Common use of Coordinación en redes Clause in Contracts

Coordinación en redes. Para cumplir con la integralidad y la flexibilidad que requiere la intervención en el tratamiento del consumo problemático de sustancias, las entidades prestadoras deberán ser partícipes de la red de centros de tratamiento de la jurisdicción del Servicio de Salud correspondiente, estar participando de manera activa en reuniones formales de red de alcohol y drogas y/o de salud mental u otras análogas, estar en coordinación con la red de Salud General, según el funcionamiento del sistema de derivación y contra derivación correspondiente, con el propósito de facilitar la atención y resolutividad de problemas de salud asociados, el acceso a oportunidades de apoyo a la integración social y la continuidad de la atención y cuidados en salud de las personas usuarias. Particularmente, se deberá asegurar la vinculación permanente de las personas usuarias al establecimiento de atención primaria de salud que le corresponde y cuente, con los controles de salud al día. En aquellos centros o programas que cuenten con usuarios de Libertad Vigilada, en consideración de los requerimientos específicos de la población condenada a libertad vigilada, para la adecuada ejecución de los servicios, resulta fundamental establecer coordinación con los Centros de Reinserción Social de Gendarmería correspondientes a la zona de implementación del programa de tratamiento. Se debe desarrollar un trabajo sistemático que permita definir y diferenciar los roles del equipo de tratamiento y de los delegados de Gendarmería, apuntando a una gestión complementaria, a una integración de las áreas de intervención y/o a una secuencialidad en las acciones, según las necesidades y recursos presentados por la persona usuaria en cada etapa del tratamiento. Así mismo, en los centros o programas que cuenten con usuarios de los Tribunales de Tratamiento de Drogas (TTD), se debe procurar la coordinación permanente con el equipo TTD respectivo, así como la entrega oportuna de los informes necesarios para la adecuada supervisión y seguimiento judicial. Se debe resguardar el respeto a los protocolos y manuales establecidos para ello. En ese marco, se debe tener especial resguardo en respetar los procedimientos y aspectos formales definidos en el Protocolo Interinstitucional del Ministerio de Salud, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol y Gendarmería de Chile, así como también otros protocolos y acuerdos definidos a nivel regional.

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Samples: sidoc.senda.gob.cl, sidoc.senda.gob.cl

Coordinación en redes. Para cumplir con la integralidad y la flexibilidad que requiere la intervención en el tratamiento del consumo problemático de sustancias, las entidades prestadoras deberán ser partícipes de la red de centros de tratamiento de la jurisdicción del Servicio de Salud correspondiente, estar participando de manera activa en reuniones formales de red de alcohol y drogas y/o de salud mental u otras análogas, estar en coordinación con la red de Salud General, según el funcionamiento del sistema de derivación y contra derivación correspondiente, con el propósito de facilitar la atención y resolutividad de problemas de salud asociados, el acceso a oportunidades de apoyo a la integración social y la continuidad de la atención y cuidados en salud de las personas usuarias. ParticularmenteAsimismo, deberán formar parte de las redes vinculadas a la infancia y adolescencia, esto es, con organismos colaboradores de SENAME (de protección y justicia juvenil), centros de administración directa de SENAME, equipos de terapia multisistémica, equipos del Programa 24 horas, entre otros. En aquellas jurisdicciones correspondientes a la implementación del “Sistema intersectorial de salud integral, con énfasis en salud mental, para niños, niñas, adolescentes y jóvenes con vulneración de derechos y/o sujetos a la ley de responsabilidad penal adolescente”, se deberá asegurar procurar la vinculación permanente coordinación y articulación con la red de las personas usuarias al establecimiento salud, SENAME y otros actores relevantes, de atención primaria de salud acuerdo a los lineamientos que le corresponde y cuente, con los controles de salud al díasean entregados por SENDA para ello. En aquellos centros o programas que cuenten con usuarios de Libertad Vigilada, en consideración de los requerimientos específicos de Para la población condenada a libertad vigilada, para la adecuada ejecución de los servicios, resulta fundamental establecer coordinación con es necesario que se haga, durante el tratamiento, una diferenciación de roles entre los Centros de Reinserción Social de Gendarmería correspondientes a la zona de implementación del programa de tratamiento. Se debe desarrollar un trabajo sistemático distintos equipos que permita definir y diferenciar los roles del equipo de tratamiento y de los delegados de Gendarmeríapuedan estar interviniendo, apuntando a una la gestión complementariacomplementaria de acciones y estrategias de alto impacto, a una integración dependiendo de las áreas de intervención la etapa en que se encuentre el niño, niña y/o adolescente. Ello determinará la intensidad y frecuencia de las intervenciones por parte de cada uno de los equipos. Lo anterior se hace a una secuencialidad en las accionespartir del diagnóstico y elaboración del plan individual de tratamiento integral e integrado que se construirá y ejecutará promoviendo la participación activa del usuario o usuaria y su familia, según conjugando las necesidades de intervención detectadas por los equipos y recursos presentados por evitando la persona usuaria en cada etapa del tratamiento. Así mismo, en los centros o programas que cuenten con usuarios de los Tribunales de Tratamiento de Drogas (TTD), se debe procurar la coordinación permanente con el equipo TTD respectivo, así como la entrega oportuna de los informes necesarios para la adecuada supervisión y seguimiento judicial. Se debe resguardar el respeto a los protocolos y manuales establecidos para ello. En ese marco, se debe tener especial resguardo en respetar los procedimientos y aspectos formales definidos en el Protocolo Interinstitucional del Ministerio de Salud, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol y Gendarmería de Chile, así como también otros protocolos y acuerdos definidos a nivel regionalsobre intervención.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

