Common use of DEBERES Y DERECHOS DE LAS PARTES Clause in Contracts

DEBERES Y DERECHOS DE LAS PARTES. Derechos y deberes comunes para el personal con y sin retiro Art. 14 – Los derechos y deberes comunes para las modalidades, con y sin retiro, serán: 1. Derechos del personal: el personal comprendido por el presente régimen tendrá los siguientes derechos: a) Jornada de trabajo que no podrá exceder de ocho horas diarias o cuarenta y ocho horas semanales. Podrá establecerse una distribución semanal desigual de las horas de trabajo, en tanto no importe una jornada ordinaria superior a las nueve horas. b) Descanso semanal de treinta y cinco horas corridas a partir xxx xxxxxx a las 13:00 horas. c) Ropa y elementos de trabajo que deberán ser provistos por el empleador. d) Alimentación sana, suficiente y que asegure la perfecta nutrición del personal. Dicha alimentación comprenderá: desayuno, almuerzo, merienda y cena, las que en cada caso deberán brindarse en función de la modalidad de prestación contratada y la duración de la jornada. e) Obligación por parte del empleador de contratar a favor del personal un seguro por los riesgos del trabajo, según lo disponga la normativa específica en la materia y conforme lo establecido en el art. 74 de la presente ley. f) En el caso del personal con retiro que se desempeñe para un mismo empleador, entre el cese de una jornada y el comienzo de la otra deberá mediar una pausa no inferior a doce horas. 2. Deberes del personal: el personal comprendido en el presente régimen tendrá los siguientes deberes: a) Cumplir las instrucciones de servicio que se le impartan. b) Cuidar las cosas confiadas a su vigilancia y diligencia. c) Observar prescindencia y reserva en los asuntos de la casa de los que tuviere conocimiento en el ejercicio de sus funciones. d) Preservar la inviolabilidad xxx xxxxxxx personal y familiar en materia política, moral, religiosa y en las demás cuestiones que hagan a la vida privada e intimidad de quienes habiten la casa en la que prestan servicios. e) Desempeñar sus funciones con diligencia y colaboración.

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Samples: Ley 26.844 Régimen Especial De Contrato De Trabajo Para El Personal De Casas Particulares, Ley 26.844 Régimen Especial De Contrato De Trabajo Para El Personal De Casas Particulares, Ley 26.844 Régimen Especial De Contrato De Trabajo Para El Personal De Casas Particulares

