Cuotas y Comisiones Cláusulas de Ejemplo

Cuotas y Comisiones a. Las cuotas y comisiones que resultan de aplicación a su Cuentas son las que se establecen a continuación, salvo que acordemos otra cosa con su Empresa. Tenemos derecho a cobrar estas cuotas comisiones en su Cuenta, a su vencimiento. b. Deberá pagarse una comisión anual de Tarjeta de 60 euros para la Tarjeta Corporate ▇▇▇▇▇ y de 110 euros para la Tarjeta Corporate Gold. La primera comisión anual de la Tarjeta deberá pagarse en la fecha del primer Estado de Cuenta tras la emisión de la Tarjeta, y las siguientes, en la fecha del Estado de Cuenta emitido al principio de cada año de titularidad, salvo que acordemos otra cosa con Usted o con Su Empre- sa. Cada año de titularidad comenzará en la Fecha de Aniversario de la Tarjeta y finalizará el día antes de la siguiente Fecha de Aniversario de la Tarjeta. c. La comisión aplicable al servicio “Express Cash” será del 4% de la cantidad dispuesta, con un mínimo de 2,50 € por operación de disposi- ción de efectivo. d. El interés de demora en caso de impago será del 1,50% mensual so- bre la cantidad adeudada. La comisión por reclamación de posiciones deudoras será de 30 Euros, que se cobrará de una sola vez por cada cuota impagada efectivamente reclamada. e. En caso de que existan cantidades pendientes de pago a los 60 días, independientemente de la forma de pago, American Express procederá al bloqueo de la Tarjeta de Empresa, de tal forma que no se podrán efec- tuar cargos en la misma. f. Asimismo, American Express procederá a la cancelación inmediata y automática de la Tarjeta Corporate si a los 90 días desde la fecha de fac- turación en el Estado de Cuenta existen cantidades pendientes de pago. Si Usted deseara reactivar la Tarjeta, American Express se reserva el derecho de aprobación y, en caso de aprobar dicha reactivación, tendrá derecho a cobrarle una comisión de 150 euros. g. Asimismo, cargaremos en su Cuenta cualquier coste razonable en que se incurra para recuperar los pagos en situación de incumplimiento. Estos costes podrán añadirse a la suma pendiente, e incluirán el coste de contratación de terceros, como despachos de abogados, y cualquier costo incurrido por estos últimos para recuperar una deuda por nuestra cuenta. h. Adicionalmente, en caso de que Usted o su Empresa acuerden resol- ver este Contrato dentro de los primeros 6 meses desde su formaliza- ción, nosotros nos reservamos el derecho a cobrarle las comisiones o gastos que resulten de aplicación. i. Si su Cuenta fuera pagada por cheque o por d...
Cuotas y Comisiones. El Banco podrá cobrar las comisiones, gastos o cuotas detalladas en el Anexo de Comisiones, en caso de aplicar, del presente contrato, las cuales el Cliente se obliga a cubrir, por los siguientes conceptos: por cada transacción dentro del Banco, sea o no exitosa, por cada transacción con cualquier banco afiliado al Sistema de Pagos Interbancario, por membresía, por administración, por consulta de movimientos, o por confirmaciones de operaciones. Estas comisiones son adicionales a cualquier cargo que se haga por un servicio particular del Banco u otros servicios que se provean al Cliente.
Cuotas y Comisiones. Independientemente de las comisiones pactadas dentro de cada uno de los Contratos objeto de este Instrumento, el Banco tendrá derecho a cobrar al Cliente las comisiones y cuotas que le sean dadas a conocer al momento de la firma de este Instrumento y que resulten apegadas a las disposiciones legales aplicables a la materia del cobro de comisiones bancarias, así como de modificar, cancelar o adicionar los conceptos de las mismas.
Cuotas y Comisiones. El Banco podrá cobrar las comisiones, gastos o cuotas detalladas en el Anexo de Comisiones de éste Contrato, las cuales el Cliente se obliga a cubrir, por los siguientes conceptos: por cada transferencia efectuada, por cada transferencia rechazada, por devoluciones, rechazos, errores en la cuenta beneficiaria o que la misma se encuentre cancelada, por consultas, por confirmaciones. Estas comisiones son adicionales a cualquier cargo que se haga por un servicio particular del Banco u otros servicios que se provean al Cliente. El cobro de las comisiones se realizará mediante cargo a la cuenta señalada por el Cliente en la Solicitud Única de Banca Electrónica. Si el Cliente desea modificar la cuenta ordenante, deberá notificarlo al Banco por escrito con 5 días hábiles de anticipación.
