Derecho de Co-venta. En caso de que cualquiera de las accionistas de la Sociedad (el "Accionista Receptor") reciba una oferta de compra hecha de buena fe (la "Oferta xxx Xxxxxxx") por un tercero no relacionado (el "Tercero Oferente") para comprar las acciones propiedad del Accionista Receptor y en caso de que el derecho de preferencia otorgado en este Articulo no sea ejercido, entonces las siguientes reglas aplicaran: