Franquicia aquella suma de dinero, expresada en términos fijos o porcentuales, que en el momento de los desembolsos correspondientes a una Reclamación, corresponde al Asegurado, de conformidad con lo establecido en las Condiciones Generales y Especiales del presente seguro, y cuya cuantía se determina en las Condiciones Particulares del mismo.
Cobertura comienza después de que se hayan cumplido las siguientes condiciones y continúa hasta la fecha de vencimiento del CONTRATO. No se requerirán renovaciones posteriores para cumplir con las siguientes condiciones.
Tarjetahabiente El titular y codeudores de una Cuenta de Tarjeta.
Jornada Completa Modalidad contrato: Art.23bis Ley 14/2011 Retribución: Cantidad bruta mensual a retribuir: 2000 Euros (incluida la parte proporcional de pagas extraordinarias).
Lesión Para estos efectos se considerará como tal la consecuencia de toda dolencia corporal sufrida como resultado de un Accidente que afecte al organismo del Asegurado, que presente o no síntomas asociados a esa Lesión y requiera tratamiento médico. Para efectos de esta póliza, todas las Lesiones que existan simultáneamente debidas al mismo Accidente serán consideradas como parte del mismo Evento.