CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL VALLE DEL CAUCA
CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL VALLE DEL CAUCA
- CVC -
PROYECTO DE PLIEGOS DE CONDICIONES
LICITACIÓN PÚBLICA CVC No. 03 DE 2015
“REALIZAR LAS ACTIVIDADES DE MANEJO SILVICULTURAL DEL ÁRBOLADO URBANO UBICADO EN EL ESPACIO PUBLICO POR SU GENERACION DE RIESGO EN LAS 22 COMUNAS DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI”
CALI, JUNIO DE 2015
CAPITULO I
I. INTRODUCCIÓN
La Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca - CVC, pone a disposición de los interesados el pliego de condiciones para la selección del contratista encargado de ejecutar la Licitación Pública No. 03 de 2015, cuyo objeto es “REALIZAR LAS ACTIVIDADES DE MANEJO SILVICULTURAL DEL ÁRBOLADO URBANO UBICADO EN EL ESPACIO PUBLICO POR SU GENERACION DE RIESGO EN LAS 22 COMUNAS DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI”
Los estudios y documentos previos que incluyen el análisis del sector, el estudio previo, el proyecto xx xxxxxx de condiciones y el pliego de condiciones definitivo, así como cualquiera de sus anexos están a disposición del público en el sistema electrónico de contratación pública – SECOP. xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx
II. ASPECTOS GENERALES
A. Publicidad y Principio de Transparencia. En cumplimiento del artículo 2.2.1.1.1.7.1. del Decreto 1082 de 2015, la CVC, publicará en el SECOP xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx todos los documentos del proceso con el propósito de suministrar la información necesaria para que los interesados puedan participar en el presente proceso, así como el lugar físico o electrónico donde puede consultarse los documentos del proceso.
B. Invitación a las Veedurías Ciudadanas. En cumplimiento de lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 66 de la Ley 80 de 1993, la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca - CVC brindará especial apoyo y colaboración a las personas y asociaciones que emprendan campañas de control y vigilancia de la gestión pública contractual y oportunamente suministrará la documentación e información que requieran para el cumplimiento de tales tareas.
C. Programa anticorrupción. En el evento de conocerse casos especiales de corrupción en la CVC, como entidad del Estado, se debe reportar lo sucedido al Programa Presidencial “Lucha contra la Corrupción” a través de: a) Los números telefónicos: (0) 000 00 00, (0) 000 00 00 y (0) 000 00 00 de Bogotá D. C. b) Vía fax al número telefónico:
(0) 000 00 00 de Bogotá D. C. c) A la línea transparente del programa, a los números telefónicos: 01 8000 913 040 o (0) 000 00 00 de Bogotá D. C. d) En el correo electrónico: xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx; e) Al sitio de denuncias del programa, en el Portal de Internet: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y f) por correspondencia o personalmente, en la Carrera 8 No. 7–27, Bogotá, D. C.
D. Compromiso anticorrupción. Los proponentes deben suscribir el compromiso anticorrupción contenido en el Anexo No. 1, en el cual manifiestan su apoyo irrestricto a
los esfuerzos del Estado Colombiano contra la corrupción. Si se comprueba el incumplimiento del proponente, sus empleados, representantes, asesores o de cualquier otra persona que en el proceso de contratación actúe en su nombre, es causal suficiente para el rechazo de la oferta o para la terminación anticipada del contrato, si el incumplimiento ocurre con posterioridad a la adjudicación del mismo, sin perjuicio de que tal incumplimiento tenga consecuencias adicionales.
X. Xxxxxx derivados de participar en el proceso de contratación. los costos y gastos en que los interesados incurran con ocasión del análisis de los documentos del proceso, la presentación de observaciones, la preparación y presentación de las ofertas y cualquier otro costo o gasto relacionado con la participación en el proceso de contratación estará a cargo exclusivo de los interesados y proponentes.
F. Comunicaciones. Las comunicaciones en el marco del proceso de contratación deben hacerse por escrito, por medio físico o electrónico, a cualquiera de las siguientes direcciones: xxxxxxx 00 # 00-00, xxxx 0 CAD de la CVC en Santiago de Cali, de lunes a viernes en el horario de atención al público, desde las 8:00 a.m., hasta las 5:30 p.m., o en el correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx.
La comunicación debe contener: (a) el número del presente proceso de contratación Licitación Pública No. 03 de 2015; (b) los datos del remitente que incluyen nombre, dirección física, dirección electrónica y teléfono; (c) identificación de los anexos presentados con la comunicación.
Las comunicaciones y solicitudes enviadas a la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca – CVC, por canales distintos a los mencionados solo serán tenidas en cuenta para los propósitos del proceso de contratación cuando sean radicadas a través del canal que corresponda. La Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca - CVC debe responder las comunicaciones recibidas por escrito enviado a la dirección física o electrónica señalada en la comunicación que responde.
X. Xxxxxx. Los documentos y las comunicaciones entregadas, enviadas o expedidas por los Proponentes o por terceros para efectos del Proceso de Contratación, o para ser tenidos en cuenta en el mismo, deben ser otorgados en castellano. La Oferta y sus anexos deben ser presentados en castellano. Los documentos con los cuales los Proponentes acrediten los requisitos habilitantes que estén en una lengua extranjera, deben ser traducidos al castellano y presentarse junto con su original otorgado en lengua extranjera.
Para firmar el contrato, el Proponente que resulte adjudicatario debe presentar la traducción oficial al castellano de los documentos presentados por escrito en idioma extranjero, la cual deberá ser oficial en los términos del artículo 251 del Código General del Proceso, cumpliendo el trámite de Apostilla o consularización.
La falta de presentación de la traducción oficial de los documentos necesarios para firmar el contrato se considera como una manifestación de no suscripción del contrato; y en consecuencia, podrá ejecutarse la garantía de seriedad de la Oferta.
H. Legalización de Documentos otorgados en el exterior: Los proponentes deben entregar con su Oferta los documentos otorgados en el exterior sin que sea necesaria su legalización. Para firmar el Contrato, el proponente que resulte adjudicatario debe presentar los documentos otorgados en el extranjero, legalizados de acuerdo con lo previsto en el artículo 251 del Código General del Proceso.
Si al momento de la suscripción del contrato el adjudicatario no presenta los documentos en la forma indicada, se considerará como una manifestación de no suscripción del contrato y en consecuencia, podrá ejecutarse la garantía de seriedad de la Oferta.
I. Títulos obtenidos en el exterior. El Proponente que ofrezca personal con títulos académicos otorgados en el exterior, deberá convalidar estos títulos ante el Ministerio de Educación Nacional, para lo cual, deberá iniciar con suficiente anticipación los trámites requeridos.
Este requisito no se exigirá cuando se trate de profesionales titulados y domiciliados en el exterior que pretendan ejercer temporalmente la profesión en Colombia, sin perjuicio de las restricciones que sobre el ejercicio profesional existan para la respectiva profesión según la legislación vigente, Decreto 4000 de 2004
Los proponentes, personas naturales o jurídicas nacionales deben acreditar su titulación con copia del título obtenido y tarjeta o matricula profesional otorgada por institución avalada por el Ministerio de Educación Nacional y las personas naturales extranjeras sin domicilio en el país, acreditarán su titulación con copia del título profesional convalidado en el país, tarjeta o matrícula profesional o documento equivalente.
J. Autorización del ejercicio temporal de la profesión en Colombia. En el evento que el adjudicatario del presente proceso de selección hubiere ofrecido personal titulado y domiciliado en el exterior en los términos señalados en el pliego de condiciones, que vaya a prestar sus servicios profesionales en territorio colombiano, deberá presentar la autorización para el ejercicio temporal de la profesión en Colombia, expedida por la autoridad respectiva. (Artículo 23 de la Ley 842 de 2003).
K. Moneda. Los Proponentes deben presentar sus ofertas en pesos colombianos.
L. Conversión de Xxxxxxx Los proponentes deben presentar sus estados financieros en la moneda legal del país en el cual fueron emitidos y adicionalmente en pesos colombianos.
Una vez que se tengan las cifras en dólares de los Estados Unidos de Norte América o si la información se presenta originalmente en dicha moneda, para la conversión a pesos colombianos se debe tener en cuenta la tasa representativa xxx xxxxxxx certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia para la fecha xx xxxxx de los estados financieros del proponente.
M. Modalidad del Proceso de Selección y su Justificación. La selección del contratista se realiza a través Licitación Pública teniendo en cuenta la cuantía y la complejidad del objeto a contratar,
La modalidad de selección establecida para este proceso corresponde a Licitación Pública que contiene su estructura en el artículo 30 de la Ley 80 de 1993, en el artículo 9 y 17 de la ley 1150 de 2007, el Artículo 2.2.1.2.1.1.2 del Decreto 1082 de 2015 Audiencias en la licitación y demás normas reglamentarias y complementarias que las modifiquen, adicionen o complementen. La Licitación Pública corresponde a una selección objetiva, para aquellos casos en que por las características del objeto a contratar, las circunstancias de la contratación, la cuantía o destinación del servicio, garanticen las escogencia equitativa, la eficacia y la eficiencia de la gestión contractual.
La no relación o enunciación de cualquiera de las normas que rigen la materia no será excusa para que el proponente no cumpla con las obligaciones contenidas en ellas y por parte de la CVC, para no exigir su cumplimiento, así no aparezca transcrita en los estudios previos, pliego de condiciones o en el contrato.
El numeral 1° del artículo 32 de la Ley 80 de 1993 establece:
Son contratos de obra los que celebren las entidades estatales para la construcción, mantenimiento, instalación y, en general, para la realización de cualquier otro trabajo material sobre bienes inmuebles, cualquiera que sea la modalidad de ejecución y pago.
Así mismo el código civil en el artículo 657 establece: Las plantas son inmuebles, mientras adhieren al suelo por sus raíces, a menos que estén en macetas o cajones que puedan transportarse de un lugar a otro.
Por otro lado, los criterios de verificación y la evaluación de los mismos se harán de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1°del artículo 2° de la Ley 1150 de 2007 y numeral 2° del artículo 5° de la Ley 1150 de 2007, así como el presente pliego de condiciones, la no relación o enunciación de una cualquiera de las normas que rigen la materia, no será excusa para que el proponente no cumpla con las obligaciones contenidas en ellas y por parte de la CVC, para no exigir su cumplimiento, así no aparezca trascrita en este Pliego de Condiciones o en el contrato.
N. Acuerdos Comerciales. El Proceso de Contratación está sujeto a los Acuerdos Comerciales con El Xxxxxxxx, Guatemala, México y Comunidad Andina, Adicionalmente, los Proponentes de Estados con los cuales el Gobierno Nacional haya certificado la existencia de trato nacional por reciprocidad también recibirán este trato.
Tabla 1. Lista de acuerdos internacionales o tratados libre comercio.
TLC | ENTIDAD ESTATAL INCLUIDA | PRESUPUESTO DEL PROCESO DE CONTRATACION SUPERIOR AL VALOR DEL ACUERDO COMERCIAL | EXCEPCION APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATACION | PROCESO DE CONTRATACION CUBIERTO POR EL ACUERDO COMERCIAL |
CANADÁ | NO | - | - | NO |
CHILE | NO | - | - | NO |
ESTADOS UNIDOS | NO | - | - | NO |
EL XXXXXXXX | SI | SI | NO | SI |
GUATEMALA | SI | SI | NO | SI |
HONDURAS | NO | - | - | NO |
ESTADOS AELC | NO | - | - | NO |
MEXICO | SI | SI | NO | SI |
UNION EUROPEA | NO | - | - | NO |
COMUNIDAD ANDINA DE NACIONES | SI | SI | NO | SI |
O. Quienes pueden participar. Pueden participar los interesados, personas naturales, jurídicas, nacionales o extranjeras con capacidad jurídica para ofertar y contratar. También pueden participar consorcios y/o uniones temporales o cualquier otra forma de asociación permitida por la ley.
No pueden participar quienes se encuentren incursos en inhabilidades, conflictos de intereses, e incompatibilidades señaladas en el art. 8 Ley 80 de 1993, adicionado por el artículo 18 de la Ley 1150 de 2007, así como lo dispuesto en los artículos 1 a 4 y 90 de la Ley 1474 de 2011.
Se hace constar que la presentación de las ofertas por parte de los participantes, implica su declaración tácita de que se encuentran capacitados por su experiencia, idoneidad y recursos para dar pleno cumplimiento al objeto del presente proceso de selección, bajo las condiciones establecidas en el presente pliego, en caso de serle adjudicado el contrato.
III. DEFINICIONES
Las expresiones utilizadas en el presente documento cuyos términos no estén definidos en el Decreto 1082 de 2015, deben ser entendidas con su significado natural y obvio. Los términos definidos son utilizados en singular y en plural de acuerdo como lo requiera el contexto en el
cual son utilizados. Otros términos utilizados con mayúscula inicial deben ser entendidas de acuerdo con la definición contenida en el Decreto 1082 de 2015.
IV. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO DE CONTRATACIÓN
El objeto a desarrollar consiste en “REALIZAR LAS ACTIVIDADES DE MANEJO SILVICULTURAL DEL ÁRBOLADO URBANO UBICADO EN EL ESPACIO PUBLICO POR SU GENERACION DE RIESGO EN LAS 22 COMUNAS DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE
CALI” y tiene como especificaciones técnicas las incluidas en el Capítulo VI del presente pliego de condiciones. Los demás detalles del presente proceso de contratación también se encuentran incluidos en los documentos del proceso.
A. Clasificación UNSPSC. El objeto del presente proceso de contratación está codificado en el Clasificador de Bienes y Servicios de Naciones Unidas (UNSPSC) con el tercer nivel, como se indica a continuación:
GRUPO | SEGMENTO | FAMILIA | CLASE | PRODUCTO | CODIGO UNSPSC |
F-Servicios | 70- Servicio de contratación agrícola, pesquera, forestal y fauna | 15- silvicultura | 15- Gestión de cultivos forestales | 00 | 70151500 |
F-Servicios | 70- Servicio de contratación agrícola, pesquera, forestal y fauna | 15- Silvicultura | 17-Cosecha Forestal | 00 | 70151700 |
F-Servicios | 70- Servicio de contratación agrícola, pesquera, forestal y fauna | 15- silvicultura | 18- Servicios de conservación forestal | 00 | 70151800 |
F-Servicios | 70- Servicio de contratación agrícola, pesquera, forestal y fauna | 15- silvicultura | 19- Recursos forestales | 00 | 70151900 |
F-Servicios | 77- Servicios Ambientales | 11- Protección medio ambiente | 15- Servicios de seguridad ambiental | 00 | 77111500 |
F-Servicios | 77- Servicios Ambientales | 11- Protección medio ambiente | 16-Rehabilitación ambiental | 00 | 77111600 |
F-Servicios | 77- Servicios Ambientales | 10- Gestión medio ambiental | 16- Planeación ambiental | 00 | 77101600 |
B. Valor estimado del contrato. La Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca CVC, tiene apropiada una partida de TRES MIL SEISCIENTOS VEINTIUN MILLONES SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO PESOS MCTE ($3.621.077.764), incluido el IVA y todos los costos directos e indirectos.
El valor correspondiente a cada grupo se discrimina a continuación:
GRUPO I: SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS UN MIL PESOS MCTE ($ 657.369.401), incluido el IVA y
todos los costos directos e indirectos.
COMUNAS | CANTIDAD DE ARBOLES A PODAR O TALAR | VALOR $ |
1-2-3-4-5-6-7 | 3.617 | 657.369.401 |
GRUPO II: QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA OCHO MIL
NOVECIENTOS CUATRO PESOS ($597.838.904), incluido el IVA y todos los costos directos e indirectos.
COMUNAS | CANTIDAD DE ARBOLES A PODAR O TALAR | VALOR $ |
2 | 3035 | 597.838.904 |
GRUPO III: QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS MCTE ($586.586.342), incluido el IVA y todos los
costos directos e indirectos.
COMUNAS | CANTIDAD DE ARBOLES A PODAR O TALAR | VALOR $ |
8-9-10-11-12-13- 14-15-16 | 3.319 | 586.586.342 |
GRUPO IV: QUINIENTOS SETENTA Y UN MILLONES CIENTO VEINTINUEVE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS MCTE ($571.129.394), incluido el IVA y todos
los costos directos e indirectos.
COMUNAS | CANTIDAD DE ARBOLES A PODAR O TALAR | VALOR $ |
17 | 3.218 | 571.129.394 |
GRUPO V: SEISCIENTOS DIECISIETE MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS VEINTINUEVE PESOS MCTE ($617.365.829.), incluido el IVA y todos los
costos directos e indirectos.
COMUNAS | CANTIDAD DE ARBOLES A PODAR O TALA | VALOR $ |
00-00-00-00-00 | 3.245 | 000.000.000 |
GRUPO VI: QUINIENTOS NOVENTA MILLONES SETECIENTOS OCHENTA YSIETE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS MCTE ($590.787.894), incluido el IVA y todos
los costos directos e indirectos.
COMUNAS | CANTIDAD DE ARBOLES PARA MANEJO FITOSANITARIO | VALOR $ |
Las 22 comunas | 982 | 590.787.894 |
C. Disponibilidad presupuestal y presupuesto oficial. Las obligaciones que se contraigan en desarrollo de este proceso se atenderán con los recursos asignados para tal efecto, del presupuesto de la Corporación, para la vigencia de 2015, que se estima en la suma de TRES MIL SEISCIENTOS VEINTIUN MILLONES SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO PESOS MCTE ($3.621.077.764), suma que incluye el IVA y todos los costos directos e indirectos, para ejecutar la respectiva contratación, según certificado de disponibilidad presupuestal 1631 del 11 xx xxxxx de 2015, el cual se afectará de acuerdo con el valor de la contratación adjudicada.
Al preparar sus ofertas, los proponentes tendrán en cuenta que la CVC, adjudicará de acuerdo con los grupos ofertados y que no reconocerá sumas adicionales no previstas por el proponente, o rebajas por errores u omisiones en que él incurra. Es importante precisar que quien desee participar para varios grupos podrá hacerlo, presentando oferta de manera individual para cada grupo teniendo en cuenta las especificaciones de cada grupo descritos en el presente pliego de condiciones.
D. Forma de pago. La Entidad pagará el contrato celebrado con pagos parciales, dependiendo de las actividades ejecutadas de la siguiente manera:
El pago de cada contrato para cada uno de los Grupos será de la siguiente forma:
Anticipo: Correspondiente al treinta por ciento (30%) del valor del contrato una vez cumplido los requisitos de ejecución el contrato y suscrita el acta de inicio, previa presentación por parte del Contratista del Plan Detallado de Inversión del Anticipo con su respectivo cronograma, recibido y aprobado por parte de la interventoría.
Entrega del Anticipo:
El CONTRATISTA debe constituir una fiducia de administración y pagos, para el manejo de los recursos que reciba a título de anticipo, de conformidad con lo señalado en el Artículo 91 de la Ley 1474 de 2011, con el fin de garantizar que dichos recursos se apliquen exclusivamente a la ejecución del Contrato. Deberá hacer parte integral del Contrato xx Xxxxxxx, el Plan Detallado de Inversión del Anticipo, aprobado por la Interventoría.
La CVC girará el valor del anticipo a la cuenta bancaria exclusiva de la fiducia que se contrate luego de haberse suscrito el acta de inicio. El giro de este valor no constituye condición previa para la iniciación de la obra.
Aspectos generales de la fiducia: La CVC, concederá al CONTRATISTA un anticipo amortizable por una cantidad equivalente al TREINTA POR CIENTO (30%) del valor total del contrato, previo cumplimiento de los requisitos de ejecución y firma del acta de inicio.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 91 de la Ley 1474 de 2011, para el manejo de estos recursos, recibidos a título de anticipo, el contratista debe suscribir un contrato xx xxxxxxx mercantil para crear un patrimonio autónomo, con el fin de garantizar que dichos recursos se apliquen exclusivamente a la ejecución del contrato.
El costo de la comisión fiduciaria será cubierto directamente por el contratista y la información financiera y contable de la fiducia, debe estar disponible, para ser consultada por los Organismos de Vigilancia y Control Fiscal, cuando lo requieran.
Que el artículo 2.2.1.1.2.2.1. del Decreto 1082 de 2015, prevé las condiciones mínimas que las Entidades Estatales deben establecer para la administración y pago del Anticipo por medio de un Contrato xx Xxxxxxx Mercantil1,
No obstante en el contrato de administración fiduciaria que se constituya para efectos del manejo de los recursos, se deberá establecer de forma expresa que la autorización de los desembolsos o cheques que se giren con cargo al encargo fiduciario, necesitan la firma o autorización del CONTRATISTA y la del Interventor contratado por la CVC. En todo caso, de forma previa a la constitución del contrato de administración fiduciaria, EL CONTRATISTA presentará la minuta del contrato respectivo para aprobación previa de la CVC. Los fondos del anticipo sólo podrán ser utilizados para los gastos propios del contrato. De conformidad con lo establecido en el inciso segundo del Artículo 91 de la Ley 1474 del 12 de julio de 2011 – Estatuto Anticorrupción, el costo de la comisión Fiduciaria será cubierto directamente por el CONTRATISTA. La Fiduciaria con la que se constituya el contrato para el manejo del anticipo deberá invertir los recursos objeto del Fideicomiso en establecimientos bancarios vigilados por la Superintendencia Financiera de Colombia, en carteras colectivas que cumplan los lineamientos condiciones y requisitos contemplados en el Parágrafo Tercero del Artículo 49 del Decreto 1525 de 2008 y las normas que lo modifiquen, adicionen o aclaren.
RENDIMIENTOS FINANCIEROS: Los recursos entregados por la CVC a título de anticipo dejan de ser parte del patrimonio de esta para conformar el patrimonio autónomo. En consecuencia los recursos del patrimonio autónomo y sus rendimientos son autónomos Así mismo, deberá establecerse en dicho Contrato que los rendimientos de la Fiducia serán de propiedad de la CVC, los cuales deberán ser reintegrados mensualmente por la Entidad Fiduciaria a la cuenta que para tal propósito informe la Entidad.
Las facturas que presente el CONTRATISTA para llevar a cabo cualquier cobro inherente al contrato, deben cumplir con todos los requisitos establecidos por la Dirección de Impuestos Nacionales de Colombia DIAN. En el evento que la CVC encuentre cualquier glosa en dicho documento, el CONTRATISTA tendrá la obligación de realizar las correcciones pertinentes en un lapso de cuatro (4) días hábiles, contados a partir de la fecha en que recibe la notificación de la CVC sobre las objeciones u observaciones realizadas sobre el documento.
1 Modelo de contrato xx xxxxxxx mercantil publicado en el Secop por Colombia Compra Eficiente.
La iniciación de las obras o el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales no se hayan supeditadas, en ningún caso, a la entrega del anticipo.
La CVC a través de la Interventoría revisará, aprobará los programas de inversión del anticipo.
En caso de declaratoria de siniestro xxx xxxxxx de buen manejo y correcta inversión del anticipo, declaratoria de caducidad o terminación unilateral del Contrato, la Fiducia hará devolución a la CVC de los valores disponibles en la cuenta exclusiva. Lo anterior, sin perjuicio de la responsabilidad del CONTRATISTA de reintegrar el valor establecido en esta cláusula por concepto de anticipo.
Los impuestos, tributos, contribuciones y las retenciones que se hagan sobre las sumas correspondientes al valor del anticipo serán a cargo y por cuenta del contratista, quien deberá hacer devolución y amortizar la totalidad del valor del anticipo
Amortización del Anticipo.
La CVC, previa constitución de la garantía de buen manejo y correcta inversión del anticipo, del cumplimiento de los requisitos señalados para la entrega del mismo y de la presentación del Plan Detallado de Inversión del Anticipo, debidamente aprobado, hará entrega, a título de anticipo, el TREINTA POR CIENTO (30%) del valor del contrato para las actividades propias del manejo silvicultural, medición, información ciudadana e intervenciones silviculturales (volantes, avisos, informativos, dispositivos de seguridad industrial, elementos de protección personal, contratación de personal profesional, de apoyo y operativo, afiliaciones y pagos al sistema de seguridad social y sistema de riesgos laborales, compra de herramientas e insumos, compra o alquiler de equipos y maquinaria y/o alquiler de transporte, entre otros). El anticipo será amortizado en cada pago, correspondiente al primer y segundo pago, debiendo quedar amortizado en su totalidad, al momento en que se facture el cien por ciento (100%) de las actividades a precios unitarios, incluido IVA.
Primer pago: Correspondiente al cuarenta por ciento (40%) de valor del contrato una vez recibido y aprobado el informe de avance por parte de la interventoría que contenga la ejecución del setenta por ciento (70%) de las actividades del contrato. Del primer pago se deberá amortizar el 30% del valor del anticipo.
Segundo pago: correspondiente al cincuenta y cinco por ciento (55%) de valor del contrato una vez recibido y aprobado el informe final por parte de la interventoría que contenga la ejecución del cien por ciento (100%) de las actividades objeto del contrato. Del segundo pago se deberá amortizar el 70% del valor del anticipo.
Pago final: correspondiente al cinco por ciento (5%) de valor del contrato una vez se haya legalizado el acta de liquidación del contrato.
E. Plazo de ejecución del contrato. El plazo estimado para el cumplimiento de las obligaciones contractuales es de TRES (03) MESES, contados a partir de la fecha de la firma del acta de inicio.
F. Lugar de ejecución del contrato. El lugar de ejecución del contrato corresponde a las 22 comunas del área urbana del municipio de Santiago de Cali o de acuerdo con la distribución de las comunas que conforman los grupos, sitios seleccionados por el DAGMA y la CVC para la ejecución de las actividades de manejo silvicultural consistentes en podas, erradicación y tratamientos fitosanitarios de árboles. Según Anexo 2.
CAPITULO II
FASE DE PREPARACIÓN
Tabla 2. Cronograma del proceso de licitación pública.
PASO | ACTIVIDAD | Desde | Hasta | Observaciones |
1 | Publicación del aviso de convocatoria pública, xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx | 00 xx xxxxx 0000 | 00 xx xxxxx 0000 | Art. 8 Ley 1150 de 2007, Decreto 1082 de 2015 |
2 | Publicación análisis del sector, análisis del riesgo, estudio previo, proyecto xx xxxxxx de condiciones y demás | 17 xx xxxxx de 2015 | 2 de Julio de 2015 | |
3 | Recepción de observaciones y sugerencias al proyecto xx xxxxxx de condiciones. | 17 xx xxxxx de 2015 | 2 de Julio de 2015 | Art. 2.2.1.1.2.1.4 Decreto 1082 de 2015 |
4 | Análisis de las observaciones y comentarios presentadas al proyecto xx xxxxxx de condiciones | 3 de Julio de 2015. | 7 de julio de 2015 | Art. 8 Ley 1150 de 2007 |
5 | Publicación de las observaciones y comentarios presentadas al proyecto pliego de condiciones | 0 xx xxxxx xx 0000 | Xxx. 2.2.1.1.1.7.1 Decreto 1082 de 2015 | |
6 | Acto administrativo de apertura del proceso de selección. xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx | 0 xx xxxxx xx 0000 | Xxx. 2.2.1.1.2.1.5 Decreto 1082 de 2015 | |
7 | Publicación de pliegos de condiciones definitivos xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx | 0 xx xxxxx xx 0000 | Xxx. 2.2.1.1.2.1.3 Decreto 1082 de 2015 | |
8 | Avisos de publicación de la contratación, en la web de la entidad y en xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx | 10,13 y 15 de julio | Art. 30 Ley 80 de 1993, art 224 Decreto 019 de 2012 | |
9 | Plazo para presentar propuestas | 00 xx Xxxxx | 00 de Julio hasta las 9 A.M. | Numeral 5, articulo 30 Ley 80 de 1993 |
10 | Cierre licitación pública y publicación en el SECOP. | 30 de Julio de 2015, Hora 9 A.M. | Publicación en el Secop Art. 2.2.1.1.1.7.1 Decreto 1082 de 2015 |
11 | Determinación del método de evaluación del precio, con la TRM (tasa representativa xxx xxxxxxx) que rija el día del cierre de la Licitación Pública | Pliego de condiciones | ||
12 | Audiencia de revisión de asignación de riesgos previsibles y audiencia aclaración pliego condiciones (a solicitud) | 21 de xxxxx | Xxxx 9 A.M. | Num 4 Art 30 Ley 80 de 1993, Art.4 Ley 1150 de 2007, Art. 2.2.1.2.1.1.2 Decreto 1082 de 2015. |
12 | Informe de verificación y evaluación de propuestas | 00 xx xxxxx | 00 xx Xxxxxx de 2015. | Num 8, art. 30, Ley 80 de 1993 |
12 | Publicación del informe de verificación y evaluación de propuestas. xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx | 14 xx Xxxxxx de 2015 | Art. 2.2.1.1.1.7.1 Decreto 1082 de 2015. | |
13 | Recepción de observaciones al informe de verificación y evaluación de propuestas. xxxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx | 18 xx Xxxxxx | 24 xx Xxxxxx de 2015. | Núm. 8, Art. 30 Ley 80 de 1993, 5 Días hábiles. |
14 | Aprobación junta asesora de contrataciones | 25 xx Xxxxxx de 2015 | ||
15 | Audiencia de adjudicación | 27 xx Xxxxxx hora 9. A.M. | Art. 9 Ley 1150 de 2007, Art. 2.2.1.2.1.1.2 Decreto 1082 de 2015. | |
16 | Publicación de la resolución de adjudicación. xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx | 27 xx Xxxxxx hora 9. A.M. | Art. 2.2.1.1.1.7.1 Decreto 1082 de 2015. | |
17 | Suscripción del contrato | Dentro de los cinco días después de la adjudicación del contrato | Art. 2.2.1.1.2.3.1 Decreto 1082 de 2015 | |
18 | Registro presupuestal y garantías | Dentro de los cinco días después de la adjudicación del contrato | Art. 2.2.1.1.2.3.1 Decreto 1082 de 2015 |
I. Publicación y consulta del aviso de convocatoria, estudio previo, proyecto xx xxxxxx de condiciones y observaciones al mismo.
