Cláusulas Generales. El Beneficiario se obliga a:
Cláusulas Generales. 1. Vigencia
Cláusulas Generales. El término “contrato” abarca una orden de compra, un contrato, o cualesquiera modificaciones o enmiendas al mismo, incluidos todos los documentos, apéndices y anexos a que se haga referencia en el mismo, a los que son de aplicación las presentes Cláusulas generales. Por “Contratista” se entiende la parte con la que la FAO contrata el suministro de bienes o servicios y que responderá en exclusiva y plenamente del cumplimiento de sus obligaciones en virtud del presente contrato. Por “FAO” se entiende la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura. El término “bienes” incluye los bienes de equipo, repuestos, productos básicos, plantas y animales vivos, semillas, materias primas, componentes, productos intermedios o productos especificados en el contrato. Por “servicios” se entiende el tiempo, el esfuerzo o la pericia del Contratista especificados en el contrato.
Cláusulas Generales. 9.1. La invalidez o inejecutabilidad total o parcial de cualquiera de las disposiciones de la presente no afectará la validez o exigibilidad de dichas disposiciones para cualquier otras cuestion, ni afectará a las disposiciones restantes.
9.2. Una Orden de Compra o Contrato y/o cualquier parte del mismo, no podrán ser cedidos total o parcialmente por el Proveedor sin el consentimiento previo por escrito del Comprador. Si el Proveedor cede una Orden de Compra o Contrato y/o cualquier parte del mismo, sin el consentimiento del Comprador, el Proveedor continuará siendo personalmente responsable ante el Comprador y terceros. El Comprador podrá ceder una Orden de Compra o Contrato o cualquier parte del mismo, a cualquier persona, empresa o compañía.
Cláusulas Generales. 1.1. EL/LOS CLIENTE(S) Y SU(S) FIADOR(ES) declaran bajo juramento que los datos suministrados en la solicitud, contrato y demás documentos de crédito, son verídicos y autoriza(n) a LA CAJA a verificarlos. EL/LOS CLIENTE(S) Y SU(S) FIADOR(ES) se obliga a comunicar en forma inmediata a LA CAJA cualquier cambio en los datos consignados en la solicitud y asumirá las posibles consecuencias de su falta de actualización.
1.2. OTORGAMIENTO DEL CRÉDITO: LA CAJA otorgará a EL/LOS CLIENTE(S), sujeto a la evaluación y calificación crediticia que realice de éste, el crédito en el marco del Programa FAE – AGRO solicitado por EL/LOS CLIENTE(S), por el importe y en la moneda determinados por LA CAJA. EL/LOS CLIENTE(S) y SU(S) FIADOR(ES) declara(n) conocer los alcances del PROGRAMA FAE – AGRO, que se crea para el financiamiento de los PEQUEÑOS PRODUCTORES AGROPECUARIOS afectados por el contexto internacional y local adverso, producto de la propagación del COVID-19 en el territorio nacional, promoviendo el otorgamiento de créditos por las Empresas del Sistema Financiero, de manera exclusiva para capital de trabajo para los pequeños productores agropecuarios que realicen agricultura familiar conforme define la Ley Nº 30355, Ley de Promoción y Desarrollo de la Agricultura Familiar, a fin de asegurar las campañas agrícolas de Cultivos Transitorios y Permanentes y la Promoción de la Actividad Pecuaria y, con ello asegurar el normal abastecimiento de alimentos a nivel nacional
1.3. EL/LOS CLIENTE(S) declara conocer que las condiciones particulares aplicables al crédito que se le otorgue bajo el marco del presente contrato, como son: el monto del crédito, las tasas de interés compensatoria, moratoria o penalidad por pago atrasado, la tasa de costo efectiva anual, el plazo y otras condiciones, estarán contenidas en la hoja resumen y en el cronograma de pagos, que forman parte del presente contrato. En tal sentido, en cada oportunidad que se otorgue un crédito, EL/LOS CLIENTE(S), suscribirá únicamente la Hoja Resumen y cronograma de pagos, documentos que junto a la(s) solicitud(es) de crédito(s) forman parte integrante del presente contrato.
1.4. EL/LOS CLIENTE(S) podrá(n) solicitar y contratar créditos en forma presencial y no presencial en los canales que LA CAJA ponga a su disposición, que se difundirán en su página web (sean escritos, facsimilares, telefónicos, electrónicos, Internet, aplicaciones móviles que LA CAJA ponga a su disposición en su teléfono inteligente o similares...
Cláusulas Generales. Cada participante reconoce que han estado representados por abogados independientes o han tenido oportunidad ilimitada de ser representados por abogados independientes de su propia elección con el propósito de recibir asesoramiento legal en relación con la negociación de este Contrato. En todo caso LPM reserva y retiene el derecho de aceptar o no aceptar las obras aquí sometidas para su inclusión en el sitio web XxxxxXxxxxxXxxx.xxx. Todas las notificaciones permitidas y exigidas según este Contrato serán por escrito y deberán ser enviadas por correo certificado, con aviso de retorno, franqueo prepago y con acuse de recibo, o por correo electrónico (preferido) a las respectivas direcciones correctas indicadas en este Contrato. Se emitirán dos copias de este Contrato o más, de un mismo tenor y a un solo efecto, todas ellas serán consideradas como original. Los encabezados de las secciones contenidas en este documento son incluidos sólo por conveniencia y no pueden afectar ni incidir en el significado o la interpretación de este Contrato ni ser parte de él. LPM puede ceder este Contrato a cualquier entidad a la que transfiera parte o la totalidad de sus intereses de propiedad, ya sea por fusión, adquisición o venta. De lo contrario, ninguno de los participantes puede ceder voluntariamente este Contrato, por operación de la ley u otra manera, sin el consentimiento del otro participante, y cualquier intento de hacer esto sin ese consentimiento provocará la nulidad de este Contrato. La relación entre LPM y el Beneficiario es la de contratistas independientes. Ninguno de los contenidos del presente será considerado como creación de una agencia, sociedad u otra forma de emprendimiento conjunto entre los participantes o para permitir que uno de los participantes obligue al otro o incurra en ninguna obligación en su representación. En caso que se termine esta Contrato las cláusulas de las Secciones D, E, F, H, I, J y K conservarán su validez. El presente documento es el Contrato completo entre el Beneficiario y LPM y no se puede cambiar ni dar por finalizado excepto mediante un instrumento firmado tanto por el Beneficiario como por un funcionario de LPM. Este Contrato sustituye a cualquier contrato o entendimiento previo, sea escrito u oral, y a cualquier otra comunicación entre el Beneficiario y LPM en relación con el contenido de este Contrato. FAVOR DE COMPLETAR CLARAMENTE LATIN PULSE M USIC Formulario de Distribución Toda información sometida en este formulario ...
Cláusulas Generales. Comunicaciones / Nexo
Cláusulas Generales. Las siguientes cláusulas son de aplicación general para todas las secciones que integran esta póliza.
Cláusulas Generales. Contrato de seguro
Cláusulas Generales. 12.1. Este Contrato, sus anexos y los acuerdos a los que se refiere específicamente constituyen todos los acuerdos cerrados hasta el día xx xxx entre las PARTES que intervienen, y sustituyen y derogan expresamente todos los acuerdos y compromisos entre las PARTES…
12.2. El contenido de este Contrato, como también cualquier información o dato referentes a éste, se mantendrá con carácter confidencial y no será difundido por las PARTES salvo que:
a. No se cumpla una obligación legal o una orden administrativa o judicial.