Common use of Capacitación del personal del Proveedor Clause in Contracts

Capacitación del personal del Proveedor. El Proveedor deberá capacitar a su personal, quedando a cargo de éste la contratación de instructores cuya técnica y especialidad haya sido considerada idónea por ENEL y exigirá que en la capacitación se incluyan todas las normas y procedimientos de ENEL aplicables y mantener registros de la misma, para dar respuesta a las necesidades del servicio. Asimismo, con la premisa de mejora constante, deberá ajustar la capacitación a eventuales cambios de personal, de procedimientos, etc. • En virtud de lo dispuesto en la Resolución nº 421/2011 del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), el Proveedor deberá habilitar en la especialidad o trabajos objeto del Contrato a todo su personal y/o al de su/s subcontratista/s, en instituciones u organismos de reconocida trayectoria, previamente aceptados por ENEL. Dichas habilitaciones deberán ser remitidas (en copia), al Departamento de Formación y Desarrollo de RR. HH. de ENEL. • El Proveedor deberá presentar mensualmente en el Departamento de Formación y Desarrollo de RR. HH. xx XXXX, un informe de gestión detallado, de acuerdo a lo requerido en los numerales precedentes. • Homologación de los perfiles de los trabajadores: Los requisitos a cumplimentar por el Proveedor aplicable a todos los trabajadores que realicen actividades para ENEL son: • Obligatoriedad de la impartición de los siguientes cursos: Riesgo Eléctrico y Trabajo en Altura (para todos los trabajadores que por la característica de su trabajo estén asociados a este tipo de riesgo), Primeros Auxilios y RCP (para todos los trabajadores). Para el caso de desarrollo de sistemas específicos se debe formar al personal bajo las normas de “Desarrollo Seguro” definidas como estándar (Secure Software Development Lifecycle). • La duración de los mismos deberá ser mayor a dos (2) horas, realizando para los cursos de Trabajo en Altura y Primeros Auxilios y RCP la actividad práctica correspondiente. • Mensualmente deberán hacer entrega de la siguiente documentación: • Manuales de Contenido de todos los cursos declarados en la grilla de competencias, principalmente de los tres cursos obligatorios mencionados en el punto anterior. • Programa de Capacitación Anual: Cursos, contenidos y duración de los mismos, definidos por los responsables de los servicios de Higiene y Seguridad. • Programa y Manuales de Contenido de los cursos de Inducción. • Grilla de Competencias de todos los trabajadores, informando los cursos realizados por cada uno durante los últimos 4 años; indicando en cada caso la última fecha en la cual recibió la capacitación. Indicando en columnas:

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Capacitación del personal del Proveedor. El Proveedor PROVEEDOR deberá capacitar a su personal, quedando a cargo de éste la contratación de instructores cuya técnica y especialidad haya sido considerada idónea por ENEL y exigirá que en la capacitación se incluyan todas las normas y procedimientos de ENEL aplicables y mantener registros de la misma, para dar respuesta a las necesidades del servicio. Asimismo, con la premisa de mejora constante, deberá ajustar la capacitación a eventuales cambios de personal, de procedimientos, etc. • En virtud de lo dispuesto en la Resolución nº 421/2011 del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), el Proveedor PROVEEDOR deberá habilitar en la especialidad o trabajos objeto del Contrato a todo su personal y/o al de su/s subcontratista/s, en instituciones u organismos de reconocida trayectoria, previamente aceptados por ENEL. Dichas habilitaciones deberán ser remitidas (en copia), al Departamento de Formación y Desarrollo de RR. HH. de ENEL. • El Proveedor PROVEEDOR deberá presentar mensualmente en el Departamento de Formación y Desarrollo de RR. HH. xx XXXX, un informe de gestión detallado, de acuerdo a lo requerido en los numerales precedentes. • Homologación de los perfiles de los trabajadores: Los requisitos a cumplimentar por el Proveedor PROVEEDOR aplicable a todos los trabajadores que realicen actividades para ENEL son: o Obligatoriedad de la impartición de los siguientes cursos: Riesgo Eléctrico y Trabajo en Altura (para todos los trabajadores que por la característica de su trabajo estén asociados a este tipo de riesgo), Primeros Auxilios y RCP (para todos los trabajadores). Para el caso de desarrollo de sistemas específicos se debe formar al personal bajo las normas de “Desarrollo Seguro” definidas como estándar (Secure Software Development Lifecycle). o La duración de los mismos deberá ser mayor a dos (2) horas, realizando para los cursos de Trabajo en Altura y Primeros Auxilios y RCP la actividad práctica correspondiente. o Mensualmente deberán hacer entrega de la siguiente documentación: o Manuales de Contenido de todos los cursos declarados en la grilla de competencias, principalmente de los tres cursos obligatorios mencionados en el punto anterior. o Programa de Capacitación Anual: Cursos, contenidos y duración de los mismos, definidos por los responsables de los servicios de Higiene y Seguridad. o Programa y Manuales de Contenido de los cursos de Inducción. • Grilla x Xxxxxx de Competencias de todos los trabajadores, informando los cursos realizados por cada uno durante los últimos 4 años; indicando en cada caso la última fecha en la cual recibió la capacitación. Indicando en columnas:

