Definición de Prestación de Servicios

Prestación de Servicios. Es el que celebra la entidad para desarrollar actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la empresa y predomina el factor intelectual. No genera relación laboral ni prestaciones sociales.
Prestación de Servicios. Banamex prestará al Cliente el servicio de consolidación de información de las Cuentas que el Cliente mantiene con diferentes Instituciones y que haya dado de alta para los efectos del presente Servicio en Particular, a fin de que a través de esta página Web y mediante su identificación a través de su Firma Electrónica, el Cliente pueda efectuar consultas de saldos y recibir avisos o recordatorios (alarmas) en relación con dichas Cuentas, así como cualquier otro servicio que en el futuro sea adicionado por Banamex para los efectos de esta página Web, en el entendido de que los servicios prestados por virtud de este Servicio en Particular serán exclusivamente de consulta y mediante el mismo no se efectuará ninguna otra transacción, ya sea financiera o de otra índole. La información relativa a las Cuentas será actualizada por Banamex automáticamente, de manera periódica. En algunos casos dicha actualización podrá efectuarse directamente por el Cliente al momento de efectuar su consulta.
Prestación de Servicios. Se entiende por prestación de servicios: Toda actividad, labor o trabajo prestado por una persona natural o jurídica sin vínculo laboral que contenga una obligación de hacer.

Examples of Prestación de Servicios in a sentence

  • El presente Contrato está regido por la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca y demás normatividad aplicable en la materia.

  • Con fundamento en el artículo 59 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca, las penas convencionales a cargo del “PROVEEDOR”, por atraso en el cumplimiento de las fechas pactadas de entrega o de la prestación del servicio, serán determinadas en función de los bienes, arrendamientos o servicios no entregados o prestados oportunamente.

  • Cualquier modificación al presente Contrato deberá hacerse mediante convenio por escrito entre las “PARTES”, sujetándose a lo establecido en los artículos 58 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca y 54 de su Reglamento.

  • Reglamento Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca.

  • Dicha penalización será del [cinco] al millar del monto contratado, por cada día natural de demora a partir del día siguiente de la fecha pactada para la entrega, hasta el monto de la Garantía de Cumplimiento del Contrato, en caso de excederlo, se iniciará el procedimiento de rescisión administrativa previsto en la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca y su Reglamento.

  • En estos supuestos la “[SECRETARÍA / ENTIDAD]” reembolsará al “PROVEEDOR” los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el Contrato, de conformidad con el artículo 63 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca.

  • En caso que el “PROVEEDOR” infrinja las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca, será sancionado por la Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental, de conformidad con lo establecido en el “Título Quinto de las Infracciones y Sanciones, Capítulo Único” de la citada Ley.

  • El plazo de instalación para la provisión de los Servicios de Voz e Internet, desde una ubicación fija, requerido para los Centros de Prestación de Servicios Públicos en el Área de Servicio, será acordado entre las instituciones beneficiarias y el contratista y serán monitoreadas por el Fideicomiso a través del cronograma establecido para las instalaciones de dichos CPSP.

  • El plazo de instalación para la provisión de los Servicios de Voz e Internet, desde una ubicación fija, requerido para los hogares que así lo soliciten, serán los establecidos en el Reglamento de Prestación de Servicios publicado en la Gaceta No. 82 del 29 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2009 por la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP).

  • En caso que el “PROVEEDOR” infrinja las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca, será sancionado por la Secretaría de Honestidad, Transparencia y Función Pública, de conformidad con lo establecido en el “Título Quinto de las Infracciones y Sanciones, Capítulo Único” de la citada Ley.