Cuotas y Comisiones. El Banco podrá cobrar las comisiones, gastos o cuotas que se detallan en el Anexo de Comisiones, las cuales el Cliente se obliga a cubrir, por los siguientes conceptos: por cada orden de pago efectuada, por cada orden de pago rechazada, por devoluciones, rechazos, errores en la cuenta beneficiaria o que la misma e encuentre cancelada, por consultas, por confirmaciones. El Cliente autoriza al Banco a cargar en cualquiera de sus cuentas relacionadas al Cliente, las comisiones que se originen por virtud de este Contrato, así como los impuestos que generen de acuerdo a las leyes respectivas, en las fechas en que cada uno de ellos deba ser pagado.
Cuotas y Comisiones. El Banco podrá cobrar al Cliente las comisiones establecidas en el contrato de la Cuenta de Cheques que es objeto de protección a través de este instrumento.
Cuotas y Comisiones. El Banco podrá cobrar las comisiones, gastos o cuotas que el Cliente se obliga a cubrir, por los siguientes conceptos: por membresía, cuota anual, por administración del servicio, por operaciones realizadas en relación con el Servicio, por consultas de operaciones, por aclaraciones, pos asignación y/o modificación de Techos Financieros. Estas comisiones son adicionales a cualquier cargo que se haga por un servicio particular del Banco u otros servicios que se provean al Cliente. Asimismo, las comisiones aplicables a la fecha del presente Contrato, que se encuentren en el Anexo de Comisiones del presente.
Cuotas y Comisiones. El Banco podrá cobrar las comisiones, gastos o cuotas detalladas en el Anexo de Comisiones, en caso de aplicar, del presente contrato, las cuales el Cliente se obliga a cubrir, por los siguientes conceptos: por cada transacción dentro del Banco, sea o no exitosa, por cada transacción con cualquier banco afiliado al Sistema de Pagos Interbancario, por membresía, por administración, por consulta de movimientos, o por confirmaciones de operaciones. Estas comisiones son adicionales a cualquier cargo que se haga por un servicio particular del Banco u otros servicios que se provean al Cliente. El cobro de las comisiones, se realizará mediante cargo a la cuenta señalada por el Cliente como Cuenta Dispersora en este contrato; en caso de que el Cliente desee modificar la cuenta, deberá notificarlo al Banco con cuando menos 5 días hábiles de anticipación, si por cualquier motivo la cuenta para el cargo no tiene fondos suficientes para liquidar las cuotas y comisiones, el Banco podrá suspender la prestación del Servicio.
Cuotas y Comisiones. El Banco podrá cobrar las comisiones, por canal de acceso de forma anual, por cada transacción realizada que se cobrará por evento y una comisión por ▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ que se cobrará de forma mensual; las cuales se encuentran establecidas en el Anexo de Comisiones del presente Contrato. El Banco podrá modificar los términos y condiciones del presente contrato mediante aviso por escrito al Cliente otorgado con por lo menos 30 días naturales de anticipación a la entrada en vigor, si el Cliente no esta de acuerdo con las modificaciones podrá darlo por terminado en un plazo de 30 (treinta) días naturales después de la entrada en vigor sin responsabilidad alguna a su cargo pero cubriendo los adeudos existentes a favor del Banco. El cobro de las comisiones se realizará mediante cargo a la cuenta señalada por el Cliente como Cuenta Dispersora o en la cuenta que el Cliente defina en la Banca por Internet que tenga contratada el Cliente para tales efectos. En caso de que el Cliente desee modificar la cuenta de cargo, deberá notificarlo al Banco con cuando menos 5 (cinco) días hábiles de anticipación.
Cuotas y Comisiones. El Banco podrá cobrar la cuota que señale en el Anexo de Comisiones e Informativo por concepto de Token Físico siempre que: a) El dispositivo Token Físico no haya sido activado durante los 90 días naturales posteriores a la entrega física.