Common use of CUENTA DE DEPÓSITO DE AHORRO Clause in Contracts

CUENTA DE DEPÓSITO DE AHORRO. 18.1 Las cuentas de depósito de ahorro están sujetas a las disposiciones contenidas en el art. 229° de la Ley. EL BANCO entregará al titular de la cuenta su correspondiente comprobante de apertura. Toda cantidad que se abone y/o retire de la cuenta de depósito de ahorros constará en hojas sueltas o soportes mecánicos y/o informáticos que se entregue o ponga a disposición de EL CLIENTE. 18.2 Los retiros y demás operaciones que afecten a la cuenta serán atendidos a la simple solicitud de EL CLIENTE mediante la utilización de cualquiera de los canales virtuales conforme a los mecanismos de seguridad diseñados para ello y/o físicamente en cualquiera de las oficinas, agencias y/o sucursales de EL BANCO. Están exceptuadas de dichos mecanismos aquellas operaciones en que, por causas especiales y/o de seguridad, EL BANCO se reserve un plazo para su atención o requieran de un mecanismo distinto de confirmación, como por ejemplo casos de fraude o suplantación. 18.3 Los retiros de las cuentas de depósito de ahorro, cuyos titulares sean menores de edad exclusivos o mancomuno, para ser atendidos requerirán autorización judicial, salvo disposición legal en contrario.

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Samples: Contrato Marco De Operaciones Y Servicios Bancarios

CUENTA DE DEPÓSITO DE AHORRO. 18.1 Las cuentas Cuentas de depósito Depósito de ahorro Ahorro están sujetas a las disposiciones contenidas en el art. 229° artículo 229º de la Ley. EL BANCO entregará al titular de la cuenta su correspondiente comprobante de apertura. Toda cantidad que se abone y/o retire de la cuenta Cuenta de depósito Depósito de ahorros Ahorros constará en hojas sueltas o soportes mecánicos y/o informáticos que se entregue o ponga a disposición de EL CLIENTE. 18.2 Los retiros y demás operaciones que afecten a la cuenta Cuenta serán atendidos a la simple solicitud de EL CLIENTE mediante la utilización de cualquiera de los canales virtuales conforme a los mecanismos de seguridad diseñados para ello y/o físicamente en cualquiera de las oficinas, agencias y/o sucursales de EL BANCO. Están exceptuadas de dichos mecanismos aquellas operaciones en que, por causas especiales y/o de seguridad, EL BANCO se reserve un plazo para su atención o requieran de un mecanismo distinto de confirmación, como por ejemplo casos de fraude o suplantación. 18.3 Los retiros de las cuentas de depósito de ahorro, cuyos titulares sean menores de edad exclusivos o mancomunomancómunos, para ser atendidos requerirán autorización judicial, salvo disposición legal en contrario.

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Samples: Contrato Marco De Operaciones Y Servicios Bancarios

CUENTA DE DEPÓSITO DE AHORRO. 18.1 16.1 Las cuentas de depósito de ahorro están sujetas a las disposiciones contenidas en el art. 229° de la Ley. EL BANCO entregará al titular de la cuenta su correspondiente comprobante de apertura. Toda cantidad que se abone y/o retire de la cuenta de depósito de ahorros constará en hojas sueltas o soportes mecánicos y/o informáticos que se entregue o ponga a disposición de EL CLIENTE. 18.2 16.2 Los retiros y demás operaciones que afecten a la cuenta serán atendidos a la simple solicitud de EL CLIENTE mediante la utilización de cualquiera de los canales virtuales conforme a los mecanismos de seguridad diseñados para ello y/o físicamente en cualquiera de las oficinas, agencias y/o sucursales de EL BANCO. Están exceptuadas de dichos mecanismos aquellas operaciones en que, que por causas especiales y/o de seguridad, seguridad EL BANCO se reserve un plazo para su atención o requieran de un mecanismo distinto de confirmación, como por ejemplo casos de fraude o suplantación. 18.3 16.3 Los retiros de las cuentas de depósito de ahorro, cuyos titulares sean menores de edad exclusivos o mancomuno, para ser atendidos requerirán autorización judicial, salvo disposición legal en contrario. 16.4 EL BANCO podrá ofrecer a EL CLIENTE, cuentas de depósito de ahorro con características especiales, en cuyo caso estarán sujetas a los beneficios y/o variaciones que EL BANCO les ofrezca de acuerdo a sus políticas, como por ejemplo promociones, entre otros.

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Samples: Banco GNB Perú s.a. Contract for Banking Operations and Services Individual

CUENTA DE DEPÓSITO DE AHORRO. 18.1 Las cuentas de depósito de ahorro están sujetas a las disposiciones contenidas en el art. 229° de la Ley. EL BANCO entregará al titular de la cuenta su correspondiente comprobante de apertura. Toda cantidad que se abone y/o retire de la cuenta de depósito de ahorros constará en hojas sueltas o soportes mecánicos y/o informáticos que se entregue o ponga a disposición de EL CLIENTE. 18.2 Los retiros y demás operaciones que afecten a la cuenta serán atendidos a la simple solicitud de EL CLIENTE mediante la utilización de cualquiera de los canales virtuales conforme a los mecanismos de seguridad diseñados para ello y/o físicamente en cualquiera de las oficinas, agencias y/o sucursales de EL BANCO. Están exceptuadas de dichos mecanismos aquellas operaciones en que, por causas especiales y/o de seguridad, EL BANCO se reserve un plazo para su atención o requieran de un mecanismo distinto de confirmación, como por ejemplo casos de fraude o suplantación. 18.3 Los retiros de las cuentas de depósito de ahorro, cuyos titulares sean menores de edad exclusivos o mancomuno, para ser atendidos requerirán autorización judicial, salvo disposición legal en contrario. 18.4 EL BANCO podrá ofrecer a EL CLIENTE, cuentas de depósito de ahorro con características especiales, en cuyo caso estarán sujetas a los beneficios y/o variaciones que EL BANCO les ofrezca de acuerdo a sus políticas, como por ejemplo promociones, entre otros.

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Samples: Contrato Marco De Operaciones Y Servicios Bancarios