Common use of Negociación de Diferencias Clause in Contracts

Negociación de Diferencias. Antes de instaurar un arbitraje para la solución de una controversia, reclamo, contrademanda, disputa, diferencia o malentendido relativo a la interpretación o aplicación de un término o disposición de este Acuerdo, una Parte dará aviso escrito a la otra acerca de la existencia de esa diferencia. Las Partes entablarán, durante un período de treinta (30) días a partir de dicha notificación, conversaciones y negociaciones de buena fe, con el propósito de solucionar a diferencia. Si las Partes, al final de ese período de treinta (30) días u otro período ampliado por mutuo acuerdo escrito de las Partes, no han podido resolver la diferencia, cualquiera de ellas podrá iniciar un arbitraje de acuerdo con los procedimientos contemplados en la Sección 12.2 (Arbitraje). Los procedimientos contemplados enesta Sección 12.1 (Negociación de Diferencias) son una condición previa para dar inicio a un arbitraje por diferencias entre las Partes surgidas de este Acuerdo o de una Orden de Compra; sin embargo, se establece que una Parte podrá solicitar medidas cautelares u otras medidas judiciales, sin intentar resolver dicha diferencia conforme a lo señalado en esta Sección 12.1 (Negociación de Diferencias), si a su juicio, esa medida resulta necesaria para evitar daños irreparables. Para cualquier repa ración de este tipo, las Partes se someten expresa e irrevocablemente a la jurisdicción de los tribunales de Nueva York, Nueva York, EE. UU. Por otra parte, la necesidad de intentar resolver una disputa de acuerdo con esta Sección 12.1 (Negociación de Diferencias) no afecta el derecho de una Parte a dar por terminado este Acuerdo según lo previsto en la Sección 6 y ninguna Parte estará obligada a ceñirse a tales procedimientos antes de terminar el Acuerdo. El hecho de que una Parte no participe de buena fe en las discusiones y negociaciones que intentan resolver la diferencia, no retardará la fecha en que la otra Parte puede dar inicio a un arbitraje a la luz de esta Sección 12.1 (Negociación de Diferencias). 12.2.

Appears in 3 contracts

Samples: Manufacturing and Supply Agreement, Manufacturing and Supply Agreement, Manufacturing and Supply Agreement

AutoNDA by SimpleDocs

Negociación de Diferencias. Antes de instaurar un arbitraje para la solución de una controversia, reclamo, contrademanda, disputa, diferencia o malentendido relativo a la interpretación o aplicación de un término o disposición de este Acuerdo, una Parte dará aviso escrito a la otra acerca de la existencia de esa diferencia. Las Partes entablarán, durante un período de treinta (30) días a partir de dicha notificación, conversaciones y negociaciones de buena fe, con el propósito de solucionar a diferencia. Si las Partes, al final de ese período de treinta (30) días u otro período ampliado por mutuo acuerdo escrito de las Partes, no han podido resolver la diferencia, cualquiera de ellas podrá iniciar un arbitraje de acuerdo con los procedimientos contemplados en la Sección 12.2 (ArbitrajeArbitra je). Los procedimientos contemplados enesta Sección 12.1 (Negociación de Diferencias) son una condición previa para dar inicio a un arbitraje por diferencias entre las Partes surgidas de este Acuerdo o de una Orden de Compra; sin embargo, se establece que una Parte podrá solicitar medidas cautelares u otras medidas judiciales, sin intentar resolver dicha diferencia conforme a lo señalado en esta Sección 12.1 (Negociación de Diferencias), si a su juicio, esa medida resulta necesaria para evitar daños irreparablesirrepa rables. Para Pa ra cualquier repa ración de este tipo, las la s Partes se someten expresa e irrevocablemente a la jurisdicción de los tribunales de Nueva York, Nueva York, EE. UU. Por otra parte, la necesidad de intentar resolver una disputa de acuerdo con esta Sección 12.1 (Negociación Negocia ción de Diferencias) no afecta a fecta el derecho de una Parte a dar por terminado este Acuerdo según lo previsto en la Sección 6 y ninguna Parte estará obligada a ceñirse a tales procedimientos antes de terminar el Acuerdo. El hecho de que una Parte no participe de buena fe en las discusiones y negociaciones que intentan resolver la diferencia, no retardará reta rdará la fecha en que la otra Parte puede dar inicio a un arbitraje a rbitraje a la luz de esta Sección 12.1 (Negociación Negocia ción de Diferencias). 12.2.

