Common use of CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA Clause in Contracts

CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA. Los “LICITANTES” deben cumplir con la presentación del total de los requisitos establecidos en esta convocatoria, legales, administrativos, financieros, técnicos y económicos, con los que deben demostrar, a través de la documentación y la información presentada en su propuesta técnica, la experiencia y especialidad del “LICITANTE” de un año como mínimo, que su objeto social y su actividad comercial y profesional está relacionada con el suministro de los bienes o prestación del servicio a contratar, objeto de la presente invitación, así como, que cuenta con la capacidad técnica, financiera, administrativa y legal, para atender los requerimientos solicitados en esta invitación conforme al Anexo I y su Anexo Técnico, entre los que destacan los requisitos del currículum; la solvencia financiera de la empresa “LICITANTE”; las normas de calidad que cumplen los bienes o el servicio que ofertan; propuesta técnica y la información técnica adicional. El incumplimiento en cualquiera de los requisitos establecidos en el apartado 4 o en las especificaciones técnicas establecidas en el Anexo I y su Anexo Técnico será motivo para que la proposición sea desechada. Esto es, que de incumplir cualquiera de los requisitos obligatorios del apartado 4 de esta convocatoria, la propuesta económica, no será considerada para ser evaluada. son de cumplimiento obligatorio, señalando las proposiciones que no los cumplieron en la evaluación que realicen dejando constancia. Las condiciones que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar la conducción de los actos de la invitación, así como, cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, o con deficiencia en su contenido, que no afecte la solvencia de las proposiciones, no será objeto de evaluación y se tendrán por no establecidas. La inobservancia por parte de los “LICITANTES” respecto a dichas condiciones o requisitos no será motivo para desechar sus proposiciones. Por lo que, la omisión de cualquiera de los requisitos o de las condiciones de cumplimiento obligatorio establecidos en la convocatoria, será motivo de desechamiento de la proposición en su conjunto. Entre los requisitos cuyo incumplimiento no afecta la solvencia de la proposición, se considerará proponer un plazo de entrega menor al solicitado, en cuyo caso, de resultar adjudicado y de convenir a la “CONVOCANTE” pudiera aceptarse; el omitir aspectos que puedan ser cubiertos con información contenida en la propia proposición; el no observar los formatos establecidos, si se proporciona de manera clara la información requerida; y el no observar requisitos que carezcan de fundamento legal o cualquier otro que no tenga por objeto determinar objetivamente la solvencia de la proposición presentada. En ningún caso la “CONVOCANTE” o los “LICITANTES” podrán suplir o corregir las deficiencias de las proposiciones presentadas. En los casos en que las propuestas por sí o como resultado de tachaduras o enmendaduras, presenten información que cause confusión o cree una situación de incertidumbre o inconsistencia, respecto del cumplimiento en la entrega de los bienes o prestación de los servicios a contratar o presente contradicción entre los diversos documentos de la oferta, la propuesta será considerada insolvente y será desechada. En caso de que al analizarse la información proporcionada en la propuesta técnica, no sea veraz o no sea comprobable, la propuesta será desechada.

