Definición de Salario Base

Salario Base. Debe entenderse como el definido en el artículo 2 de la Ley N.º 7337, de 5 xx xxxx de 1993, y sus reformas; base económica de referencia que se actualiza todos los años.
Salario Base. Es el que figura en el anexo I de este Convenio para cada uno de los niveles profesionales que se especifican en el mismo.
Salario Base. Es la parte de la retribución de cada trabajador fijada por uni- dad de tiempo, según su categoría profesional (Art. 12).

Examples of Salario Base in a sentence

  • Hasta que se alcancen los acuerdos de adecuación salarial, se recomienda que los incrementos en las sucesivas Leyes de Presupuestos Generales del Estado no sean abonados en el concepto Salario Base para evitar aumentar las diferencias en los conceptos salariales básicos.

  • A los trabajadores que tengan que realizar labores que resulten excepcionalmente penosas, tóxicas o peligrosas, deberá abonárseles un incremento del 20 por ciento sobre su Salario Base, incluido de lunes x xxxxxxx.

  • La retribución del trabajador a tiempo parcial estará determinada, proporcionalmente al tiempo de trabajo pactado, por el Salario Base establecido en este Convenio Colectivo para la categoría profesional que ocupe.

  • Este complemento no será absorbible, ni compensable y será revisable en el mismo porcentaje que se incremente el Salario Base.

  • De no superar tal período de adaptación el promocionado volverá a la categoría de procedencia, volviendo a percibir, en tal caso, el Salario Base que corresponda a dicha categoría.


More Definitions of Salario Base

Salario Base. Es la retribución que corresponde a cada empleado público por mes completo de prestación de servicios según el nivel al que pertenece su categoría profesional, tal y como se recoge en la tabla salarial de este convenio, en el anexo I.
Salario Base. Es la retribución mínima a percibir en cada uno de los grupos profesionales establecidos en el presente Convenio Colectivo según la cuantía fijada en el Anexo 1. Antigüedad: El plus de antigüedad retribuye el tiempo de permanencia de los trabajadores en la Empresa en base a su antigüedad reconocida en nómina. Este plus se abonará en base al modelo de trienios y quinquenios. Plus de nocturnidad: Es la retribución percibida por el trabajador correspondiente a las horas trabajadas en horario nocturno (de las 22 horas a las 6 del día siguiente),salvo que la nocturnidad esté ya integrada en otro concepto salarial o que el salario se haya establecido atendiendo a que el trabajo sea nocturno por su propia naturaleza o se haya acordado una compensación adicional de este trabajo por descanso.
Salario Base. Es la parte de la retribución para cada grupo profesional co- mo contrapartida a la prestación de trabajo por unidad de tiempo y que sirve de base para el cálculo de todos los complementos. El salario base anual esta constituido por once mensualidades por actividad laboral y una por vacaciones. El salario base diario será el resultado de dividir el salario ba- se mensual entre 30 días. La tabla salarial se especifica en el Anexo I.
Salario Base. Es la retribución del trabajador, fijada por la unidad de tiempo.
Salario Base es la parte de la retribución fijada por unidad de tiempo mensual, en función de su nivel. Las cuantías establecidas figuran en el Anexo II.
Salario Base. Es la parte de la retribución de cada trabajador fijada por unidad de tiempo, según su categoría profesional (Art. 12).
Salario Base. Aquella remuneración fijada en el Tabulador que percibe el Sobrecargo por concepto del puesto que tiene asignado, excluyendo compensaciones, gratificaciones, tiempo extraordinario o cualquier otra percepción a que pudiera tener derecho, en los términos de la LEY y/o del presente Contrato. SALARIO ORDINARIO.- El salario ordinario lo constituye el salario base, las prestaciones mensuales fijas establecidas en este Contrato (salario base, despensa y Prima de Antigüedad al Sobrecargo que le corresponda). SALARIO INTEGRADO.- El salario integrado lo constituye el salario base, las prestaciones establecidas más las compensaciones de monto variable que corresponden al Sobrecargo como retribución por sus labores.