El aviso de convocatoria para el presente proceso se publicará en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.1.7.1. Del Decreto 1082 de 2015, en el SECOP xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx
El estudio previo y el proyecto pliego de condiciones pueden ser consultados en el SECOP, los posibles oferentes deberán examinar cuidadosamente el pliego de condiciones del presente proceso y todos los documentos que hacen parte del mismo e informarse de todas las circunstancias que puedan afectar en alguna forma: el objeto contractual, el valor o el plazo requerido para su cumplimiento.
Se suministra a los interesados información que les permita formular observaciones al contenido del proyecto xx xxxxxx de condiciones durante el término establecido en el cronograma del presente documento.
La publicación del proyecto de pliegos de condiciones no genera obligación para la CVC de dar apertura al proceso de selección.
II. Publicación y consulta del acto que dispone la apertura del proceso de selección y el pliego de condiciones definitivo.
El acto administrativo que dispone la apertura del proceso de selección y el pliego de condiciones definitivo será publicado en el sistema electrónico para la contratación pública, conforme lo dispone el artículo 2.2.1.1.1.7.1. del Decreto 1082 de 2015.
El texto xxx xxxxxx de condiciones definitivo estará disponible para su consulta en el SECOP xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx y en la Dirección Técnica Ambiental en la fecha establecida en el cronograma del presente proceso.
El pliego de condiciones comprende además del documento, las adendas suscritas por la CVC, publicadas, en las oportunidades previstas en el cronograma.
III. Interpretación xxx xxxxxx de condiciones y aclaraciones adicionales.
Los proponentes deben examinar cuidadosamente todos los documentos de este proceso e informarse cabalmente de las condiciones técnicas, comerciales y contractuales, así como de todas las circunstancias que puedan afectar el trabajo, su costo y su tiempo de ejecución. El no hacerlo es de su exclusiva responsabilidad y entraña las consecuencias establecidas en el presente pliego.
Es entendido que el pliego de condiciones, incluidos los anexos, las adendas y los demás actos administrativos que se produzcan dentro de este proceso, se complementan, de tal manera que lo indicado en cada uno de ellos, se tomará como señalado en todos y su interpretación deberá hacerse de manera integral.
Si el proponente tiene dudas, encuentra discrepancias, ambigüedades, contradicciones u omisiones en cualquiera de los documentos xxx xxxxxx de condiciones, incluidos los anexos, las
adendas y los demás actos administrativos que se produzcan dentro de este proceso o requiere realizar una consulta, debe pedir de manera escrita la correspondiente aclaración.
No se resolverán por parte de ningún funcionario de la CVC, consultas efectuadas telefónicamente o en forma personal. Solo se tendrá en cuenta en el presente proceso, la información que se encuentre publicada en el SECOP, o que la CVC haya suministrado por escrito.
El no recibir solicitudes de aclaración o consulta, por parte de los proponentes, dará a entender a la CVC, que el proponente considera las reglas establecidas en el presente pliego como justas, claras y completas, permitiendo la confección de los ofrecimientos y asegurando la escogencia objetiva.
Las consultas y respuestas no suspenderán los términos para la presentación de las ofertas ni del proceso; sin embargo, si como resultado de las aclaraciones solicitadas fuese necesario modificar los plazos de la convocatoria pública o aclarar o modificar el Pliego, esto se hará mediante Adendas.
IV.Modificación al pliego de condiciones.
Cualquier modificación o aclaración al pliego o el aplazamiento de la fecha de cierre, se realizará mediante adenda, conforme lo dispuesto en el Artículo 2.2.1.1.2.2.1 del Decreto 1082 de 2015, que será publicada en el SECOP xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx
En todo caso, no podrán expedirse adendas dentro de los tres (3) días anteriores a la fecha en que se tiene previsto el cierre del proceso de selección, ni siquiera para extender el término del mismo, conforme lo dispone el artículo 89 de la Ley 1474 de 2011.
En consecuencia, será responsabilidad del proponente la consulta permanente del SECOP con el fin de mantenerse actualizados de las modificaciones o cambios que mediante adenda tenga el proceso y que puedan incidir en la elaboración de la propuesta. Así mismo deberán los proponentes revisar permanentemente el correo electrónico suministrado dentro del proceso de selección para atender oportunamente las solicitudes o requerimientos que le sean formulados por la entidad.
V. Procedimiento para presentar propuestas u ofertas.
Los proponentes deben presentar su oferta por grupos a más tardar en el día, la hora y en el lugar señalado en el cronograma, debidamente legajada y foliada, en tres (3) ejemplares del mismo tenor, contenidas en sobres demarcados como ORIGINAL, 1ra COPIA y 2da COPIA, debidamente cerrados y sellados. Si se presenta alguna discrepancia entre el original de la propuesta y las copias, prevalecerá el texto del ORIGINAL.
Las propuestas deberán ser entregadas por el interesado o su representante autorizado en el centro administrativo de correspondencia CAC de la Corporación, situado en la Xxxxxxx 00 Xx. 00-00 y se dejará constancia por parte de dicha dependencia de la fecha y hora exactas de presentación de las mismas, indicando claramente y precisando el nombre o razón social del proponente y el de la persona que en nombre o por cuenta de éste, ha efectuado la presentación. Estas serán abiertas el día y hora fijado en el cronograma, en las instalaciones de la CVC que se designen para tal fin.
Aquellas ofertas que sean entregadas con posterioridad a la fecha y hora señaladas no serán tenidas en cuenta en el proceso de selección y se devolverán sin abrir a través de comunicación remitida a la dirección comercial registrada por el interesado.
Los proponentes deben presentar su propuesta, a más tardar el día, la hora y el lugar señalados en el cronograma, debidamente legajada y foliada, así:
Sobre cerrado Nº 1: Un sobre que contenga los documentos con los cuales se acredita el cumplimiento de los requisitos HABILITANTES. En este sobre se deben incorporar ORIGINAL, 1ra COPIA y 2da COPIA, debidamente cerrados y sellados. El original y las copias deben contener idéntica información. Si se presenta alguna discrepancia entre el original de la propuesta y las copias, prevalecerá el texto del ORIGINAL. Los proponentes deberán foliar todas las hojas contenidas en el sobre N°1, inclusive las hojas guardas (en blanco), salvo las carátulas, de forma que no quede ningún documento contentivo de la misma sin foliar. La CVC no se hace responsable si los proponentes hacen caso omiso del presente requerimiento. Los documentos contenidos en el sobre N°1 serán objeto de revisión por parte de las Direcciones Técnica, Jurídica y Financiera de la CVC.
Sobre cerrado Nº 2: Un único sobre que contenga los documentos PONDERABLES O EVALUABLES con sus anexos, se debe presentar en original y dos (2) copias, impreso, debidamente cerrados y sellados. El original y las copias deben contener idéntica información. Si se presenta alguna discrepancia entre el original de la propuesta y las copias, prevalecerá el texto del ORIGINAL
Los proponentes deberán foliar todas las hojas contenidas en el sobre N°2, inclusive las hojas guardas (en blanco), salvo las carátulas, de forma que no quede ningún documento contentivo de la misma sin foliar. La foliatura de los documentos del sobre N°2 deberá continuar con la numeración del sobre N°1. La CVC no se hace responsable si los proponentes hacen caso omiso del presente requerimiento. Los documentos contenidos en el sobre N°2 serán objeto de calificación por parte de la Dirección Técnica Ambiental. Los proponentes deberán cerciorarse de que el sobre N°2 contenga únicamente los documentos relacionados con los factores de calificación.
Los sobres N° 1 y 2 deberán entregarse de manera simultánea.
Las propuestas deberán ser entregadas en el Centro Administrativo de Correspondencia CAC de la Corporación, situado en la Xxxxxxx 00 Xx. 00-00 y se dejará constancia por parte de dicha dependencia de la fecha y hora exacta de presentación de las mismas, indicando claramente y precisando el nombre o razón social del proponente. Estas serán abiertas el día y hora fijado en el cronograma, en las instalaciones de la CVC que se designen para tal fin.
Aquellas propuestas que sean entregadas con posterioridad a la fecha y hora señaladas no serán tenidas en cuenta en el proceso de selección y se devolverán sin abrir a través de comunicación remitida a la dirección comercial registrada por el interesado.
La CVC no será responsable de la apertura prematura de una propuesta o por no abrirla, si esta no fuere dirigida correctamente o no fuese entregada oportunamente en la oficina correspondiente.
Propuestas que estén mal dirigidas o sean entregadas en oficina diferente a la aquí establecida, no serán tenidas en cuenta en el proceso de selección y se devolverán sin abrir a través de comunicación remitida a la dirección comercial registrada por el interesado.
No se aceptarán propuestas enviadas por correo, vía fax, correo electrónico o a través de medios diferentes al aquí establecido. Los rótulos de los sobres deberán contener por lo menos, la siguiente información:
Señores.
Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca CVC
Xxxxxxx 00 Xx 00 - 00
XXXXXX ADMINISTRATIVO DE CORRESPONDENCIA DIRECCIÓN TÉCNICA AMBIENTAL
Contiene: SOBRE N° 1: DOCUMENTOS HABILITANTES (ORIGINALES), 1ra Copia y 2da
Copia
Debe determinarse por Grupo. EL GRUPO A OFERTAR PROPUESTA LICITACION PUBLICA No. 03 - 2015
“REALIZAR LAS ACTIVIDADES DE MANEJO SILVICULTURAL DEL ÁRBOLADO URBANO UBICADO EN EL ESPACIO PUBLICO POR SU GENERACION DE RIESGO EN LAS 22 COMUNAS DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI”
Proponente: Nombre o Razón Social Dirección Comercial
Teléfono y Fax Correo Electrónico No abrir antes del
Señores.
Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca CVC
Xxxxxxx 00 Xx 00 - 00
XXXXXX ADMINISTRATIVO DE CORRESPONDENCIA DIRECCIÓN TÉCNICA AMBIENTAL
Contiene: SOBRE N° 2: DOCUMENTOS CALIFICABLES (ORIGINALES),: 1ra Copia y 2da
Copia
Debe determinarse por Grupo. EL GRUPO A OFERTAR PROPUESTA LICITACION PUBLICA No. 03 - 2015
“REALIZAR LAS ACTIVIDADES DE MANEJO SILVICULTURAL DEL ÁRBOLADO URBANO UBICADO EN EL ESPACIO PUBLICO POR SU GENERACION DE RIESGO EN LAS 22 COMUNAS DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI”
Proponente: Nombre o Razón Social Dirección Comercial
Teléfono y Fax Correo Electrónico No abrir antes del
VI. Inhabilidades e incompatibilidades.
Para efectos de establecer el oferente que debe ser inhabilitado cuando en un mismo proceso de contratación se presentan oferentes en la situación descrita por los literales g) y h) del numeral 1 del artículo 8 de la Ley 80 de 1993 y poder establecer la primera oferta en el tiempo, la CVC debe dejar constancia de la fecha y hora de recibo de las ofertas, indicando el nombre o razón social de los oferentes y sus representantes legales.
En caso de que un proponente u oferente incurra en las causales arriba señaladas, se entenderá como recibida aquella que haya sido presentada en primer lugar en el tiempo, las demás se rechazarán.
La presentación de la propuesta constituye un compromiso entre el proponente y la CVC, según el cual, dicha propuesta permanecerá disponible para estudio y evaluación durante la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, so pena de hacerla efectiva si el proponente la retira, salvo que éste retiro obedezca a la configuración de una causal de inhabilidad o incompatibilidad, sobreviniente.
Las propuestas deberán ser presentadas diligenciadas a máquina o computador acompañadas de la documentación requerida para la misma y demás información que los proponentes estimen necesaria para mayor claridad y objetividad.
VII. Retiro y/o modificación de propuestas.
Retiro: Si un proponente desea retirar su propuesta, debe presentar una solicitud escrita en tal sentido, suscrita por él o por una persona legalmente autorizada para ello, solicitud que debe ser entregada en el área a cargo del proceso de selección, antes de que venza el plazo para la presentación de propuestas. La propuesta le será devuelta sin abrir, una vez venza el plazo para la presentación de ofertas, previa expedición de un recibo que deberá firmar la persona que suscribió la carta de presentación de la propuesta, o por una persona debidamente facultada para ello.
Modificación: Cualquier proponente podrá modificar, aclarar o complementar su oferta (si ésta ya ha sido entregada a la CVC), siempre y cuando el plazo para presentación de ofertas no haya vencido aún y la modificación, aclaración o complementación sea entregada en original y dos copias, las cuales deben ser presentadas en sobres cerrados y sellados independientes, los cuales deben contar con el mismo rótulo remisorio descrito, indicando en el mismo que “CONTIENE: Modificación No. a la propuesta inicial ( Original o Copias No. )”. Estos sobres serán entregados en la oficina establecida para la recepción de propuestas.
En los casos en que se presenten modificaciones, aclaraciones o complementaciones de propuestas de acuerdo con lo establecido en el presente título, prevalecerá todo lo consignado en los documentos contenidos en los últimos sobres entregados, sobre los presentados con fecha y/u hora anterior.
No le será permitido a ningún ofertante retirar, modificar o adicionar su propuesta después de que el plazo para la presentación de propuestas haya vencido.
VIII. Plazo de validez de la propuesta.
El término de validez de la propuesta deberá ser mínimo de ciento veinte (120) días calendario contados a partir de la fecha de cierre de la presente selección, período dentro del cual los precios permanecerán firmes y fijos.
IX.Confidencialidad de la propuesta.
Los oferentes deberán indicar en su oferta, cuáles de los documentos aportados son de carácter reservado e invocar las normas que ampara dicha reserva, para así dar cumplimiento a lo estipulado en el. Si el oferente no hace pronunciamiento expreso amparado en la ley, se entenderá que toda la oferta es pública.
En el caso de que las propuestas que contengan información confidencial o reservada, a la que deba darse este tratamiento de acuerdo a la ley colombiana o a la del país de origen; se deberá informar a la Entidad, cuáles de los documentos de la oferta gozan de reserva, acompañándolo con los soportes respectivos, expresando las normas que sirven de fundamento o en su defecto dando aplicación a lo dispuesto por el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil. En caso contrario, con la presentación de la oferta se entiende y se acepta por parte del oferente, que la Entidad no asume ninguna responsabilidad por entregar copias de los documentos de la oferta sobre los cuales no se acredite dicha reserva legal, a quien demuestre interés legítimo y en todo caso la entidad, se reserva el derecho a revelar dicha información a sus funcionarios y asesores externos, con el fin de evaluar la propuesta.
De la misma manera, la información relativa a los procedimientos adelantados por la Entidad relacionados con la evaluación y la adjudicación, no podrán ser reveladas a los proponentes, ni a terceros, hasta que la Entidad comunique el informe de evaluación a través del SECOP.
La Entidad no suministrará copia de las ofertas hasta tanto se publique el informe de evaluación de las ofertas en el SECOP, en atención de lo preceptuado en el numeral 4 del artículo 24 de la Ley 80 de 1993.
X. Número mínimo de proponentes.
Será necesario que se presente una (1) propuesta por Grupo, que cumpla con todos los requisitos habilitantes y satisfaga los requisitos xxx xxxxxx de condiciones, siendo favorable para la CVC, sin perjuicio de las disposiciones especiales establecidas Articulo 2.2.1.1.2.2.6. del Decreto 1082 de 2015.
XI.Una propuesta por licitante para grupo.
Cada proponente deberá presentar solamente una (1) propuesta por Grupo, ya sea por si solo o como integrante de un consorcio o unión temporal. El proponente no podrá ser parte de otra propuesta que se haya presentado en forma individual o conjunta para el mismo grupo, de manera simultánea, en el presente proceso.
XII. Plazo de recepción de ofertas, audiencias y acta de cierre.
Recepción de ofertas: Dentro del término establecido en el cronograma, los oferentes deben presentar sus propuestas atendiendo todos los requerimientos establecidos en el presente pliego.
Audiencia de asignación de riesgos: Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al inicio del plazo para la presentación de propuestas conforme al cronograma del proceso, se celebrará audiencia asignación de riesgos de la cual se levantará acta, que será suscrita por los intervinientes. Si a solicitud de un interesado es necesario adelantar la audiencia de aclaración para precisar el contenido y alcance xxx xxxxxx de condiciones, este tema se tratará en la audiencia de asignación de riesgos; de la cual se levantará acta, que será suscrita por los intervinientes.
La C.V.C se reserva expresamente la facultad de emitir la respuesta en la misma audiencia por escrito o de hacerlo posteriormente.
Información a terceros: La Entidad no proporcionará información a terceros sobre el contenido de las propuestas recibidas antes del cierre del proceso contractual. Para tal efecto, las propuestas y todos los documentos que las acompañen deben entregarse en sobres cerrados y solo hasta cuando se venza el término para su entrega se pueden abrir en acto público.
Ampliación del plazo antes del cierre: El plazo para presentación de ofertas entendido como el término que debe transcurrir entre la fecha desde la cual se puede presentar propuestas y la de su cierre, sólo podrá prorrogarse cuando la CVC, de manera oficiosa lo estime conveniente o cuando lo soliciten por escrito un numero plural de posibles oferentes, antes de su vencimiento, por un plazo no superior a la mitad del fijado inicialmente. Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 89, Ley 1474 de 2011.
Cierre del plazo de presentación de propuestas: La diligencia de cierre de presentación de propuestas, es la fecha límite señalada en el cronograma para la presentación de ofertas, una vez realizado el cierre se procederá examinar el contenido de la propuesta de manera general así: Contenido del acta de cierre: Nombre del oferente, nombre del representante legal tratándose de persona jurídica, número de carpetas presentadas, numero de folios en la carpeta original, nombre de aseguradora, número de la póliza, vigencia y valor, la cual se publicará en el SECOP xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx
En el evento que la carpeta que contiene documentos originales se encuentre sin foliar, la entidad solicitará al proponente o su delegado efectuar la foliatura en presencia de los demás proponentes y consignará esta circunstancia en la respectiva acta, de no encontrarse presente el proponente se entiende que hay autorización de su parte para que sea foliada por cualquiera de los presentes en el acto de cierre. El acta de cierre será publicada en el SECOP xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx
XIII. Devolución de propuestas.
Los proponente no favorecidos con la adjudicación del presente proceso de selección, deben retirar dentro del mes siguiente a la fecha de celebración del respectivo contrato, las copias de las ofertas presentadas dentro de este proceso. Caso contrario, la Entidad procederá a destruirlas, aplicando el procedimiento que tenga previsto para ello.
CAPITULO III
I. DOCUMENTOS HABILITANTES
De conformidad con lo previsto en el artículo 5° Ley 1150 de 2007, la capacidad jurídica y las condiciones de experiencia, capacidad financiera y de organización de los proponentes serán objeto de verificación de cumplimiento como requisito habilitante para la participación en el proceso de selección y no otorgaran puntaje.
Por lo anterior, los proponentes deberán presentar los documentos que a continuación se relacionan, con el propósito de que la propuesta sea hábil, sin perjuicio de que la falta de éstos pueda subsanarse de acuerdo con las reglas contenidas en el parágrafo 1° del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007.
1.1.1 Carta de presentación de la propuesta
Debidamente firmada por el proponente o por el representante legal de la sociedad, consorcio o unión temporal o por el apoderado constituido para el efecto. ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. del presente pliego de condiciones.
1.1.2 Fotocopia de la cédula de ciudadanía
Del representante legal o del proponente o apoderado.
1.1.3 Poder
Cuando el proponente actúa mediante apoderado, debe presentar el poder especial debidamente autenticado para presentar la propuesta y firmar el contrato respectivo, si es el caso.
1.1.4 Fotocopia de la libreta militar
Del representante legal o del proponente, tratándose de varones menores de 50 años de nacionalidad Colombiana en los términos de la Ley 48 de 1998.
1.1.5 Certificado de existencia y representación legal
Los requisitos son los siguientes:
- Empresas Nacionales y Extranjeras Con Sucursal En Colombia,: Tratándose de persona jurídica, el proponente deberá presentar el certificado actualizado sobre constitución, existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio, en donde conste: que cuenta con la capacidad jurídica para celebrar y ejecutar el contrato, que su objeto social es acorde con el objeto de este proceso y que su duración no será inferior a la vigencia del contrato y un (1) año más.
Si el oferente es persona natural con actividad comercial, el proponente deberá presentar un Certificado de Inscripción en el Registro Mercantil, expedido por la Cámara de Comercio, en el cual se contemple que su actividad está relacionada con el objeto del presente proceso de selección y demás actividades inherentes y/o complementarias.
Las personas naturales no inscritas como comerciantes deberán adjuntar copia de su documento de identidad y acreditar su inscripción en el Registro Único Tributario RUT.
En cada uno de los anteriores casos el Certificado deberá de haber sido expedido dentro de los TREINTA (30) días calendario anteriores a la fecha de presentación de la propuesta o de la subsanación.
Las personas naturales y jurídicas extranjeras que no tengan domicilio o sucursal en Colombia, deberán acreditar su existencia y representación legal mediante el certificado de la Cámara de Comercio de su país de origen, o del documento que haga sus veces en el respectivo país de origen del proponente. Los citados documentos deberán tener una fecha de expedición no mayor a SESENTA (60) días calendario, anteriores a la fecha de presentación de la propuesta o de la subsanación.
En todo caso, los documentos aportados por el proponente extranjero deberán acreditar la siguiente información:
1. Que el objeto social principal o conexo del proponente incluye actividades relacionadas con el objeto del presente proceso de contratación y en el contrato que de él se derive.
2. Capacidad para participar en el proceso de selección, así como para celebrar y ejecutar el contrato.
3. Que la vigencia de la sociedad no será inferior a la duración estimada del contrato y UN (1) año más, contado a partir de la fecha de liquidación del mismo.
4. Que el representante legal de la sociedad tenga la suficiente capacidad legal para comprometer a la sociedad sin limitaciones de ninguna naturaleza o cuantía, en todos los aspectos requeridos para la presentación de la propuesta, la celebración del contrato y en general, para actuar frente a cualquier obligación que se derive de la celebración, legalización, ejecución, terminación y liquidación del mismo.
5. Si el representante legal tuviere algún tipo de limitación estatutaria para presentar propuesta, suscribir el contrato y en general para efectuar cualquier acto derivado del proceso de selección y del contrato en caso de resultar adjudicatario, deberá adjuntarse una autorización del órgano social competente de la sociedad para participar en el proceso de selección y efectuar cualquier acto derivado del proceso de selección. Así mismo, si la sociedad extranjera participa en el proceso mediante apoderado, la autorización del órgano social deberá incluir la facultad para nombrar apoderado.
6. Cuando no existiera en el país de origen del proponente una entidad que certifique la información arriba solicitada, la información se acreditará mediante un documento expedido por el representante legal o por el máximo órgano directivo del proponente en el que conste cada una de las circunstancias exigidas en el presente numeral y se declare que según las leyes de ese país la información solicitada no puede aportarse en los términos. Este documento debe presentarse ante la autoridad encargada de dar fe pública en el país de origen.
Las sociedades extranjeras sin sucursal en Colombia deberán presentar la oferta mediante apoderado debidamente constituido, con domicilio en Colombia y ampliamente facultado para presentar la oferta, suministrar la información solicitada, participar y comprometer a la sociedad en las diferentes instancias del proceso de selección, suscribir los documentos que se requieran y el contrato; así como para representarlas judicial o extrajudicialmente. Deberán mantener dicho apoderado por el término de vigencia del contrato y UN (1) AÑO más, contado a partir de la fecha de liquidación del mismo, como mínimo, a menos que, de conformidad con las normas legales vigentes tengan la obligación de establecer sucursal en Colombia.
Quien firme la carta de presentación de la oferta deberá acreditar que es el representante legal del proponente o que con esa calidad confiere el poder respectivo. Cuando la carta de presentación la suscriba un apoderado, se deberá presentar el poder respectivo conforme las reglas procedimentales vigentes en Colombia.
En caso de oferentes plurales conformados por personas jurídicas extranjeras, cada uno de sus integrantes debe presentar el requisito antes exigido.
1.1.6 Certificación sobre cumplimiento de las obligaciones con el sistema de seguridad social integral y pago de aportes parafiscales
Se elaborará a partir del modelo suministrado en el Anexo 5 del presente pliego de condiciones, cuando el proponente sea persona natural debe presentar bajo la gravedad de juramento una declaración donde certifique el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas seguridad social integral, dicho documento debe certificar que a la fecha y hora de cierre del presente proceso de selección ha realizado el pago de los aportes correspondientes a la nómina en los últimos seis (6) meses.
En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las obligaciones mencionadas, deberá manifestar que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo. En este evento, el oferente deberá anexar certificación expedida por la entidad con la cual existe el acuerdo de pago.
Cuando el proponente sea una persona jurídica, de conformidad con el Art. 50 de la Ley 789 de 2002, modificado por la Ley 828 de 2003, a la fecha de presentación de la oferta, el oferente y cada uno de los integrantes del proponente plural, deberá presentar una certificación en original expedida por el Revisor Fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos xx xxx, o por el Representante Legal, bajo la gravedad de juramento (cuando no se requiera Revisor Fiscal), del pago de los aportes a los sistemas seguridad social integral, dicho documento debe certificar que a la fecha y hora de cierre del presente proceso de selección ha realizado el pago de los aportes correspondientes a la nómina en los últimos seis (6) meses.
Este requisito no será exigido al proponente o integrante del proponente plural extranjero sin domicilio o sucursal en Colombia y sin personal contratado en el país.
En caso de Consorcios o Uniones Temporales cada uno de sus miembros deberá cumplir con los siguientes requisitos:
a) En caso de tratarse de un proponente o integrante de proponente plural, que sea persona natural nacional o extranjera residente en el país, deberá presentar certificación de que ha cumplido con el pago de los aportes, tanto para sí mismo, como para los empleados a su cargo.
b) Cuando el proponente o el integrante del proponente sea una persona natural o jurídica extranjera no residente en el país, no estará obligado a certificar que ha cumplido con los pagos efectuados en el territorio nacional por concepto de pago de aportes a la seguridad social y parafiscales, pero debe manifestar esta circunstancia mediante certificación suscrita ya sea por la persona natural, o por el revisor fiscal o el representante legal de la sociedad, según el caso.
c) En los casos en que los proponentes personas jurídicas no tengan más de seis (6) meses de constituidas, deberán certificar que han efectuado los pagos desde la fecha de constitución.
d) En caso de que alguno de los proponentes o integrante del proponente plural no tenga personal a cargo en el territorio nacional, y por lo tanto no tenga la obligación legal de efectuar el pago de aportes a la seguridad social y parafiscales, deberá bajo la gravedad de juramento, manifestar esta circunstancia mediante certificación suscrita ya sea por la persona natural, o por el revisor fiscal o el representante legal de la sociedad, según el caso.
e) En caso de que alguno de los proponentes o integrante del proponente plural, tenga un acuerdo de pago con las entidades responsables respecto de alguna de las obligaciones mencionadas, deberá manifestar que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo. Con este certificado deberá anexar copias del acuerdo de pago correspondiente y certificación de la respectiva entidad en donde conste que se encuentra x xxx y salvo en el cumplimiento del acuerdo de pago.
1.1.1 Autorización del órgano social correspondiente
En el evento que el certificado de existencia y representación legal expedido por la autoridad competente no aparezca expresamente, la autorización al representante legal para presentar propuestas y/o celebrar contrato por al menos el valor del presupuesto oficial o en el supuesto de que el Representante Legal tenga limitación de cuantía para presentar propuestas y/o celebrar contrato, el proponente deberá anexar a la misma una autorización expresa expedida conforme al Estatuto Social, por el órgano social o institucional, por el valor de esta selección, la cual deberá haber sido expedida con anticipación a la fecha de cierre de la presente selección o de la subsanación.
1.1.2 Certificado del registro único tributario RUT
De conformidad con los Decretos 2788, 3426, 4243 de 2004, el proponente deberá adjuntar el Registro Único Tributario a cargo de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
En caso de salir favorecido con la adjudicación del contrato, el proponente plural, consorcio o unión temporal deberá presentar el RUT a nombre del consorcio o unión temporal.
1.1.3 Diligenciar Pacto De Probidad Para Garantizar La transparencia en el presente proceso de selección Anexo 6.
1.1.4 Garantía de seriedad de la oferta
De conformidad con lo establecido en el Decreto 1082 de 2015, el proponente deberá constituir una garantía de seriedad de la oferta, expedida por compañía de seguros legalmente autorizada y establecida en Colombia, a favor de la CVC, por un valor xxx XXXX POR CIENTO (10%) DEL VALOR DE LA PROPUESTA para el presente proceso, con una vigencia de CIENTO VEINTE
(120) DÍAS CALENDARIO contados a partir de la fecha de presentación de la oferta y hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato.
La garantía de seriedad de la oferta está destinada a afianzar el compromiso del proponente, de que en caso de adjudicársele el contrato, lo formalizará en los términos y plazos prescritos en el presente pliego de condiciones.
Cuando la oferta sea presentada por un consorcio o unión temporal, la póliza de garantía debe ser tomada a nombre de todos sus integrantes tal como aparecen en el documento que acredita la existencia y representación legal, de cada uno de ellos y no a nombre del consorcio.
Cuando la póliza de seguros no cuente con los requerimientos xxx xxxxxx de condiciones, el oferente deberá remitir las modificaciones del caso, dentro del término perentorio que para el efecto señala la norma, so pena del rechazo de la propuesta.
1.1.5 Documento de conformación del consorcio o unión temporal Anexos 7 y 8
Se aceptarán propuestas presentadas por consorcios o uniones temporales conformados por personas naturales y/o jurídicas, quienes obligatoriamente deben presentar el respectivo documento de conformación del mismo. El documento de conformación, la oferta y el eventual contrato se formularán de tal manera que comprometa a todos y cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal.
De cualquier forma, en el documento de conformación debe constar como mínimo, lo siguiente:
El objeto del consorcio o unión temporal que será el mismo del contrato.
El tiempo de duración del consorcio o unión temporal, que no será inferior al término del contrato más un (1) año.
El nombre completo de los miembros que lo conforman, la clase de documento de identificación y su número, así como el de la persona que representará legalmente al consorcio o la unión temporal.
La manifestación clara y expresa de la responsabilidad solidaria e ilimitada de los miembros del consorcio o unión temporal frente a la CVC, en la ejecución del contrato.
Para el caso de uniones temporales, es necesario indicar los TERMINOS y la EXTENSION de la participación de cada uno de los miembros tanto en la propuesta como en la eventual ejecución del contrato. LOS CUALES NO PODRAN SER MODIFICADOS SIN EL CONSENTIMIENTO PREVIO DE LA CVC.
Para la presentación de los documentos que se enuncian como requisitos habilitantes, cada uno de los integrantes del consorcio o de la unión temporal deberán acompañarlos y/o acreditarlos en
forma individual. En el presente pliego de condiciones se anexan los modelos básicos de los documentos de conformación de consorcios y uniones temporales y la carta de presentación de la propuesta respectivamente, Anexos 7 y 8
Requisitos de Consorcios o Uniones Temporales:
Es entendido en todo caso que los integrantes de un consorcio son solidaria y mancomunadamente responsables por todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato. En consecuencia, las actuaciones, hechos y/u omisiones que se presenten en el desarrollo de la propuesta y del contrato, afectarán a todos los miembros que lo conforman.
Las uniones temporales responderán solidariamente por el cumplimiento total de la propuesta y del contrato, y las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato, se impondrán de acuerdo con la participación en la ejecución de cada uno de los miembros de la unión temporal.
Autorización dada a los representantes legales para asociarse en consorcio o en unión temporal cuando conste en los estatutos bastará la presentación del Certificado de Existencia y Representación Legal donde expresamente aparezca esa facultad. Cuando la autorización no conste en los estatutos de la sociedad y se demuestre mediante acta, este último documento debe ser expedido cumpliendo con los requisititos establecidos en el Art. 189 del Código de Comercio.
Ninguna de las partes podrá ceder su participación en el consorcio o unión temporal, ni a los demás participantes, ni a terceros sin la aprobación previa de la CVC.
El consorcio o unión temporal no podrá ser revocado durante el término del contrato y un (1) año más.
no se permitirá que un integrante de un consorcio o unión temporal forme parte de otro(s) consorcio(s) o unión(es) temporal(es) que participen en el proceso de selección, ni que formulen propuesta independiente. si se presentase este caso todas las propuestas involucradas en tal situación serán desestimadas.
A. Requisitos capacidad financiera.
Los requisitos de capacidad financiera y Organizacional se establecen con base en el conocimiento del sector relativo al objeto del proceso de contratación y de los posibles oferentes. Los siguientes son los requisitos que se requieren en relación con la capacidad financiera del proponente.
Proponentes nacionales o extranjeros con sucursal en Colombia: Los proponentes nacionales deberán presentar el Certificado de Registro Único de Proponentes - RUP donde conste los valores del Activo Corriente, Pasivo Corriente, Activo Total, Pasivo Total, Utilidad y Patrimonio a diciembre 31 de 2014. Este será el único documento válido para la verificación de la capacidad financiera y organizacional del proponente.
Proponentes plurales: Para el caso de oferentes plurales, todos los integrantes de un Consorcio o Unión Temporal deben presentar la Documentación requerida (RUP) y tener en cuenta a efectos de acreditar el cumplimiento de los indicadores financieros y de capacidad organizacional el siguiente procedimiento:
Para el caso de propuestas presentadas por Xxxxxxxxxx, se le calculará a cada uno de sus miembros el correspondiente indicador, promediándolos después para obtener el resultado del proponente.
Para el caso de propuestas presentadas por Uniones Temporales, se le calculará a cada uno de sus miembros el correspondiente indicador, procediendo a realizar la suma ponderada de los mismos de acuerdo con los porcentajes de participación de sus miembros y de esta manera obtener el resultado del proponente.
Proponentes extranjeros sin domicilio en Colombia. Para el caso de empresas extranjeras sin domicilio o sucursal en Colombia y que por tanto no están inscritas en el RUP, estas deberán presentar los Estados Financieros Básicos – Balance General y Estado de Resultados
– a la fecha xx xxxxx anual más reciente según el periodo fiscal vigente en sus respectivos países de origen o en sus estatutos sociales; suscritos por el Representante Legal y el Revisor Fiscal o Auditor del Proponente o por su Contador según sea el caso; expresados en su lengua original y en la moneda legal del país en el cual son emitidos; adicionalmente deberán presentarse traducidos al castellano y en pesos colombianos, para lo cual se deberá haber tenido en cuenta la tasa representativa xxx xxxxxxx TRM vigente a la fecha de expedición de los mismos, la cual es certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia.
En los casos en que una empresa extranjera no inscrita en el RUP por las razones antes expuestas, sea integrante de un Consorcio o Unión Temporal, se aplicará el mismo procedimiento definido para los PROPONENTES PLURALES descrito anteriormente.
Análisis y Verificación de la capacidad financiera: Con base en los documentos solicitados, se procederá a efectuar la ponderación del factor habilitador de la capacidad financiera según los indicadores que a continuación se describen, teniendo en cuenta que serán habilitados solo aquellos proponentes que cumplan con el nivel requerido en todos y cada uno de ellos:
Índice de liquidez: Mide la capacidad de la empresa para cancelar las obligaciones a corto plazo y se calcula por la relación de Activo Corriente sobre Pasivo Corriente, así:
Activo corriente
-Razón Corriente (Liquidez) = --------------------------- ≥ 1.2
Pasivo corriente
Se tendrán en cuenta las propuestas que demuestren un índice igual o superior a 1,2 veces. A los proponentes que no cumplan esta condición se les desestimará la propuesta.
En los casos en que el proponente no tenga Pasivos de Corto Plazo, será habilitado en este Indicador.
Índice de Endeudamiento: Determina el grado de endeudamiento en la estructura de financiación (Pasivo y Patrimonio) del proponente y se calcula por la relación del pasivo total sobre activo total, así:
Pasivo Total
Nivel de Endeudamiento Total = -------------------* 100% ≤ 60%
Activo Total
Se tendrán en cuenta las propuestas que presenten un índice de endeudamiento igual o inferior al sesenta por ciento (60%). A los proponentes que no cumplan esta condición se les desestimará la propuesta.
Xxxxx Xxxxxxxxx de Intereses: Indica la capacidad o limitación del proponente para cumplir con sus obligaciones financieras, y se calcula por la razón utilidad operacional sobre gastos de intereses:
Cobertura de Intereses = Utilidad Operacional ≥ 1.0
Gastos de Intereses
Se tendrán en cuenta las propuestas que demuestren una cobertura de intereses igual o superior a 1. A los proponentes que no cumplan esta condición se les desestimará la propuesta.
En los casos en que el proponente no tenga obligaciones financieras y por tanto no registre gastos de intereses será habilitado en este indicador.
Proponentes plurales
Índice de Liquidez, Endeudamiento y Razón de cobertura de Intereses: Para el caso de propuestas presentadas por Consorcios, se le calculará a cada uno de sus miembros el correspondiente indicador financiero, promediándolos después para obtener el resultado del proponente.
Índice de Liquidez, Endeudamiento y Razón de cobertura de Intereses: Para el caso de propuestas presentadas por Uniones Temporales, se le calculará a cada uno de sus miembros el correspondiente indicador financiero, procediendo a realizar la suma ponderada de los mismos de acuerdo con los porcentajes de participación de sus miembros y de esta manera obtener el resultado del proponente.
El Capital de trabajo corresponderá a la suma aritmética del capital de trabajo de sus miembros.
Los proponentes, personas naturales o jurídicas extranjeras con domicilio en el país, acreditarán su CAPACIDAD FINANCIERA con el certificado del Registro único de proponentes de su domicilio.
Los proponentes, personas naturales o jurídicas extranjeras sin domicilio en el país, acreditarán su CAPACIDAD FINANCIERA con los estados financieros a la fecha xx xxxxx establecida en los países de origen o en sus estatutos sociales.
Para el caso de Consorcios o Uniones Temporales en el que uno o más integrantes no registren gastos de intereses, estos serán habilitados en el indicador razón de cobertura de intereses.
Como conclusión del análisis y evaluación financiera, se formulará un concepto que determinará cuáles propuestas son hábiles y cuáles no, para efectos de continuar con el proceso de evaluación y calificación.
B. Indicadores de capacidad organizacional
Para la validación del componente organizacional, los proponentes deberán presentar el Registro Único de Proponentes- RUP donde conste los valores del Patrimonio, el Activo Total y la Utilidad Operacional correspondientes al 31 de Diciembre del año 2014, cuentas básicas para el cálculo de los Indicadores que a continuación se describen:
Capacidad organizacional: Serán habilitados solo aquellos proponentes que cumplan con el nivel requerido en los siguientes indicadores:
1. Rentabilidad del Patrimonio: Mide la capacidad de generación de utilidad operacional de cada peso invertido en el Patrimonio.
Rentabilidad sobre Patrimonio = Utilidad Operacional *100% ≥ 6%
Patrimonio
Se tendrán en cuenta las propuestas que demuestren un índice igual o superior a 6%. (>=0.06).
A los proponentes que no cumplan esta condición se les desestimará la propuesta.
2. Rentabilidad sobre Activos: Mide la capacidad de generación de utilidad operacional de cada peso invertido en el Activo:
Rentabilidad sobre Activo = Utilidad Operacional *100% ≥ 5%
Activo Total
Se tendrán en cuenta las propuestas que demuestren un índice igual o superior a 5%(>=0.05). A los proponentes que no cumplan esta condición se les desestimará la propuesta.
Proponentes plurales
Para el caso de oferentes plurales, todos los integrantes de un Consorcio o Unión Temporal deben presentar la Documentación requerida y tener en cuenta a efectos de acreditar el cumplimiento de los indicadores el siguiente procedimiento:
Para el caso de propuestas presentadas por Xxxxxxxxxx, se le calculará a cada uno de sus miembros el correspondiente indicador de rentabilidad, promediándolos después para obtener el resultado del proponente.
Para el caso de propuestas presentadas por Uniones Temporales, se le calculará a cada uno de sus miembros el correspondiente indicador de rentabilidad, procediendo a realizar la suma ponderada de los mismos de acuerdo con los porcentajes de participación de sus miembros y de esta manera obtener el resultado del proponente.
Proponentes extranjeros sin domicilio en Colombia
En los casos en que una empresa extranjera no inscrita en el RUP por las razones antes expuestas, sea integrante de un Consorcio o Unión Temporal, se aplicará el mismo procedimiento definido para los Proponentes Plurales descrito anteriormente para validar el cumplimiento de los Requisitos Habilitantes.
C. Requisitos de Capacidad residual (K de contratación).
La Capacidad Residual es la aptitud del proponente para cumplir oportuna y cabalmente con el objeto de un contrato de obra, sin que sus otros compromisos contractuales afecten su habilidad de responder con el contrato objeto del presente pliego de condiciones
El cálculo de la Capacidad Residual del Proceso de Contratación equivale al presupuesto oficial estimado del Proceso de Contratación menos el anticipo o pago anticipado cuando haya lugar, si el plazo estimado del contrato es menor a doce (12) meses, como es el caso de la presente contratación.
Capacidad Residual del Proceso de Contratación | ═ | Presupuesto oficial estimado | - | Anticipo o pago anticipado |
El proponente para ser considerado habilitado a continuar el proceso de evaluación y calificación deberá acreditar una Capacidad Residual igual o superior a la Capacidad Residual establecida en los en presente proyecto xx xxxxxx. Por consiguiente, la Capacidad Residual del proponente es suficiente si:
Capacidad residual del proponente | ≥ | Capacidad residual del proceso de contratación |
Capacidad residual Propuesta del proceso de contratación.
Para poder participar en el presente proceso de contratación el proponente debe contar, por lo menos, con una Capacidad Residual de Contratación o K de Contratación igual o superior a
$2.534.754.435. (K del proceso de contratación)
Capacidad residual propuestas parciales o por grupo:
El proponente que presente propuesta parcial debe tener una capacidad residual de acuerdo con el grupo ofertado. Según lo descrito en la tabla siguiente:
Tabla 3. Capacidad residual por grupo.
GRUPO | Capacidad residual |
I | $ 460.159.321 |
II | $ 418.487.233 |
III | $ 410.610.439 |
IV | $ 399.790.576 |
V | $ 432.149.780 |
VI | $ 413.551.526 |
Se entenderá por Capacidad Residual de Contratación del proponente (Kr) la capacidad real de contratación que tiene al momento de presentar su propuesta. Para ello el proponente deberá presentar la siguiente información que acredite su Capacidad Residual:
- La lista de los Contratos en Ejecución, así como el valor y plazo de tales contratos.
- La lista de los Contratos en Ejecución, suscritos por sociedades, consorcios o uniones temporales, en los cuales el proponente tenga participación, así como el valor y plazo de tales contratos.
- El estado de resultados auditado que contiene el mejor ingreso operacional de los últimos cinco (5) años y el balance general auditado del último año, suscrito por el interesado o su representante legal y el revisor fiscal si está obligado a tenerlo, o el auditor o contador si no está obligado a tener revisor fiscal.
- Si se trata de proponentes obligados a tener RUP, las Entidades Estatales solo deben solicitar como documento adicional el estado de resultados que contiene el mejor ingreso operacional de los últimos cinco (5) años puesto que la información de la liquidez se encuentra en el RUP.
Para efectuar el cálculo de la Capacidad Residual de Contratación del proponente se incluye los factores de Experiencia (E), Capacidad financiera (CF), Capacidad técnica (CT), Capacidad de organización (CO) y los Saldos de los Contratos en Ejecución, según la siguiente fórmula:
Capacidad Residual del proponente = CO x (E+CT+CF)/100) -SCE A cada uno de los factores se le asigna el siguiente puntaje máximo:
Factor | Puntaje máximo |
Experiencia (E) | 120 |
Capacidad financiera (CF) | 40 |
Capacidad técnica (CT) | 40 |
Total | 200 |
La Capacidad de Organización (CO) corresponde a los ingresos operacionales teniendo en cuenta lo siguiente:
Años de información financiera | Capacidad de organización (CO) |
Cinco (5) años o más | Mayor ingreso operacional de los últimos cinco años |
Entre uno (1) y cinco (5) años | Mayor ingreso operacional de los años de vida del oferente. |
Menos de un (1) año | USD 125.0002 |
Si los ingresos operacionales del proponente, con uno (1) o más años de información financiera, es menor a USD125.000, la Capacidad de organización (CO) del proponente es igual a USD125.000. Para verificar la capacidad de organización del proponente la Entidad Estatal debe solicitar el estado de resultados que contiene el mejor ingreso operacional de los últimos cinco (5) años debidamente auditado y aprobado por el contador público o revisor fiscal según corresponda y suscrito por el representante legal.
Para calcular la experiencia (E) del oferente se tendrá en cuenta la relación entre: (i) el valor total en pesos de los contratos relacionados con la actividad de la construcción inscritos por el proponente en el RUP en el segmento 70 “Servicios de contratación Agrícolas, Pesquera, Forestal y Fauna y 77 “Servicios Medio Ambientales”; y (ii) el presupuesto oficial estimado del Proceso de Contratación.
La relación indica el número de veces que el proponente ha ejecutado contratos equivalentes a la cuantía del Proceso de Contratación objeto de la acreditación de la Capacidad Residual. La siguiente fórmula describe lo anterior.
Valor total de los contratos RUP (COP) Experiencia =
(Presupuesto oficial estimado * % participación)
El cálculo del factor de experiencia (E) para efectos de la Capacidad Residual de un miembro de un oferente plural debe tener en cuenta su participación en el Proceso de Contratación objeto del cálculo de la Capacidad Residual3. Si el oferente no es plural no hay lugar a porcentaje.
2 Liquidados a la tasa de cambio determinada por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo cada 2 años para efectos del umbral del beneficio de las Mipyme.
3 La capacidad residual del oferente plural es la suma de la Capacidad Residual de cada uno de sus miembros
Para acreditar el factor de experiencia (E), el proponente debe diligenciar el formato correspondiente al Anexo No. 9 y 10 según corresponda (con o sin nacionalidad en Colombia), el cual contiene los contratos inscritos en el segmento 70 y 77 y su valor total en pesos colombianos liquidados con el SMMLV.
Las personas jurídicas con existencia inferior a tres (3) años, pueden acreditar la experiencia de sus accionistas, socios o constituyentes.
El puntaje asignado al factor de experiencia (E) se debe asignar con base en la siguiente tabla:
Tabla 4. Factor de experiencia
Mayor a | Menor o igual a | Puntaje |
0 | 3 | 60 |
3 | 6 | 80 |
6 | 10 | 10 |
10 | MAYORES | 1200 |
La capacidad financiera (CF) se obtiene teniendo en cuenta el índice de liquidez del proponente con base en la siguiente fórmula:
Activo corriente Índice de liquidez =
Pasivo corriente
El puntaje para la liquidez se debe asignar con base en la siguiente tabla:
Tabla 5. Puntaje de liquidez
Mayor o igual a | Menor | Puntaje |
0 | 0,5 | 20 |
0,5 | 0,75 | 25 |
0,75 | 1,0 | 30 |
1,0 | 1,5 | 35 |
1,5 | Mayores | 40 |
El índice de liquidez del proponente se verifica con el RUP. Si el proponente no tiene antigüedad suficiente para tener estados financieros auditados a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, deben tenerse en cuenta los estados financieros xx xxxxx trimestral o de apertura, suscritos por el representante legal y el auditor que se inscribieron en el RUP.
La capacidad técnica (CT) se asigna teniendo en cuenta el número de socios y profesionales en ingeniería forestal, agronómica y bióloga vinculados mediante una relación laboral o contractual conforme a la cual desarrollen actividades relacionadas directamente con silvicultura.
Para acreditar la capacidad técnica (CT) el proponente debe diligenciar el Formato correspondiente al Anexo No. 11.
El puntaje de la capacidad técnica (CT) se asigna con base en la siguiente tabla:
Tabla 6. Puntaje capacidad técnica.
Desde | Hasta | Puntaje |
1 | 5 | 20 |
6 | 10 | 30 |
11 | Mayores | 40 |
Saldo de contratos en ejecución.
Los contratos en ejecución, son los contratos que a la fecha de presentación de la oferta obligan al proponente con Entidades Estatales y con entidades privadas para ejecutar actividades, incluyendo los contratos suspendidos y aquellos que no tengan acta de inicio. No se entenderán como contratos en ejecución los que se encuentren en liquidación.
El proponente deberá presentar la lista de contratos en ejecución según el anexo 12, la cual se hará de la siguiente manera:
El proponente debe presentar un certificado suscrito por su representante legal y su revisor fiscal, si el proponente está obligado a tenerlo, o por el contador o su auditor independiente, el cual contenga la lista de los Contratos en Ejecución, tanto a nivel nacional como internacional, indicando: (i) el valor del contrato; (ii) el plazo del contrato en meses; (iii) la fecha de inicio de las obras objeto del contrato, día, mes, año; (iv) si la obra la ejecuta un consorcio, unión temporal o sociedad de propósito especial, junto con el porcentaje de participación del oferente que presenta el certificado; (v) si el contrato se encuentra suspendido, y si es así, la fecha de suspensión. Si el proponente no tiene Contratos en Ejecución, en el certificado debe constar expresamente esa circunstancia.
El cálculo del Saldo de los Contratos en Ejecución debe hacerse linealmente calculando una ejecución diaria equivalente al valor del contrato dividido por el plazo del contrato expresado en días. Este resultado se multiplica por el número de días pendientes para cumplir el plazo del contrato y si el contrato es ejecutado por una estructura plural por la participación del proponente en el respectivo contratista. Si el número de días por ejecutar en un contrato es superior a 12 meses, es decir 360 días, el Saldo del Contrato en Ejecución solo tendrá en cuenta la proporción lineal de 12 meses.
Si un contrato se encuentra suspendido, el cálculo del Saldo del Contrato en Ejecución de dicho contrato se calculara asumiendo que lo que falta por ejecutar empezará a ejecutarse en la fecha de la presentación de la oferta del Proceso de Contratación.
La capacidad residual del oferente plural es la suma de la Capacidad Residual de cada uno de sus miembros
Calculo de la Capacidad Residual para proponentes extranjeros.
Los proponentes extranjeros sin sucursal en Colombia deben acreditar los factores de ponderación para el cálculo de la Capacidad Residual de la siguiente forma:
(a) Capacidad de organización y financiera: deben presentar sus estados financieros en la moneda legal del país en el cual fueron emitidos y adicionalmente en pesos colombianos. El proponente y la Entidad Estatal para efectos de acreditar y verificar los requisitos tendrán en cuenta la tasa representativa xxx xxxxxxx vigente en la fecha en la cual los estados financieros fueron expedidos. Para el efecto, el proponente y la Entidad Estatal tendrán en cuenta las tasas de cambio certificadas por la Superintendencia Financiera.
(b) Experiencia: deben presentar el formato que hace parte de la presente Guía como anexo (Anexo 9 y 10 según sea el caso), suscrito por el representante legal y revisor fiscal o contador del proponente. El proponente debe aportar copia de los contratos ejecutados o certificaciones de terceros que hubieran recibido los servicios de construcción de obras con terceros, bien sean públicos o privados. Cuando los valores de Experiencia estén expresados en monedas extranjeras deberán convertirse a Pesos Colombianos, utilizando para tal efecto la página web xxxx://xxx.xxxxx.xxx en la pestaña Currency Converter, Conversor de Divisas. Para efectos de calcular los valores ejecutados se debe tener en cuenta que los contratos se sumarán en salarios mínimos legales mensuales vigentes del año en el cual se dio término a la ejecución del contrato multiplicado por el salario mínimo legal mensual vigente del año 2015, es decir la suma de $644.350.oo, para lo cual se muestran valores de referencia en la siguiente tabla:
Ene-93 | $81.510 |
Ene-94 | $98.700 |
Ene-95 | $118.934 |
Ene-96 | $142.125 |
Ene-97 | $172.005 |
Ene-98 | $ 203.825 |
Ene-99 | $ 236.438 |
Ene-00 | $ 260.100 |
Ene-01 | $ 286.000 |
Ene-02 | $ 309.000 |
Ene-03 | $ 332.000 |
Ene-04 | $ 358.000 |
Ene-05 | $ 381.500 |
Ene-06 | $ 408.000 |
Ene-07 | $ 433.700 |
Ene-08 | $ 461.500 |
Ene-09 | $ 496.900 |
Ene-10 | $ 515.000 |
Ene-11 | $ 535.600 |
Ene-12 | $ 566.700 |
Ene-13 | $ 589.500 |
Ene-14 | $ 616.000 |
Ene-15 | $ 644.350 |
Los proponentes extranjeros que de acuerdo con las normas aplicables aprueben sus estados financieros auditados con corte a 31 de diciembre de 2014 en una fecha posterior al quinto día hábil del mes xx xxxxx, pueden presentar sus estados financieros a 31 de diciembre suscritos por el representante legal junto con un pre-informe de auditoría en el cual el auditor o el revisor fiscal certifique que: (a) la información financiera presentada a la Entidad Estatal es la entregada al auditor o revisor fiscal para cumplir su función de auditoría; y (b) el proponente en forma regular y para ejercicios contables anteriores ha adoptado normas y principios de contabilidad generalmente aceptados para preparar su información y estados financieros. Esta disposición también es aplicable para la información que el proponente en estas condiciones debe presentar para inscribirse en el RUP de acuerdo con el artículo 2.2.1.1.1.5.1. Decreto 1082 de 2015.
Calculo de la Capacidad Residual de proponente plurales.
La Capacidad Residual de un proponente plural debe ser la suma de la Capacidad Residual de cada uno de sus integrantes.
D. Requisitos de Experiencia.
- PROPONENTES NACIONALES O EXTRANJEROS CON DOMICILIO O SUCURSAL EN COLOMBIA.
Para el presente proceso de selección los proponentes acreditarán su EXPERIENCIA con máximo tres (3) contratos que sumados sus valores sean iguales o superiores el 50% del valor del presente proceso de selección expresada en SMMLV (2809),”. Los contratos para ser validados deben encontrarse inscritos en el Registro Único de Proponentes – RUP en cualquiera de los siguientes códigos:
Tabla 7. Acreditación de experiencia para los proponentes que oferten totalmente
Contrato – Código del Clasificador de Bienes y Servicios | Cuantia - SMMLV |
70151500 | 2.809 |
70151700 | |
70151800 | |
70151900 | |
77111600 | |
77111700 | |
77101600 |
Tabla 8. Acreditación de experiencia para los proponentes que oferten parcialmente por Grupo:
Contrato – Código del Clasificador de Bienes y Servicios | Cuantía - SMMLV | |||||
Grupo I | Grupo II | Grupo III | Grupo IV | Grupo V | Grupo VI | |
70151500 | 510.10 | 453.90 | 455.17 | 433.18 | 479.06 | 458.43 |
70151700 |
70151800 | ||||||
70151900 | ||||||
77111500 | ||||||
77111600 | ||||||
77101600 |
En el caso de estructura plural, uno de los integrantes del proponente debe aportar como mínimo el cincuenta (50%) por ciento de la experiencia solicitada del valor en smmlv. Cuando el proponente pretenda acreditar experiencia de contratos ejecutados en consorcio o unión temporal, el valor ejecutado se afectará por el porcentaje de participación que haya tenido el proponente en el respectivo consorcio o unión temporal. Si la participación en el consorcio o unión temporal fue igual o mayor al cincuenta por ciento (50%), se tendrá en cuenta la totalidad de las cantidades de obra ejecutadas. Si la participación en el consorcio o unión temporal fue menor al cincuenta por ciento (50%), las cantidades de obra se cuantificarán en proporción al porcentaje de participación en el respectivo consorcio o unión temporal.
Los contratos relacionados en el FORMULARIO DE EXPERIENCIA deben encontrarse inscritos en el RUP. Y su objeto o alcance de las actividades debe contemplar “Actividades de Manejo silvicultural
La entidad verificará del RUP aquella información de los contratos requerida en el literal E del presente Capítulo. El proponente deberá diligenciar el Anexo 13, en el cual deberá relacionar cada uno de los contratos a aportar a la presente Licitación pública.
El proponente deberá aportar certificaciones o contratos , las cuales deben haber sido expedidas por la entidad contratante de las obras, en la cual se pueda validar que el objeto o las actividades contemplan “Actividades de Manejo silvicultural; estos certificados deben haber sido suscritos por el representante legal de la entidad contratante, por el Director del área técnica encargada del proyecto o por el funcionario delegado para tal fin, y deben contener como mínimo la siguiente información:
- Nombre del Contratista,
- Número y objeto del contrato,
- Actividades y cantidades ejecutadas,
- Valor ejecutado,
- Plazo de ejecución, fechas de iniciación y de terminación,
- Porcentaje de participación si el contrato fue ejecutado en Consorcio o Unión Temporal.
- Indicar que fue recibido a satisfacción.
El proponente deberá entregar una certificación por cada Contrato que se requiera aportar.
La fecha de expedición del certificado no debe ser mayor a treinta (30) días anteriores a la fecha de cierre del presente proceso.
En caso de que en la certificación no sea posible validar uno o varios de los requisitos anteriores, esta se acompañará del Acta de recibo final a satisfacción, donde se pueda verificar claramente cualquiera de los requisitos faltantes en la certificación, para poderlo tener en cuenta en la evaluación de la experiencia. En caso de que en la certificación y/o en el Acta de
recibo final a satisfacción no sea posible verificar los requisitos establecidos en el presente pliego de condiciones, dichos documentos no se aceptarán para la evaluación correspondiente.
Las certificaciones y/o Actas de recibo final a satisfacción deberán presentarse en idioma Castellano.
Si la propuesta es presentada en Consorcio o Unión Temporal u otra forma asociativa, la experiencia requerida, podrá ser acreditada entre todos los integrantes.
La experiencia del oferente plural (unión temporal, consorcio o promesa de sociedad futura) corresponde a la suma de la experiencia que acredite cada uno de los integrantes de éste.
La CVC se reserva el derecho de verificar por sus propios media la veracidad de la información que a través del diligenciamiento de los presentes documentos haga cada proponente o miembro de un consorcio o unión temporal.
El proponente relacionará cada contrato a aportar en el Anexo 13 y deberá indicar de manera clara el número consecutivo del reporte del contrato ejecutado en el RUP. El proponente solo debe aportar un máximo de tres contratos para acreditar su experiencia; en caso de relacionar más de tres contratos, solo se verificarán los relacionados en orden 1, 2 y 3.
PROPONENTES EXTRANJEROS SIN DOMICILIO O SUCURSAL EN COLOMBIA.
Los proponentes personas naturales o jurídicas extranjeras sin domicilio o sucursal en Colombia, acreditarán su experiencia con máximo tres (3) contratos que sumados sus valores sean iguales o superiores el 50% del valor del presente proceso de selección expresada en SMMLV (2809), y que incluyan en su objeto o alcance en las actividades “Actividades de Manejo silvicultural”.
Lo que probarán con certificación que debe cumplir con los siguientes requisitos: entregar en original o copia, en papel membreteado de la respectiva entidad contratante, indicando su respectivo correo electrónico y el número de teléfono en el cual la CVC puede verificar la veracidad de la experiencia contenida en el certificado y suscrita por el representante legal o persona autorizada, donde se especifique como mínimo la siguiente información:
Nombre del Contratista,
Número y objeto del contrato,
Actividades y cantidades ejecutadas,
Valor ejecutado,
Plazo de ejecución, fechas de iniciación y de terminación,
Porcentaje de participación si el contrato fue ejecutado en Consorcio o Unión Temporal.
Indicar que fue recibido a satisfacción.
Para acreditar información de experiencia deberá entregar una certificación por cada Contrato que se requiera aportar. El proponente deberá diligenciar el Anexo 14.
En caso de que en la certificación no sea posible validar uno o varios de los requisitos anteriores, esta se acompañará del Acta de recibo final a satisfacción, donde se pueda verificar
claramente cualquiera de los requisitos faltantes en la certificación, para poderlo tener en cuenta en la evaluación de la experiencia.
Toda la información económica de los contratos deberá ser presentada en moneda legal colombiana.
Cuando los valores de Experiencia estén expresados en monedas extranjeras deberán convertirse a Pesos Colombianos, utilizando para tal efecto la página web xxxx://xxx.xxxxx.xxx en la pestaña Currency Converter, Conversor de Divisas.
Si la propuesta es presentada en Consorcio o Unión Temporal u otra forma asociativa, la experiencia requerida, podrá ser acreditada entre todos los integrantes.
La experiencia del oferente plural (unión temporal, consorcio o promesa de sociedad futura) corresponde a la suma de la experiencia que acredite cada uno de los integrantes de éste.
Cuando un proponente adquiere experiencia en un contrato como integrante de un contratista plural, la experiencia derivada de ese contrato corresponde a la ponderación del valor del contrato por el porcentaje de participación.
La CVC se reserva el derecho de verificar por sus propios medios de veracidad de la información que a través del diligenciamiento de los presentes documentos haga cada proponente o miembro de un consorcio o unión temporal.
El proponente relacionará cada contrato a aportar en el Anexo 14. El proponente solo debe aportar un máximo de tres contratos para acreditar su experiencia; en caso de relacionar más de tres contratos, solo se verificarán los relacionados en orden 1, 2 y 3.
Para la sumatoria de los valores de los contratos a presentar como experiencia, se debe tener en cuenta que los contratos se sumarán en salarios mínimos legales mensuales vigentes del año en el cual se dio término a la ejecución del contrato, multiplicado por el salario mínimo legal mensual vigente del año 2.015, es decir la suma de $644.350.oo
Año | Vr. Salario mínimo |
Ene-04 | $ 358.000 |
Ene-05 | $ 381.500 |
Ene-06 | $ 408.000 |
Ene-07 | $ 433.700 |
Ene-08 | $ 461.500 |
Ene-09 | $ 496.900 |
Ene-10 | $ 515.000 |
Ene-11 | $ 535.600 |
Ene-12 | $ 566.700 |
Ene-13 | $ 589.500 |
Ene-14 | $ 616.000 |
Ene-15 | $ 644.350 |
E. Requisitos mínimo de Equipo de trabajo por Grupos I, II, III, IV y V
Para cada grupo se deberá contar como mínimo con un equipo de trabajo; el cual será conformado por cinco cuadrillas; cada integrante deberá cumplir con los perfiles profesionales relacionados a continuación:
Tabla 9. Requerimientos de Equipo Mínimo de Trabajo profesional Grupos I, II, III, IV y V
DIRECCIÓN TECNICA Y ADMINISTRATIVA PARA LA COORDINACIÓN DEL PROYECTO | ||
CANTIDAD | ROL | ESTUDIOS FORMALES |
1 | Coordinador – Profesional | Profesional: Ingeniero Forestal. estudios de posgrado y experiencia en Silvicultura |
1 | Profesional de Seguridad Industrial XXXX | Profesional o Especialista en Seguridad Industrial y Salud Ocupacional |
1 | Profesional social | Profesional en trabajo social o sicología social |
5 | Ingenieros de campo identificador | Profesional en Ingeniería forestal |
Tabla 10. Requerimientos de Equipo de Trabajo Grupo VI
DIRECCIÓN TECNICA Y ADMINISTRATIVA PARA LA COORDINACIÓN DEL PROYECTO | ||
CANTIDAD | ROL | ESTUDIOS FORMALES |
1 | Coordinador – Profesional | Profesional: Ingeniero Forestal. estudios de posgrado y experiencia en Silvicultura |
1 | Profesional de Seguridad | Profesional o Especialista en Seguridad Industrial y Salud Ocupacional |
1 | Profesional social | Profesional en trabajo social o sicología social |
5 | Ingenieros de campo identificador | Profesional en Ingeniería forestal |
1 | Fitopatologo | Profesional: ingeniero forestal o agrónomo o agrícola o ambiental, profesional en biología o ecología estudios de posgrado en fitopatología o entomología |
Para las profesiones requeridas en el presente proceso de selección, la tarjeta, matricula o inscripción profesional, se exigirá de acuerdo con las normas vigentes.
Para la presentación de los requerimientos de los profesionales, el oferente deberá presentar la siguiente documentación:
Copia tarjeta profesional (para las profesiones que así lo requieran)
Certificado expedido por el COPNIA.
Copia del Diploma o acta de grado de los estudios de educación superior (pregrado y postgrado),
El proponente deberá contar con el consentimiento del personal profesional propuesto, para lo cual deberá adjuntar la carta de intención suscrita por el profesional.
Demás documentación que permita valorar el cumplimiento de los perfiles aquí solicitados.
El proponente está obligado a emplear en la ejecución del contrato el personal con las especificaciones solicitadas en el cuadro anterior, dicho personal no podrá ser cambiado durante la ejecución del contrato; no obstante, si por circunstancia de fuerza mayor o caso fortuito, alguna de las personas propuestas se debe cambiar, se reemplazará por otro de igual o de mayor perfil previa presentación de la respectiva hoja de vida al interventor del contrato.
Para la acreditación de la experiencia del coordinador deberá presentarse certificaciones de los contratos donde se incluya en su objeto o alcance “Manejo de silvicultura”, e indicar que fueron recibidos a satisfacción; las certificaciones deben contener como mínimo la siguiente información:
Nombre y cargo del profesional
Nombre del Contratante
Número y objeto del contrato
Fechas de inicio y terminación
Firma del personal competente
% Dedicación laboral
Indicar si fueron recibidos a satisfacción
Domicilio, Dirección comercial y teléfono del Contratante.
a) En caso de que la Certificación no indique el % de Dedicación laboral, esta será entendida como del 100%.
b) En caso de que se presente(n) certificación(es) que contenga(n) más de un contrato, el proponente debe señalar claramente, cuál o cuáles de ellos aporta al proceso.
El contratista para todos los efectos legales actuará como empleador por lo que asumirá todos los pagos por concepto de salarios, auxilio de transporte, prestaciones sociales, aportes parafiscales, seguridad social, cajas de compensación, riesgos profesionales, seguro de vida y demás emolumentos a que tenga derecho conforme a la normatividad laboral y ejercerá en consecuencia la representación legal ante cualquier reclamación que se derive de la ejecución del contrato que se suscriba.
La totalidad del personal operativo empleado bajo este contrato deberá estar asegurado por la ARL en el rango más alto.
El equipo propuesto tiene una dedicación de tiempo completo por lo tanto no se puede ofertar profesionales para otro grupo.
CARTA DE INTENCIÓN DEL EQUIPO DE TRABAJO PROPUESTO:
El proponente debe presentar carta de intención por cada uno de los integrantes del equipo de trabajo, para cada grupo del presente proceso, mediante la cual se comprometen a trabajar para dar cumplimiento al objeto del presente proceso de selección en caso de salir favorecidos con la adjudicación del contrato, y certificar que no han participado ni hacen parte de otra propuesta para la presente convocatoria, de acuerdo con el Anexo No. 15.
Convalidación de títulos. En ejercicio de lo señalado en el Artículo 26 de la Constitución Política de Colombia, los proponentes que presenten dentro de su equipo de trabajo personas que hayan cursado carreras profesionales o postgrados en el exterior, deberán presentar los títulos debidamente convalidados de acuerdo con lo establecido en la Resolución 5547 de 2005.
A. Comité evaluador de las propuestas.
Una vez cerrada el presente proceso de selección, la CVC designará los miembros que conformarán el comité evaluador que verificará y calificará las propuestas.
Este comité podrá solicitar a los oferentes las aclaraciones y/o explicaciones que estime conveniente, o la presentación de documentos que conduzcan a ello, conforme a lo establecido en el presente pliego de condiciones, las que deberán ser respondidas por escrito, dentro del término fijado para tal fin, en ejercicio de esta facultad los oferentes no podrán complementar, modificar o mejorar su propuesta.
B. Aclaraciones, precisiones y/o solicitud de documentos después del cierre del proceso.
La CVC, dentro del plazo de evaluación de las propuestas señalado en el presente pliego de condiciones, solicitará por escrito o por el medio que considere más eficaz, a los proponentes que sea necesario hacerlo, que en el término perentorio que se fije en la respectiva comunicación, realice las aclaraciones, precisiones y/o alleguen los documentos que se les requieran, sin que por ello pueda el proponente adicionar o modificar las condiciones o características de su propuesta, como tampoco la CVC, solicitar variación alguna en los términos de la misma, o transgredir principios fundamentales que rigen la contratación estatal.
Las ofertas de los proponentes que a la fecha de la evaluación no entreguen lo solicitado por la CVC para el cumplimiento de los requisitos exigidos en este pliego, no serán objeto de dicha evaluación.
Las respuestas de lo solicitado, deben suministrarse por escrito.
C. Reglas de subsanabilidad.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5º parágrafo 1º, de la Ley 1150 de 2011, la ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación o al proponente, no necesarios para la comparación de ofertas, de conformidad con los criterios de evaluación establecidos en el Pliego, no dará lugar al rechazo de las ofertas efectuadas.
Los proponentes deberán contestar cualquier requerimiento de la entidad mediante comunicación escrita, en los términos y condiciones que para el efecto señale la entidad de manera expresa dentro del requerimiento.
Serán declaradas no hábiles las propuestas que no respondan el requerimiento dentro del plazo que la CVC señale para el efecto. La misma declaración de inhabilidad tendrá lugar de resultar incompleta la respuesta. De la misma manera, cuando la contestación implique la modificación de la oferta inicial, la CVC podrá rechazar la oferta.
En NINGUN CASO, será objeto de subsanación ni la presentación ni la modificación del contenido de los documentos que acrediten factores de escogencia y comparación de propuestas.
CAPITULO IV
PROCESO DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y SELECCIÓN DEL CONTRATISTA
La CVC, previo análisis comparativo de las ofertas que cumplan con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones seleccionará el ofrecimiento más favorable a la entidad y a los fines que ella busca, aplicando los mismos criterios para todas ellas, lo que permite asegurar una selección objetiva, teniendo en cuenta para tal efecto lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 1150 de 2007 y lo señalado en el artículo 2.2.1.1.2.2.3. Decreto 1082 del 2015.
A. Evaluación de propuestas.
La verificación de cumplimiento de los requisitos habilitantes jurídicos, financiera, organizacional, k residual, técnicos y de experiencia, no dará derecho a la asignación de puntaje, sólo conducirá a determinar si la propuesta es HÁBIL para ser evaluada.
Las ofertas que de acuerdo con los resultados de verificación de los requisitos habilitantes sean consideradas hábiles, continuarán la fase de evaluación con fundamento en los criterios de precio, calidad, beneficio social, factor técnico adicional e incentivo a la industria nacional.
La propuesta habilitadas para la adjudicación del contrato, serán objeto de calificación tanto técnica como económicamente, por lo que se ha determinado las asignación de puntaje a los factores de evaluación, los cuales sumaran un total de 1000 PUNTOS y se adjudicará a quien obtenga el mayor puntaje, de acuerdo con los siguientes factores de ponderación:
CRITERIOS | FACTOR DE EVALUACIÓN | PUNTAJE |
Económicos | Precio (Valor Total de la propuesta) | 400 puntos |
Técnicos | Calidad (Experiencia de profesionales) | 200 puntos |
Beneficio social (Si el proponente ofrece que su personal operario sea de población vulnerable) | 100 puntos | |
Factor técnico adicional (ofrecimiento en podas o tratamientos fitosanitarios adicionales) | 200 puntos | |
Incentivo a la Industria Nacional | 100 puntos | |
PUNTAJE TOTAL | 1000 puntos |
1. CRITERIO DE EVALUACION ECONÓMICO
a) PRECIO (400 PUNTOS)
La CVC, podrá asignar máximo cuatrocientos puntos (400) puntos de acuerdo con la ponderación de la oferta económica según el método escogido en forma aleatoria para la ponderación de la oferta económica:
El proponente deberá suministrar todos los precios unitarios y totales de todos los ítems, de acuerdo con los Anexos
En caso de que para cualquier ítem cuyo pago deba hacerse por precio unitario se omita éste y se fije el valor total, el precio unitario será determinado dividiendo el valor total por la cantidad respectiva. Si solo se indica el precio unitario y no el valor total del ítem o si al calcular el valor total del ítem se ha incurrido en error, el valor total para el ítem en cuestión será el que resulte de multiplicar correctamente el precio unitario por la cantidad.
En caso de error en las sumas, se tendrá en cuenta el resultado total corregido. Las enmendaduras u otros cambios deberán certificarse con la firma del proponente en el mismo formulario de la propuesta.
Los anexos que contenga la propuesta económica deben ser firmados con el nombre del Representante Legal del Proponente.
La propuesta económica la estructurará el proponente a través del diligenciamiento de los siguientes documentos:
a) Análisis de Precios Unitarios El proponente deberá utilizar el formato contenido en el
Anexo No.16 xxx xxxxxx de condiciones.
El proponente deberá redondear a la unidad el precio total ($) de cada uno de los Análisis de Precios Unitarios.
Se deberá presentar con las propuestas los análisis de precios unitarios de todos los ítems relacionados en la propuesta, los cuales deben cubrir absolutamente todos los costos de materiales, mano de obra en trabajo, herramientas, maquinarias, equipos, combustibles, motoristas, transportes y todos los demás gastos inherentes al cumplimiento satisfactorio de las especificaciones técnicas.
Los elementos, materiales, insumos, equipos, herramientas, etc. que tengan procedencia del extranjero deberán ser nacionalizados de acuerdo con las leyes colombianas y todos los costos que tal labor genere correrán por cuenta del CONTRATISTA, razón por la cual dichas sumas deberán ser previstas por él e involucradas en los precios unitarios, ya que la CVC no reconocerá valor alguno al CONTRATISTA por la inobservancia de la presente condición.
Cualquier omisión del proponente en cuanto a materiales, cantidades, insumos, equipos, herramientas, maquinarias, mano de obra, etc. que se detectase en uno o algunos precios unitarios en el momento de ejecutar los trabajos y que fueren necesarios de incluir para cumplir a cabalidad con las especificaciones técnicas contenidas en el presente documento, correrá por cuenta suya; la CVC no le reconocerá suma adicional con ocasión de esta circunstancia.
La no presentación de alguno de los análisis de precios unitarios que sustentan los precios de la propuesta económica, es causal de desestimación de la propuesta.
Descuentos que practica la CVC en pagos: Retención de IVA, Retención de Industria y Comercio, Retención en la fuente a título de Impuesto sobre la Renta, Estampilla Prouniversidad Nacional de Colombia.
Igualmente, el proponente nacional o extranjero, persona natural o jurídica, en consorcio o unión temporal, deberá tener en cuenta para el cálculo del valor de su propuesta, el valor de la
retención del cinco por ciento (5%) establecida en el artículo 6º de la Ley 1106 de 2006, valor que será debidamente retenido por la CVC en los pagos a realizar al contratista favorecido en la ejecución de los trabajos.
Propuesta económica Anexo No. 17: El proponente deberá presentar en el formato respectivo para presentar el presupuesto por grupo debidamente firmada según modelo adjunto.
Resumen de propuesta económica Anexo No. 18: El proponente deberá presentar en el formato respectivo para presentar un resumen completo de su propuesta debidamente firmada según modelo adjunto En caso de discrepancias entre este resumen y las informaciones de precios unitarios y la propuesta económica, primarán el presupuesto del resumen de propuesta económica Anexo 18..
Los precios propuestos por el proponente deberán cubrir todos los costos directos e indirectos requeridos para cumplir con el objeto de la presente selección a cabalidad y demás requisitos del presente pliego de condiciones, inclusive el costo de las garantías que se estipulan en el contrato y demás gastos que demande el perfeccionamiento, la ejecución y el pago.
Descuentos que practica la CVC en pagos: retención de IVA, retención de industria y comercio y retención en la fuente a título de impuesto sobre la renta.
Los precios ofrecidos deberán ser en pesos colombianos. La CVC no reconocerá sumas adicionales no previstas por el proponente, o rebajas en el valor de la propuesta por errores u omisiones en que él incurra.
El anexo que contenga la propuesta económica debe ser firmado con el nombre o nombres completos del proponente, cuando se trate de una o más personas naturales. Si se trata de una sociedad, debe ser firmado por el representante legal u otra persona autorizada para obrar en nombre de la misma. En ambos casos, se deberá colocar la antefirma correspondiente.
No se podrán hacer cambios en los ítems del Anexo No.1 Presupuesto de la Propuesta, ni agregarle comentarios. El original de la oferta prevalecerá en caso de discrepancias con las copias.
b) Corrección Aritmética
La CVC efectuará correcciones aritméticas en los formatos que el proponente diligenció para estructurar su propuesta económica (Análisis de precios unitarios y Resumen de propuesta económica), obteniendo de esta manera el Valor Total Corregido de la Oferta.
Corrección Aritmética en el cálculo de Costos unitarios:
Se verificarán y corregirán todas las operaciones matemáticas del Anexo No. 16, redondeando a dos (2) decimales, así: cuando el tercer decimal sea igual o superior a cinco, el segundo decimal se aproximará por exceso al número siguiente y cuando el tercer decimal sea inferior a cinco, el segundo decimal se aproximará por defecto al número siguiente.
Se verificarán y corregirán las operaciones matemáticas de los Anexos No. 17. Y 18 Se realizarán y corregirán las operaciones matemáticas a que haya lugar. El costo total se corregirá, ajustándolo al peso, así: cuando la fracción decimal del peso sea igual o superior a
cinco, se aproximará por exceso al número entero siguiente del peso y cuando la fracción decimal del peso sea inferior a cinco, se aproximará por defecto al número entero del peso.
Por último se corregirán los valores correspondientes a costos indirectos y valor total de la propuesta económica.
Si el Valor Total Corregido de la Oferta es mayor que el Presupuesto Oficial establecido en el presente documento, la correspondiente propuesta será desestimada.
Si el Valor Total Corregido de la Oferta difiere por exceso o por defecto en más de un CINCO por ciento (5,00 %) de su Valor Inicial Propuesto, la correspondiente oferta será desestimada.
c) Métodos de evaluación de la oferta económica
Media Aritmética |
Media Aritmética Alta |
Media Geométrica con presupuesto oficial |
Menor valor |
Para la determinación del método se tomarán los primeros dos dígitos decimales de la TRM (tasa representativa xxx xxxxxxx) que rija el día del cierre de la Licitación Pública. El método debe ser escogido de acuerdo con los rangos establecidos en la tabla que se presenta a continuación.
Asignación de método de evaluación según TRM
Rango dígitos decimales de la TRM | Número | Método |
De 00 a 24 | 1 | Media Aritmética |
De 25 a 49 | 2 | Media Aritmética Xxxx |
Xx 00 x 00 | 0 | Xxxxx Xxxxxxxxxx con presupuesto oficial |
De 75 a 99 | 4 | Menor valor |
Media aritmética:
Consiste en la determinación del promedio aritmético de las Ofertas válidas y la asignación de puntos en función de la proximidad del valor de las Ofertas a dicho promedio aritmético, como resultado de aplicar las formulas descritas a continuación. El precio tendrá una asignación de 400 puntos como máximo, de acuerdo con el valor de la oferta; en el evento de corrección aritmética, el valor de la oferta será el valor corregido de la misma.
El valor de las propuestas deberán presentarse sin centavos, y la aproximación se hará al entero superior. Se hará la verificación económica y con las propuestas hábiles efectuar la asignación de puntaje. Recibirá el máximo puntaje (400 puntos) quien obtenga la media
aritmética o la más próxima, por encima o por debajo. Con las demás propuestas habilitadas se calculará según la media aritmética, aplicando la siguiente fórmula:
Formulas a aplicar:
Obtenida la media aritmética se procederá a ponderar las Ofertas de acuerdo con la siguiente fórmula.
Donde,
En el caso de ofertas económicas con valores mayores a la media aritmética se tomara el valor absoluto de la diferencia entre la media aritmética y el valor de la Oferta, como se observa en la fórmula de ponderación.
Media aritmética alta
Consiste en la determinación de la media aritmética entre el valor total sin decimales de la Oferta válida más alta y el promedio aritmético de las Ofertas válidas y la asignación de puntos en función de la proximidad de las Ofertas a dicha media aritmética, como resultado de aplicar las siguientes fórmulas:
Donde:
Obtenida la media aritmética alta se procederá a ponderar las Ofertas de acuerdo con la siguiente fórmula:
Donde:
En el caso de Ofertas económicas con valores mayores a la media aritmética alta se tomara el valor absoluto de la diferencia entre la media aritmética alta y el valor de la Oferta, como se observa en la fórmula de ponderación.
Media Geométrica con presupuesto oficial:
Consiste en establecer la media geométrica de las Ofertas válidas y el presupuesto oficial un número determinado de veces y la asignación de puntos en función de la proximidad de las Ofertas a dicha media geométrica, como resultado de aplicar las fórmulas que se indican en seguida.
Para el cálculo de la media geométrica con presupuesto oficial se tendrá en cuenta el número de Ofertas válidas y se incluirá el presupuesto oficial del Proceso de Contratación en el cálculo tantas veces como se indica en el siguiente cuadro:
Número de propuestas (n) | Número de veces en las que se incluye el presupuesto oficial (nv) |
1 a 3 | 1 |
4 a 6 | 2 |
7 a 9 | 3 |
10 a 12 | 4 |
13 a 15 | 5 |
….. | ….. |
Y así sucesivamente por cada tres propuestas válidas se incluirá una vez el presupuesto oficial del presente proceso de contratación.
Posteriormente se determinará la media geométrica con la inclusión del presupuesto oficial de acuerdo con lo establecido en el cuadro anterior, mediante la siguiente fórmula:
MGPO=
Dónde:
MGPO: Media geométrica con presupuesto oficial
nv: Número de veces que se incluye el presupuesto oficial (PO). PO: Presupuesto oficial del proceso de contratación.
n: Número de Ofertas válidas
Pi: Valor de la oferta económica sin decimales del Proponente i
Establecida la media geométrica se procederá a determinar el puntaje para cada proponente mediante el siguiente procedimiento:
Puntaje i para valores menores o iguales a MGPO= 400 x (1- (MGPO-Vi / MGPO)) Puntaje i para valores mayores a MGPO= 400 x (1 - 2 (IGPO-Vi I /MGPO)) Dónde:
MGPO = Media geométrica con presupuesto oficial
Vi = Valor total corregido (sin decimales) de cada una de las propuestas i i = Número de propuestas
En el caso de propuestas u ofertas económicas con valores mayores a la media geométrica con presupuesto oficial se tomara el valor absoluto de la diferencia entre la media geométrica con presupuesto oficial y el valor de la propuesta, como se observa en la fórmula de ponderación.
Menor valor:
Consiste en establecer la Oferta de menor valor y la asignación de puntos en función de la proximidad de las Ofertas a dicha Oferta de menor valor, como resultado de aplicar las fórmulas que se indican en seguida. Para la aplicación de este método La CVC procederá a determinar el menor valor de las Ofertas válidas y se procederá a la ponderación, de acuerdo con la siguiente fórmula:
Donde:
En este caso se tomará el valor absoluto de la diferencia entre el menor valor y el valor de la Oferta, como se observa en la fórmula de ponderación. Para todos los métodos descritos se tendrá en cuenta hasta el séptimo (7°) decimal del valor obtenido como puntaje.
b) CRITERIO DE EVALUACION TECNICO
1) CALIDAD (PONDERACION HASTA 200 PUNTOS)
La CVC, podrá asignar máximo doscientos puntos (200), para la calificación de la calidad del personal profesional a involucrar en la actividad.
Para dar cumplimiento a los Artículos 5 de la Ley 1150 de 2007, 88 de la Ley 1474 de 2011 y Articulo 2.2.1.1.2.2.2. Decreto 1082 de 2015, en lo referente al ofrecimiento más favorable para la entidad, la CVC realizará la ponderación de calidad de la propuesta, considerando criterios de experiencia y nivel académico del coordinador de grupo presentado en el equipo mínimo de trabajo de los requisitos habilitantes exigido identificados, así:
La valoración de la documentación aportada para efectos de demostrar las condiciones exigidas se sujetará a las siguientes reglas especiales:
Para la acreditación de la experiencia deberá presentar tarjeta profesional, certificada expedida por el COPNIA y certificaciones de los contratos donde se incluya en su objeto o alcance “Manejo de silvicultura urbana”, e indicar que fueron recibidos a satisfacción; las certificaciones deben contener como mínimo la siguiente información:
Nombre y cargo del profesional
Nombre del Contratante
Número y objeto del contrato
Fechas de inicio y terminación
Firma del personal competente
% Dedicación laboral
Indicar si fueron recibidos a satisfacción
Domicilio, Dirección comercial y teléfono del Contratante.
a) Los estudios de educación superior (postgrado), se acreditarán mediante fotocopia de los diplomas respectivos o Acta de grado.
b) En caso de que la Certificación no indique el % de Dedicación laboral del Profesional propuesto, esta será entendida como del 100%.
c) En caso de que se presente(n) certificación(es) que contenga(n) más de un contrato, el proponente debe señalar claramente, cuál o cuáles de ellos aporta al proceso, para el profesional que conforme el equipo de trabajo, para lo cual, solo se validarán y calificarán los contratos relacionados.
Nota: La CVC, se reserva el derecho de verificar la veracidad de la información.
El factor de calidad tendrá una asignación máxima de 200 puntos, se evaluará de la siguiente manera:
DESCRIPCION | ESTUDIOS Y EXPERIENCIA | PUNTAJE PARCIAL | PUNTAJE MÁXIMO TOTAL |
COORDINADOR DE GRUPO | Estudios en postgrado en áreas relacionadas con planificación ambiental, manejo ambiental o silvicultura urbana | 25 | 100 |
experiencia específica reportada como coordinador o director de proyectos de silvicultural urbana superior a ocho (08) años | 75 | ||
CINCO INGENIEROS DE CAMPO | Experiencia general mínima de tres (3) años | 50 | 100 |
Experiencia específica reportada superior a un (1) año en silvicultura Urbana | 50 |
En caso de que el personal ofertado no cumpla con los requisitos establecidos en la tabla anterior, se calificará con cero (0) puntos en el correspondiente factor.
Convalidación de títulos. En ejercicio de lo señalado en el Artículo 26 de la Constitución Política de Colombia, los proponentes que presenten dentro de su equipo de trabajo personas que hayan cursado carreras profesionales o postgrados en el exterior, deberán presentar los títulos debidamente convalidados de acuerdo con lo establecido en la Resolución 5547 de 2005.
c) BENEFICIO SOCIAL (Ponderación hasta 100 puntos)
Para esta ponderación la CVC, podrá asignar máximo cien puntos (100)
Si el proponente ofrece que su personal operario sea de población vulnerable, como desplazados, madres cabeza de familia, grupos de recicladores de la sentencia T-291 de 2009 o personas en situación de marginalidad, se asignará puntaje que se calculará de la suma de los puntos obtenidos en los siguientes ítems:
Porcentaje del personal de operarios | Puntaje |
80% de operarios de población vulnerable | 100 puntos |
60% de operarios de población vulnerable | 75 puntos |
20% de operarios de población vulnerable | 50 puntos |
Quien no ofrezca | 0 puntos |
La entidad se reserva el derecho de verificar que la población a contratar haga parte de la población en estado de vulnerabilidad o marginalidad.
El beneficio social solo será aplicable para el personal de las cuadrillas cuya función sea la de limpieza, recolección, acopio, cargue y descargue de material vegetal resultante de la labor silvicultural.
Únicamente se podrá ofertar los porcentajes aquí solicitados (80%, 60%, 20%), en caso que el oferente indique otro porcentaje no solicitado aquí, se tomará como NO OFERTADO, y su calificación será xx xxxx (0) puntos para este factor.
d) FACTOR TECNICO ADICIONAL (Calificación máxima hasta 200 puntos)
Para la asignación de puntaje en éste aspecto, se tendrá en cuenta, quien ofrezca dentro de su propuesta, labores adicionales de poda de acuerdo con la siguiente tabla.
Aporte adicional | Puntaje |
Aporte del 10% del valor del contrato en labores de poda o tratamiento fitosanitario | 200 puntos |
Aporte del 5% del valor del contrato en labores de poda o tratamiento fitosanitario | 100 puntos |
De no presentar el documento del ofrecimiento adicional de acuerdo con las condiciones adicionales, se otorgará un puntaje xx xxxx (o) puntos por este factor.
Una vez ofrecido en la propuesta y cumpla con los lineamientos aquí enunciados, el proponente adjudicatario se entiende y queda obligado a cumplir con el aporte adicional.
Únicamente se podrá ofertar los porcentajes aquí solicitados (10% y 5%), en caso que el oferente indique otro porcentaje no solicitado aquí, se tomará como NO OFERTADO, y su calificación será xx xxxx (0) puntos para este factor.
El Documento contentivo del ofrecimiento adicional en este factor por parte del proponente para el otorgamiento de puntaje, deberá ser anexado en la propuesta y no será admitido con posterioridad a la fecha y hora de cierre de presentación de las propuestas, por ser factor de asignación de puntaje de las ofertas.
NOTA 1: Es de indicar que éste factor NO IMPLICA un valor adicional al contrato o un incremento del valor ofertado por el proponente, por el contrario, es un valor agregado ofrecido por el proponente para efectos de puntuación.
NOTA 2. La base de datos de individuos a intervenir para el cumplimiento de este factor adicional, será suministrada por la CVC y será esta de cumplimiento obligatorio.
e) INCENTIVO PARA LOS BIENES Y SERVICIOS PARA APOYAR LA INDUSTRIA NACIONAL (100 PUNTOS)
En seguimiento a lo establecido en el artículo 2 de la Ley 816 de 2003, para apoyar la industria nacional, a través del sistema de compras y contratación pública en la evaluación de las Ofertas:
1) PROMOCIÓN DE BIENES Y SERVICIOS NACIONALES.
Al oferente nacional, al extranjero con Acuerdo o tratado de libre comercio, al perteneciente al CAN y al que alegue Reciprocidad, evento este último para el cual deberá presentar certificado que así lo acredite por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia. Se le da
100 puntos.
2) PROMOCIÓN DE LA INCORPORACIÓN DEL COMPONENTE NACIONAL EN SERVICIOS EXTRANJEROS.
Las ofertas de servicios extranjeros que incorporen servicios profesionales nacionales (Profesionales calificables) recibirán un puntaje de 50 puntos
El oferente extranjero debe mediante declaración juramentada certificar su compromiso de incorporar, contratar y mantener durante la ejecución del objeto del contrato los profesionales aquí ofertados en caso de que se le adjudique el contrato.
El oferente extranjero deberá cumplir con los mismos requisitos, procedimientos, permisos y licencias previstos para el oferente Colombiano y acreditar su plena capacidad para contratar y obligarse conforme a la legislación de su país.
Para la asignación del puntaje correspondiente, el proponente Nacional o Extranjero deberá demostrar su contribución a la misma, aportando en su propuesta una comunicación escrita firmada por el Representante Legal, donde certifique el porcentaje de bienes y servicios de origen nacional ofrecido en su propuesta. Según anexo No. 19.
F. Disponibilidad del informe de evaluación.
Una vez terminada la etapa de verificación y calificación de las propuestas y formulado el correspondiente informe, dicho documento de conformidad con lo establecido en el cronograma, será publicado en el SECOP xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx por un término de cinco
(5) días hábiles, con el objeto de que los proponentes formulen las observaciones que consideren pertinentes. Así mismo el respectivo informe de verificación y calificación permanecerá por el término descrito anteriormente, en la Secretaría General de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca CVC, ubicada en el cuarto piso de su edificio principal, localizado en la Caxxxxx 00 # 00-00, xx xx xxxxxx xx Xxxxxxxx xe Cali.
Durante este periodo, ningún funcionario o contratista de la CVC, estará autorizado para atender consultas verbales hechas por los proponentes.
En ejercicio de esta facultad los oferentes deberá presentar las observaciones por escrito al informe de verificación y calificación, los oferentes no podrán completar, adicionar, modificar o mejorar sus propuestas. Las observaciones formuladas por los oferentes al informe de verificación y evaluación, serán resueltas en audiencia pública.
En el evento en el cual el ordenador del gasto o su delegado no acoja la recomendación efectuada por el Comité Verificador y Evaluador debe justificar su decisión.
G. Audiencia de adjudicación, acto administrativo de adjudicación.
Corresponde adjudicar el proceso de selección al Director General dentro del plazo fijado en el cronograma. La adjudicación se hará de manera parcial en audiencia pública la cual terminará con la adjudicación de los contratos mediante resolución motivada que se notificará en estrados y será publicada en el SECOP xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx conforme al artículo 9 de
la Ley 1150 de 2007, numeral 2 del artículo 67 de la Ley 1437 de 2011 y a los artículo 2.2.1.1.1.7.1. y 2.2.1.2.1.1.2.del Decreto 1082 de 2015.
El acto administrativo de adjudicación se notificará al proponente favorecido en dicha audiencia, es irrevocable y obliga a la entidad y al adjudicatario. Por lo tanto, contra la resolución de adjudicación no procede ningún recurso.
Reglas para adelantar la audiencia de adjudicación.
En la audiencia los oferentes pueden pronunciarse sobre las respuestas dadas por la entidad estatal a las observaciones presentadas respecto del informe de evaluación, lo cual no implica una nueva oportunidad para mejorar o modificar la oferta. Si hay pronunciamientos que a juicio de la entidad estatal requiere análisis adicional y su solución puede incidir en el sentido de la decisión a adoptar, la audiencia puede suspenderse por el término necesario para la verificación de los asuntos debatidos y la comprobación de lo alegado.
La entidad estatal debe conceder el uso de la palabra por una única vez al oferente que así lo solicite, para que responda a las observaciones que sobre la evaluación de su oferta hayan hecho los intervinientes.
Toda intervención debe ser hecha por la persona o las personas previamente designadas por el oferente, y estar limitada a la duración máxima que la entidad estatal haya señalado con anterioridad.
La entidad estatal puede prescindir de la lectura del borrador del acto administrativo de adjudicación siempre que lo haya publicado en el SECOP con antelación.
Terminadas las intervenciones de los asistentes a la audiencia, se procederá a adoptar la decisión que corresponda.
F. Factores de desempate.
Con fundamento en lo establecido en el artículo 2.2.1.1.2.2.9.del Decreto Ley 1082 de 2015, En caso de empate en el puntaje total de dos o más ofertas participantes en el presente proceso de selección, se aplicará las siguientes reglas de forma sucesiva y excluyente
La CVC seleccionara la oferta que tenga el mayor puntaje en el factor PRECIO. Si persiste el empate, escogerá la oferta que tenga el mayor puntaje en el factor CALIDAD. Si aún persiste el empate, escogerá la oferta que tenga el mayor puntaje en el factor BENEFICIO SOCIAL Si se mantiene el empate, se escogerá la oferta que tenga el mayor puntaje en el factor TÉCNICO ADICIONAL. Si no obstante lo anterior, aún persiste el empate, la CVC seleccionara al oferente teniendo en cuenta los criterios que se describen a continuación, los cuales se aplicaran en estricto orden, de manera excluyente, respetando los compromisos adquiridos por Acuerdos Comerciales:
1. Se seleccionará la oferta que hubiere obtenido el mayor puntaje en la Experiencia Específica del proponente.
2. De entre los que persista el empate de acuerdo con el numeral anterior, se seleccionará la oferta que hubiere obtenido el mayor puntaje en la Experiencia Específica de los profesionales calificables.
3. De entre los que persista el empate de acuerdo con el numeral anterior, se seleccionará la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.
4. De entre los que persista el empate de acuerdo con el numeral anterior, se preferirá la oferta presentada por una Mipyme nacional.
5. De entre los que persista el empate de acuerdo con el numeral anterior, se preferirá la oferta presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura siempre que: (a) esté conformado por al menos una Mipyme nacional que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%); (b) la Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta; y (c) ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura.
6. De entre los que persista el empate de acuerdo con el numeral anterior, se preferirá la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la ley 361 de 1997. Si la oferta es presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta.
7. De entre los que persista el empate de acuerdo con el numeral anterior, se dirimirá teniendo en cuenta la presentación primero en el tiempo de las propuestas conforme a la hora de llegada consignada en el acta de cierre.
Nota:
1.1.Acreditaciones de la calidad de Mipyme. La calidad de Mipyme se verificará con el RUP, que se encuentre en firme antes del cierre por ser factor de ponderación, en caso de que en el RUP no se pueda verificar la condición de Mipyme, el proponente deberá adjuntar los siguientes documentos con su propuesta:
a) Certificación expedida por xxxxxxxx o revisor fiscal, según sea el caso, en la que se señale la condición de Mipyme.
G. Acreditación de personal con limitaciones (Ley 361 de 1997)
De conformidad con lo previsto en el artículo 24 de la ley 361 de 1997 los particulares empleadores que vinculen laboralmente personas con limitación, serán preferidos en igualdad de condiciones en los procesos de selección, adjudicación y celebración de contratos, sean estos públicos o privados si estos tienen en sus nóminas por lo menos un mínimo del 10% de sus empleados en las condiciones de discapacidad enunciadas en la ley, dicho personal deberá haber sido contratado por lo menos con anterioridad a un año al cierre del presente proceso de selección.
Para lo cual deberán acreditar esta situación presentando los siguientes documentos: Certificación vigente expedida por la Oficina de Trabajo de la respectiva zona, donde se pueda constatar tal situación.
Copia de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) correspondiente al personal en condiciones de discapacidad, del mes inmediatamente anterior al del cierre de este proceso de selección.
Anexo 20. Diligenciado, el cual debe estar suscrito por el Representante Legal del Proponente y por el representante Legal del miembro que aporta la información
Nota: La acreditación del personal con limitaciones debe presentarse con la propuesta por ser factor de ponderación.
H. Factores de desempate respetando los acuerdos comerciales
Si en la evaluación de las ofertas es aplicable un Acuerdo Comercial, no se aplicara los factores de desempate previstos en los numerales 4 y 5 de los criterios de desempate.
I. Declaratoria de desierto el proceso de selección.
La declaratoria de desierto del proceso de selección únicamente procederá por motivos o causas que impidan la escogencia objetiva y se declarará en acto administrativo, en el que se señalarán en forma expresa y detallada las razones que han conducido a esa decisión (numeral 18, Artículo 25, Ley 80 de 1993).
X. Xxxxxx de rechazo de las propuestas.
En el presente título se relacionan las causales para desestimar una propuesta, haciendo claridad que cuando se hace referencia a proponente u oferente, se entenderá que dicha denominación incluye a los miembros de un consorcio o unión temporal.
a) Cuando el proponente incurra en una de las inhabilidades o incompatibilidades establecidas por la Constitución Política y/o las leyes, incluidas las señaladas en el artículo 8 de la Ley 80 de 1993.
b) Cuando el proponente no cumpla con el personal principal relacionado y sus perfiles requeridos por CVC para la ejecución del objeto contractual.
c) Cuando la oferta se presente extemporáneamente o no se presente en el lugar establecido en estos pliegos de condiciones.
d) Cuando el valor de la propuesta supere el presupuesto oficial establecido.
e) Cuando el proponente no consigne el valor del precio de un ítem establecido en el anexo de oferta económica y éste no pueda ser determinado con base en el procedimiento señalado en el presente pliego de condiciones.
f) Cuando no se incluya la oferta económica, o esta no esté suscrita debidamente por el proponente (en caso de ser persona natural) o por el representante legal del proponente (persona jurídica) o por el representante común (proponente plural).
g) Cuando formule una oferta en la que se fijen condiciones económicas y de contrataciones artificiales debidamente evidenciadas una vez surtido el debido proceso correspondiente artículo 2.2.1.1.2.2.4. del Decreto 1082 de 2015.
h) Cuando el proponente no subsane las omisiones de sus documentos o no entregue las aclaraciones que le solicite expresamente el verificador dentro del plazo perentorio y preclusivo que le establezca para ello, o cuando las respuestas y/o soluciones a los anteriores requerimientos no satisfagan las condiciones exigidas en el presente pliego de condiciones.
i) Cuando se presente la propuesta en forma condicionada al cumplimiento de cualquier circunstancia o modalidad no prevista en el pliego de condiciones.
j) Cuando se tenga evidencia concreta de que el oferente está o ha ejecutado cualquier acción tendiente a influir o presionar a las personas encargadas de verificar y calificar las propuestas.
k) Cuando el oferente esté incurso en los literales g) y h) del numeral 1 del artículo 8 de la Ley 80 de 1993, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.2.2.5. del Decreto 1082 de 2015, se dará prioridad a quién haya presentado su propuesta primero, por lo cual deberán desestimarse los demás oferentes incursos en las causales relacionadas que se hayan presentado con posterioridad.
l) Que el proponente o alguno de los integrantes del proponente plural o sus representantes legales, o el representante común del proponente plural, registren antecedentes como responsables fiscales, disciplinarios o penales, que impliquen inhabilidad para contratar con el Estado o en general que el proponente o alguno de los integrantes del proponente plural o sus representantes legales, o el representante común del proponente plural, estén incursos en cualquiera de las causales de incapacidad, inhabilidad o incompatibilidad, que le impida contratar con La CVC, de conformidad con la Constitución y la ley.
m)Cuando la oferta presente deficiencias e inexactitudes que no puedan ser aclaradas y que impidan compararla o se presente la oferta en forma parcial.
n) Cuando de acuerdo con el dictamen del revisor fiscal el proponente o alguno de sus miembros, se encuentre en causal de liquidación judicial obligatoria.
o) Cuando el contador y/o el revisor fiscal haya(n) sido sancionado(s) por la junta central de contadores en el período en el que prepararon y/o auditaron los estados financieros presentados dentro de la oferta.
p) Cuando los proponentes o sus equipos de trabajo hayan participado en la elaboración de estudios o asesoren a la CVC en asuntos que tengan directa relación con el objeto de la contratación respectiva.
q) Cuando la hoja de vida de uno de los integrantes del equipo de trabajo sea presentada para más de un grupo
CAPITULO V
DE LOS REQUISITOS DE PERFECCIONAMIENTO, EJECUCIÓN Y PAGO DEL CONTRATO
A. Perfeccionamiento del contrato.
El adjudicatario del proceso de selección debe firmar el contrato en el término señalado en el cronograma, en caso de no hacerlo, la CVC hará efectivo el valor de la garantía de seriedad de la oferta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por dicho valor. En este evento, la CVC, mediante resolución motivada podrá adjudicar el contrato, dentro de los quince (15) días siguientes, al proponente calificado en segundo lugar siempre y cuando su propuesta sea legalmente favorable para la corporación conforme al pliego de condiciones. Según anexo 21.
B. Ejecución y pago.
De acuerdo con lo establecido en la Ley se entenderá que el contrato ha cumplido con los requisitos de ejecución cuando se expida el correspondiente Registro Presupuestal y se apruebe la Garantía.
C. Interventoría
Atendiendo lo preceptuado en el inciso 2 del Numeral 1 del Artículo 32 de la Ley 80 de 1993 y dada la magnitud del trabajo, se contará con un interventor externo, contratado para dicho fin, por parte de la CVC. El interventor tendrá la responsabilidad del seguimiento técnico del contrato; lo anterior se fundamenta en los preceptos del artículo 83 de la Ley 1474 de 2011 y el Manual de Supervisión e Interventoría de la CVC.
X. Xxxxxx del contratista.
Serán de cuenta del Contratista todos los gastos, derechos e impuestos que se causen con ocasión del perfeccionamiento y ejecución del contrato, además de lo estipulado en el pliego de condiciones, especialmente en la oferta técnica y económica.
E. Impuestos.
El Contratista pagará todos los impuestos, tasas y similares que se deriven de la ejecución del contrato, de conformidad con la ley colombiana.
F. Clausulas excepcionales.
De acuerdo con las facultades otorgadas en la Ley 80 de 1993, la CVC goza de las siguientes prerrogativas: La utilización de las cláusulas excepcionales de interpretación, modificación, terminación unilateral y de caducidad del contrato, de conformidad con los artículos 15, 16, 17 y 18 de la citada ley.
G. Garantía para la ejecución del contrato.
De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.2.3.1.1. y s.s. del Decreto 1082 de 2015, el Contratista se obliga a constituir en favor de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca – CVC, los siguientes amparos:
Cumplimiento del contrato. Por un monto equivalente al VEINTE (20%) POR CIENTO del valor total del contrato y con una vigencia que cubra el plazo de ejecución y liquidación del contrato más seis (06) meses contados desde la expedición de la póliza.
Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales. Por cuantía equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del valor total del contrato y con una vigencia que cubra el plazo de ejecución del contrato MÁS TRES (3) AÑOS contados desde la expedición de la póliza.
Calidad del servicio. Por un monto equivalente al VEINTE (20%) POR CIENTO del valor total del contrato y con vigencia que cubra la duración del Contrato y UN (1) AÑO MÁS contado a partir de la fecha de suscripción del acta de entrega y recibo a entera satisfacción de los trabajos.
Responsabilidad Civil Extracontractual. Sera obligación del contratista la constitución de esta garantía de acuerdo a lo establecido en los Artículos 2.2.1.2.3.1.5., 2.2.1.2.3.1.8. y 2.2.1.2.3.2.9. del Decreto 1082 de 2015, la póliza debe ser constituida por un monto no inferior a cuatrocientos (400) SMMLV (Salario Mínimo Mensual Legal Vigente) y con una vigencia que cubra el plazo total de la ejecución del contrato.
X. Xxxxxxxx o agencia en Colombia.
La persona jurídica extranjera sin domicilio o sucursal adjudicataria del contrato deberá establecer sucursal o agencia en Colombia.
I. Duración del contrato.
La duración será de tres (03) MESES, contados a partir de la firma del acta de inicio del contrato.
J. Documentos del contrato.
Forman parte del contrato como anexos al mismo los siguientes documentos:
el análisis del sector económico, el análisis del riesgo, el estudio previo, el pliego de condiciones y las especificaciones técnicas contenidas en los diferentes anexos.
La propuesta presentada por el contratista.
Las modificaciones al pliego de condiciones que se hagan mediante adendas antes del cierre del proceso de selección.
Las modificaciones o cambios que se convengan por escrito entre las partes durante la ejecución del contrato.
Las actas que se suscriban entre el contratista y el supervisor.
K. Multas.
El CONTRATISTA se hará acreedor al pago de multas conminatorias para el cumplimiento de las obligaciones a su cargo, hasta por una cuantía equivalente al 0,5% del valor del contrato, por cada día xx xxxx o retraso injustificado en la ejecución de las actividades pactadas, previo informe escrito presentado por el Interventor o supervisor del Contrato y una vez surtido el debido proceso conforme al artículo 86 de la Ley 1474 de 2011. En firme el acto administrativo que decreta la imposición de la multa, el valor de esta se deducirá de las cuentas que se le adeuden al contratista, sin perjuicio de hacer efectivas las garantías.
L. Caducidad.
LA CVC podrá declarar la caducidad cuando se presenten hechos constitutivos de incumplimiento de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA que afecten en forma grave el contrato y se evidencie que pueda generar su paralización (artículo 18 Ley 80 de 1993). Igualmente de conformidad con el inciso 2 del numeral 5, del artículo 5 de la citada ley, dará lugar a la declaratoria de caducidad del contrato, el incumplimiento de informar inmediatamente a LA CVC sobre la ocurrencia de peticiones o amenazas de quienes actúan por fuera de la ley, con el fin de obligarlo a hacer u omitir algún acto o hecho.
X. Xxxxxxxx penal pecuniaria.
En caso de incumplimiento por parte del Contratista, de cualquiera de sus obligaciones legales o contractuales, LA CVC podrá exigir el pago a título xx xxxx, en los términos del artículo 1592 del Código Civil, para imputar el valor de los perjuicios que pueda sufrir LA CVC en caso de incumplimiento, una suma equivalente al VEINTE POR CIENTO (20%) del valor del contrato; para lo cual, el mismo, firmado por las partes, prestará mérito ejecutivo, renunciando EL CONTRATISTA a requerimientos de constitución en xxxx. La CVC podrá, previo informe escrito presentado por el Interventor o supervisor del Contrato, y una vez surtido el debido proceso conforme al artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, declarar el incumplimiento del contrato y hacer efectiva la cláusula penal pecuniaria y las garantías cuando a ello haya lugar.
N. Supervisión o Interventoría del contrato.
La Interventoría y control de ejecución del contrato, será externa, conforme lo dispuesto en el artículo 83 de la Ley 1474 de 2011 y el Manual de Supervisión e Interventoría de la CVC.
O. Sujeción a la ley y a los tribunales colombianos.
El contrato que celebre la CVC con personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras, estará sometido a la ley colombiana y a la jurisdicción de los tribunales colombianos. Todas las disposiciones legales vigentes en materia contractual se entienden incorporadas al presente pliego de condiciones y a la ejecución del contrato.
X. Xxxxxxx para liquidar el contrato.
A la terminación del contrato o al producirse una causa de terminación anticipada del mismo, se procederá a su liquidación, actuación que se llevará a cabo dentro de los cuatro (4) meses siguientes, contados a partir de la fecha de terminación, de conformidad con lo establecido en el Art. 11 Ley 1150 de 2007.
Q. Obligaciones posteriores a la liquidación del contrato.
Vencidos los términos de las garantías de calidad, estabilidad y mantenimiento o las condiciones de disposición final o recuperación ambiental de las obras o bienes, la entidad estatal debe dejar constancia del cierre del expediente del proceso de contratación. Artículo 2.2.1.1.2.4.3.del Decreto 1082 de 2015
R. Prohibición de ceder el contrato.
Los contratos estatales son intuito persona y en consecuencia el Contratista no podrá ceder ni subcontratar el contrato a persona alguna, natural o jurídica, nacional o extranjera, sin previa autorización escrita de la CVC, pudiendo este reservarse las razones que tenga para negar la autorización de la cesión del contrato.
El oferente extranjero sin domicilio en Colombia favorecido debe llevar un Registro de libros contables art. 488 Código de Comercio
S. Correspondencia
Toda la correspondencia de los proponentes deberá ser enviada a la siguiente dirección:
CORPORACION AUTONOMA REGIONAL XXX XXXXX DEL CAUCA C. V. C.
Dirección Técnica Ambiental Xxxxxxx 00 # 00-00, Xxxx 0
Teléfono: PBX 0000000
Fax: 6206600 ext. 321
Cali.
T. Obligaciones del contratista (Aplica para todos los Grupos)
El contratista deberá cumplir con las siguientes observaciones:
Realizar el registro de las labores de mantenimiento arbóreo ejecutadas, conforme al cronograma de obra avalado por el interventor. En dicho registro debe constar: dirección exacta de ubicación, barrio, comuna, labor realizada y visto bueno del interventor
Debe contar con personal operativo permanente en las zonas correspondientes al objeto del contrato, el tiempo de duración del mismo.
Registro fotográfico de cada individuo antes y después de la intervención del mantenimiento y establecimiento arbóreo.
Las demás que le sean asignadas por el Director General de la CVC que tengan relación con el objeto del contrato.
El contratista deberá entregar una vez se facture, copia de los informes técnicos al interventor del contrato a efectos del respectivo pago, y copia a fin de que reposen en el expediente del Contrato.
1) Acta de iniciación de los trabajos.
El Contratista debe presentarse en la CVC, para efectos de protocolizar la iniciación de los trabajos, situación que se hará constar en un Acta de Inicio, la cual suscribirán los representantes legales del Contratista y de la Interventoría. En dicho documento se consignarán la fecha de iniciación, la duración del contrato y la fecha calculada para la finalización de los trabajos.
En el evento de que el Contratista haga caso omiso de la condición aquí establecida, la CVC por conducto de su interventor procederá a formular una ORDEN DE INICIACIÓN, copia de la cual remitirá a la dirección comercial del Contratista.
2) Personal mínimo a vincular
El CONTRATISTA seleccionado para la ejecución de la obra, una vez legalizado el correspondiente contrato deberá vincular el siguiente personal mínimo por grupo de trabajo, el cual deberá estar conformado por cinco cuadrillas de trabajo:
GRUPOS I, II, III, IV, Y V
Un (1) Coordinador de grupo. Ingeniero Forestal
Un (1) Profesional XXXX.
Un (1) Profesional en el área Social
Cinco (5) ingenieros Forestales
Diez (10) operarios de alturas
Veinte (20) operarios de piso
GRUPO VI
Un (1) Profesional en fitopatología - Entomología Para el Grupo VI
Un (1) Coordinador de grupo. Ingeniero Forestal
Un (1) Profesional XXXX.
Un (1) Profesional en el área Social
Cinco (5) ingenieros Forestales
Diez (10) operarios de alturas
Veinte (20) operarios de piso
El contratista en la ejecución del contrato debe presentar al interventor los profesionales objeto de verificación y evaluación, la no presentación de los profesionales genera que se inicie un proceso de imposición de multas para conminarlo a cumplir.
Los operarios de Alturas y los operarios de piso NO deben presentarse con la propuesta.
La Corporación se reserva el derecho de solicitar cambio de los profesionales en caso de verificar que los presentados no tienen la idoneidad para cumplir lo solicitado.
Todo profesional presentado deberá acreditar, mediante copia del documento idóneo que está autorizado para ejercer la profesión.
Los profesionales presentados a la Interventoría deben cumplir y acreditar, como mínimo, los siguientes requisitos de calidad y experiencia:
UN (1) INGENIERO FORESTAL (Coordinador del grupo): (Dedicación al proyecto del 100 %)
UN (1) PROFESIONAL XXXX): (Dedicación al proyecto del 100 %)
UN (1) PROFESIONAL AREA SOCIAL (Dedicación al proyecto del 50 %)
UN (1) PROFESIONAL FITOPATOLIA-ENTOMOLOGIA (Dedicación al proyecto del 100 %)-
Grupo VI
CINCO (5) INGENIEROS DE CAMPO (Dedicación del 100%)
Deberán ser ingenieros forestales con experiencia general mínima de tres (3) años y un (1) año en silvicultura.
Para el personal técnico, el contratista deberá presentar copia de la matrícula o tarjeta profesional vigente y certificado del COPNIA original vigente.
Para los ingenieros de campo y los operarios de alturas el contratista deberá presentar la certificación de trabajo en alturas, vigente.
Para la evaluación por parte del Interventor de la experiencia del personal profesional presentado se tendrán en cuenta solamente certificaciones expedidas por la entidad o empresa contratante dueña del proyecto y/o por la entidad o empresa a quien se prestaron los servicios profesionales, en las que aparezca claramente el nombre del contrato, objeto y sus aspectos más importantes y la precisa participación del profesional en el proyecto.
El equipo humano presentado, deberá allegar copia del acta y/o diploma de grado y matricula profesional; así mismo deberá anexar copia de los contratos o los respectivos certificados con la siguiente información:
Actividades desarrolladas en ejercicio de alguno de los anteriores cargos, nombre del contratante, fecha de inicio y fecha de terminación.
El personal presentado y vinculado por el contratista, debe ser el mismo durante la ejecución de la obra, en caso de que se requiera modificar alguno de los profesionales, previamente debe contarse con la aprobación de la entidad contratante y la interventoría, y los profesionales deberán cumplir con el mismo perfil solicitado en estos pliegos de condiciones, para efecto de lo cual deberán adjuntar las hojas de vida junto con los soportes respectivos.
El tiempo de ejercicio profesional del personal se contará con las certificaciones presentadas. Cuando las certificaciones no contengan la información que permita su evaluación, el contratista podrá anexar copia del contrato o de los documentos soportes que sean del caso (siempre y cuando estén firmados por el funcionario competente de la entidad contratante), que permita tomar la información que falte en la certificación.
Las certificaciones firmadas por el mismo personal propuesto, es decir, la auto-certificación, no serán tenidas en cuenta para evaluar su experiencia profesional.
Cuando las certificaciones del personal presentado son emitidas por el mismo contratista, adicionalmente se deberá adjuntar la certificación firmada por el contratante de la obra, donde conste que el proponente ejecutó la obra.
Para efecto de la evaluación, se tendrán en cuenta las fechas de inicio y terminación de contratos. Las certificaciones serán válidas con mes y año, evento en el cual se contabilizará el mes completo; o únicamente con año, caso en el cual se contabilizará a partir del último mes del año de inicio hasta el primer mes del año de finalización.
Sin perjuicio del personal mínimo exigido en el presente numeral, el contratista podrá establecer el número de personas que utilizará en el desarrollo de los trabajos pero debe garantizar la realización de éstos.
3) Metodología y plan de trabajo
El contratista debe presentar la metodología y el plan de trabajo propuesto para las etapas a desarrollar el objeto de la contratación y que no omita ninguna actividad en la secuencia normal del desarrollo de este tipo de actividad objeto de la presente Licitación Pública.
La metodología corresponde a los medios que empleará y los procedimientos que utilizará para desarrollar las actividades requeridas para cumplir con los propósitos de la contratación, en los tiempos propuestos. Este análisis debe considerar un orden de prioridades en el uso de los recursos adecuados y en la forma de utilizarlos.
El Contratista describirá y sustentará los siguientes aspectos del desarrollo del contrato:
Recurso humano a involucrar en el contrato.
Descripción detallada del tipo, marca, modelo, capacidad, rendimiento, etc. de los equipos y las maquinarias que empleará para la ejecución de las obras.
Estructuración de cuadrillas de trabajo.
Consecuente con todo lo anterior y tomando como referente las características del proyecto en cuanto a las cantidades estimadas de obra y como limitante el plazo total
de ejecución establecido por la CVC, el Contratista realizará un pormenorizado análisis de los rendimientos esperados, el cual deberá ser soportado por los cálculos que sean necesarios de realizar, de tal manera que se garantice la ejecución de la totalidad del objeto contratado dentro de los términos establecidos por la CVC.
Descripción de los procedimientos técnicos que adoptará para la realización de la totalidad de los trabajos contratados.
Observaciones.
El Contratista estará en la obligación de realizar todos los ajustes y las complementaciones que la Interventoría le ordene realizar a su Plan de Ejecución, cuantas veces sea necesario hasta que se obtenga la aprobación definitiva del mismo.
Será obligación primordial del contratista ejecutar el trabajo estrictamente de acuerdo con lo planificado, para lo cual someterá a la aprobación del INTERVENTOR algún tipo de cambio en la misma.
Se supone que los individuos arbóreos ya están identificados y verificados en campo por parte del contratista través del ingeniero identificador; para dar inicio a los trabajos será obligación del Contratista ubicar los individuos arbóreos en el campo y cualquier discrepancia debe ser aclarada oportuna y previamente con EL INTERVENTOR, pues en caso contrario si se presenta la necesidad de hacer correcciones después de adelantada la obra, el costo de ésta será por cuenta del Contratista.
Antes de iniciar los trabajos el Contratista deberá someter a la aprobación del Interventor el plan detallado que piensa poner en marcha para el desarrollo de las intervenciones arbóreas. El Contratista deberá tener aprobado el plan y los individuos a intervenir, dos (2) días antes de la iniciación de las obras.
4) Bitácora de la obra
Obligatoriamente a más tardar al día siguiente de la fecha en que se suscriba el Acta de Iniciación, se protocolizará la creación de la bitácora de la obra, la cual deberá contar con las siguientes especificaciones mínimas:
El tamaño mínimo será el de un formato de papel carta.
La cubierta será de un material que garantice una adecuada protección contra la humedad.
Las hojas deben ser fijas.
Todas las hojas deben estar correctamente numeradas en orden ascendente.
Cada una de las hojas deberá ser inicializada por el representante debidamente autorizado de la INTERVENTORÍA y el representante del CONTRATISTA a través de sus firmas, con lo cual certificarán la numeración correcta y la autenticidad de las hojas que conforman la bitácora; estás firmas en ningún momento abonarán lo que se consigne posteriormente en la bitácora.
El CONTRATISTA es responsable de salvaguardar el presente documento y debe garantizar que el original siempre se mantendrá en su oficina central de la zona de los trabajos. Deberá permitir el acceso de las personas que autoricen tanto la INTERVENTORÍA como la CVC.
El CONTRATISTA será responsable de mantener una copia de seguridad en oficina diferente, la cual debe ser actualizada obligatoriamente cada dos (2) semanas de trabajo. Además de lo anterior, cada mes le entregará una fotocopia de la bitácora al INTERVENTOR, quien deberá remitirla a la CVC en su informe de avance de los trabajos.
5) Avisos y vallas
En las zonas donde se esté realizando algún tipo de tratamiento silvicultural del proyecto, el CONTRATISTA se compromete a mantener una valla informativa, de acuerdo con el diseño y las especificaciones técnicas que le suministrarán en la oficina de Comunicaciones de la CVC. El CONTRATISTA someterá a la aprobación del INTERVENTOR el diseño de la cimentación y de la estructura metálica de soporte.
6) Higiene, seguridad industrial y salud ocupacional
El contratista debe implementar el Plan de seguridad Industrial y Salud ocupacional conforme a la normatividad vigente en Colombia. Cabe anotar que éste se deberá ajustar a las tareas específicas a desarrollar para dar cumplimiento al objeto contractual; se deben implementar los formatos y registros que den cumplimiento con el Plan XXXX.
Se contemplan entre otros los siguientes aspectos básicos legales:
Diseñar y socializar la política de Salud Ocupacional y Salud Integral.
Diseñar y divulgar el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial
Conformar el Comité Paritario de Salud ocupacional.
Afiliar al personal contratado al Sistema de Seguridad Social (ARL, EPS, AFP)
Para la planeación, organización, ejecución y evaluación del funcionamiento del Programa de Salud ocupacional se deben destinar los recursos humanos, financieros y físicos
El contratista debe garantizar la realización de los exámenes ocupacionales a todo el personal que trabaje, según fuere el caso.
Desarrollar un cronograma de trabajo de actividades de promoción y prevención de accidentes y enfermedades laborales, prevención de riesgo psicosocial.
En caso de emplear sustancias tóxicas se debe indicar las medidas para minimizar el riesgo.
Implementar un servicio oportuno de primeros auxilios.
Registrar las estadísticas de morbilidad y ausentismo con su respectivo análisis.
En Seguridad industrial se tendrá en cuenta los siguientes aspectos:
El contratista deberá elaborar un panorama de factores de riesgos para evaluar y controlar aquellos que se encuentran presentes en los ambientes de trabajo.
Reporte e investigación de accidentes laborales, y así mismo llevar estadísticas de accidentabilidad.
Realizar inspecciones de seguridad y realizar mantenimiento preventivo de máquinas y equipos.
Establecer estándares para trabajo seguro; para el caso de trabajo en alturas se debe cumplir con los certificados de altura, conforme a la ley para los operarios que realizarán actividades en la parte aérea de los árboles.
Llevar estadistas de accidentabilidad (índice de frecuencia, índice de severidad y de lesiones incapacitantes, tasa de ausentismo y accidentabilidad)
Un Plan de Emergencias orientado a preservar la vida e integridad de los trabajadores.
Hojas de seguridad de los productos químicos a emplear en caso de llegar a utilizarse.
Señalización: Montaje e instalación de señales y avisos de prevención tales como, cinta demarcadora (delimitando el perímetro con doble línea de cinta), conos reflectivos, xxxxxxx o señalizadores tubulares, señales de precaución, señales móviles de manejo de tránsito y las señales contempladas en la normatividad vigente, de acuerdo con las exigencias xx xxx, una vez aprobados los permisos correspondientes, así:
Dispositivos de seguridad industrial por cuadrilla:
DESCRIPCIÓN DEL BIEN Y/O PRODUCTO | UNIDAD | CANTIDAD |
Cono de seguridad de 90 cms. En PVC Naranja Fluorescente con franjas reflectivas de 2” | UNIDAD | 4 |
Paleta PARE SIGA de 0.30 m. * 0.30 m. Octogonal, con reflectivo | UNIDAD | 2 |
Cinta de señalización Peligro, calibre 4, 10 centímetros de ancho, 500 metros de largo. | ROLLO | 1 |
Xxxxxxx o señalizadores tubulares, con protector UV para evitar su decoloración de 120 cms, con mínimo dos orificios o pasadores que permitan canalizar cintas demarcadoras, con dos cintas retroreflectivas blancas de 3" de ancho, diámetro 2". – “Colombinas” | UNIDAD | 4 |
Señal reglamentaria temporal de velocidad máxima permitida de 30 Km, de acuerdo con las especificaciones técnicas del Manual de señalización vial del Ministerio del Transporte. | UNIDAD | 1 |
Señal preventiva temporal de reducción asimétrica de la calzada derecha, de acuerdo a las especificaciones técnicas del Manual de señalización vial del Ministerio del Transporte. | UNIDAD | 1 |
Señal preventiva temporal de reducción asimétrica de la calzada izquierda, de acuerdo a las especificaciones técnicas del Manual de señalización vial del Ministerio del Transporte. | UNIDAD | 1 |
Chaleco reflectivo , cintas horizontales y verticales de dos pulgadas (Especificaciones técnicas de acuerdo a lo establecido por la CVC), con imagen institucional de la CVC y el DAGMA | UNIDAD | 7 |
Pito metálico | UNIDAD | 1 |
Utilización de una (1) valla móvil y/o banner por cuadrilla, de acuerdo con las especificaciones técnicas establecidas por la CVC, cada una estará ubicada en el lugar de las obras y deben contener mínimo la siguiente información:
- Tipo de contrato: CONTRATO DE OBRA
- Objeto del contrato:
- Número de Contrato CVC
- Tiempo del contrato.
- Informes: Dirección CONTRATISA y TELEFONO CVC
Utilización por cuadrilla de una (1) valla de reducción xx xxxxxxx derecha, una (1) valla de reducción xx xxxxxxx izquierda y una (1) de disminución de velocidad, de acuerdo con el Manual de señalización vial del Ministerio del Transporte, cuando la actividad se realice sobre una vía.
Plan Manejo de tráfico:
Señalización de los vehículos empleados en el desarrollo de las actividades con las señales reglamentarias que establece el Código de Tránsito (los vehículos deben estar con excelente funcionamiento técnicomecánico y buena presentación de aseo en la obra).
En el evento que se necesite controlar tráfico, se seleccionarán dos (2) operarios que prestarán apoyo como paleteros que deben portar además del uniforme, elementos de seguridad industrial, chalecos reflectivos, pitos y paletas pare – siga.
Botiquín por xxxxxxxxx, el cual contendrá como mínimo los siguientes elementos:
- Agua destilada o solución salina
- Antisépticos
- Material de curación (aplicadores, apósitos y compresas, gasa estéril, micropore)
- Instrumental y elementos adicionales
- Jabón desinfectante
- Alcohol etílico al 70%.
- Yodopovidona, espuma y solución
- Guantes de látex
- Baja lenguas y vendas elásticas.
Un (1) equipo de telefonía celular por cuadrilla dispuesto para la comunicación permanente entre el equipo operativo y el interventor.
El contratista debe garantizar que entrega y controla el uso de ropa adecuada y Elementos de protección personal (EPP) al personal operativo según los riesgos a que estará expuesto. Estos elementos deben cumplir con las normas técnicas ANSI (para los equipos de protección personal).
El contratista está obligado a inspeccionar y mantener el inventario suficiente de EPP para reemplazarlos en caso de deterioro o pérdida.
El siguiente cuadro describe los elementos que debe utilizar como mínimo, cada operario y el ingeniero de campo a cargo de la cuadrilla, así:
ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL – OPERARIO NO ESPECIALIZADO (DE PISO)
DESCRIPCIÓN | UNIDAD | CANTIDAD |
Casco: Debe cumplir con la norma ANSI Z89.1, NTC 1523 y estar certificado. | UNIDAD | 4 |
Barboquejo de tres puntos de apoyo con mentonera | UNIDAD | 4 |
Gafas transparentes con protector de alto impacto y absorción xx xxxxx UV. | UNIDAD | 4 |
Overol en PVC 3 piezas (Capucha-chaqueta y pantalón) elaborado en tela de poliéster recubierta con PVC, con imagen institucional de CVC y DAGMA | UNIDAD | 4 |
Overol en dos piezas elaborado en drill, con imagen institucional | UNIDAD | 4 |
Bota en cuero con puntera de acero norma DIN | PAR | 4 |
Guante de vaqueta corto reforzado en la palma y los 5 dedos, tipo ingeniero. En hilo industrial y doble costura en el refuerzo. | PAR | 4 |
Protector auditivo tipo tapón con cordón y estuche, nivel de atenuación mínimo de 25 decibeles | UNIDAD | 4 |
- Agua destilada o solución salina
- Antisépticos
- Material de curación (aplicadores, apósitos y compresas, gasa estéril, micropore)
- Instrumental y elementos adicionales
- Jabón desinfectante
- Alcohol etílico al 70%.
- Yodopovidona, espuma y solución
- Guantes de látex
- Baja lenguas y vendas elásticas.
Un (1) equipo de telefonía celular por cuadrilla dispuesto para la comunicación permanente entre el equipo operativo y el interventor.
El contratista debe garantizar que entrega y controla el uso de ropa adecuada y Elementos de protección personal (EPP) al personal operativo según los riesgos a que estará expuesto. Estos elementos deben cumplir con las normas técnicas ANSI (para los equipos de protección personal).
El contratista está obligado a inspeccionar y mantener el inventario suficiente de EPP para reemplazarlos en caso de deterioro o pérdida.
El siguiente cuadro describe los elementos que debe utilizar como mínimo, cada operario y el ingeniero de campo a cargo de la cuadrilla, así:
ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL - OPERARIOS DE ALTURA
OPERARIOS DE ALTURA | UNIDAD | CANTIDAD |
Barboquejo de tres puntos de apoyo con mentonera | UNIDAD | 2 |
Gafas transparentes con protector de alto impacto y absorción xx xxxxx UV. | UNIDAD | 2 |
Overol en PVC 3 piezas (Capucha-chaqueta y pantalón) elaborado en tela de poliéster recubierta con PVC, con | UNIDAD | 2 |
imagen institucional de la CVC Y DAGMA | ||
Overol en dos piezas elaborado en drill, con imagen Institucional de la CVC y el DAGMA | UNIDAD | 2 |
Bota en cuero con puntera de acero norma DIN | PAR | 2 |
Kit de seguridad para motosierrista (casco profesional completo con visor, protector auditivo y de cuello y filtro solar, guantes de seguridad, con palma y dedos reforzados de cuero, cierre con velcro, pantalón para motosierra con 09 capas de nylon que impiden de la cadena de la motosierra llegue a tocar la pierna del motosierrista) | UNIDAD | 2 |
Sistema de línea de vida vertical, línea de Vida en cuerda de poliéster 50-60 mts con mosquetón de 3/4". Sistemas de cables en cuerdas para ser debidamente ancladas en árbol en un punto superior para de labor desplazamiento vertical (ascenso/descenso), con Arrestador de caídas automático y contrapeso de 5.7 Lbs. Debe garantizar una resistencia mínima de 5.000 libras. | UNIDAD | 1 |
Arnés multipropósito para descenso controlado: arnés de cuerpo entero con argolla dorsal en D para restricción y detención de caídas, argollas laterales para posicionamiento Norma ANSI | UNIDAD | 1 |
Eslinga de posicionamiento fabricada en reata de poliéster de 1” de ancho, con mosquetón en acero doble seguro estampado en frio, resistente a la tracción y oxidación ¾” de apertura. 5000 lb de resistencia. | UNIDAD | 1 |
ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL – INGENIERO DE CAMPO
DESCRIPCION | UNIDAD | CANTIDAD |
Casco: Debe cumplir con la norma ANSI Z89.1, NTC 1523 y estar certificado. | UNIDAD | 1 |
Barboquejo de tres puntos de apoyo con mentonera | UNIDAD | 1 |
Bota en cuero con puntera de acero norma DIN | UNIDAD | 1 |
Gafas transparentes con protector de alto impacto y absorción xx xxxxx UV. | UNIDAD | 1 |
Protector auditivo tipo tapón con cordón y estuche, nivel de atenuación mínimo de 25 decibeles | UNIDAD | 1 |
Chaleco reflectivo, cintas horizontales y verticales de dos pulgadas con imagen institucional de la CVC y DAGMA | UNIDAD | 1 |
Utilización de equipos y maquinara básicos por cuadrilla, que se compondrá por lo menos de dos (2) motosierras así: una (1) motosierra con espada corta de 40 a 60 cm y una (1) motosierra con espada larga de 90 a 110 cm, Sistema de línea de vida vertical, línea de vida en cuerda de poliéster 50 ó 60 metros con mosquetón de 3/4". Sistemas de cables en cuerdas para ser debidamente ancladas en árbol en un punto superior para de labor desplazamiento vertical (ascenso/descenso), con arrestador de caídas automático y contrapeso de 5.7 Lbs. Debe garantizar una resistencia mínima de 5.000 libras. una cámara digital de mínimo 4 G de memoria y 16 megapixeles, un (1) equipo de telefonía celular con un plan de minutos, GPS de alta precisión y demás equipos y herramientas que se requieran para la correcta ejecución de las actividades.
Utilización de herramienta e insumos por cuadrilla consistente en un machetes con funda para cada operario, escoba plástica para xxxxx, cepillo para barrer, rastrillo metálico (garlanchin) y botiquín de primeros auxilios (botiquín transito reglamentario).
Los EPP (elementos de protección personal) utilizados deben cumplir con las especificaciones técnicas exigidas por la legislación colombiana.
El contratista exigirá los pagos correspondientes de seguridad social tal y como lo exige la ley. Todas las personas que posean una relación laboral o contractual con la empresa contratista deben portar el carné de afiliación a EPS, ARL, Cédula de Ciudadanía y Carné de Identificación de la empresa contratista a la que pertenece.
La interventoría realizara inspecciones técnicas con el fin de verificar el cumplimiento de los requerimientos establecidos en cuanto a afiliación al sistema de seguridad social, normas de seguridad industrial (EPP, herramientas e insumos; y maquinaria y equipo) y dispositivos de seguridad industrial para lo cual utilizara listas de chequeo. De igual manera revisara la presencia de cada uno de los integrantes de la cuadrilla, anotación que se verá reflejada en la bitácora que diligenciara el ingeniero de campo.
7) Información Ciudadana
Para esta actividad se debe realizar un plan de información ciudadana teniendo en cuenta lo siguiente:
a) Localización de los actores sociales:
- Se debe ubicar y contactar a los actores sociales identificados como líderes comunitarios y ambientales en las comunas. Organizaciones comunitarias, Juntas de Acción Comunal, administradores, entre otras y comunidad directamente relacionada con la intervención, incluido el solicitante del tratamiento silvicultural.
El contratista debe identificar el área de influencia social directa del proyecto, teniendo en cuenta la ubicación del barrio y/o sector afectado por la ejecución, que permita garantizar las actividades de gestión social a implementar.
b) Procedimientos
● Información a las Juntas de Acción Comunal: Para el caso de las Juntas de Acción Comunal JAC o JAL, se debe remitir un oficio informando sobre el contrato celebrado con la CVC para desarrollar las actividades de manejo silvicultural del arbolado urbano y la relación de los árboles a intervenir. Se debe indicar además, el inicio de las actividades silviculturales, por parte del contratista, brindar los números telefónicos y contactos que permitan aclarar cualquier inquietud que se pueda presentar.
● Informar a los residentes, comerciantes y comunidad en general, cuya ubicación geográfica ocasione afectación directa por la eliminación o tratamiento silvicultural del arbolado. Esta actividad estará soportada por un registro de firmas de quienes reciben dicha información, formato acta de visita suministrado por la CVC indicando nombre, dirección, teléfono y número de cédula de ciudadanía; no se validará el registro de firmas cuando se compruebe que
personal de servicios generales o vigilancia de edificios y conjuntos residenciales recibieron la información.
En caso de desacuerdo con la comunidad sobre el tratamiento técnico definido, el contratista informará a la CVC para evaluar y tomar una decisión conjuntamente con el DAGMA, con base en las objeciones de la comunidad.
Todas las reuniones se realizarán en salones próximas a las zonas a intervenir. El contratista levantará Acta de reunión externa en el formato CVC, Registro Asistencia formato CVC y anexar registro fotográfico de la reunión celebrada. Es responsabilidad del contratista la consecución del sitio adecuado para la reunión.
Se deben adjuntar los soportes de todas las actividades de información ciudadana en un reporte semanal de actividades sociales, soportes que organizara y será responsable el contratista, así como los informes de programación de actividades sociales enviando copia de programación semanal de los sitios a intervenir a la Interventoría. Finalmente los primeros cinco días de cada mes el contratista presentara a la interventoría un informe mensual soportado en los informes semanales organizados con fechas de intervención y comunas.
8) Capacitación del personal vinculado para la ejecución del contrato
El contratista está obligado a realizar las capacitaciones y entrenamientos necesarios para evitar accidentes y enfermedades profesionales de sus trabajadores. En este sentido, se deberá realizar una inducción a todo el personal vinculado en la ejecución de las actividades contratadas. La inducción incluirá como mínimo el tema de servicio al ciudadano, XXXX, procedimiento y competencias para la atención del manejo silvicultural del arbolado urbano.
Se capacitará sobre las actividades generales a desarrollar, tiempo de duración, seguridad industrial, manejo y mantenimiento técnico de equipos, características técnicas de las actividades, especies frecuentes de manejo integral, comportamiento y presentación en obra, normas de tránsito vehicular y peatonal, importancia de la atención completa y oportuna a la comunidad, etc. Se debe realizar un registro de la realización de estos talleres (Acta, lista de asistencia, registro fotográfico). La responsabilidad de la realización de los mismos corresponde al contratista que resulte favorecido en el proceso de selección, con la supervisión de los profesionales de la interventoría, para lo cual se deberá informar previamente.
9) Lineamientos de Operación
Una vez firmada el acta de inicio del contrato, de manera inmediata el contratista a través del ingeniero identificador (de cada grupo), debe iniciar la avanzada de revisión de los árboles para determinar la ubicación (Georreferenciación) y la existencia de los individuos, así como la definición del riesgo que pueden representar en el momento de efectuar el tratamiento establecido en el concepto técnico. Se diligenciaran los respectivos formatos dispuestos para tal fin.
En caso que los arboles no sean encontrados, de manera inmediata el contratista informara al interventor de forma escrita (físico) la no existencia del individuo y solicitara el cambio de este por otro individuo de similares condiciones.
Por cada grupo, el contratista, remitirá vía correo electrónico a la interventoría, los días lunes de cada semana la programación semanal de las actividades a desarrollar, entre estas, la ubicación (Georreferenciación), información ciudadana, actualización de la base de datos, implementación XXXX; indicando como mínimo: comuna, dirección, conceptos técnicos, árboles a intervenir (medición, información ciudadana), ingeniero o profesional responsable de la actividad, número de celular.
Si se cancela o se adiciona alguna actividad se debe informar de manera inmediata a la Interventoría vía celular y correo electrónico informando las novedades de las actividades a desarrollar.
Cada cuadrilla debe intervenir los árboles programados con los tratamientos notificados a la CVC en la programación semanal. Se debe implementar en cada uno de los sitios de intervención el plan de seguridad industrial y salud ocupacional cumpliendo con la normatividad vigente.
Los ingenieros de campo a cargo de cada cuadrilla deben diligenciar la bitácora y los formatos y registros fotográficos requeridos en el presente estudio previo.
En el caso de las intervenciones de árboles, diariamente el contratista recogerá los residuos vegetales producto de la actividad silvicultural y los trasladara a los sitios definidos para tal fin, aprobados por la CVC o el DAGMA, previa verificación de la Interventoría. Esta actividad se debe realizar en forma inmediata, una vez concluida cada labor y dando cumplimiento con la normatividad ambiental vigente.
10) Afiliación al sistema general de riesgos laborales
El CONTRATISTA, una vez inicie la obra, deberá afiliar al personal vinculado a su servicio a una empresa administradora de riesgos laborales (ARL), garantizando las incapacidades y los gastos por tratamientos médicos, clínicos y/o quirúrgicos a sus trabajadores, originados en accidente de trabajo o enfermedad profesional.
La CVC o la INTERVENTORÍA se reservan el derecho de exigir en cualquier momento las constancias que certifiquen el cumplimiento de esta obligación; de igual manera, la CVC se reserva el derecho de condicionar cualquier pago al CONTRATISTA, a la presentación oportuna de las mencionadas certificaciones.
11) Conservación y protección del medio ambiente
El CONTRATISTA se obliga con la CVC a efectuar y llevar a cabo la obra objeto de esta licitación a proteger la integridad del medio ambiente, a prevenir y controlar sus factores de deterioro tal como se encuentra estipulado en los Artículos 79 y 80 de la Constitución Nacional, la Ley 99 de 1993 y sus decretos reglamentarios.
El contratista durante el desarrollo de los trabajos del proyecto deberá cumplir con todos los requerimientos establecidos en la normatividad ambiental, Código de Recursos Naturales, Ley 99 de 1993, Decreto 2820 del 5 xx Xxxxxx de 2010, Decreto 1713 de 2002, Ley 632 de 2000,
Ley 689 de 2001, Resolución 541 del 14 de diciembre de 1994 del Ministerio del Medio Ambiente, el Decreto 291 de 2005 del Municipio de Santiago de Cali y otros decretos y resoluciones reglamentarias y complementarias de la Ley.
12) Materiales y equipos suministrados por el contratista
El CONTRATISTA se compromete a conseguir oportunamente todos los materiales que se requieran y a mantener permanentemente una cantidad suficiente para no retrasar el desarrollo de los trabajos. Los materiales y demás elementos que el CONTRATISTA emplee en la ejecución de las obras que se le encomiendan, deberán ser de primera calidad en su género y para el fin que se les destina.
El CONTRATISTA escogerá las fuentes de materiales o productos que más le convengan, pero deberá someter a la aprobación del INTERVENTOR por lo menos con quince (15) días calendario de anticipación a la fecha en que los utilizará, muestras representativas en las cantidades indicadas por el INTERVENTOR. Dichas muestras se someterán a ensayos técnicos y/o de laboratorio, para determinar la aceptación de los productos y materiales, cuyos costos serán asumidos por el CONTRATISTA.
El CONTRATISTA no podrá solicitar modificación en los precios unitarios, ni ampliaciones en el plazo de entrega de la obra, ni compensaciones distintas de los precios unitarios estipulados por motivo de la selección y escogencia de la xxxxxx xx xxxxxx para materiales y productos.
13) Disposición De Residuos Vegetales Producto Del Manejo Silvicultural
El contratista deberá recoger los residuos vegetales producto de la actividad silvicultural, repicarlos, chipiarlos y disponerlos en los sitios aprobados por la CVC, previa verificación de la Interventoría. Esta actividad se debe realizar en forma inmediata, una vez concluida cada labor y dando cumplimiento con la normatividad ambiental vigente.
En caso de no lograr el retiro inmediato, el material resultante de las actividades contempladas se dispondrá en el lugar de trabajo de manera que no se disperse por el espacio público. En el evento que no sean retirados de inmediato deben estar delimitados y señalizados de manera adecuada; en todo caso deben ser retirados en un plazo no superior a 24 horas.
El material vegetal de desecho generado por las actividades de tala, poda y control fitosanitario debe disponerse en los sitios autorizados para disposición de residuos. En cualquier caso el material de desecho debe ser retirado de forma inmediata de la obra.
El Interventor verificará el cumplimiento de esta actividad a través de los respectivos documentos que certifiquen el fin dado a dichos residuos vegetales producto del manejo silvicultural. Por lo anterior el contratista deberá presentar en el informe mensual los respectivos soportes de la disposición de los residuos, en donde se especifique el volumen dispuesto, el tipo de material, el uso dado a estos residuos, adicionalmente deberá anexar los documentos que acrediten la autorización del lugar de disposición de los residuos, emitidos por la Autoridad Ambiental competente.
El transporte y la disposición de los residuos se deben realizar acorde con la normatividad vigente. En todos los casos el transporte de los residuos vegetales, debe estar cubierto totalmente.
14) Especificaciones de los vehículos para la disposición de residuos:
Los vehículos utilizados para el transporte de residuos deben contar con equipo de carretera y primeros auxilios, estar en buen estado de mantenimiento mecánico para lo cual deberán presentar el certificado de la revisión técnico mecánica y presentar condiciones óptimas de aseo tanto al interior como el exterior.
15) Informes de actividades
A continuación se relaciona los informes que deben presentar el contratista para cada uno de los grupos de manera independiente.
a) Informes semanales.
Estos informes deben ser presentados los días lunes de cada semana a partir de la iniciación del contrato; deben contener en detalle el avance de las actividades realizadas, relación del equipo operativo y profesional vinculado al proyecto, relación y análisis de obra ejecutada y rendimientos por comuna, correspondiente al periodo del informe; programación semanal, detallada por día, de las actividades a desarrollar, indicando como mínimo: comuna, dirección, conceptos técnicos, árboles a intervenir (ubicación, información ciudadana), ingeniero o profesional responsable de la actividad, número de celular y recomendaciones.
Si se cancela o se adiciona alguna actividad se debe informar de manera inmediata a la interventoría vía celular y correo electrónico informando las novedades de las actividades a desarrollar.
Además debe adjuntar los siguientes soportes:
Soportes de la implementación del Plan de Información Ciudadana.
Cantidad de obra ejecutada según formato entregado por CVC. Relación de los tratamientos silviculturales efectuados por programación, por emergencia y extraordinarios.
Consolidado de árboles intervenidos por comuna
Bitácoras originales de cada uno de los ingenieros residentes.
Ficha de árbol intervenido con registro fotográfico de cada uno de los arboles intervenidos (antes- durante -después) el cual debe tomarse desde el mismo ángulo, siguiendo los lineamentos del instructivo entregado por la interventoría.
Soportes del destino final de los residuos.
Registro fotográfico detallado, comentado y fechado correspondiente a las reuniones comunitarias realizadas, en caso de que a ello hubiere lugar.
Registro fotográfico que evidencie la no existencia de los individuos arbóreos en caso de que a ello hubiere lugar. (Producto que debe diligenciar formato el ingeniero identificador).
El informe de ejecución y sus anexos debe ser presentado en medio impreso y medio digital.
PRODUCTO ENTREGABLE: Doce (12) informes semanales
b) Informes mensuales:
Estos informes deben ser presentados por el o los contratistas para cada uno de los grupos de manera independiente, cada mes a partir de la iniciación del contrato y como requisito para el trámite del pago. Los cuales deben contener como mínimo la siguiente información:
Un informe mensual ejecutivo deben que contener en detalle el avance de las actividades realizadas, relación del equipo operativo y profesional vinculado al proyecto, relación y análisis de obra ejecutada y rendimientos por comuna correspondiente al periodo del informe, problemáticas y recomendaciones.
Además debe adjuntar los siguientes soportes:
Soportes de pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral, Sistema de Riesgos Profesionales, y Parafiscales de todo el personal vinculado al proyecto, correspondientes al periodo del Informe.
El informe de ejecución y sus anexos debe ser presentado en medio impreso y digital. PRODUCTO ENTREGABLE: tres (3) informes mensuales.
c) Informe final
Se elaborará un (1) informe final por el o los contratistas, para cada uno de los grupos de manera independiente, que debe ser presentado al momento de culminar las labores, donde se registre de manera resumida la ejecución de actividades, el cual debe contener:
Un informe final ejecutivo deben que contener en detalle las actividades realizadas, relación del equipo operativo y profesional vinculado al proyecto, relación y análisis de obra ejecutada y rendimientos por localidad, problemáticas y recomendaciones.
Consolidado de la ejecución del Plan de Información ciudadana que incluya las actas firmadas por la comunidad.
Consolidado del Registro fotográfico digital detallado, comentado y fechado correspondiente a las obras ejecutadas y del trabajo comunitario.
Soporte del destino final de los residuos expedido por las Escombreras autorizadas por la Autoridad ambiental competente.
Consolidado de la cantidad de obra ejecutada según formato entregado por Interventoría.
Relación y análisis del registro de la atención al ciudadano a través de llamadas telefónicas, oficios, correos electrónicos y puntos de atención personalizada.
El informe final y sus anexos deben ser presentados en medio impreso y digital.
PRODUCTO ENTREGABLE: Un (1) informe
d) Informes extraordinarios
Corresponden a los informes solicitados por la Interventoría o la CVC cuando lo considere necesario, que también se entregarán en medio impreso y digital.
16) Señalización de seguridad y protección en las zonas de trabajo
Además de lo estipulado en las disposiciones fijadas en las resoluciones del Instituto Nacional de Vías, por la cual se establece el reglamento sobre dispositivos para el control del tránsito en calles y carreteras y la Resolución No. 001937 del 30 xx xxxxx de 1994 por la cual se establece la cantidad mínima de señales temporales a utilizar en calles y carreteras; el manual sobre dispositivos para el control de tránsito en calles y carreteras del mismo Instituto y las normas ICONTEC 1461 y 1462, establece en el presente título las pautas precisas sobre las diversas señales y medidas de protección durante la ejecución de obras para evitar al máximo la accidentalidad que se pueda producir como consecuencia de la ejecución de las obras.
Es responsabilidad absoluta del Contratista garantizar la protección contra los riesgos que se puedan ocasionar, con motivo de los trabajos a realizar tanto, para el personal y equipo dentro de la zona de trabajo, como para las personas y vehículos de terceros, para garantizar una atención adecuada al usuario y minimizar las interrupciones de tránsito.
17) Equipos
El CONTRATISTA suministrará el equipo mínimo requerido en el presente pliego de condiciones y el ofertado para la calificación del factor calidad. Sin embargo, está en la libertad de incrementar el número de máquinas para ejecutar las obras descritas en el pliego de condiciones dentro del plazo indicado.
El CONTRATISTA favorecido deberá suministrar y mantener al frente de la obra el equipo necesario y suficiente, adecuado en capacidad, características y tecnología, para cumplir con los programas, plazos y especificaciones técnicas y ambientales de la obra; por lo tanto, los costos inherentes al equipo serán considerados en el análisis de los precios unitarios de la cotización.
Los equipos, maquinaria, herramientas y sistema de medición y registro que el CONTRATISTA suministre para la construcción, deberán ser adecuados y suficientes para las características y la magnitud del trabajo por ejecutar.
El proponente deberá ofertar y ACREDITAR CON LA PROPUESTA, bien sea la propiedad de la maquinaria y o tenencia bajo la modalidad de leasing financiero. También servirá la presentación de carta firmada por el propietario de la maquinaria acreditando la disponibilidad inmediata.
El Contratista deberá mantener los equipos en óptimas condiciones, con el objeto de evitar demoras o interrupciones debidas a daños en los mismos. La mala calidad de los equipos o los daños que ellos puedan sufrir, no serán causal que exima al Contratista del cumplimiento de sus obligaciones. La CVC se reserva el derecho de exigir a través del Interventor el reemplazo o reparación, por cuenta del Contratista, de aquellos equipos que a su juicio sean inadecuados
o ineficientes o que por sus características no se ajusten a los requerimientos de seguridad o capacidad o sean un obstáculo para el cumplimiento de lo estipulado en los documentos del contrato.
Las condiciones de operación de los equipos deberán ser tales, que no se presenten emisiones de sustancias nocivas que sobrepasen los límites permisibles de contaminación de los recursos naturales, de acuerdo con las disposiciones ambientales vigentes.
Los equipos deberán tener los dispositivos de señalización necesarios para prevenir accidentes de trabajo.
U. Improrrogabilidad del plazo de ejecución y excepciones
El plazo de ejecución del contrato es improrrogable, salvo por el incumplimiento de la CVC en algún compromiso que afecte el normal desarrollo de los trabajos, fuerza mayor o caso fortuito comprobado o por razón de obras adicionales autorizadas.
Si como consecuencia de la construcción de obras extras o adicionales de cualquier clase, o por circunstancias de fuerza mayor o especiales de cualquier naturaleza el CONTRATISTA requiere una prórroga al término de duración del contrato, así se lo hará saber por escrito motivado al INTERVENTOR, quien una vez estudie las razones y los hechos expuestos que fundamentan dicha solicitud deberá determinar si hay o no lugar a ella; el INTERVENTOR emitirá un concepto que será remitido a la CVC.
En el evento de concederse la prórroga solicitada, se formulará un contrato adicional en el que se modificará la cláusula correspondiente al plazo de ejecución del contrato y el CONTRATISTA tendrá la obligación de llevar a cabo las modificaciones y actualizaciones de la vigencia de la garantía única del contrato, las cuales deberán contar con la aprobación de la Oficina Asesora de Jurídica, de la CVC.
No habrá prórroga del plazo estipulado por causas de orden meteorológico, salvo cuando éstas pongan en peligro la calidad o estabilidad de las obras, o exista la posibilidad de daños a terceros.
El CONTRATISTA suministrará dentro de un plazo perentorio establecido por la INTERVENTORÍA, los documentos actualizados que conforman el cronograma definitivo de trabajo.
Los contratos adicionales requerirán de las solemnidades usuales a que hubiere lugar acorde con el contrato principal.
V. Suspensiones provisionales de los trabajos.
Por causas ajenas al CONTRATISTA y que supediten la continuación de todos los trabajos al cumplimiento, mejoramiento o solución de situaciones que sean responsabilidad de la CVC y que además no ameriten la suscripción de un contrato adicional que prorrogue el plazo del contrato, se podrán suscribir actas de suspensión provisional del contrato, las cuales serán
acordadas en consenso entre la CVC, la INTERVENTORÍA y el CONTRATISTA, previa solicitud por parte del CONTRATISTA a la INTERVENTORIA.
Una vez que se normalice la situación que generó la suspensión, se procederá de inmediato a suscribir un Acta de Reinicio de los trabajos.
El CONTRATISTA estará obligado a realizar las actualizaciones de la Garantía Única, teniendo en cuenta para su vigencia el período en que los trabajos estuvieron suspendidos. De igual forma, el CONTRATISTA suministrará dentro de un plazo perentorio establecido por la INTERVENTORÍA, los documentos actualizados que conforman el cronograma definitivo de trabajo.
Situaciones que tengan que ver con pagos, en ningún momento constituirán motivos para suscribir actas de suspensión
W. Prórroga y/o ampliación del plazo del contrato.
Si por circunstancias de fuerza mayor y/o especiales de cualquier naturaleza el CONTRATISTA requiere una ampliación al término de duración del contrato, se lo hará saber al INTERVENTOR a través de escrito motivado, quién una vez estudie las razones y hechos que fundamenten tal solicitud, debe determinar si hay lugar a ella.
La solicitud de prórroga al plazo debe ser enviada por el CONTRATISTA a más tardar con quince (15) días calendario de anticipación a la fecha de vencimiento del plazo del contrato.
La CVC podrá autorizar la ampliación del plazo del Contrato una vez estudiado el concepto del INTERVENTOR, a través de la suscripción de un contrato adicional y solo por las siguientes causas:
a. Por complementación del objeto contratado o ampliaciones de los alcances de los trabajos que puedan causar demora en el desarrollo de los mismos.
b. Si se presentan las causales de fuerza mayor o caso fortuito definidas por la ley.
c. Otras que se consideren suficientes para conceder la prórroga, previamente evaluadas y aceptadas por el INTERVENTOR y la CVC.
Cumplido lo anterior, para las modificaciones relacionadas con el plazo se debe elaborar un acta, la cual será suscrita por el CONTRATISTA y el INTERVENTOR con el Xx.Xx. de la CVC, en la cual se consignarán las causas que motivan la prórroga; posteriormente se formulará el contrato adicional en donde, entre otras, se consignará la obligación por parte del CONTRATISTA de ampliar el término de las vigencias de la garantía única que ampara las obligaciones contractuales.
Todos los contratos adicionales que se suscriban en desarrollo de los trabajos cumplirán con las solemnidades del contrato inicial, por lo que deben ser perfeccionados y legalizados tal y como se estableció para el contrato principal o inicial
X. Adición del valor del contrato.
Cuando sea necesario modificar las cantidades o el valor contractual se podrá suscribir un contrato adicional que no deberá exceder el cincuenta por ciento (50%) del valor inicial del contrato, expresado éste en términos de Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes en el momento de la adición.
Para los anteriores efectos, el CONTRATISTA y el INTERVENTOR formularán una comunicación escrita en la cual se justificarán las modificaciones y/o adiciones del contrato, la cual será remitida con suficiente antelación a la CVC, para efectos de que ésta última haga los análisis y revisiones pertinentes y proceda a manifestar su conformidad o no ante tal situación.
La CVC no reconocerá suma alguna por efectos de obras o cantidades adicionales que ejecute el CONTRATISTA, si ellas no cuentan con la debida autorización expresa de la CVC, la disponibilidad presupuestal previa y la suscripción del contrato adicional correspondiente. El INTERVENTOR no tendrá potestad para autorizar este tipo de trabajos, sin contar con la debida autorización de la CVC. Además, solo podrán suscribirse contratos adicionales siempre y cuando no haya vencido el plazo de ejecución del contrato principal.
Los contratos adicionales requerirán de las solemnidades usuales a que hubiere lugar acorde con el contrato principal
Y. Cantidades de obra.
Las cantidades del total de los individuos a intervenir por grupo serán entregados por la CVC. Sobre el entendido que los individuos arbóreos son dinámicos las cantidades de de individuos a intervenir puede variar durante la ejecución de los trabajos, pero su cambio no implicará ningún reajuste en los precios unitarios. El contratista de obra y la Interventoría deberán revisar la existencia de los individuos, previo inicio de las actividades enmarcadas en la presente contratación. En caso de ser necesario y de acuerdo con las condiciones del sitio, se realizarán los ajustes en cuanto a cantidades de obra y diseños.
Los precios unitarios o los precios por sumas globales que figuran en el formulario de cantidades y precios y los precios nuevos pactados como lo prevé el presente pliego de condiciones, serán los únicos que se aplicarán para las actas de recibo o liquidación parcial y para la liquidación final del contrato.
Z. Comité Técnico
Mensualmente se realizara comité técnico al cual deberán asistir el CONTRATISTA, INTERVENTORIA y el SUPERVISOR de CVC, a fin de tratar los temas inherentes a la obra en ejecución.
AA. Defectos de ejecución
El CONTRATISTA o su Garante serán responsables por la reparación de todos los defectos de ejecución que puedan comprobarse con posterioridad a la liquidación del contrato, efectuados por la mala intervención a los individuos. Así mismo, se obliga a llevar a cabo bajo su costo todas las reparaciones y reemplazos que se ocasionen por estos conceptos.
BB. Indemnidad
El CONTRATISTA mantendrá indemne a la CVC por razón de reclamos, demandas, acciones legales y costos que surjan como resultado del uso por parte del CONTRATISTA, de patentes, diseños o derechos de autor que sean propiedad de terceros.
El CONTRATISTA mantendrá indemne a la CVC contra todo reclamo, demanda, acción legal y costo que pueda causarse o surgir por daños o lesiones a personas o propiedades de terceros, ocasionados por el CONTRATISTA, sus SUBCONTRATISTAS o sus proveedores durante la ejecución de los trabajos objeto del contrato y terminados éstos, durante su permanencia en la obra y hasta la liquidación definitiva del contrato.
Se consideran como hechos imputables al CONTRATISTA todas las acciones u omisiones de su personal y de sus SUBCONTRATISTAS y proveedores y del personal al servicio de cualquiera de ellos, los errores y defectos de sus diseños, materiales, obra de mano y en general cualquier incumplimiento de sus obligaciones contractuales.
En caso de que se entable un reclamo, demanda o acción legal contra la CVC por asuntos que según el contrato sean de responsabilidad del CONTRATISTA, éste será notificado lo más pronto posible de ellos para que por su cuenta adopte oportunamente las medidas previstas por la ley para mantener indemne a la CVC El CONTRATISTA será responsable ante la CVC de todos los daños causados a las propiedades de la CVC, ya sea por culpa de él directamente o del personal a su servicio, de sus SUBCONTRATISTAS, de sus proveedores y le reconocerá y pagará el valor de tales daños o procederá a repararlos debidamente a satisfacción de la CVC.
CAPITULO VI ESPECIFICACIONES TECNICAS
1. ALCANCE
El contrato que se pretende celebrar, tendrá por objeto “REALIZAR LAS ACTIVIDADES DE MANEJO DEL ARBOLADO URBANO UBICADO EN ESPACIO PUBLICO POR SU GENERACIÓN DE RIESGO EN LAS 22 COMUNAS DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI”
La adjudicación se hará por grupos que se conforman por comunas, cantidad a podar, talar o para control fitosanitario (Grupos I, II, III, IV y V), así:
GRUPO I (Conformado por las comunas 1-3-4-5-6-7)
PODA | TALA | TOTAL | |||
RANGOS ALTURA TOTAL | ARBOLES | PALMAS | ARBOLES | PALMAS | |
6,1 A 12 MTS | 1000 | 316 | 000 | 00 | 0000 |
12,1 A 18 MTS | 1125 | 51 | 223 | 34 | 1433 |
>A 18,1 MTS | 130 | 2 | 30 | 1 | 163 |
2255 | 369 | 000 | 00 | 0000 |
Total individuos para poda: 2624 Total individuos para tala: 993 Total individuos a intervenir: 3617
GRUPO II (Conformado por la comuna 17)
PODA | TALA | TOTAL | |||
RANGOS ALTURA TOTAL | ARBOLES | PALMAS | ARBOLES | PALMAS | |
6,1 A 12 MTS | 1000 | 224 | 150 | 5 | 1379 |
12,1 A 18 MTS | 1051 | 35 | 346 | 41 | 1473 |
>A 18,1 MTS | 136 | 1 | 42 | 4 | 183 |
2187 | 260 | 538 | 50 | 3035 |
Total individuos para poda: 2447 Total individuos para tala: 588 Total individuos a intervenir: 3035
GRUPO III (Conformado por las comunas 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16)
PODA | TALA | TOTAL | |||
RANGOS ALTURA TOTAL | ARBOLES | PALMAS | ARBOLES | PALMAS | |
6,1 A 12 MTS | 1055 | 251 | 778 | 24 | 2108 |
12,1 A 18 MTS | 831 | 33 | 268 | 12 | 1144 |
>A 18,1 MTS | 56 | 0 | 9 | 2 | 67 |
1942 | 284 | 1055 | 38 | 3319 |
Total individuos para poda: 2226 Total individuos para tala: 1093 Total individuos a intervenir: 3319
GRUPO IV (Conformado por la comuna 17)
PODA | TALA | TOTAL | |||
RANGOS ALTURA TOTAL | ARBOLES | PALMAS | ARBOLES | PALMAS | |
6,1 A 12 MTS | 1000 | 549 | 175 | 6 | 1730 |
12,1 A 18 MTS | 998 | 38 | 167 | 4 | 1207 |
>A 18,1 MTS | 253 | 3 | 23 | 2 | 281 |
2251 | 590 | 365 | 12 | 3218 |
Total individuos para poda: 2841 Total individuos para tala: 377 Total individuos a intervenir: 3218
GRUPO V (Conformado por las comunas 18, 19, 20, 21 y 22)
PODA | TALA | TOTAL | |||
RANGOS ALTURA TOTAL | ARBOLES | PALMAS | ARBOLES | PALMAS | |
6,1 A 12 MTS | 1000 | 344 | 000 | 00 | 0000 |
12,1 A 18 MTS | 916 | 100 | 279 | 7 | 1302 |
>A 18,1 MTS | 174 | 26 | 55 | 6 | 261 |
2090 | 470 | 000 | 00 | 0000 |
Total individuos para poda: 2560 Total individuos para tala: 685 Total individuos a intervenir: 3245
GRUPO VI. Cantidad de Individuos (Arboles y Palmas) par control fitosanitario integral (Poda de ramas secas, enfermas y de formación, limpieza de Tillandsia recurvata, control de plagas y enfermedades)
Grupo | Comunas | Cantidad de árboles para Manejo Fitosanitario |
VI | Las 22 comunas | 982 |
TOTAL | 982 |
2. ESPECIFICACIONES
Para la ejecución de las labores silviculturales preventivas, a los arboles priorizados que generan riesgo en las 22 Comunas del municipio de Santiago de Cali, se deberán tener en cuenta las siguientes operaciones, cuya definición también están referidas en la Resolución 4133.0.21.259 de 27 xx xxxxx de 2014 del DAGMA actualizada de acuerdo al incremento salarial del año 2015:
2.1 Criterios técnicos para el manejo silvicultural
A) PODA Y TALA DE ARBOLES (Aplica para los Grupos I, II, III, IV y V)
Las actividades relacionadas con el mantenimiento preventivo, mediante la poda de árboles y la tala, se deberán realizar bajo parámetros de seguridad y técnicas silvícolas que garanticen el manejo de las condiciones de los árboles, y en caso de daño a terceros la responsabilidad será asumida por el contratista; incluye las siguientes operaciones unitarias:
Diagnóstico de los árboles: evaluación previa que debe realizar un ingeniero forestal sobre el estado de los árboles para valorar el riesgo y establecer las acciones de manejo silvicultural más apropiadas desde el punto de vista técnico y ambiental. Es importante advertir que se trata de árboles urbanos, que además de garantizar su estructura corpórea, se debe facilitar su desarrollo dado que brindan servicios ambientales.
Poda de realce. Consiste en cortar las ramas bajas, con crecimiento en dirección al suelo, para permitir, además del ingreso de luz y la circulación de los flujos de vientos, espacios dentro del arbolado para facilitar el fácil flujo de personas y vehículos, en especial estos últimos.
Poda de formación aérea. Actividad que busca mantener la estructura externa natural del árbol, mediante el corte de ramas verticales y ramas entrecruzadas que puedan tener contacto con redes aéreas de servicios públicos.
Podas de equilibrio. Se trata de corregir desbalances en la estructura aérea de los arboles (follaje aéreo).
Eliminación de ramas enfermas: Retiro de ramas afectadas por el ataque de plagas, enfermedades o desbalances nutricionales, mediante la realización xx xxxxxx desde la base de la rama y siguiendo los procedimientos técnicos adecuados para evitar que se incorporen nuevas afectaciones al árbol.
Eliminación de ramas secas. Corte de ramas secas o muertas. Hay que evitar la confusión que pueda ocasionar con los árboles que ofrecen defoliaciones parciales o totales, en algunos periodos del año.
Como regla general, no se debe cortar más de la quinta parte del follaje de árboles adultos; realizar cortes que favorezcan la compartimentación de las heridas, para lo cual se debe respetar la arruga de la corteza y el collar o cuello de la rama; en labores de despunte, se debe dejar una rama lateral o “tirasavia” (Rama lateral que se deja al cortar una rama de orden superior) lo suficientemente gruesa; utilizar la herramienta apropiada y emplear personal, equipo y técnicas adecuadas.
Tala: Eliminación de los árboles que se encuentran en conflicto insalvable en el espacio urbano o que presentan problemas físicos y sanitarios que generan riesgos inminentes para la ciudadanía. El tocón se debe dejar a ras del piso y dejarlo picado para evitar rebrotes.
Cicatrización: Aplicación de cicatrizante hormonal en los cortes realizados en las labores de poda; igualmente en los cortes realizados como corrección de labores silviculturales ejecutadas en mantenimientos anteriores.
Plagas. Es obligación del contratista reportar las plagas que se detecten en los árboles.
Acopio y repique: Recolección de los residuos resultantes de las labores anteriores y acomodamiento en sitios donde se facilite el repique de follaje y de ramas; dependiendo del diámetro de las mismas, esta operación debe hacerse con motosierra o herramientas adecuadas para este tipo de actividades. A su vez, los residuos repicados deberán ser acopiados en sitios donde se facilite su trituración con el Chiper y su recolección para su disposición final por parte del ejecutor, dejando la zona donde se intervino, totalmente libre de residuos.
Disposición Final: Transporte del material vegetal producto de la labor silvicultural ejecutada debe ser realizado en un plazo máximo de máximo 24 horas después de efectuado el mantenimiento, cumpliendo con la normatividad vigente para esta actividad. Queda totalmente prohibida la venta y/o quema de dicho material, por lo que en caso de presentarse situaciones indeseables de incendios, el contratista deberá asumir los costos de recuperación de las zonas verdes, árboles e infraestructura afectada.
Socialización: Realización de actividades de divulgación de las acciones contempladas en el contrato con actores sociales locales como J.A.L., J.A.C., Comités Ambientales y Gestores Ambientales entre otros; la programación de estas reuniones deberá ser entregada previamente a la CVC. De todas las reuniones de socialización del contrato, se deberá levantar el acta correspondiente, anexando el registro de asistencia y el registro fotográfico.
Informes semanales: Elaboración y entrega de informes semanales de avance en físico y digital, donde se registre las actividades realizadas, acompañadas del registro fotográfico de cada uno de los individuos forestales intervenidos mostrando el estado antes y después, indicando la ubicación de cada uno utilizando el sistema GPS. Este informe deberá traer adjunto el formato del ACTA DE NOTIFICACIÓN E INFORME TÉCNICO DE CAMPO entregado por la CVC.
B) CONTROL FITOSANITARIO DE ARBOLES (Aplica para el Grupo VI)
Las actividades relacionadas con el mantenimiento mediante control fitosanitario preventivo de árboles, se deberán realizar bajo parámetros de seguridad y técnicas de control de plagas y enfermedades para evitar el deterioro de los árboles y su función dentro del arbolado y la estructura urbana. En caso de daño a terceros, la responsabilidad será asumida por el contratista; incluye las siguientes operaciones unitarias:
Diagnóstico de los árboles: evaluación previa que debe realizar un ingeniero forestal sobre el estado de los árboles para valorar el riesgo y establecer las acciones de manejo silvicultural más apropiadas desde el punto de vista técnico y ambiental. Es importante advertir que se trata de árboles urbanos, que además de garantizar su
estructura corpórea, se debe facilitar su desarrollo dado que brindan servicios ambientales.