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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional

CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA. La revisión, análisis detallado, evaluación y dictamen técnico de las proposiciones que presenten los licitantes, serán efectuadas por el personal asignado para tal efecto conforme a lo siguiente:  La evaluación permitirá verificar y/o asegurar la confiabilidad de las propuestas técnicas de los participantes, así como que las características técnicas ofrecidas cumplan con los requerimientos solicitados por “LA CONVOCANTE”.  Los “LICITANTES” deben cumplir con participantes deberán proporcionar para la presentación del total realización de las evaluaciones técnicas, todos los elementos requeridos en el Anexo VI de esta convocatoria.  Que la propuesta técnica contenga la información indicada en el numeral 5.5 y las manifestaciones por escrito solicitadas en el Anexo VI de esta convocatoria.  El incumplimiento de los requisitos establecidos en esta convocatoria, legales, administrativos, financieros, técnicos y económicos, con los que deben demostrar, a través de la documentación y la información presentada en su propuesta técnica, la experiencia y especialidad del “LICITANTE” de un año como mínimo, que su objeto social y su actividad comercial y profesional está relacionada con el suministro de los bienes o prestación del servicio a contratar, objeto de la presente invitación, así como, que cuenta con la capacidad técnica, financiera, administrativa y legal, para atender los requerimientos solicitados en esta invitación conforme al Anexo I y su Anexo Técnico, entre los que destacan los requisitos del currículum; la solvencia financiera de la empresa “LICITANTE”; las normas de calidad que cumplen los bienes o el servicio que ofertan; propuesta técnica y la información técnica adicional. El incumplimiento en cualquiera de los requisitos establecidos en el apartado 4 antes citados o en las especificaciones técnicas establecidas en el del Anexo I y su Anexo Técnico Técnico, será motivo para que la proposición propuesta sea desechada. Esto es, que de incumplir cualquiera de los requisitos obligatorios del apartado 4 de esta convocatoria, la propuesta económica, no será considerada para ser evaluada. son de cumplimiento obligatorio, señalando las proposiciones que no los cumplieron en la evaluación que realicen dejando constancia. Las condiciones que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar la conducción de los actos de la invitación, así como, cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, o con deficiencia en su contenido, que no afecte la solvencia de las proposiciones, no será objeto de evaluación y se tendrán por no establecidas. La inobservancia por parte de los “LICITANTES” respecto a dichas condiciones o requisitos no será motivo para desechar sus proposiciones. Por lo que, la omisión de cualquiera de los requisitos o de las condiciones de cumplimiento obligatorio establecidos en la convocatoria, será motivo de desechamiento de la proposición en su conjunto. Entre los requisitos cuyo incumplimiento no afecta la solvencia de la proposición, se considerará proponer un plazo de entrega menor al solicitado, en cuyo caso, de resultar adjudicado y de convenir a la “CONVOCANTE” pudiera aceptarse; el omitir aspectos que puedan ser cubiertos con información contenida en la propia proposición; el no observar los formatos establecidos, si se proporciona de manera clara la información requerida; y el no observar requisitos que carezcan de fundamento legal o cualquier otro que no tenga por objeto determinar objetivamente la solvencia de la proposición presentada. En ningún caso la LA CONVOCANTE” o los “LICITANTES” podrán suplir o corregir las deficiencias de las proposiciones presentadasla propuesta presentada. En los casos en que las propuestas por sí o como resultado de tachaduras o enmendaduras, presenten información que cause confusión o cree una situación de incertidumbre o inconsistencia, respecto del cumplimiento en de la entrega de los bienes o prestación de los servicios a contratar “LOS SERVICIOS” o presente contradicción entre los diversos documentos de la oferta, serán consideradas insolventes y serán desechadas. Las condiciones que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar la conducción de los actos de la licitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento por sí mismo o deficiencia en su contenido no afecte la solvencia de las proposiciones, no será objeto de evaluación y se tendrán por no establecidas; La inobservancia por parte de los licitantes respecto a dichas condiciones o requisitos no será motivo para desechar sus proposiciones. Los “LICITANTES” deben demostrar a través de la documentación y la información presentada en su propuesta técnica, que su objeto social, actividad comercial y profesional está relacionada con la descripción técnica de “LOS SERVICIOS”, que cuenta con la capacidad técnica, administrativa y legal para atender los requerimientos solicitados en esta licitación conforme a sus Anexos. CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA. “LA CONVOCANTE”, efectuará el análisis, revisión y cotejo de la documentación económica presentada por cada uno de los “LICITANTES” y efectuará la evaluación cuantitativa y cualitativa de sus propuestas económicas de conformidad con los términos y condiciones de esta convocatoria. La Subgerencia de Administración y Finanzas, realizará la evaluación de la propuesta económica respecto de su solvencia, la cual cotejará con la propuesta técnica, a fin de verificar que la propuesta económica sea congruente con la propuesta técnica presentada, en caso de existir discrepancia entre ambos documentos, la propuesta será considerada insolvente y será desechada. En Cuando se presente un error de cálculo en las propuestas presentadas, sólo habrá lugar a su rectificación por parte de “LA CONVOCANTE”, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios, en caso de discrepancia entre las cantidades escritas con letra y con número, prevalecerá la cantidad con letra, por lo que al analizarse la información proporcionada de presentarse errores en la propuesta técnicalas cantidades o volúmenes solicitados estos podrán corregirse, no sea veraz o no sea comprobable, la propuesta será desechadaen términos de lo señalado por el artículo 55 de “EL REGLAMENTO”.

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Samples: Contrato Abierto De Prestación De Servicio a Equipos

CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA. La revisión, análisis detallado, evaluación y dictamen técnico de las proposiciones que presenten los licitantes, serán efectuadas por el personal asignado para tal efecto, por parte de la Subgerencia de Administración y Finanzas, conforme a lo siguiente: ✓ La evaluación permitirá verificar y/o asegurar la confiabilidad de las propuestas técnicas de los participantes, así como que las características técnicas ofrecidas cumplan con los requerimientos solicitados por “LA CONVOCANTE”. ✓ Los “LICITANTES” deben cumplir con participantes deberán proporcionar para la presentación del total realización de las evaluaciones técnicas, todos los elementos requeridos en el Anexo VI de esta convocatoria. ✓ Que la propuesta técnica contenga la información indicada en el numeral 5.5 y las manifestaciones por escrito solicitadas en el Anexo VI de esta convocatoria. ✓ El incumplimiento de los requisitos establecidos en esta convocatoria, legales, administrativos, financieros, técnicos y económicos, con los que deben demostrar, a través de la documentación y la información presentada en su propuesta técnica, la experiencia y especialidad del “LICITANTE” de un año como mínimo, que su objeto social y su actividad comercial y profesional está relacionada con el suministro de los bienes o prestación del servicio a contratar, objeto de la presente invitación, así como, que cuenta con la capacidad técnica, financiera, administrativa y legal, para atender los requerimientos solicitados en esta invitación conforme al Anexo I y su Anexo Técnico, entre los que destacan los requisitos del currículum; la solvencia financiera de la empresa “LICITANTE”; las normas de calidad que cumplen los bienes o el servicio que ofertan; propuesta técnica y la información técnica adicional. El incumplimiento en cualquiera de los requisitos establecidos en el apartado 4 antes citados o en las especificaciones técnicas establecidas en el Anexo I y su del Anexo Técnico IV, será motivo para que la proposición propuesta sea desechada. Esto es, que de incumplir cualquiera de los requisitos obligatorios del apartado 4 de esta convocatoria, la propuesta económica, no será considerada para ser evaluada. son de cumplimiento obligatorio, señalando las proposiciones que no los cumplieron en la evaluación que realicen dejando constancia. Las condiciones que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar la conducción de los actos de la invitación, así como, cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, o con deficiencia en su contenido, que no afecte la solvencia de las proposiciones, no será objeto de evaluación y se tendrán por no establecidas. La inobservancia por parte de los “LICITANTES” respecto a dichas condiciones o requisitos no será motivo para desechar sus proposiciones. Por lo que, la omisión de cualquiera de los requisitos o de las condiciones de cumplimiento obligatorio establecidos en la convocatoria, será motivo de desechamiento de la proposición en su conjunto. Entre los requisitos cuyo incumplimiento no afecta la solvencia de la proposición, se considerará proponer un plazo de entrega menor al solicitado, en cuyo caso, de resultar adjudicado y de convenir a la “CONVOCANTE” pudiera aceptarse; el omitir aspectos que puedan ser cubiertos con información contenida en la propia proposición; el no observar los formatos establecidos, si se proporciona de manera clara la información requerida; y el no observar requisitos que carezcan de fundamento legal o cualquier otro que no tenga por objeto determinar objetivamente la solvencia de la proposición presentada. En ningún caso la LA CONVOCANTE” o los “LICITANTES” podrán suplir o corregir las deficiencias de las proposiciones presentadasla propuesta presentada. En los casos en que las propuestas por sí o como resultado de tachaduras o enmendaduras, presenten información que cause confusión o cree una situación de incertidumbre o inconsistencia, respecto del cumplimiento en de la entrega de los bienes o prestación de los servicios a contratar “LOS SERVICIOS” o presente contradicción entre los diversos documentos de la oferta, serán consideradas insolventes y serán desechadas. Las condiciones que tengan como propósito facilitar la propuesta presentación de las proposiciones y agilizar la conducción de los actos de la invitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento por sí mismo o deficiencia en su contenido no afecte la solvencia de las proposiciones, no será considerada insolvente objeto de evaluación y se tendrán por no establecidas; La inobservancia por parte de los licitantes respecto a dichas condiciones o requisitos no será desechadamotivo para desechar sus proposiciones. En caso Los “LICITANTES” deben demostrar a través de que al analizarse la documentación y la información proporcionada presentada en la su propuesta técnica, no sea veraz o no sea comprobableque su objeto social, actividad comercial y profesional está relacionada con la descripción técnica de “LOS SERVICIOS”, que cuenta con la capacidad técnica, administrativa y legal para atender los requerimientos solicitados en esta invitación conforme a sus Anexos, entre los que destacan los requisitos del servicio de seguridad requerido. CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA. “LA CONVOCANTE”, efectuará el análisis, revisión y cotejo de la documentación económica presentada por cada uno de los “LICITANTES” y efectuará la evaluación cuantitativa y cualitativa de sus propuestas económicas de conformidad con los términos y condiciones de esta convocatoria. Que la propuesta será desechadaeconómica incluya la información y las declaraciones solicitadas en los numerales 5.6.1. y 5.6.2., de esta convocatoria, tomando en cuenta las condiciones establecidas por “LA CONVOCANTE”. Cuando se presente un error de cálculo en las propuestas presentadas, sólo habrá lugar a su rectificación por parte de “LA CONVOCANTE”, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios, en caso de discrepancia entre las cantidades escritas con letra y con número, prevalecerá la cantidad con letra, por lo que de presentarse errores en las cantidades o volúmenes solicitados estos podrán corregirse, en términos de lo señalado por el artículo 55 de “El Reglamento”.

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Samples: Contrato Abierto De Prestación De Servicios De Limpieza

CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA. Los “LICITANTES” deben cumplir con la presentación del total de los requisitos establecidos en esta convocatoria, legales, administrativos, financieros, técnicos y económicos, con los que deben demostrar, demostrar a través de la documentación y la información presentada en su propuesta técnica, la experiencia y especialidad del “LICITANTE” de un año como mínimo, que su objeto social y su social, actividad comercial y profesional está relacionada con el suministro la descripción técnica de los bienes o prestación del servicio a contratar, objeto de la presente invitación, así como“LOS SERVICIOS”, que cuenta con la capacidad técnica, financiera, administrativa y legal, legal para atender los requerimientos solicitados en esta invitación licitación conforme al Anexo I y su Anexo Técnicoa sus Anexos, entre los que destacan los requisitos del currículum; la solvencia financiera , propuesta técnica, el cumplimiento de la empresa “LICITANTE”; las normas de calidad que cumplen los bienes o el servicio que ofertan; propuesta técnica y la información técnica adicionalcontrato similares. El incumplimiento en cualquiera de los requisitos establecidos en el apartado 4 antes citados o en las especificaciones técnicas establecidas en el del Anexo I y su Anexo Técnico VI, será motivo para que la proposición propuesta sea desechada. Esto es“LA CONVOCANTE”, que de incumplir cualquiera realizará la evaluación de los requisitos obligatorios del apartado 4 de legales y administrativos, verificando que cumplan con lo solicitado en esta convocatoria, la propuesta económicao en su caso señalar aquellos incumplimientos, no será considerada para ser evaluadamotivando y fundando dicha evaluación. son “LA CONVOCANTE”, a través del Departamento de cumplimiento obligatorioRelaciones Industriales de “LA CONVOCANTE”, señalando las proposiciones que no los cumplieron en realizará la evaluación que realicen dejando constancia. Las condiciones que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar la conducción de los actos de la invitación, así como, cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismorequisitos técnicos verificando que cumplan con lo solicitado en esta convocatoria, o con deficiencia en su contenidocaso señalar aquellos incumplimientos, que no afecte la solvencia de las proposiciones, no será objeto de evaluación motivando y se tendrán por no establecidasfundando dicha evaluación. La inobservancia por parte de los “LICITANTES” respecto a dichas condiciones o requisitos no será motivo para desechar sus proposiciones. Por lo que, la omisión de cualquiera de los requisitos o de las condiciones de cumplimiento obligatorio establecidos en la convocatoria, esta convocatoria será motivo de desechamiento de la proposición en su conjunto. Entre los requisitos cuyo incumplimiento no afecta la solvencia de la proposición, se considerará proponer un plazo de entrega menor al solicitado, en cuyo caso, de resultar adjudicado y de convenir a la “CONVOCANTE” pudiera aceptarse; el omitir aspectos que puedan ser cubiertos con información contenida en la propia proposición; el no observar los formatos establecidos, si se proporciona de manera clara la información requerida; y el no observar requisitos que carezcan de fundamento legal o cualquier otro que no tenga por objeto determinar objetivamente la solvencia de la proposición presentada. En ningún caso la LA CONVOCANTE” o los “LICITANTES” podrán suplir o corregir las deficiencias de las proposiciones presentadasla propuesta presentada. En los casos en que las propuestas por sí o como resultado de tachaduras o enmendaduras, presenten información que cause confusión o cree una situación de incertidumbre o inconsistencia, respecto del cumplimiento en de la entrega de los bienes o prestación de los servicios a contratar o presente contradicción entre los diversos documentos de la oferta, serán consideradas insolventes y serán desechadas. “LA CONVOCANTE”, efectuará el análisis, revisión y cotejo de la documentación económica presentada por cada uno de los “LICITANTES” y efectuará la evaluación cuantitativa y cualitativa de sus propuestas económicas de conformidad con los términos y condiciones de esta convocatoria. La Subgerencia de Administración y Finanzas, realizará la evaluación de la propuesta económica respecto de su solvencia, la cual cotejará con la propuesta técnica, a fin de verificar que la propuesta económica sea congruente con la propuesta técnica presentada, en caso de existir discrepancia entre ambos documentos, la propuesta será considerada insolvente y será desechada. En Cuando se presente un error de cálculo en las propuestas presentadas, sólo habrá lugar a su rectificación por parte de “LA CONVOCANTE”, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios, en caso de discrepancia entre las cantidades escritas con letra y con número, prevalecerá la cantidad con letra, por lo que de presentarse errores en las cantidades o volúmenes solicitados estos podrán corregirse, en términos de lo señalado por el artículo 55 de “EL REGLAMENTO”. Será motivo de desechamiento de las proposiciones presentadas por los “LICITANTES”: La omisión parcial o total de la presentación y entrega dentro de su proposición de cualquiera de los requisitos o información establecidos en esta convocatoria. En tales casos no se recibirán fuera del sobre cerrado, los documentos de la proposición que se hubiere omitido incorporar al analizarse mismo. Condicionar la información proporcionada proposición o establecer condiciones adicionales a las establecidas en esta convocatoria. Será causa de desechamiento la contravención de las condiciones establecidas en esta convocatoria y sus Anexos. La comprobación de que algún “LICITANTE” ha acordado con otro u otros elevar los precios de los servicios objeto de esta licitación o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás “LICITANTES”. Cuando el “LICITANTE” presente cualquiera de los documentos legales, técnicos y económicos fuera de los términos establecidos en esta convocatoria. Cuando el objeto social del “LICITANTE” no corresponda con el objeto de la contratación en la presente licitación. Cuando la propuesta económica no coincida con los términos establecidos por el “LICITANTE” en la propuesta técnica. Cuando las propuestas no estén firmadas autógrafamente por la persona facultada para ello en la última hoja de cada uno de los documentos que forman parte de la misma, por lo que no podrá desecharse cuando las demás hojas que la integran o sus anexos carezcan de firma o rúbrica. De conformidad con lo establecido en el artículo 50 del Reglamento de “La Ley”. Cuando alguno de los documentos de las propuestas técnicas y económicas se presente con tachaduras y enmendaduras. Cuando los precios propuestos por los “LICITANTES” no fueran aceptables por “LA CONVOCANTE”. Para estos casos, se incluirán las observaciones que correspondan al elaborar el acta de recepción y apertura de proposiciones respectiva o en el acta de fallo. Si se contraviene cualquier disposición de “LA LEY”, o “EL REGLAMENTO” o de las demás disposiciones vigentes en la materia. Ningún “LICITANTE” presente o envíe sus proposiciones en el lugar, fecha y horario establecidos. Ninguna de las proposiciones presentadas reúna los requisitos establecidos en esta convocatoria. Cuando el importe de la propuesta solvente más baja sea superior al monto del presupuesto autorizado a “LA CONVOCANTE” para “LOS SERVICIOS” objeto de la presente licitación y no sea veraz posible obtener la reasignación de recursos en términos de lo señalado por el artículo 56 de “EL REGLAMENTO”, ni efectuar las reducciones indicadas en dicho precepto. Cuando los precios de las propuestas presentadas, conforme a la investigación de precios no fueren convenientes para “LA CONVOCANTE”. Con fundamento en el artículo 38 de “LA LEY” “LA CONVOCANTE” podrá cancelar esta licitación, partidas o no sea comprobableconceptos incluidos en éstas, cuando se presente caso fortuito; fuerza mayor; existan circunstancias justificadas que extingan la necesidad para contratar “LOS SERVICIOS”, y que de continuarse con el procedimiento se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a la propia “LA CONVOCANTE”. La determinación de dar por cancelada la licitación, partidas o conceptos, deberá precisar el acontecimiento que motiva la decisión, la propuesta cual se hará del conocimiento de los “LICITANTES”, y no será desechadaprocedente contra ella recurso alguno, sin embargo podrán interponer la inconformidad en términos del Título Sexto, Capítulo Primero de esta “LA LEY”.

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Samples: Contrato Abierto De Prestación De Servicios De Comedor

CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA. La revisión, análisis detallado, evaluación y dictamen técnico de las proposiciones que presenten los licitantes, serán efectuadas por el personal asignado para tal efecto conforme a lo siguiente: ✓ La evaluación permitirá verificar y/o asegurar la confiabilidad de las propuestas técnicas de los participantes, así como que las características técnicas ofrecidas cumplan con los requerimientos solicitados por “LA CONVOCANTE”. ✓ Los “LICITANTES” deben cumplir con participantes deberán proporcionar para la presentación del total realización de las evaluaciones técnicas, todos los elementos requeridos en el Anexo VI de esta convocatoria. ✓ Que la propuesta técnica contenga la información indicada en el numeral 5.5 y las manifestaciones por escrito solicitadas en el Anexo VI de esta convocatoria. ✓ El incumplimiento de los requisitos establecidos en esta convocatoria, legales, administrativos, financieros, técnicos y económicos, con los que deben demostrar, a través de la documentación y la información presentada en su propuesta técnica, la experiencia y especialidad del “LICITANTE” de un año como mínimo, que su objeto social y su actividad comercial y profesional está relacionada con el suministro de los bienes o prestación del servicio a contratar, objeto de la presente invitación, así como, que cuenta con la capacidad técnica, financiera, administrativa y legal, para atender los requerimientos solicitados en esta invitación conforme al Anexo I y su Anexo Técnico, entre los que destacan los requisitos del currículum; la solvencia financiera de la empresa “LICITANTE”; las normas de calidad que cumplen los bienes o el servicio que ofertan; propuesta técnica y la información técnica adicional. El incumplimiento en cualquiera de los requisitos establecidos en el apartado 4 antes citados o en las especificaciones técnicas establecidas en el del Anexo I y su Anexo Técnico