédito y, posteriormente, reconstituido o actualizado por el Fiduciario con el flujo correspondiente al Porcentaje de Participaciones, para servir como reserva para el pago de principal e intereses en cada Fecha de Pago, en caso de que los flujos del Porcentaje de Participaciones fueran insuficientes.
Fondo de Reserva. La cuenta aperturada conforme a lo previsto en la "Sección (A) (6) Fianza; Obligación Solidaria; Fondo de Reserva; Recuperación y Compensación".
Fondo de Reserva significa el fondo abierto por el Fiduciario a su nombre y en beneficio exclusivo del Acreditante, mismo que se activará y operará en la forma y términos descritos en el presente Contrato y en los Documentos de la Operación.
Fondo de Reserva. Significa, para cada Financiamiento, la cuenta de