Aceptación de la solicitud de migración Cláusulas de Ejemplo

Aceptación de la solicitud de migración. Formulada la solicitud de migración por el abonado, la empresa operadora comunicará de manera inmediata si procede o no la solicitud, o en todo caso, la necesidad de un plazo adicional para su evaluación. Dicho plazo no podrá exceder de tres (3) días hábiles. La solicitud de migración y su aceptación deberán realizarse utilizando los mecanismos de contratación previstos en el Título XIII. La empresa operadora deberá hacer efectiva la migración a partir del ciclo de facturación inmediato posterior de aceptada la solicitud. El abonado tendrá el derecho a iniciar un procedimiento de reclamo, de acuerdo a la Directiva de Reclamos, en caso la empresa operadora (i) no hubiera comunicado la procedencia o no de la solicitud dentro del plazo establecido en el primer párrafo del presente artículo; (ii) no aceptara la migración solicitada; (iii) no efectuara la migración dentro del plazo previsto en el párrafo precedente; o (iv) no efectuara la migración pendiente dentro del plazo de tres (3) meses dispuesto en el artículo 62.
Aceptación de la solicitud de migración. Formulada la solicitud de migración por el abonado, la empresa operadora debe comunicar de manera inmediata si procede o no la solicitud, o en todo caso, la necesidad de un plazo adicional para su evaluación. Dicho plazo no puede exceder de tres (3) días hábiles. La solicitud de migración y su aceptación deben realizarse utilizando los mecanismos de contratación previstos en el artículo 19. La empresa operadora debe hacer efectiva la migración a partir del ciclo de facturación inmediato posterior de aceptada la solicitud. Los reclamos referidos a la migración son tramitados de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Reclamos.

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  • Plazo de solicitud de información adicional sobre los pliegos Los licitadores deberán solicitar información adicional sobre los pliegos o documentación complementaria con una antelación de <seis días> a la fecha límite para la recepción de ofertas.

  • Presentación de solicitudes 1. El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto de forma continuada desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de cada ejercicio anual. En todo caso, las solicitudes deberán presentarse en el plazo máximo de un mes desde la fecha de alta del trabajador en el régimen correspondiente de la Seguridad Social. 2. Las solicitudes se cumplimentarán en el modelo que figura como Xxxxx X a este Acuerdo y en ellas se formularán las declaraciones responsables que figuran en el citado modelo. Asimismo, las solicitudes se acompañarán de la documentación especificada en el artículo 14. Los modelos podrán descargarse desde la página web de la Comunidad de Madrid (xxx.xxxxxx.xxx). 3. Las solicitudes podrán presentarse, preferentemente, por vía telemática o en el Regis- tro de la Dirección General del Servicio Público de Empleo, sito en Xxx Xxxxxxxx, xxxxxx 00, 00000 Xxxxxx, o en cualesquiera de las formas que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimien- to Administrativo Común. De conformidad con lo dispuesto en la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de Acceso Electró- nico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, en el caso de que la solicitud se presente por medios electrónicos se realizará a través del portal de la página web de la Comunidad de Madrid (xxx.xxxxxx.xxx). Para ello es necesario disponer de uno de los Certificados Elec- trónicos reconocidos incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de cer- tificación” (TSL) establecidos en España, publicada en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo. La documentación requerida puede anexarse a la solicitud en el momento de su envío, o autorizar a la Administración a la consulta de los datos contenidos en los certificados, en aquellos casos en que exista esta opción. Igualmente, podrán aportarse documentos duran- te la tramitación del expediente, a través de la opción “Aportación de Documentos”, dispo- nible en el portal Administración Electrónica de xxx.xxxxxx.xxx Si la solicitud se enviara por correo postal, se presentará en la oficina de Correos en sobre abierto, con objeto de que en la cabecera de la primera hoja del documento que se quiera enviar se hagan constar, con claridad, el nombre de la oficina y la fecha, el lugar, la hora y minuto de su admisión por el personal de correos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales, en desarrollo de lo establecido en la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servi- cios Postales.

  • Importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación 2.000 euros

  • VALIDEZ DE LA OFERTA La presente Solicitud de Propuesta (RFP) no obliga de ninguna forma a RTI para que realice una adjudicación, y tampoco compromete a RTI para que pague ningún costo incurrido por el Vendedor en la preparación y presentación de la propuesta o las enmiendas a la misma. Después de su presentación la propuesta se considerará válida durante 30 días.

  • INFORMACIÓN SOBRE EL RECURSO A LA CAPACIDAD DE OTRAS ENTIDADES Recurso Respuesta En caso afirmativo, facilítese un formulario DEUC separado por cada una de las entidades consideradas que recoja la información exigida en las secciones A y B de esta parte y en la parte III, debidamente cumplimentado y firmado por dichas entidades. Se incluirá también aquí el personal técnico o los organismos técnicos que no estén integrados directamente en la organización del operador económico, especialmente los responsables del control de la calidad. Siempre que resulte pertinente en lo que respecta a la capacidad o capacidades específicas en que se base el operador económico, se consignará la información exigida en la parte IV por cada una de las entidades de que se trate13.