Técnico, será motivo para que la proposición propuesta sea desechada. Esto es, que de incumplir cualquiera de los requisitos obligatorios del apartado 4 de esta convocatoria, la propuesta económica, no será considerada para ser evaluada. son de cumplimiento obligatorio, señalando las proposiciones que no los cumplieron en la evaluación que realicen dejando constancia. Las condiciones que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar la conducción de los actos de la invitación, así como, cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, o con deficiencia en su contenido, que no afecte la solvencia de las proposiciones, no será objeto de evaluación y se tendrán por no establecidas. La inobservancia por parte de los “LICITANTES” respecto a dichas condiciones o requisitos no será motivo para desechar sus proposiciones. Por lo que, la omisión de cualquiera de los requisitos o de las condiciones de cumplimiento obligatorio establecidos en la convocatoria, será motivo de desechamiento de la proposición en su conjunto. Entre los requisitos cuyo incumplimiento no afecta la solvencia de la proposición, se considerará proponer un plazo de entrega menor al solicitado, en cuyo caso, de resultar adjudicado y de convenir a la “CONVOCANTE” pudiera aceptarse; el omitir aspectos que puedan ser cubiertos con información contenida en la propia proposición; el no observar los formatos establecidos, si se proporciona de manera clara la información requerida; y el no observar requisitos que carezcan de fundamento legal o cualquier otro que no tenga por objeto determinar objetivamente la solvencia de la proposición presentada. En ningún caso la LA CONVOCANTE” o los “LICITANTES” podrán suplir o corregir las deficiencias de las proposiciones presentadasla propuesta presentada. En los casos en que las propuestas por sí o como resultado de tachaduras o enmendaduras, presenten información que cause confusión o cree una situación de incertidumbre o inconsistencia, respecto del cumplimiento en de la entrega de los bienes o prestación de los servicios a contratar “LOS SERVICIOS” o presente contradicción entre los diversos documentos de la oferta, serán consideradas insolventes y serán desechadas. Las condiciones que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar la conducción de los actos de la licitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento por sí mismo o deficiencia en su contenido no afecte la solvencia de las proposiciones, no será objeto de evaluación y se tendrán por no establecidas; La inobservancia por parte de los licitantes respecto a dichas condiciones o requisitos no será motivo para desechar sus proposiciones. Los “LICITANTES” deben demostrar a través de la documentación y la información presentada en su propuesta técnica, que su objeto social, actividad comercial y profesional está relacionada con la descripción técnica de “LOS SERVICIOS”, que cuenta con la capacidad técnica, administrativa y legal para atender los requerimientos solicitados en esta licitación conforme a sus Anexos. “LA CONVOCANTE”, efectuará el análisis, revisión y cotejo de la documentación económica presentada por cada uno de los “LICITANTES” y efectuará la evaluación cuantitativa y cualitativa de sus propuestas económicas de conformidad con los términos y condiciones de esta convocatoria. La Subgerencia de Administración y Finanzas, realizará la evaluación de la propuesta económica respecto de su solvencia, la cual cotejará con la propuesta técnica, a fin de verificar que la propuesta económica sea congruente con la propuesta técnica presentada, en caso de existir discrepancia entre ambos documentos, la propuesta será considerada insolvente y será desechada. En Cuando se presente un error de cálculo en las propuestas presentadas, sólo habrá lugar a su rectificación por parte de “LA CONVOCANTE”, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios, en caso de discrepancia entre las cantidades escritas con letra y con número, prevalecerá la cantidad con letra, por lo que al analizarse la información proporcionada de presentarse errores en la propuesta técnicalas cantidades o volúmenes solicitados estos podrán corregirse, no sea veraz o no sea comprobable, la propuesta será desechadaen términos de lo señalado por el artículo 55 de “EL REGLAMENTO”.

