DEL PROCEDIMIENTO EN PRIMERA INSTANCIA. Las/los representantes sindicales tratarán en una primera instancia, con la Rectoría los asuntos de cualquier jurisdicción, formulando su petición por escrito y aportando las pruebas relativas al problema o conflicto de que se trate. La/el representante de la Universidad resolverá lo que proceda en un término máximo de 10 (diez) días hábiles, contados a partir de la fecha en la cual sea recibida la solicitud sindical. La resolución deberá expresarse por escrito y estará debidamente fundada, señalando con claridad los fundamentos y motivos en los cuales se haya basado. De no cumplir las/los representantes de la Universidad con los requisitos, plazos y procedimientos fijados, se considerará fundada la petición de la representación sindical para tal efecto y se actuará en consecuencia.
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Samples: Collective Labor Agreement, Collective Labor Agreement, Collective Labor Agreement
DEL PROCEDIMIENTO EN PRIMERA INSTANCIA. Las/los Los representantes sindicales tratarán en una primera instancia, con la Rectoría los asuntos de cualquier jurisdicción, formulando su petición por escrito y aportando las pruebas relativas al problema o conflicto de que se trate. La/el El representante de la Universidad resolverá lo que proceda en un término máximo de 10 (diez) días hábiles, contados a partir de la fecha en la cual sea recibida la solicitud sindical. La resolución deberá expresarse por escrito y estará debidamente fundada, señalando con claridad los fundamentos y motivos en los cuales se haya basado. De no cumplir las/los representantes de la Universidad con los requisitos, plazos y procedimientos fijados, se considerará fundada la petición de la representación sindical para tal efecto y se actuará en consecuencia.
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Samples: Collective Bargaining Agreement