Coordinación en redes. Para cumplir con la integralidad y la flexibilidad que requiere la intervención en el tratamiento del consumo problemático de sustancias, las entidades prestadoras deberán ser partícipes de la red de centros de tratamiento de la jurisdicción del Servicio de Salud correspondiente, estar participando de manera activa en reuniones formales de red de alcohol y drogas y/o de salud mental u otras análogas, estar en coordinación con la red de Salud General, según el funcionamiento del sistema de derivación y contra derivación correspondiente, con el propósito de facilitar la atención y resolutividad de problemas de salud asociados, el acceso a oportunidades de apoyo a la integración social y la continuidad de la atención y cuidados en salud de las personas usuarias. Particularmente, se deberá asegurar la vinculación permanente de las personas usuarias al establecimiento de atención primaria de salud que le corresponde y cuente, con los controles de salud al día. En aquellos centros o programas que cuenten con usuarios de Libertad Vigilada, en consideración de los requerimientos específicos de la población condenada a libertad vigilada, para la adecuada ejecución de los servicios, resulta fundamental establecer coordinación con los Centros de Reinserción Social de Gendarmería correspondientes a la zona de implementación del programa de tratamiento. Se debe desarrollar un trabajo sistemático que permita definir y diferenciar los roles del equipo de tratamiento y de los delegados de Gendarmería, apuntando a una gestión complementaria, a una integración de las áreas de intervención y/o a una secuencialidad en las acciones, según las necesidades y recursos presentados por la persona usuaria en cada etapa del tratamiento. Así mismo, en los centros o programas que cuenten con usuarios de los Tribunales de Tratamiento de Drogas (TTD), se debe procurar la coordinación permanente con el equipo TTD respectivo, así como la entrega oportuna de los informes necesarios para la adecuada supervisión y seguimiento judicial. Se debe resguardar el respeto a los protocolos y manuales establecidos para ello. el=lo=.============================== En ese marco, se debe tener especial resguardo en respetar los procedimientos y aspectos formales definidos en el Protocolo Interinstitucional del Ministerio de Salud, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol y Gendarmería de Chile, así como también otros protocolos y acuerdos definidos a nivel regional.

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Samples: sidoc.senda.gob.cl

Coordinación en redes. Para cumplir con la integralidad y la flexibilidad que requiere la intervención en el tratamiento del consumo problemático de sustancias, las entidades prestadoras deberán ser partícipes de la red de centros de tratamiento de la jurisdicción del Servicio de Salud correspondiente, estar participando de manera activa en reuniones formales de red de alcohol y drogas y/o de salud mental u otras análogas, estar en coordinación con la red de Salud General, según el funcionamiento del sistema de derivación y contra derivación correspondiente, con el propósito de facilitar la atención y resolutividad de problemas de salud asociados, el acceso a oportunidades de apoyo a la integración social y la continuidad de la atención y cuidados en salud de las personas usuarias. ParticularmenteAsimismo, deberán formar parte de las redes vinculadas a la infancia y adolescencia, esto es, con organismos colaboradores de SENAME (de protección y justicia juvenil), centros de administración directa de SENAME, equipos de terapia multisistémica, equipos del Programa 24 horas, entre otros. En aquellas jurisdicciones correspondientes a la implementación del “Sistema intersectorial de salud integral, con énfasis en salud mental, para niños, niñas, adolescentes y jóvenes con vulneración de derechos y/o sujetos a la ley de responsabilidad penal adolescente”, se deberá asegurar procurar la vinculación permanente coordinación y articulación con la red de las personas usuarias al establecimiento salud, XXXXXX y otros actores relevantes, de atención primaria de salud acuerdo a los lineamientos que le corresponde y cuente, con los controles de salud al díasean entregados por SENDA para ello. En aquellos centros o programas que cuenten con usuarios de Libertad Vigilada, en consideración de los requerimientos específicos de Para la población condenada a libertad vigilada, para la adecuada ejecución de los servicios, resulta fundamental establecer coordinación con es necesario que se haga, durante el tratamiento, una diferenciación de roles entre los Centros de Reinserción Social de Gendarmería correspondientes a la zona de implementación del programa de tratamiento. Se debe desarrollar un trabajo sistemático distintos equipos que permita definir y diferenciar los roles del equipo de tratamiento y de los delegados de Gendarmeríapuedan estar interviniendo, apuntando a una la gestión complementariacomplementaria de acciones y estrategias de alto impacto, a una integración dependiendo de las áreas de intervención la etapa en que se encuentre el niño, niña y/o adolescente. Ello determinará la intensidad y frecuencia de las intervenciones por parte de cada uno de los equipos. Lo anterior se hace a una secuencialidad en las accionespartir del diagnóstico y elaboración del plan individual de tratamiento integral e integrado que se construirá y ejecutará promoviendo la participación activa del usuario o usuaria y su familia, según conjugando las necesidades de intervención detectadas por los equipos y recursos presentados por evitando la persona usuaria en cada etapa del tratamiento. Así mismo, en los centros o programas que cuenten con usuarios de los Tribunales de Tratamiento de Drogas (TTD), se debe procurar la coordinación permanente con el equipo TTD respectivo, así como la entrega oportuna de los informes necesarios para la adecuada supervisión y seguimiento judicial. Se debe resguardar el respeto a los protocolos y manuales establecidos para ello. En ese marco, se debe tener especial resguardo en respetar los procedimientos y aspectos formales definidos en el Protocolo Interinstitucional del Ministerio de Salud, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol y Gendarmería de Chile, así como también otros protocolos y acuerdos definidos a nivel regionalsobre intervención.

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Samples: sidoc.senda.gob.cl