Definición de Mandato Irrevocable

Mandato Irrevocable significa el contrato de mandato especial e irrevocable, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones a cargo de cada uno de los Fiduciarios de Pago y del Fiduciario, otorgado por el Estado a favor del Gobierno Federal, a través de la SHCP por medio de la Unidad de Coordinación con Entidades Federativas, con la comparecencia del o los Acreditantes, del Fiduciario y del Fideicomiso de Pago correspondiente, para la transferencia de las Participaciones Asignadas a los Fideicomisos de Pago que servirán de fuente de pago exclusiva de los Contratos de Crédito y sus accesorios, a que se refiere el artículo 30 del Reglamento del Registro Público Único de Financiamientos y Obligaciones de Entidades Federativas y Municipios.
Mandato Irrevocable significa el contrato de mandato especial e irrevocable, otorgado por el Estado a favor del Gobierno Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público por medio de la Tesorería de la Federación, [con la comparecencia del Fiduciario y del Fideicomiso de Pago, a través del Fiduciario de Pago], para la transferencia de las Participaciones Asignadas a los Fideicomisos de Pago que servirán de fuente de pago de los Contratos de Crédito y sus accesorios, a que se refiere el artículo 30 del Reglamento del Registro Público Único de Financiamientos y Obligaciones de Entidades Federativas y Municipios.
Mandato Irrevocable. Significa, el contrato de mandato especial e irrevocable, para

Examples of Mandato Irrevocable in a sentence

  • Dicho Mandato Irrevocable fue otorgado en el interés de los Vendedores, el Oferente y ▇▇▇▇▇▇▇ Vial, razón por la cual no puede ser modificado sin el consentimiento de todas éstas ni revocado al sólo arbitrio de los Vendedores, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 241 del Código de Comercio.

  • Asimismo, en el Certificado el (los) DEUDOR(ES) ha(n) conferido un Mandato Irrevocable al Receptor, para que, en caso de incumplimiento a las obligaciones señaladas en el presente Contrato, y a requerimiento escrito del BANCO, el Receptor proceda a la comercialización del producto almacenado.