Poda: Eliminación parcial o total de ramas indeseadas de los árboles con el fin de mejorar sus condiciones de desarrollo; así mismo dar forma deseadas, aunque esta práctica puede tener efectos sobre los mecanismos de supervivencia del árbol y en otros casos reducir la vulnerabilidad a los ataques de plagas y enfermedades. En árboles adultos el porcentaje de remoción no debe superar el 20% del volumen total del follaje.
Limpieza de Tillandsia recurvata: Epifita que coloniza los brotes de las ramas de primer año y las ramas de árboles adultos, afectando la función natural de fotosíntesis y puede contribuir al proceso de muerte progresiva del árbol. Se eliminaran mecánicamente utilizando una rasqueta o medialuna.
Eliminación de ramas enfermas: Es conveniente eliminarlas, efectuando el corte desde la base de la rama y siguiendo los procedimientos técnicos adecuados para evitar que se incorporen nuevas enfermedades al árbol.
Eliminación de ramas secas. Debe eliminarse toda rama seca. Hay que evitar la confusión que se pueda ocasionar con los árboles que ofrecen defoliaciones parciales o totales en algunos periodos del año.
Como regla general, no se debe cortar más de la quinta parte del follaje vivo del árbol adulto; realizar cortes que favorezcan la compartimentación de las heridas, para lo cual se debe respetar la arruga de la corteza y el collar o cuello de la rama; en labores de despunte, se debe dejar una rama lateral o “tirasavia” (Rama lateral que se deja al cortar una rama de orden superior)lo suficientemente gruesa; utilizar la herramienta apropiada y emplear personal, equipo y técnicas adecuadas.
Curación de tallos con problemas de necrosis, como síntoma de enfermedades en los árboles. Se busca recuperar los arboles con valor paisajístico y ambiental, utilizando para ello productos y dosis adecuados a las condiciones de los árboles. Debe realizarlo un profesional con experiencia comprobada.
Plagas y enfermedades. Población de Insectos, hongos y bacterias que por la intensidad del daño generan defoliaciones y muerte parcial o total de los árboles; así mismo puede trascender a otros árboles. Es obligación del contratista realizar el control de las plagas y enfermedades que se detecten en los árboles.
Desbalances nutricionales. Es deber del contratista realizar la intervención del árbol mediante la aplicación de inyección xilematica y fertilización que permitan la recuperación del árbol. Se debe realizar un evaluación al final del procedimiento.
Acopio y repique: Recolección de los residuos resultantes de las labores anteriores y acomodamiento en sitios donde se facilite el repique de follaje y de ramas; dependiendo del diámetro de las mismas, esta operación debe hacerse con motosierra o herramientas adecuadas para este tipo de actividades. A su vez, los residuos repicados deberán ser
acopiados en sitios donde se facilite su recolección para su disposición final por parte del ejecutor, dejando la zona verde libre de residuos.
Disposición Final: Transporte del material repicado desde los lugares de acopio temporal hasta los sitios de disposición final autorizados, en un plazo máximo de máximo 24horas después de efectuado el mantenimiento. Queda totalmente prohibida la venta y/o quema de dicho material, por lo que en caso de presentarse situaciones indeseables de incendios, el contratista deberá asumir los costos de recuperación de las zonas verdes, árboles e infraestructura afectada.
Socialización: Realización de actividades de divulgación de las acciones contempladas en el contrato con actores sociales locales como J.A.L., J.A.C., Comités Ambientales y Gestores Ambientales entre otros. De todas las reuniones de socialización, se deberá levantar el acta correspondiente, anexando el registro de asistencia y el registro fotográfico.
Informes semanales: Elaboración y entrega de informes semanales de avance de las actividades realizadas, acompañadas del registro fotográfico de cada uno de los individuos forestales intervenidos mostrando el estado antes y después de la realización de las actividades y la ubicación de cada uno de los mismos individuos por medio de georreferenciación. Este informe deberá traer adjunto el formato del ACTA DE NOTIFICACIÓN E INFORME TÉCNICO DE CAMPO entregado por la CVC
Glosario técnico de referencia
SIGA: Sistema de Información para la Gestión del arbolado Urbano
Actualización SIGA: Actividad que involucra la creación y/o eliminación de registros del arbolado urbano ubicado en espacios de uso público, siguiendo la metodología, protocolos y lineamientos establecidos por la autoridad ambiental competente, para tal fin.
Atención de emergencias: Medidas y acciones de respuesta frente a la ocurrencia de un evento perturbador, tendientes a auxiliar a las víctimas, reducir el daño derivado del mismo y facilitar la recuperación, mediante la acción coordinada de distintas entidades públicas, el sector privado y la comunidad.
Base de Datos: Es un conjunto de datos pertenecientes a un mismo contexto y almacenados sistemáticamente para su posterior uso.
Bitácora: Libro donde se consignan y se describen diariamente las actividades ejecutadas durante la jornada, concepto técnico, relación de los árboles intervenidos, dirección, estado del clima, verificación de nidos, relación de los operarios y eventualidades.
Concepto técnico de manejo silvicultural del arbolado urbano: Documento técnico, posterior a la evaluación, que soporta la decisión de viabilizar la intervención del arbolado, bien sea por razones de su ubicación, estado físico y/o sanitario, o porque estén causando perjuicio a la estabilidad de los suelos, canales de agua, edificaciones o infraestructura. Cuando se trate de emergencias, se actuará de inmediato.
Tocón: Parte del tronco de un árbol que queda unida a la raíz cuando lo talan en la base.
Emergencia: Situación anormal que amerita una atención especializada inmediata, para corregir la afectación causada por un evento no programado.
Georreferenciación: Posicionamiento en el que se define la localización de un objeto espacial (representado mediante punto, vector, área, volumen) en un sistema de coordenadas y Datum determinado, siguiendo la metodología, protocolos y lineamientos establecidos por la entidad competente.
Atención Programada. Atención que obedece a un cronograma y a una organización espacial, conforme a los conceptos técnicos notificados por la Autoridad Ambiental competente.
Atención de Emergencia Inmediata. Atención inmediata que se efectúa cuando el (los) individuo(s) representan alto riesgo de volcamiento o daño a personas, bienes públicos o privados, así como la circulación vehicular o peatonal. Igualmente, aplica para los árboles derribados por causas ambientales, antrópicas o mecánicas.
Atención de Árboles Especiales. La atención de árboles especiales, corresponde a individuos que para su tratamiento requieren el apoyo de herramientas o maquinaria especializada, tales como bloqueos y traslados, desenraizado (retiro de porción de raíz y fuste de árboles talados), cirugías, podas sanitarias y talas que requieran la utilización de maquinaria especializada (grúa telescópica y/o carro canasta, entre otros).
3. Interventoría y/o supervisión
El interventor debe ejercer un control integral o técnico, administrativo, financiero, contable o jurídico sobre el contrato, para lo cual, podrá en cualquier momento, exigir al contratista la información que considere necesaria, así como la adopción de medidas para mantener, durante el desarrollo y ejecución del contrato, las condiciones técnicas, económicas y financieras existentes al momento de la celebración del mismo.]
El Contratista debe acatar las órdenes que le imparta por escrito, el interventor. No obstante, si el Contratista no está de acuerdo con las mismas debe manifestarlo por escrito al interventor, con copia a la CVC, antes de proceder a ejecutar las órdenes. En caso contrario, responderá solidariamente con el interventor si del cumplimiento de dichas órdenes se derivan perjuicios para la CVC.
Si el Contratista rehúsa o descuida cumplir cualquier orden escrita del interventor, éste le notificará por escrito sobre el incumplimiento de dicha orden, señalando específicamente las omisiones o infracciones y exigiendo su cumplimiento. Si esta notificación no surte ningún efecto dentro de un plazo cinco días hábiles, el interventor comunicará dicha situación a la CVC para que este tome las medidas que considere necesarias.
El interventor debe documentar las causas o motivos del incumplimiento que llegue a presentarse.
3.1. Listas De Chequeo
La interventoría implementará una lista de chequeo y deberá incluirla en el Plan de Trabajo propuesto. Esta lista de chequeo tiene como objeto la verificación de cada uno de los aspectos establecidos como obligaciones y que se cumplan estrictamente, conforme lo establecido en el contrato.
3.2. CUMPLIMIENTO DE AFILIACIÓN DEL CONTRATISTA AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL, Y SISTEMA DE RIESGOS LABORALES (Revisión realizada por cuadrilla)
Este ítem se verificará la segunda semana de cada mes, de manera que cada integrante de las cuadrillas (ingeniero de campo y operarios de altura y no especializados (de piso) tendrá una calificación de acuerdo con la entrega a la interventoría de la fotocopia de inscripción al sistema social en salud, pensión y ARL de la siguiente manera:
Fotocopia de Inscripción o carné ARL, relacionando el nivel de riesgo, de acuerdo con la actividad que desarrolla la persona afiliada
VERIFICACION | CUMPLE | NO CUMPLE |
Pago salud periodo correspondiente | ||
Pago pensión periodo correspondiente | ||
Pago ARL periodo correspondiente |
En caso de incumplimiento de alguno de los parámetros solicitados por la interventoría, al contratista se le aplicara la declaratoria de incumplimiento del contrato
3.3. CUMPLIMIENTO DE NORMAS DE SEGURIDAD INDUSTRIAL POR PARTE DEL CONTRATISTA. ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL (Especificaciones de acuerdo con el presente estudio técnico). REVISIÓN POR CUADRILLA
ELEMENTOS DE PROTECCION REQUERIDOS OPERARIOS DE PISO | ||
DESCRIPCIÓN | CUMPLE | NO CUMPLE |
Casco: Debe cumplir con la norma ANSI Z89.1, NTC 1523 y estar certificado. | ||
Barboquejo de tres puntos de apoyo con mentonera | ||
Gafas transparentes con protector de alto impacto y absorción xx xxxxx UV. | ||
Overol en PVC 3 piezas (Capucha-chaqueta y pantalón) elaborado en tela de poliéster recubierta con PVC, con imagen institucional de CVC y DAGMA | ||
Overol en dos piezas elaborado en drill, con imagen institucional | ||
Bota en cuero con puntera de acero norma DIN | ||
Guante de vaqueta corto reforzado en la palma y los 5 dedos, tipo ingeniero. En hilo industrial y doble costura en el refuerzo. | ||
Protector auditivo tipo tapón con cordón y estuche, nivel de atenuación mínimo de 25 decibeles | ||
ELEMENTOS DE PROTECCION REQUERIDOS OPERARIOS DEL ALTURAS | ||
OPERARIOS DE ALTURA | CUMPLE | NO CUMPLE |
Barboquejo de tres puntos de apoyo con mentonera | ||
Gafas transparentes con protector de alto impacto y absorción xx xxxxx UV. | ||
Overol en PVC 3 piezas (Capucha-chaqueta y pantalón) elaborado en tela de poliéster recubierta con PVC, con imagen institucional de la CVC Y DAGMA |
Overol en dos piezas elaborado en drill, con imagen Institucional de la CVC y el XXXXX | ||
Xxxx en cuero con puntera de acero norma DIN | ||
Kit de seguridad para motosierrista (casco profesional completo con visor, protector auditivo y de cuello y filtro solar, guantes de seguridad, con palma y dedos reforzados de cuero, cierre con velcro, pantalón para motosierra con 09 capas de nylon que impiden de la cadena de la motosierra llegue a tocar la pierna del motosierrista) | ||
Sistema de línea de vida vertical, línea de Vida en cuerda de poliéster 50-60 mts con mosquetón de 3/4". Sistemas de cables en cuerdas para ser debidamente ancladas en árbol en un punto superior para de labor desplazamiento vertical (ascenso/descenso), con Arrestador de caídas automático y contrapeso de 5.7 Lbs. Debe garantizar una resistencia mínima de 5.000 libras. | ||
Arnés multipropósito para descenso controlado: arnés de cuerpo entero con argolla dorsal en D para restricción y detención de caídas, argollas laterales para posicionamiento Norma ANSI | ||
Eslinga de posicionamiento fabricada en reata de poliéster de 1” de ancho, con mosquetón en acero doble seguro estampado en frio, resistente a la tracción y oxidación ¾” de apertura. 5000 lb de resistencia. | ||
ELEMENTOS DE PROTECCION REQUERIDOS PERSONAL INGENIERO | ||
DESCRIPCION | CUMPLE | NO CUMPLE |
Casco: Debe cumplir con la norma ANSI Z89.1, NTC 1523 y estar certificado. | ||
Barboquejo de tres puntos de apoyo con mentonera | ||
Bota en cuero con puntera de acero norma DIN | ||
Gafas transparentes con protector de alto impacto y absorción xx xxxxx UV. | ||
Protector auditivo tipo tapón con cordón y estuche, nivel de atenuación mínimo de 25 decibeles | ||
Chaleco reflectivo, cintas horizontales y verticales de dos pulgadas con imagen institucional de la CVC y DAGMA |
Este ítem se verificará una vez por semana y por cuadrilla, los requisitos los deben cumplir los integrantes de cada cuadrilla. El incumplimiento por parte de un operario en un elemento ocasionará que el operario no pueda ingresar a trabajar el día de la revisión hasta tanto no tenga o porte debidamente cada elemento de seguridad.
Los elementos de trabajo en altura deberán tener una hoja de vida en donde se relacione la cantidad de horas de uso de cada uno de los elementos y el estado físico de los mismos. (Res 003676- 2008 “Reglamento Técnico de Trabajo Seguro en Alturas. Ministerio de Protección Social).
En caso que el interventor evidencie que los operarios y profesionales no cuentan con los elementos de protección requeridos este deberá aplicar al contratista la declaratoria de incumplimiento del contrato.
3.4. HERRAMIENTAS E INSUMOS (de acuerdo con el presente estudio previo)
HERRAMIENTAS E INSUMOS | |||
ITEM | DESCRIPCION DEL BIEN Y/O PRODUCTO | CUMPLE | NO CUMPLE |
1 | Machete y funda de 20”” | ||
3 | Escoba plástica para xxxxx | ||
4 | Rastrillo metálico (garlachin) | ||
5 | Cepillo tipo de Edis | ||
6 | Botiquín de primeros auxilios (botiquín transito reglamentario). | ||
7 | cicatrizante |
Esta verificación se realizará la primera y tercera semana de cada mes por cuadrilla y se calificará así:
En el caso de encontrarse que alguno de los operarios (altura y piso) no cuentan con sus respectivos herramientas, el interventoría, deberá aplicar al contratista declaratoria de incumplimiento del contrato.
3.5. EQUIPOS Y MAQUINARIAS (de acuerdo con el presente estudio previo)
EQUIPOS Y MAQUINARIA | |||
ITEM | DESCRIPCION DEL BIEN Y/O PRODUCTO | CUMPLE | NO CUMPLE |
1 | Motosierra espada de 40 a 60 cm/ 18” | ||
2 | Motosierra espada de 90 a 110 cm/ 36” | ||
3 | Chiper | ||
4 | Cámara digital memoria de mínimo 16 megapixeles | ||
5 | Telefonía celular: un (1) equipo | ||
6 | GPS Alta precisión |
Esta verificación se realizará la primera y tercera semana de cada mes por cuadrilla, Cuando en el momento de la revisión no se evidencia la existencia de dos (2) motosierras, la cámara digital, GPS y el equipo de telefonía celular; la interventoría, deberá aplicar al contratista declaratorio de incumplimiento del contrato.
3.6. DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD INDUSTRIAL (por cuadrilla) (De acuerdo con el presente estudio previo)
ITEM | DESCRIPCIÓN DEL BIEN Y/O PRODUCTO | CUMPLE | NO CUMPLE |
1 | Cono de seguridad de 90 cms. En PVC Naranja Fluorescente confranjas reflectivas de 2” | ||
2 | Paleta PARE SIGA de 0.30 m. * 0.30 m. Octogonal, con reflectivo |
3 | Cinta de señalización Peligro, calibre 4, 10 centímetros de ancho, 500 metros de largo. | ||
4 | Xxxxxxx o señalizadores tubulares, con protector UV para evitar su decoloración de 120 cms, con mínimo dos orificios o pasadores que permitan canalizar cintas demarcadoras, con dos cintas retroreflectivas blancas de 3" de ancho, diámetro 2". – “Coxxxxxxxx” | ||
0 | Xxxxx xóvil de lámina, Pendón o Baner con Bolsillo. Dimensiones de 1,20 * 1,20m (Especificaciones Técnicas de acuerdo a manual de identidad visual en obra del IDU) x Xxxxxx o Baner | ||
6 | Señal reglamentaria temporal de velocidad máxima permitida de 30 Km, de acuerdo a las especificaciones técnicas del Manual sobre dispositivos para la regulación del tránsito en calles y carreteras del INVIAS. | ||
7 | Señal preventiva temporal de reducción asimétrica de la calzada derecha, de acuerdo a las especificaciones técnicas del Manual sobre dispositivos para la regulación del tránsito en calles y carreteras del INVIAS. | ||
8 | Señal preventiva temporal de reducción asimétrica de la calzada izquierda, de acuerdo a las especificaciones técnicas del Manual sobre dispositivos para la regulación del tránsito en calles y carreteras del INVIAS. | ||
9 | Chaleco reflectivo , cintas horizontales y verticales de dos pulgadas (Especificaciones técnicas de acuerdo a lo establecido por la CVC), con imagen institucional de la CVC y el DAGMA | ||
10 | Pito metálico |
Esta verificación se hará una vez a la semana y por cuadrilla. En caso que al momento de hacer la revisión no se encuentre cualquiera de los elementos anteriormente mencionados o presente un grado de deterioro tal que impida su normal funcionamiento al no garantizar la seguridad e integridad de los usuarios, peatones y trabajadores, el interventor aplicara al contratista la declaratoria de incumplimiento.
3.7. Verificación de retiro de residuos vegetales producto del manejo silvicultural
Esta revisión se realizará diariamente en todos y cada uno de los puntos atendidos por el contratista, donde se revisará que efectivamente no existan residuos vegetales producto del manejo silvicultural (los residuos vegetales producto del manejo silvicultural deben retirarse de forma inmediata, de presentarse alguna dificultad, deben ser retirados con un plazo no mayor a 24 horas). Cabe anotar que se debe aplicar el criterio de área limpia que consiste en dejar el área intervenida totalmente libre de residuos generados por el manejo silvicultural aplicado.
En el caso que se presente el incumplimiento del retiro de residuos vegetales producto del manejo silvicultural es decir que existen residuos vegetales producto del manejo silvicultural en la zona de trabajo y que el área no se encuentre total mente limpia al terminar la actividad, el interventor aplicara al contratista declaratoria de incumplimiento
3.8. Actas parciales de obra ejecutada
Teniendo en cuenta la forma de pago establecida en el presente pliego de condiciones y que la entrega del anticipo no corresponde a pago de obra ejecutada, el CONTRATISTA y la INTERVENTORÍA suscribirán Actas Parciales de Obra, formuladas de acuerdo al avance de los trabajos y en las fechas establecidas en el cronograma presentado por el CONTRATISTA y aprobado por la INTERVENTORÍA y la CVC.
Para la suscripción de las presentes actas, la INTERVENTORÍA y el CONTRATISTA realizarán todas las revisiones en los sitios de los trabajos, empleando para ello los métodos, equipos y procesos adecuados, de tal forma que los resultados obtenidos sean reales y permitan cuantificar exactamente las cantidades ejecutadas por el CONTRATISTA en un lapso de tiempo determinado. Las unidades a emplear en la medición de la obra serán las mismas que se establecieron en el formato de “Cantidades de Obra” del presente pliego de condiciones.
En el evento de que el CONTRATISTA se niegue a ejecutar parte de la obra y por la importancia de esa parte, la CVC tenga que asumir directa o indirectamente el desarrollo de lo dejado de ejecutar, los costos que esta situación genere correrán por cuenta del CONTRATISTA y serán deducidos de las Actas Parciales.
De igual manera, si por causas imputables al CONTRATISTA es necesario que la CVC tenga que adicionar el contrato de INTERVENTORÍA de la obra, los costos que esta adición le generen correrán por cuenta del CONTRATISTA y serán deducidos de las Actas Parciales.
En las Actas Parciales deberá consignarse, como mínimo, la siguiente información:
Fecha de suscripción del Acta.
Nombre o Razón Social de la entidad contratante.
Nombre y NIT del CONTRATISTA.
Nombre o Razón Social de la INTERVENTORÍA.
Fecha de iniciación de la obra.
Número del Contrato principal.
Valor Total del Contrato Principal.
Número del contrato adicional (si lo hubiere).
Valor total del contrato adicional (si lo hubiere).
Valor entregado por concepto de anticipo.
Valor acumulado de la amortización del anticipo en anteriores actas parciales de obra
Ítems contratados, unidades, cantidades contratadas, precios unitarios y valores totales.
Cantidades ejecutadas y valores totales correspondientes, cancelados en anteriores actas parciales de obra.
Cantidades medidas y por cancelar con la presente acta parcial de obra.
Valor por concepto de amortización del anticipo con la presente acta parcial de obra.
Xxxxx xxxx a cancelar al CONTRATISTA por concepto de la presente acta parcial de obra.
Total cancelado a la fecha por concepto de pago de actas parciales, incluyendo la actual.
Valor del anticipo pendiente de amortizar.
Valor de deducciones por efectos de multas impuestas al CONTRATISTA y cobradas a través de la correspondiente acta.
La CVC suministrará para la primera acta parcial de obra, tanto al CONTRATISTA como a la INTERVENTORÍA, un modelo para efectos de que sea implementada para pagos parciales del contrato; cualquier observación o sugerencia sobre la misma deberá ser formulado por escrito.
La formulación de las Actas Parciales de Obra del Contrato, no implican el recibo a entera satisfacción de los trabajos ejecutados hasta el momento de su suscripción; acto que solo será establecido en el acta de Liquidación Final del Contrato.
La fecha de suscripción del acta debe coincidir con la fecha prevista para su liquidación según el flujo económico presentado por el CONTRATISTA.
Para el trámite del correspondiente pago, el CONTRATISTA presentará a la CVC los siguientes documentos:
Original y dos (2) copias de la factura de venta correspondiente debidamente diligenciada, la cual debe llegar visada, firmada o autorizada por la INTERVENTORÍA.
Original y dos (2) copias de la correspondiente acta parcial de obra ejecutada, firmada por el CONTRATISTA y la INTERVENTORÍA
En caso que se haya solicitado, deberá presentar las constancias que certifiquen los aportes correspondientes a sus obligaciones laborales
3.9. Avance en la ejecución de las obras
Si a juicio del INTERVENTOR, el ritmo de realización de la obra en general o de alguna de las actividades o subactividades no es el adecuado para cumplir con el cronograma de trabajo del contrato, el INTERVENTOR lo comunicará por escrito al CONTRATISTA, quien en forma inmediata deberá adoptar las medidas que a su juicio o a juicio del INTERVENTOR, sean necesarias para acelerar la ejecución de la obra en general o de aquellas actividades que se encuentren atrasadas, con el objeto de cumplir con los plazos establecidos en los documentos que conforman el programa de obra del contrato
3.10. Reclamos
Cualquier reclamo que el CONTRATISTA considere pertinente hacer a la CVC por razón de este contrato deberá presentarse:
a) Por escrito;
b) Documentado;
c) Consultado previamente con el INTERVENTOR, dándole oportunidad de verificar las circunstancias motivo del reclamo, tomar fotografías, etc., y
d) Efectuarlo dentro de los siguientes ocho (8) días hábiles a la ocasión, circunstancia, orden de INTERVENTORÍA, etc., que sea causa del mismo.
En caso de reclamo, el CONTRATISTA no suspenderá las obras, a menos que la CVC haya decidido hacerlo, y procederá a ejecutar las órdenes recibidas.
3.11. Inspección final y acta de recibo final de los trabajos contratados
La INTERVENTORÍA hará una inspección de las actividades, una vez recibida la notificación escrita por parte del CONTRATISTA de que las intervenciones a los individuos arbóreos se encuentran totalmente terminada. Una vez que las actividades a juicio del INTERVENTOR se consideren terminadas a satisfacción de la CVC, se procederá a formular el acta de recibo final de los trabajos.
Por medio de este documento, suscrito por el CONTRATISTA y el INTERVENTOR, se dejará constancia de que la cantidad y calidad de los trabajos realizados por el CONTRATISTA se reciben de acuerdo con lo acordado contractualmente y que el CONTRATISTA cumplió con todos los requerimientos adicionales solicitados por la INTERVENTORÍA y LA CVC.
La suscripción de la presente acta será requisito indispensable para la formulación del Acta de Recibo Final del Contrato.
En la presente acta, el CONTRATISTA dejará constancia de que asume toda la responsabilidad por los reclamos, demandas y acciones legales que pudieren cursarse en contra de la CVC, por situaciones imputables al CONTRATISTA sucedidas en el desarrollo de los trabajos y no cubiertas por los amparos correspondientes a la Responsabilidad Civil Extracontractual y al pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones.
Para la firma del Acta de Recibo Final del Contrato, será necesario además que el CONTRATISTA suscriba una constancia en la que declare que no hará ninguna reclamación posterior contra la CVC, con motivo de la ejecución del contrato principal y sus adicionales y que asume la responsabilidad por los reclamos, demandas y acciones legales, que se hallen en tramitación en contra de la CVC, por situaciones imputables al CONTRATISTA de acuerdo con lo establecido en el contrato.
A más tardar, el Acta de Recibo Final de los trabajos debe ser suscrita el último día del plazo de ejecución del contrato.
Para efectos de suscribir la respectiva Acta de Recibo Final del Contrato, el CONTRATISTA debe cumplir previamente con lo siguiente:
a) Presentar la actualización de la garantía única en el amparo correspondiente a Pago de Salarios, Prestaciones Sociales e Indemnizaciones del personal, de acuerdo con lo establecido en el NUMERAL F del capítulo VI del presente pliego de condiciones.
b) Presentar la actualización de la póliza correspondiente a Responsabilidad Extracontractual, de acuerdo con lo establecido en el NUMERAL F del capítulo VI del presente pliego de condiciones.
c) Presentar constancia de que se encuentra x xxx y salvo por concepto de los aportes al SENA, FIC, ICBF, SUBSIDIO FAMILIAR, POS y Pensión correspondientes al personal empleado en la ejecución del contrato, así como lo relacionado con ARL.
d) Presentar certificado de la oficina o inspección de trabajo del Municipio en donde conste que no cursa reclamación alguna por efecto de algún incumplimiento patronal en el desarrollo del contrato. Si se encuentran algunas reclamaciones en curso, el CONTRATISTA deberá presentar una constancia escrita por cada situación detectada, en donde manifiesta expresamente que libera a la CVC de cualquier responsabilidad con ocasión de la situación descrita, documento en el cual debe constar el recibo por parte de la oficina o inspección de trabajo en que se halle el proceso correspondiente.
3.12. Acta de liquidación del contrato
Una vez ejecutado y terminado el contrato a satisfacción de la CVC, previa certificación de la INTERVENTORÍA y el CONTRATISTA haya presentado los documentos relacionados en el título anterior debidamente diligenciados, se levantará un acta con intervención de las partes, la que se llamará ACTA DE LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO, en la cual se hará constar el cumplimiento de las obligaciones Contractuales adquiridas por las partes con ocasión del contrato de obra pública suscrito.
El ACTA DE LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO será suscrita por las siguientes personas:
1. El ordenador del gasto que, a nombre de la CVC, suscribió el contrato.
2. El Representante Legal del CONTRATISTA.
3. El Representante Legal de la INTERVENTORÍA
El ACTA DE LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO, diligenciada tal y como se describe en el presente título, debe ser suscrita por las partes dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la fecha en que se suscribió el Acta de Recibo Final de los trabajos. En el evento que el CONTRATISTA no compareciere oportunamente a protocolizar este acto, la CVC se reserva el derecho de proceder con la liquidación unilateral del contrato.
Para efectos de protocolizar la terminación y el cumplimiento efectivo y a satisfacción del contrato por las dos partes, se suscribirá el Acta de Liquidación del Contrato la cual deberá cumplir, por lo menos, con las siguientes condiciones:
Fecha y lugar de suscripción del Acta de Liquidación del Contrato.
Nombre o Razón Social de la entidad contratante.
Nombre (o Razón Social) y NIT del CONTRATISTA.
Nombre (o Razón Social) y NIT del INTERVENTOR.
Número del Contrato principal.
Número del contrato adicional (si lo hubiere).
Valor total del contrato adicional (si lo hubiere).
Fecha de iniciación de la obra.
Balance del Objeto del Contrato.
Balance de Contratos Adicionales. (si lo hubiera)
Balance del Plazo de Ejecución.
Balance Económico del Contrato (Actas de Recibo Parcial, Amortización de Anticipo, Retenciones por Garantía, etc.)
Balance de la Garantía