Definición de Punto C

Punto C. De este punto se continúa con un rumbo S 31° 9,' 37'' 0,039 mil E por una distancia de 1201,295 metros hasta llegar al punto 'C', cuyas coordenadas son N- 1007196,476 metros, E- 1212620,794 metros. La línea “B-C” colinda en toda su extensión con el sector ALCARAVAN operado por la compañía HARKEN. De este punto se continúa con un rumbo S 43° 54' 53'' 0,955 mil W por una distancia de 6508,469 metros hasta llegar al punto 'D', cuyas coordenadas son N- 1002507,972 metros, E- 1208106,583 metros. La línea “C-D” colinda en toda su extensión con el sector LOS HATOS operado por la compañía HARKEN. De este punto se continúa con un rumbo S 89° 59' 59'' 0,728 mil W por una distancia de 25027,77 metros hasta llegar al punto 'E', cuyas coordenadas son N- 1002507,939 metros, E- 1183078,813 metros.
Punto C. De este punto se continúa con un rumbo OESTE por una distancia de 12000 metros hasta llegar al punto 'C', cuyas coordenadas son N- 1110000 metros, E- 925000 metros.
Punto C. De este punto se continúa con un rumbo S 22° 2.' 4.'' 0,145 mil W por una distancia de 23949.33 metros hasta llegar al punto 'C', cuyas coordenadas son N- 1502249 metros, E- 763981 metros.

Examples of Punto C in a sentence

  • Cabe señalar, que esta cobertura aplica tanto para casos de urgencias médicas como para cirugías o tratamientos electivos y/o programados, que la Compañía considera que deban ser realizados Fuera de Panamá y haya previamente aprobado, según los requisitos y condiciones establecidos en la Cláusula VIII, Punto C que forma parte de este contrato.

  • CONSULTA: Para la licitación sobre Reflectividad también se establece que el Oferente debe aportar pruebas documentales de que su experiencia incluye al menos cinco (5) contratos para RESPUESTA: Debe cumplir con lo especificado en la LPI 51/17, Sección II Datos de la Licitación, Punto C Preparación de Ofertas IAO 11.1(G).


More Definitions of Punto C

Punto C. De este punto se continúa con un rumbo N 34° 44' 30'' 0,335 mil E por una distancia de 26027.94 metros hasta llegar al punto 'C', cuyas coordenadas son N- 659446.01 metros, E- 799902.01 metros. Punto D: De este punto se continúa con un rumbo S 47° 51' 28'' 0,451 mil E por una distancia de 11048.01 metros hasta llegar al punto 'D', cuyas coordenadas son N- 652033.11 metros, E- 808093.92 metros. De este punto se continúa con rumbo S 35° 3.' 47'' 0,900 mil W por una distancia de 24419.56 metros hasta llegar al punto 'A', punto xx xxxxxxx y cierre de la alinderación. VER 582,527.6200 764,214.7800 57819.1422 49,517.6432 29,850.5648 N 31° 4.' 57'' 0,723 A 632,045.26 794,065.34 10820.5387 6,012.8322 - N 56° 14' 31'' 0,043 B 638,058.09 785,069.23 26027.9427 21,387.9129 14,832.7673 N 34° 44' 30'' 0,335 C 659,446.00 799,902.00 11048.0120 - 8,191.9138 S 47° 51' 28'' 0,451 D 652,033.10 808,093.92 24419.5579 - - S 35° 3.' 47'' 0,900 A 632,045.26 794,065.34 : " " " " MATAMBO " " " " " " " " " " " " " AREA DEL POLIGONO: 27,466.3000 Has Xxxxx. " " " " " " " " " " " " " " !. " " " AREA TOTAL:
Punto C. De este punto se continúa con un rumbo N 89° 56' 42'' 0,948 mil W por una distancia de 6005,233 METROS HASTA LLEGAR AL PUNTO 'C', CUYAS COORDENADAS SON N- 607103,652 metros, E- 724496,553 metros. La línea “B-C” colinda en toda su extensión con el sector GUAYUYACO operado por la compañía ARGOSY.
Punto C. De este punto se continúa con un rumbo NORTE por una distancia de 29347.96 metros hasta llegar al punto 'C', cuyas coordenadas son N- 1232999.04 metros, E- 1266784.31 metros. La línea “B-C” colinda en toda su extensión con el sector CAPACHOS operado por la compañía REPSOL COL.. Punto D: De este punto se continúa con un rumbo N 89° 45' 30'' 0,570 mil E por una distancia de 6627.16 metros hasta llegar al punto 'D', cuyas coordenadas son N- 1233026.97 metros, E- 1273411.41 metros. La línea “C-D” colinda en toda su extensión con el sector COSECHA operado por la compañía OCCIDENTAL. Punto E: De este punto se continúa con un rumbo N 89° 54' 40'' 0,496 mil E por una distancia de 18310.67 metros hasta llegar al punto 'E', cuyas coordenadas son N- 1232998.61 metros, E- 1291722.06 metros. La línea “D-E” colinda en toda su extensión con el sector COSECHA operado por la compañía OCCIDENTAL. Punto F: De este punto se continúa con un rumbo N 88° 27' 56'' 0,162 mil E por una distancia de 4832.21 metros hasta llegar al punto 'F', cuyas coordenadas son N- 1233128 metros, E- 1296552.54 metros. La línea “E-F” colinda en toda su extensión con el sector COSECHA operado por la compañía OCCIDENTAL. Punto G: De este punto se continúa con un rumbo S 26° 37' 49'' 0,859 mil E por una distancia de 451.63 metros hasta llegar al punto 'G', cuyas coordenadas son N- 1232724.29 metros, E- 1296754.97 metros. La línea “F-G” colinda en toda su extensión con el sector XXXXXX operado por la compañía OCCIDENTAL. Punto H: De este punto se continúa con un rumbo S 48° 40' 42'' 0,242 mil E por una distancia de 1889.66 metros hasta llegar al punto 'H', cuyas coordenadas son N- 1231476.57 metros, E- 1298174.14 metros. La línea “G-H” colinda en toda su extensión con el sector XXXXXX operado por la compañía OCCIDENTAL. Punto I: De este punto se continúa con un rumbo S 71° 2.' 14'' 0,677 mil E por una distancia de 2482.23 metros hasta llegar al punto 'I', cuyas coordenadas son N- 1230669.97 metros, E- 1300521.66 metros. La línea “H-I” colinda en toda su extensión con el sector XXXXXX operado por la compañía OCCIDENTAL. Punto J: De este punto se continúa con un rumbo N 78° 4.' 7.'' 0,623 mil E por una distancia de 3515.43 metros hasta llegar al punto 'J', cuyas coordenadas son N- 1231396.74 metros, E- 1303961.15 metros. La línea “I-J” colinda en toda su extensión con el sector XXXXXX operado por la compañía OCCIDENTAL. Punto K: De este punto se continúa con un rumbo N 47° 49' 32'' 0,536 mil E por una dis...
Punto C. De este punto se continúa con un rumbo NORTE por una distancia de 4000 metros hasta llegar al punto 'C', cuyas coordenadas son N- 911000 metros, E- 932000 metros.

Related to Punto C

  • Siniestro todo hecho cuyas consecuencias estén cubiertas por alguna de las garantías de la póliza.

  • Servicio Es el servicio público de transmisión de energía eléctrica a ser prestado por el CONCESIONARIO a través del Proyecto bajo los términos del Contrato y las Leyes y Disposiciones Aplicables.

  • Salvamento Es el valor que técnicamente se establece a la parte no destruida y aprovechable de un bien después de la ocurrencia de un evento.

  • Bienes significa todos los productos, materia prima, maquinaria y equipo, y otros materiales que el Proveedor deba proporcionar al Comprador en virtud del Contrato.

  • Pedido Orden de compra puntual remitida al proveedor donde se fijan precios, plazos y condiciones para el aprovisionamiento de un bien o prestación de un servicio previamente adjudicado.

  • Límite de cobertura Hasta USD $100 (cien dólares exactos) por año póliza, valor máximo para el conjunto de eventos. Límite de eventos: Máximo 2 eventos por póliza y casa de habitación o condominio Asegurado individualmente y por año póliza. Este servicio no ampara labores de mantenimiento En caso de falta de energía eléctrica en el interior de la casa de habitación o condominio habitacional Asegurado, resultado xx xxxxxx, desperfectos, corto circuito, sobrecarga o avería de las instalaciones eléctricas; (únicamente en el interior de la vivienda o dentro de sus predios) se gestionará el envío de un operario que se encargará de la reparación de urgencia necesaria para restablecer el suministro de energía, siempre que no exista disposición de autoridad que lo prohíba y que el estado de las instalaciones lo permita. Nota: No incluye la reparación de ningún aparato, equipo o electrodoméstico. No incluye los materiales, el cambio de la instalación eléctrica, el cambio de toma corrientes ni enchufes, o cualquier otra parte o refacción, lo cual estará cargo y será asumido por el Asegurado. Este servicio se extiende a las “áreas comunes entre el condominios”, (solamente de pared a pared, de piso a techo o viceversa) siempre y cuando exista acuerdo con el otro propietario Límite de cobertura: Hasta USD $100 (cien dólares exactos) por año póliza, valor máximo para el conjunto de eventos. Límite de eventos: Máximo 2 eventos por póliza y casa de habitación o condominio Asegurado individualmente y por año póliza. Este servicio no ampara labores de mantenimiento Únicamente en caso de rotura total xx xxxxxxx o xxxxxxxxx xx xxxxxxx o ventanas que formen parte de la fachada exterior de la casa de habitación (entiéndase fachada exterior la cara principal de la vivienda) o condominio habitacional Asegurado que de a la calle o al patio, se gestionará el envío, de un operario que procederá a dar el servicio de mano de obra para la reposición xxx xxxxxx o cristal afectado por la rotura. El costo del xxxxxxx xx xxxxxxx o ventanas y de cualquier parte o refacción estará a cargo y deberá ser asumida por el Asegurado.

  • Valor asegurado La Garantía de Seriedad deberá ser equivalente al 10% del valor total del presupuesto del proyecto.

  • PARAGRAFO SEGUNDO En el evento de que el presunto incumplimiento se evidencie con posterioridad al vencimiento del plazo de ejecución, se suspenderán los plazos para su liquidación hasta tanto se agote el procedimiento previsto en la cláusula décima sexta del presente contrato.

  • Año del Buen Servicio al Ciudadano ANEXO Nº 4

  • Condiciones Particulares Es el conjunto de cláusulas que particularizan un Contrato de Seguro, según aspectos relativos al riesgo individualizado que se asegura, datos del Contratante, Asegurado y beneficiario, vencimiento del contrato, periodicidad del pago xx xxxxxx e importe de las mismas, riesgos cubiertos y deducibles.

  • Fuente Ley Nº 18.620, Artículo Primero, Artículo 76.

  • Sobre cerrado Cualquier medio que contenga la proposición del licitante, cuyo contenido solo puede ser conocido en el acto de presentación y apertura de proposiciones, en términos de la Ley.

  • Autoridad Competente Es la instancia Administrativa, de Tránsito o Judicial, legitimada para realizar, resolver o referirse a una gestión o asunto concreto.

  • Operador Persona física o jurídica, pública o privada, que explota redes de telecomunicaciones con la debida concesión o autorización para la prestación de servicios de telecomunicaciones disponibles al público en general.

