APROBACIÓN Y DISPOSICIÓN DEL GASTO. Descripción de trámites Ref. normativa 1) Escrito de petición del contratista de cesión del contrato. El contratista/cedente, podrá ceder el contrato a un tercero, siempre que se cumplan los requisitos legales. Al no existir novación objetiva el contrat permanece inalterable, solo cambia el contratista al existir novación subjetiva. La cesión, de autorizarse, debe realizarse a instancia del contratista/cedente, cual manifestará al órgano de contratación su voluntad de cesión. o el Art. 226 TRLCSP 2) Informe del Servicio gestor del órgano d contratación sobre el cumplimiento de requisitos legales habilitantes de la cesión del contrato. En dicho informe deberá indicarse y en su caso documentarse el cumplimient entre otros, de los siguientes requisitos: i) que las cualidades técnicas personales del cedente no hayan sido razón determinantes de la adjudicació del contrato, ii) haberse ejecutado y certificado, como mínimo, un 20 % d importe del contrato, excluidos los acopios y iii) que el cesionario, ha de tener capacidad, solvencia/clasificación y no estar incurso en causa de prohibición incompatibilidad para contratar. e o, o n el e Art. 226.1 TRLCSP Art. 226.2.b) y c) TRLCSP 3) Informe del servicio jurídico. Art. 211 TRLCSP Art. 97 RGLCAP 4) Informe de fiscalización previa. La Intervención, teniendo en cuenta la documentación anterior y la verificaciones realizadas, procederá a emitir el correspondiente informe d fiscalización conforme a los apartados segundo y quinto 1.7.1 del Acuerdo d Consejo de Gobierno de 18 xx xxxxx de 0000 x x x
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Samples: Contrato De Servicios, Contrato De Servicios
APROBACIÓN Y DISPOSICIÓN DEL GASTO. Descripción de trámites Ref. normativa
1) Escrito de petición del contratista de cesión del contrato. El contratista/cedente, podrá ceder el contrato de obra a un tercero, siempre que se cumplan los requisitos legales. Al no existir novación objetiva el contrat contrato permanece inalterable, solo cambia el contratista al existir novación subjetiva. La cesión, cesión de autorizarse, autorizarse debe realizarse a instancia del contratista/cedente, el cual manifestará al órgano de contratación su voluntad de cesión. o el Art. 226 TRLCSP
2) Informe del Servicio gestor del órgano d de contratación sobre el cumplimiento de requisitos legales habilitantes de la cesión del contrato. En dicho informe deberá indicarse y en su caso documentarse el cumplimient cumplimiento, entre otros, de los siguientes requisitos: i) que las cualidades técnicas o personales del cedente no hayan sido razón determinantes de la adjudicació adjudicación del contrato, ii) haberse ejecutado y certificado, como mínimo, un 20 % d del importe del contrato, excluidos los acopios y iii) que el cesionario, ha de tener capacidad, solvencia/clasificación y no estar incurso en causa de prohibición e incompatibilidad para contratar. e o, o n el e Art. 226.1 TRLCSP Art. 226.2.b) y c) TRLCSP
3) Informe del servicio jurídico. Servicio jurídico Art. 211 TRLCSP Art. 97 RGLCAP
4) Informe de fiscalización previa. La Intervención, teniendo en cuenta la documentación anterior y la las verificaciones realizadas, procederá a emitir el correspondiente informe d de fiscalización conforme a los apartados segundo y quinto 1.7.1 tercero 1.6.1 del Acuerdo d de Consejo de Gobierno de 18 xx xxxxx de 0000 x x x2014.
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Samples: Contrato De Obras
APROBACIÓN Y DISPOSICIÓN DEL GASTO. Descripción de trámites Ref. normativa
1) Escrito de petición del contratista de cesión del contrato. El contratista/cedente, podrá ceder el contrato a un tercero, siempre que se cumplan los requisitos legales. Al no existir novación objetiva el contrat contrato permanece inalterable, solo cambia el contratista al existir novación subjetiva. La cesión, de autorizarse, debe realizarse a instancia del contratista/cedente, el cual manifestará al órgano de contratación su voluntad de cesión. o el Art. 226 TRLCSP.
2) Informe del Servicio gestor del órgano d de contratación sobre el cumplimiento de requisitos legales habilitantes de la cesión del contrato. En dicho informe deberá indicarse y en su caso documentarse el cumplimient cumplimiento, entre otros, de los siguientes requisitos: i) que las cualidades técnicas o personales del cedente no hayan sido razón determinantes de la adjudicació adjudicación del contrato, ii) haberse ejecutado y certificado, como mínimo, un 20 % d del importe del contrato, excluidos los acopios y iii) que el cesionario, ha de tener capacidad, solvencia/clasificación y no estar incurso en causa de prohibición e incompatibilidad para contratar. e o, o n el e Art. 226.1 TRLCSP Art. 226.2.b226.2. b) y c) TRLCSP
3) Informe del servicio jurídico. Art. 211 TRLCSP Art. 97 RGLCAP
4) Informe de fiscalización previa. La Intervención, teniendo en cuenta la documentación anterior y la verificaciones realizadas, procederá a emitir el correspondiente informe d fiscalización conforme a los apartados segundo y quinto 1.7.1 del Acuerdo d Consejo de Gobierno de 18 xx xxxxx de 0000 x x x.
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Samples: Contrato De Suministros