Definición de Gastos Funerarios

Gastos Funerarios. Comprende urna, ataúd, cremación, capilla de velación, impuestos por entierro y traslado, hasta el límite señalado para este riesgo en la cobertura respectiva.
Gastos Funerarios. Comprende urna, ataúd, cremación, capilla de velación, impuestos por entierro y traslado, hasta el límite señalado para
Gastos Funerarios son los servicios brindados en la funeraria como consecuencia del fallecimiento del Asegurado Titular (Conductor de la unidad vehicular) según los límites descritos en las coberturas de este apartado.

Examples of Gastos Funerarios in a sentence

  • Riesgos no Amparados por el Contrato, esta cobertura en ningún caso ampara el pago de Gastos Médicos y Gastos Funerarios al Conductor, cuando éstos no se deriven de un accidente automovilístico o del Robo o intento de Robo del vehículo con violencia.

  • CONCEPTO LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD EXPRESADO EN UNIDADES DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN VIGENTES AL MOMENTO DE LA RECLAMACIÓN Muerte, Incapacidad total y permanente y/o Gastos Médicos La diferencia que exista entre el límite máximo de responsabilidad indicado para los riesgos de Gastos Funerarios y Pérdida de Equipaje y lo indicado en la carátula de la póliza.

  • En caso de que el Asegurado sea menor de doce (12) años de edad, operará la cobertura de Indemnización para Gastos Funerarios a causa de un Accidente Cubierto.

  • El DEUDOR para garantizar el cumplimiento de las obligaciones aquí contraídas, y mitigar los riesgos de impago por causa de fallecimiento y/o invalidez total y permanente, se adhiere en este acto a la Póliza de Seguro Colectivo de Vida Saldo Deudor y Beneficio de Gastos Funerarios, que EL ACREEDOR ha contratado con la compañía de seguros MAPFRE Nicaragua o bien la compañía que escoja el deudor, para proteger el saldo deudor de su cartera de clientes.

  • Con la contratación de este seguro la Compañía pagará la Suma Asegurada contratada en caso de ocurrir el fallecimiento del Asegurado, para cubrir sus Gastos Funerarios, siempre y cuando la Póliza se encuentre en vigor al momento de ocurrir el siniestro.

  • Con la contratación de este seguro la Compañía pagará la Suma Asegurada contratada en caso de ocurrir el fallecimiento del Asegurado o de alguno de los miembros de su Familia Asegurable, según se estipule en la carátula de la Póliza, para cubrir sus Gastos Funerarios.

  • La Institución, a través de su proveedor de Asistencia Legal, realizará los trámites necesarios (vía Penal) para recuperar ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ Responsable el costo de los Daños Materiales y/o Gastos Médicos a Ocupantes y/o Gastos Funerarios erogados por el Usuario, incluyendo el deducible.

  • El monto de la Suma Asegurada se establece en la carátula de la póliza y MetLife pagará directamente a los beneficiarios designados la Suma Asegurada de la cobertura de Gastos Funerarios de acuerdo con los porcentajes establecidos en la designación de beneficiarios.

  • Para las Coberturas de Reembolso de Gastos Funerarios, Reembolso de Gastos Médicos y de Pérdidas Orgánicas son de 3 meses como mínimo a 65 años de edad como máximo.

  • La vigencia de esta Póliza principia y termina en las fechas indicadas en la misma a las 12:00 horas del lugar en que se encuentren las propiedades aseguradas y respecto con la Cobertura de Gastos Funerarios, a la hora y fecha indicada en Carátula de la Póliza.


More Definitions of Gastos Funerarios

Gastos Funerarios gastos de primera conservación, manipulación, puesta en ataúd, adaptación específica para el traslado, cuidados de conservación obligatorios según la legislación, acondicionamiento y ataúd de modelo simple, necesarios para el traslado y conformes con la legislación local, a excepción de los gastos de inhumación y ceremonia.
Gastos Funerarios. Reembolso mediante la presentación de los comprobantes respectivos que reúnan los requisitos fiscales, de los gastos funerarios con un máximo por persona del 20% de la Suma Asegurada contratada y sin exceder, por evento de dicha Suma Asegurada, la cual representa el límite máximo de responsabilidad de la cobertura. En caso que el lesionado opte por atenderse en hospitales, clínicas o con médicos distintos a los asignados por la Institución, ésta reembolsará los gastos erogados en una sola exhibición, previa su comprobación, considerando como límite el importe máximo que se tenga convenido por la Institución con los mencionados hospitales, clínicas y médicos, respecto a tales gastos erogados, sin exceder la suma máxima contratada para esta cobertura.
Gastos Funerarios. Son los gastos relacionados al proceso de entierro que se limitan exclusivamente a lo siguiente: el valor ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ funerario, el valor del servicio de tanatología, el valor del servicio religioso, el valor del transporte del difunto dentro del perímetro urbano del sitio donde falleció, y el valor del transporte de los deudos en vehículo colectivo alquilado desde el centro religioso hasta el lugar de sepultura el día del servicio funerario.