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Capacitación del personal del Proveedor. El Proveedor deberá capacitar a su personal, quedando a cargo de éste la contratación de instructores cuya técnica y especialidad haya sido considerada idónea por ENEL y exigirá que en la capacitación se incluyan todas las normas y procedimientos de ENEL aplicables y mantener registros de la misma, para dar respuesta a las necesidades del servicio. Asimismo, con la premisa de mejora constante, deberá ajustar la capacitación a eventuales cambios de personal, de procedimientos, etc. • En virtud de lo dispuesto en la Resolución 421/2011 del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), el Proveedor deberá habilitar en la especialidad o trabajos objeto del Contrato a todo su personal y/o al de su/s subcontratista/s, en instituciones u organismos de reconocida trayectoria, previamente aceptados por ENEL. Dichas habilitaciones deberán ser remitidas (en copia), al Departamento de Formación y Desarrollo de RR. HH. de ENELindicado por ENEL en cada caso. • El Proveedor deberá presentar mensualmente en el Departamento de Formación y Desarrollo de RR. HH. xx XXXXindicado por ENEL en cada caso., un informe de gestión detallado, de acuerdo a lo requerido en los numerales precedentes. • Homologación de los perfiles de los trabajadores: Los requisitos a cumplimentar por el Proveedor aplicable a todos los trabajadores que realicen actividades para ENEL son: • Obligatoriedad de la impartición de los siguientes cursos: Riesgo Eléctrico y Trabajo en Altura (para todos los trabajadores que por la característica de su trabajo estén asociados a este tipo de riesgo), Primeros Auxilios y RCP (para todos los trabajadores). Para el caso de desarrollo de sistemas específicos se debe formar al personal bajo las normas de “Desarrollo Seguro” definidas como estándar (Secure Software Development Lifecycle). Todo otro curso de formación que solicite la legislación argentina, prestando especial atención a las homologaciones correspondientes a los trabajos eléctricos. • La duración de los mismos deberá ser mayor a dos (2) horasla suficiente para poder desarrollar todos los contenidos adecuados, realizando para los cursos de Trabajo en Altura y Primeros Auxilios y RCP la actividad práctica correspondiente. • Mensualmente deberán hacer entrega de la siguiente documentación: • Manuales de Contenido de todos los cursos declarados en la grilla de competencias, principalmente de los tres cursos obligatorios mencionados en el punto anterioranterior o de todo otro curso que resulte obligatorio en virtud de la normativa. • Programa de Capacitación Anual: Cursos, contenidos y duración de los mismos, definidos por los responsables de los servicios de Higiene y Seguridad. • Programa y Manuales de Contenido de los cursos de Inducción. • Grilla de Competencias de todos los trabajadores, informando los cursos realizados por cada uno durante los últimos 4 años; indicando en cada caso la última fecha en la cual recibió la capacitación. Indicando Esta grilla deberá indicar en columnascolumnas lo siguiente:

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Capacitación del personal del Proveedor. El Proveedor PROVEEDOR deberá capacitar a su personal, quedando a cargo de éste la contratación de instructores cuya técnica y especialidad haya sido considerada idónea por ENEL y exigirá que en la capacitación se incluyan todas las normas y procedimientos de ENEL aplicables y mantener registros de la misma, para dar respuesta a las necesidades del servicio. Asimismo, con la premisa de mejora constante, deberá ajustar la capacitación a eventuales cambios de personal, de procedimientos, etc. En virtud de lo dispuesto en la Resolución nº 421/2011 del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), el Proveedor PROVEEDOR deberá habilitar en la especialidad o trabajos objeto del Contrato a todo su personal y/o al de su/s subcontratista/s, en instituciones u organismos de reconocida trayectoria, previamente aceptados por ENEL. Dichas habilitaciones deberán ser remitidas (en copia), al Departamento de Formación y Desarrollo de RR. HH. de ENEL. El Proveedor PROVEEDOR deberá presentar mensualmente en el Departamento de Formación y Desarrollo de RR. HH. xx XXXX, un informe de gestión detallado, de acuerdo a lo requerido en los numerales precedentes. Homologación de los perfiles de los trabajadores: Los requisitos a cumplimentar por el Proveedor PROVEEDOR aplicable a todos los trabajadores que realicen actividades para ENEL son: o Obligatoriedad de la impartición de los siguientes cursos: Riesgo Eléctrico y Trabajo en Altura (para todos los trabajadores que por la característica de su trabajo estén asociados a este tipo de riesgo), Primeros Auxilios y RCP (para todos los trabajadores). Para el caso de desarrollo de sistemas específicos se debe formar al personal bajo las normas de “Desarrollo Seguro” definidas como estándar (Secure Software Development Lifecycle). o La duración de los mismos deberá ser mayor a dos (2) horas, realizando para los cursos de Trabajo en Altura y Primeros Auxilios y RCP la actividad práctica correspondiente. o Mensualmente deberán hacer entrega de la siguiente documentación: o Manuales de Contenido de todos los cursos declarados en la grilla de competencias, principalmente de los tres cursos obligatorios mencionados en el punto anterior. o Programa de Capacitación Anual: Cursos, contenidos y duración de los mismos, definidos por los responsables de los servicios de Higiene y Seguridad. o Programa y Manuales de Contenido de los cursos de Inducción. • Grilla x Xxxxxx de Competencias de todos los trabajadores, informando los cursos realizados por cada uno durante los últimos 4 años; indicando en cada caso la última fecha en la cual recibió la capacitación. Indicando en columnas:

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Capacitación del personal del Proveedor. El Proveedor deberá capacitar a su personal, quedando a cargo de éste la contratación de instructores cuya técnica y especialidad haya sido considerada idónea por ENEL y exigirá que en la capacitación se incluyan todas las normas y procedimientos de ENEL aplicables y mantener registros de la misma, para dar respuesta a las necesidades del servicio. Asimismo, con la premisa de mejora constante, deberá ajustar la capacitación a eventuales cambios de personal, de procedimientos, etc. En virtud de lo dispuesto en la Resolución nº 421/2011 del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), el Proveedor deberá habilitar en la especialidad o trabajos objeto del Contrato a todo su personal y/o al de su/s subcontratista/s, en instituciones u organismos de reconocida trayectoria, previamente aceptados por ENEL. Dichas habilitaciones deberán ser remitidas (en copia), al Departamento de Formación y Desarrollo de RR. HH. de ENEL. El Proveedor deberá presentar mensualmente en el Departamento de Formación y Desarrollo de RR. HH. xx XXXX, un informe de gestión detallado, de acuerdo a lo requerido en los numerales precedentes. Homologación de los perfiles de los trabajadores: Los requisitos a cumplimentar por el Proveedor aplicable a todos los trabajadores que realicen actividades para ENEL son: Obligatoriedad de la impartición de los siguientes cursos: Riesgo Eléctrico y Trabajo en Altura (para todos los trabajadores que por la característica de su trabajo estén asociados a este tipo de riesgo), Primeros Auxilios y RCP (para todos los trabajadores). Para el caso de desarrollo de sistemas específicos se debe formar al personal bajo las normas de “Desarrollo Seguro” definidas como estándar (Secure Software Development Lifecycle). La duración de los mismos deberá ser mayor a dos (2) horas, realizando para los cursos de Trabajo en Altura y Primeros Auxilios y RCP la actividad práctica correspondiente. Mensualmente deberán hacer entrega de la siguiente documentación: Manuales de Contenido de todos los cursos declarados en la grilla de competencias, principalmente de los tres cursos obligatorios mencionados en el punto anterior. Programa de Capacitación Anual: Cursos, contenidos y duración de los mismos, definidos por los responsables de los servicios de Higiene y Seguridad. Programa y Manuales de Contenido de los cursos de Inducción. Grilla de Competencias de todos los trabajadores, informando los cursos realizados por cada uno durante los últimos 4 años; indicando en cada caso la última fecha en la cual recibió la capacitación. Indicando en columnas:

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