CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN. Una vez recibida la documentación en plazo, la Unidad proponente calificará los documentos presentados en tiempo y forma. En su caso, podrá solicitar, a tal fin, los informes o asesoramientos oportunos. Los defectos o dudas sobre la documentación presentada se solucionarán con el criterio de favorecer su admisión. Si se observan defectos materiales en la documentación presentada, se estará a lo previsto por el artículo 81.2 del RGLCAP.
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