DEBERES Y DERECHOS DE LAS PARTES. Derechos 11.1.- El arrendatario está obligado al pago anticipado de la renta mensual dentro de los diez (10) primeros días de cada mes, debiendo velar porque dicho abono se realice sin exceder dicho plazo, y deberes comunes para ello aunque en algún mes el personal con último día sea festivo inhábil. El pago de la mensualidad se realizará de forma automática, sin el previo requerimiento del Ayuntamiento, mediante su ingreso en la cuenta corriente que, a tales efectos, sea designada por la Tesorería. El pago de la renta tiene la consideración de obligación contractual esencial, por lo que su incumplimiento lleva aparejada la resolución inmediata del contrato e incautación de la garantía, salvo que el impago se deba a causas no imputables al arrendatario. 11.2.- El arrendamiento se realiza a riesgo y sin retiro Artxxxxxxx del arrendatario, por lo que este no tendrá derecho a indemnizaciones a cargo del Ayuntamiento por causa de pérdidas, averías, daños o perjuicios ocasionados en sus pertenencias. 14 – Los derechos De igual forma, el Ayuntamiento no se hará responsable de la falta de pago a proveedores ni de los deterioros o roturas que se puedan cometer en el inmueble, ya sea por actos vandálicos, inclemencias meteorológicas o cualquier otra causa, salvo aquellas que puedan ser calificadas como de fuerza mayor. Cód. Validación: DRTYLDFR9MJ7PRCCXM3379FKS | Verificación: xxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 17 La aplicación de esta cláusula lleva aparejada, entre otras, a título enunciativo y deberes comunes para además de las modalidadesespecificadas en las Prescripciones Técnicas, con y sin retiro, serán: 1. Derechos las siguientes obligaciones a cargo del personal: el personal comprendido por el presente régimen tendrá los siguientes derechosarrendatario: a) Jornada Disponer de trabajo una póliza de cobertura de un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, así como una póliza de daños del inmueble, o soportar las consecuencias que pudieran producirse de no podrá exceder de ocho horas diarias o cuarenta y ocho horas semanales. Podrá establecerse una distribución semanal desigual disponer de las horas de trabajo, en tanto no importe una jornada ordinaria superior a las nueve horasmismas. b) Descanso semanal Indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros, por sí o por personal o medios dependientes del mismo, como consecuencia de treinta las operaciones que requiera la ejecución del contrato. No obstante, cuando tales daños y cinco horas corridas a partir xxx xxxxxx a perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración será responsable la misma dentro de los límites señalados en las 13:00 horas.leyes c) Ropa Soportar todos los gastos y elementos tributos (incluidos los de trabajo carácter municipal) de cualquier índole que deberán ser provistos graven los diversos conceptos que correspondan por el empleadordesarrollo de la actividad, sin que, por tanto, puedan minorarse del precio del arrendamiento. Los gastos derivados de suministros ordinarios (agua, electricidad, teléfono, etc…) serán, así mismo a cuenta del arrendatario, a quien corresponderá también la tramitación de la contratación a su nombre. En cualquier caso, el Ayuntamiento entregará el bien con las instalaciones y acometidas adecuadas e individualizadas. No obstante, el Ayuntamiento no hará uso de la repercusión de la cuota líquida del I.B.I. regulada por el artículo 63.2 del TRLRHL, al tratarse de un bien exento de dicho Impuesto en los términos regulados en el artículo 62.2.b) de la misma norma. d) Alimentación sana, suficiente Contratar y que asegure la perfecta nutrición del personal. Dicha alimentación comprenderá: desayuno, almuerzo, merienda y cena, las que en cada caso deberán brindarse en función asumir todos los gastos de personal derivados de la modalidad de prestación contratada y actividad, en los términos que se detallan en las Prescripciones Técnicas del contrato, sin que el Ayuntamiento asuma obligación alguna por este concepto, incluida la duración de subrogación a la jornadafinalización del contrato, cualquiera que sea su causa. e) Obligación Financiar su actividad con cargo a sus ingresos propios, no ostentando derecho alguno a percibir del Ayuntamiento compensación de ningún tipo por parte del empleador de contratar a favor del personal un seguro por los riesgos del trabajo, según lo disponga la normativa específica en la materia y conforme lo establecido en el art. 74 déficits temporales o permanentes de la presente leymisma. Tampoco tendrá derecho a indemnización alguna por extinción del arrendamiento al cumplirse el plazo de su vigencia o de cualquiera de sus eventuales prórrogas. Al finalizar el contrato, revertirán al Ayuntamiento, en pleno dominio, sin que el arrendatario pueda exigir contraprestación alguna por estos conceptos, todas las obras, mejoras, instalaciones y, en general, los bienes de toda clase, de carácter no consumible, que el arrendatario construya, instale o adquiere. Por el contrario, el arrendatario conservará en su poder todo el mobiliario y maquinaria que haya aportado para la actividad, así como los elementos consumibles (alimentos, bebidas, etc…) existentes a la finalización del contrato, debiendo proceder a su retirada de inmediato. f) En 11.3.- El arrendatario tiene el caso del personal con retiro que se desempeñe para un mismo empleador, entre el cese de una jornada derecho y el comienzo deber de utilizar el inmueble para destinarlo, exclusivamente, a la actividad de bar-cafetería, vendiendo o prestando los servicios de aquellos productos y géneros propios de la otra deberá mediar una pausa no inferior misma conforme a doce horaslas normas y usos normales, debiendo solicitar y obtener las licencias y autorizaciones que la misma exija. 2. Deberes del personal: el personal comprendido en el presente régimen tendrá los siguientes deberes: a) Cumplir las instrucciones de servicio que se le impartan. b) Cuidar las cosas confiadas a su vigilancia y diligencia. c) Observar prescindencia y reserva en los asuntos de la casa de los que tuviere conocimiento en el ejercicio de sus funciones. d) Preservar la inviolabilidad xxx xxxxxxx personal y familiar en materia política, moral, religiosa y en las demás cuestiones que hagan a la vida privada e intimidad de quienes habiten la casa en la que prestan servicios. e) Desempeñar sus funciones con diligencia y colaboración.

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