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Samples: Contrato Abierto De Prestación De Servicio a Equipos

CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA. Los LICITANTESEL SATdeben cumplir con efectuará la presentación del total evaluación de las proposiciones, para lo cual revisará y analizará la documentación técnica, presentada por cada uno de los requisitos establecidos licitantes que cumplan con lo solicitado en esta convocatoria, legales, administrativos, financieros, técnicos y económicos, con los que deben demostrar, a través de la documentación y la información presentada en su propuesta técnica, la experiencia y especialidad del “LICITANTE” de un año como mínimo, que su objeto social y su actividad comercial y profesional está relacionada con el suministro de los bienes o prestación del servicio a contratar, objeto de la presente invitación, así como, que cuenta con la capacidad técnica, financiera, administrativa y legal, para atender los requerimientos solicitados en esta invitación conforme al Anexo I y su Anexo Técnico, entre los que destacan los requisitos del currículum; la solvencia financiera de la empresa “LICITANTE”; las normas de calidad que cumplen los bienes o el servicio que ofertan; propuesta técnica y la información técnica adicional. El incumplimiento en cualquiera de los requisitos establecidos en el apartado 4 o en las especificaciones técnicas establecidas en el Anexo I y su Anexo Técnico será motivo para que la proposición sea desechada. Esto es, que de incumplir cualquiera de los requisitos obligatorios del apartado 4 de esta convocatoria, la propuesta económica, no será considerada para ser evaluada. son de cumplimiento obligatorio, señalando las proposiciones que no los cumplieron en la evaluación que realicen dejando constancia. Las condiciones que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar la conducción de los actos de la invitación, así como, cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, o con deficiencia en su contenido, que no afecte Para determinar la solvencia de las proposiciones, no será objeto se establece como criterio de evaluación la presentación y se tendrán por no establecidasacreditación del cumplimiento de todos los Anexos Técnicos solicitados en esta convocatoria, para posteriormente realizar la evaluación a través del mecanismo de puntos y porcentajes, calificar la propuesta técnica y económica de cada licitante y determinar la adjudicación del contrato. La inobservancia por parte El incumplimiento de los “LICITANTES” respecto a dichas condiciones requisitos antes citados o requisitos no en las especificaciones técnicas del Anexo Técnico, será motivo para desechar sus proposicionesque la propuesta sea desechada y no será considerada para su evaluación a través del mecanismo de puntos y porcentajes. Por “EL SAT”, a través del área técnica realizará la evaluación de los requisitos técnicos verificando que cumplan con lo quesolicitado en esta convocatoria, la o en su caso señalar aquellos incumplimientos, motivando y fundando dicha evaluación. La omisión parcial o total de cualquiera de los requisitos o de las condiciones de cumplimiento obligatorio establecidos en la convocatoria, esta convocatoria será motivo de desechamiento de la proposición en su conjunto. Entre los requisitos cuyo incumplimiento no afecta la solvencia de la proposición, se considerará proponer un plazo de entrega menor al solicitado, en cuyo caso, de resultar adjudicado y de convenir a la “CONVOCANTE” pudiera aceptarse; el omitir aspectos que puedan ser cubiertos con información contenida en la propia proposición; el no observar los formatos establecidos, si se proporciona de manera clara la información requerida; y el no observar requisitos que carezcan de fundamento legal o cualquier otro que no tenga por objeto determinar objetivamente la solvencia de la proposición presentada. En ningún caso la “CONVOCANTE” Convocante o los “LICITANTES” licitantes podrán suplir o corregir las deficiencias de las proposiciones presentadasla propuesta presentada. En los casos en que las propuestas proposiciones por sí o como resultado de tachaduras o enmendaduras, presenten información que cause confusión o cree una situación de incertidumbre o inconsistencia, respecto del cumplimiento en de la entrega de los bienes o prestación de los servicios a contratar del servicio o presente contradicción entre los diversos documentos de la oferta, serán consideradas insolventes y serán desechadas. Las proposiciones que acrediten el cumplimiento de los aspectos legales-administrativos y técnicos solicitados en la propuesta será considerada insolvente convocatoria, se calificarán como solventes y será desechadapor tanto, serán objeto de evaluación a través del mecanismo de puntos y porcentajes. Los criterios de evaluación se aplicarán conforme a lo establecido en el artículo 52 del Reglamento de “LA LEY” así como el “Acuerdo por el que se emiten diversos lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios y de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 09 de septiembre de 2010. En caso de que al analizarse la información proporcionada en relación a la propuesta técnica, no la suma de los rubros y subrubros deberá obtener como mínimo 45 puntos y un máximo de 60. Cuando la puntuación sea veraz o no sea comprobable, inferior a 45 puntos la propuesta será desechada.

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Samples: m.sat.gob.mx