Appears in 1 contract

Samples: Manufacturing and Supply Agreement

Negociación de Diferencias. Antes de instaurar un arbitraje para la solución de una controversia, reclamo, contrademanda, disputa, diferencia o malentendido relativo a la interpretación o aplicación de un término o disposición de este Acuerdo, una Parte dará aviso escrito a la otra acerca de la existencia de esa diferencia. Las Partes entablarán, durante un período entablarán discusiones y negociaciones de buena xx xxxxxxx treinta (30) días a partir de dicha notificación, conversaciones y negociaciones de buena fexxxx después del aviso, con el propósito de solucionar a diferencia. Si las Partes, al final de ese período de treinta (30) días xxxx u otro período ampliado por mutuo acuerdo escrito de las Partes, no han podido resolver la diferencia, cualquiera de ellas podrá iniciar un arbitraje de acuerdo con los procedimientos contemplados en la Sección 12.2 (Arbitraje). Los procedimientos contemplados enesta Sección 12.1 en esta Xxxxxxx 00.0 (Negociación de DiferenciasXxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx) son una condición previa para dar inicio a un arbitraje por diferencias entre las Partes surgidas de este Acuerdo o de una Orden de Compra; queda entendido, sin embargo, se establece que una Parte podrá solicitar medidas cautelares u otras medidas otros alivios judiciales, sin intentar resolver dicha la diferencia conforme a lo señalado en esta Sección 12.1 (Negociación de Diferencias), si a su juicio, esa medida resulta necesaria para evitar daños irreparablesxxxxx irreparables . Para cualquier repa ración de este tipo, las Las Partes se someten expresa e irrevocablemente se someten a la jurisdicción de los tribunales las xxxxxx de Nueva York, Nueva York, EE. UUEE.UU., para cualquier medida judicial cautelar. Por otra parte, la necesidad de intentar resolver una disputa de acuerdo con esta Sección 12.1 (Negociación de Diferencias) no afecta el derecho de una Parte a dar por terminado este Acuerdo según lo previsto en la Sección 6 y ninguna Parte estará obligada a ceñirse a tales procedimientos antes de terminar el Acuerdo. El hecho de que una Parte no participe de buena fe en las discusiones y negociaciones que intentan resolver la diferencia, no retardará la fecha en que la otra Parte puede dar inicio a un arbitraje a la luz xxx de esta Sección 12.1 (Negociación de Diferencias). 12.2.

Appears in 1 contract

Samples: Manufacturing and Supply Agreement

AutoNDA by SimpleDocs

Negociación de Diferencias. Antes de instaurar un arbitraje para la solución de una u controversia, reclamo, contrademanda, disputa, diferencia o malentendido relativo a la interpretación interpretació o aplicación de un término o disposición de este Acuerdo, una Parte dará aviso escrito a la otra acerca acerc de la existencia de esa diferencia. Las Partes entablarán, durante un período de treinta (30) días a partir de dicha notificación, conversaciones y negociaciones de buena fe, con el propósito de solucionar a diferencia. Si las Partes, al final de ese período de treinta (30) días u otro período ampliado por mutuo acuerdo escrito de las Partes, no han podido resolver la diferencia, cualquiera de ellas podrá iniciar un arbitraje de acuerdo con los procedimientos contemplados en la Sección 12.2 (Arbitraje). Los procedimientos contemplados enesta en es Sección 12.1 (Negociación de Diferencias) son una condición previa para dar inicio a un arbitraje por diferencias entre las Partes surgidas de este Acuerdo o de una Orden de Compra; sin embargo, se establece estable que una Parte podrá solicitar medidas cautelares u otras medidas judiciales, sin intentar resolver dicha diferencia conforme a lo señalado en esta Sección 12.1 (Negociación de Diferencias), si a su juicio, esa es medida resulta necesaria para evitar daños irreparables. Para cualquier repa ración reparación de este tipo, las Partes se someten expresa e irrevocablemente a la jurisdicción de los tribunales de Nueva York, Nueva Nuev York, EE. UU. Por otra parte, la necesidad de intentar inten resolver una disputa de acuerdo con esta Sección 12.1 12 (Negociación de Diferencias) no afecta el derecho de d una Parte a dar por terminado este Acuerdo según lo l previsto en la Sección 6 y ninguna Parte estará obligada a ceñirse a tales procedimientos antes de terminar el Acuerdo. El hecho de que una Parte no participe de buena fe en las discusiones y negociaciones que intentan resolver la diferencia, no retardará la fecha en que la otra Parte puede dar inicio inic a un arbitraje a la luz de esta Sección 12.1 (Negociación de Diferencias). 12.2.

Appears in 1 contract

Samples: And Supply Agreement

Draft better contracts in just 5 minutes Get the weekly Law Insider newsletter packed with expert videos, webinars, ebooks, and more!