Defectos de ejecución Cláusulas de Ejemplo

Defectos de ejecución. El CONTRATISTA o su Garante serán responsables por la reparación de todos los defectos de ejecución que puedan comprobarse con posterioridad a la liquidación del contrato, derivados de planos, fabricaciones, replanteos, localizaciones, montajes, etc. efectuados por él, y del empleo de materiales, equipos de construcción o mano de obra deficiente utilizados en la obra contratada. Así mismo, se obliga a llevar a cabo bajo su costo todas las reparaciones y reemplazos que se ocasionen por estos conceptos.
Defectos de ejecución. EL CONTRATISTA será responsable por la reparación de todos los defectos
Defectos de ejecución. El contratista será responsable por todos los defectos de ejecución que pueda comprobarse con posterioridad a la liquidación del Contrato.
Defectos de ejecución. El CONTRATISTA o su Garante serán responsables por la reparación de todos los defectos de ejecución que puedan comprobarse con posterioridad a la liquidación del contrato, derivados de planos, fabricaciones, replanteos, localizaciones, montajes, etc. efectuados por él, y del empleo de materiales, equipos de construcción o mano de obra deficiente utilizados en la obra contratada. Así mismo, se obliga a llevar a cabo bajo su costo todas las reparaciones y reemplazos que se ocasionen por estos conceptos. Descripción. Esta actividad comprende la ejecución de toda clase de excavaciones necesarias para la Descolmatación y mejoramiento de la capacidad hidráulica del rio Vijes, Municipio de Vijes. Las excavaciones deberán ejecutarse por métodos mecánicos de acuerdo con las normas establecidas o las indicaciones de la Interventoría. No se reconocerá ningún sobrecosto por las dificultades de acceso de equipos, materiales y herramientas al sitio de las obras, a menos que se indique lo contrario dentro del formulario de la propuesta Equipo. Para profundidades menores a 4.0 m. El equipo estimado corresponde a una retroexcavadora sobre llantas y en ocasiones a una retroexcavadora con orugas.
Defectos de ejecución. El CONTRATISTA o su Garante serán responsables por la reparación de todos los defectos de ejecución que puedan comprobarse con posterioridad a la liquidación del contrato, efectuados por la mala intervención a los individuos. Así mismo, se obliga a llevar a cabo bajo su costo todas las reparaciones y reemplazos que se ocasionen por estos conceptos.
Defectos de ejecución. EL CONTRATISTA será responsable por la reparación de todos los defectos de ejecución que puedan comprobarse con posterioridad