  • Colusión un acuerdo secreto entre dos o más partes realizado con la intención de defraudar o causar daño a una persona o entidad o de obtener un fin ilícito. Si se presenta que se ha cometido un acto de fraude o corrupción vinculado con un proyecto financiado por el FCAS éste podrá: Decidir no financiar ninguna propuesta de adjudicación de un Contrato o de un Contrato adjudicado para la adquisición de bienes y/o servicios financiado por el FCAS; suspender en cualquier etapa los desembolsos de la cooperación para el proyecto; cancelar y/o acelerar la devolución de una parte de la donación relacionada inequívocamente con el Contrato vinculado; El FCAS establece las siguientes condiciones básicas: El Beneficiario del Proyecto, el Beneficiario de la Subvención y demás organismos involucrados en la ejecución del proyecto exigirán tanto a su plantilla como los organismos ejecutores, contratistas y a todas las firmas, entidades o personas por participar o participando en proyecto financiados con los fondos, que no ofrezcan a terceros o acepten de terceros para ellos mismos o para otros, ningún regalo, remuneración, compensación o beneficio de ningún tipo, ya que podría ser interpretado como un acto/práctica de corrupción. El Beneficiario del Proyecto, el Beneficiario de la Subvención y demás organismos involucrados en la ejecución del proyecto deberán mantener al FCAS, a través de la OTC de la AECID en Ecuador, informada sobre cualquier incidente o sospecha que pueda surgir en el transcurso de las operaciones con respecto al uso inadecuado de los fondos. El FCAS o la persona que dicha oficina designe se reserva el derecho de efectuar auditorías, incluidas las auditorías documentales e in situ, sobre la utilización de los fondos por parte del Beneficiario del Proyecto, el Beneficiario de la Subvención y demás organismos involucrados en la ejecución del proyecto, así como todos los ejecutores, contratistas y subcontratistas que hayan recibido fondos españoles. Además, deberán autorizar explícitamente a las autoridades españolas para realizar controles e inspecciones in situ. Adicionalmente todos los involucrados en el proceso, mencionados antes, deberán observar lo dispuesto en la legislación ecuatoriana sobre seguimiento, control y normas de fraude y corrupción en Contratos, para lo cual deberán proporcionar la información necesaria para el adecuado ejercicio de estas actividades y otorgar todas las facilidades para el desarrollo de las mismas. Las sanciones que de eventuales prácticas corruptivas o fraudulentas se deriven, se aplicarán de acuerdo a la legislación ecuatoriana y por las entidades competentes correspondientes. Cualquier evento de esta naturaleza debe ser informado al FCAS, a través de la OTC de la AECID en Ecuador, por el Beneficiario del Proyecto, el Beneficiario de la Subvención o por los demás organismos involucrados en la ejecución del proyecto.

  • Tercero significa cualquier persona o firma que no sea el Gobierno, el Contratante, el Consultor o un Subconsultor.

  • Anexos son el Anexo Técnico y los demás documentos relacionados en la Cláusula de las Condiciones Particulares titulada “Anexos”, los cuales forman parte integral del Contrato.

  • Riesgo Es un evento que puede generar efectos adversos y de distinta magnitud en el logro de los objetivos del Proceso de Contratación o en la ejecución de un Contrato.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Interesado Cualquier persona natural o jurídica que tenga interés en cualquier procedimiento de compras que se esté llevando a cabo.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos. Tipo y Clases: El Fideicomiso constará de VDF y CP.

  • Financiamiento significa los fondos que el Banco conviene en poner a disposición del Prestatario para contribuir a la realización del Proyecto.

  • Indicador El factor cuantitativo y/o cualitativo o variable que proporciona un medio sencillo y fiable para medir la consecución de los resultados de la acción.

  • LA ASEGURADORA tendrá la facultad de suspender temporalmente la excepción a que se refiere el primer párrafo del presente inciso, en caso de que determine que: La suspensión temporal a que se refiere el párrafo anterior, se notificará por escrito a “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” y durará hasta en tanto dicho “INTERMEDIARIO FINANCIERO” compruebe, a plena satisfacción de “LA ASEGURADORA”, la corrección de que se trate. Lo anterior, en el entendido de que “LA ASEGURADORA” tendrá la facultad de suspender definitivamente dicha excepción, dependiendo del riesgo que implique la falta o modificación respectiva. La expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y de la Póliza de SCV, se sujetará a los términos y condiciones previstos en este Contrato, y en caso de que su contenido, no concordará con la Oferta de Seguro, “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los 30 (treinta) días naturales que sigan al día en que reciba los citados documentos, transcurrido ese plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de los mismos o sus modificaciones. Lo anterior congruentemente con lo previsto en el artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro que establece: “Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones”. El Seguro será efectivo a partir de la fecha de expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y/o de la Póliza de SCV y obligará a “LA ASEGURADORA” al pago de la Cobertura del Seguro en términos de este Contrato, siempre y cuando no ocurra cualquiera de los eventos establecidos en el subinciso a.2.b) de la Cláusula Tercera del presente Contrato, así como en las Cláusulas Décima y Décima Primera de este Contrato. Para el caso de la originación con Oferta de Seguro posterior al otorgamiento del crédito a que se refiere el inciso a.2) de esta Cláusula, si “LA ASEGURADORA” no emite ni entrega a “EL BENEFICIARIO” la Póliza de SCV dentro del plazo previsto en el mismo, el crédito que corresponda contará con el Seguro desde el momento que haya vencido dicho plazo, por lo que el Certificado Provisional de Póliza de SCV junto con el comprobante del primer pago de la Prima, hará las veces de la Póliza de SCV.