DEL PLAZO. El Préstamo será cancelado por EL CLIENTE mediante el pago total del número de cuotas establecido, en los plazos y montos pactados, y con la frecuencia indicada en el Cronograma de Pagos contenido en el Anexo 02.
DEL PLAZO. “ EL CONTRATISTA”, se obliga a entregar la obra, objeto del presente Contrato totalmente terminada a satisfacción de “LA BENEFICENCIA”, en un plazo de acuerdo a propuesta técnica en 25 días Calendarios, contados a partir del día siguiente que se haya cumplido con las condiciones descritas en el Articulo Nº 240 del Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (el Inspector o Supervisor de Obras, Entrega del Calendario Valorizado de Obra, Entrega del Expediente Técnico Completo, Entrega de Terreno, Queda establecido que “EL CONTRATISTA”, debe adoptar las medidas necesarias que garanticen el cumplimiento de la terminación de la obra dentro del plazo fijado. En el caso que “EL CONTRATISTA”, incurra en xxxx respecto del plazo contratado, se le impondrá una multa de conformidad con lo expresamente establecido en el Art. 222° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. La ampliación oficial del plazo de ejecución de la obra por causas que no son imputables al Contratista, se efectuaran de acuerdo a lo previsto por el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
DEL PLAZO. El plazo de duración del presente contrato es el mismo determinado para el año lectivo 2017 -2018, vencido el cual no se entenderá renovado automáticamente.
DEL PLAZO. El Préstamo será cancelado por EL CLIENTE con el pago total de la obligación adeudada, en los plazos y montos pactados, y con la frecuencia que se señala en el Cronograma de Pagos contenido en el Anexo 02.
4. Pagaré incompleto: rigen al presente Préstamo las condiciones establecidas sobre el particular en la cláusula 17 de las Condiciones Generales.
DEL PLAZO. El servicio educativo convenido en este Contrato, será válido para el ciclo escolar del año dos mil _______, durante su vigencia, no puede ser modificada ninguna de sus cláusulas, las que se deberán cumplir a cabalidad; así como, con todo lo ofrecido a los padres de familia, tanto en la publicidad efectuada en los medios de comunicación, información escrita o cualquier otro documento publicitario.
DEL PLAZO. El plazo del presente contrato es indefinido.
DEL PLAZO. El plazo de ejecución de la OBRA materia del presente Contrato, se fija en DOSCIENTOS CUARENTA (240) días calendario, contados a partir del cumplimiento de las condiciones establecidas en el artículo 240° del REGLAMENTO. Se precisa que el plazo para que el CONTRATISTA solicite el Adelanto Directo, incluyendo la entrega de la documentación sustentatoria así como de la garantía correspondiente, no podrá exceder de los quince (15) días calendarios contados desde la fecha de suscripción del presente Contrato, caso contrario, la entrega del adelanto directo al CONTRATISTA no será considerado como condición válida para el inicio del cómputo del plazo de ejecución. Asimismo, se precisa que la demora por parte del CONTRATISTA en la entrega de la factura correspondiente al adelanto directo, será deducida del plazo que tiene el GR. XXXX , para realizar su pago, a efectos del cómputo del inicio del plazo de ejecución de la obra. Cuando los alcances de los trabajos requieran intervención en instalaciones de terceros (concesionarios del servicio público de electricidad) o la intervención de terceros (COES), el plazo requerido para cumplir las exigencias que estos, están comprendidos en el Plazo de Obra; por lo que el GOB. LAMB no reconocerá plazos adicionales para la satisfacción de estas exigencias. El CONTRATISTA hará los mejores esfuerzos y utilizará los medios idóneos para su cumplimiento.
DEL PLAZO. El plazo de vigencia del presente contrato es el mismo determinado para el año lectivo 2024-2025, vencido este plazo no se entenderá renovado automáticamente, por lo cual ni EL/LA REPRESENTANTE LEGAL mantiene la calidad de padre de familia, ni el menor de edad de estudiante.
DEL PLAZO. El presente contrato se suscribe el día …… de …… del ……. y tiene vigencia a partir del……de….. del…… y sus obligaciones se mantendrán vigentes mientras subsista cualquier obligación pendiente del CONTRATISTA (incluido los periodos de garantía ofertados). El plazo podrá ser renovable a solicitud de la CMAC-Sullana sólo para el servicio de consultas vía WEB y WAP.
DEL PLAZO. LAS PARTES ACUERDAN QUE EL PLAZO DEL PRESENTE INSTRUMENTO ES DEL DÍA UNO DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO, FECHA A LA QUE SE RETROTRAEN SUS EFECTOS LEGALES, Y CONCLUIRÁ EL DIA TREINTA Y UNO DE DICIEMBRE DEL PROPIO AÑO DOS MIL VEINTIUNO.